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Jamalo105 23-09-2024 12:59:02

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 557350)
Una pregunta, mi programa emite 2 series de facturas distintas una de venta y otra de reparaciones, tendria que crear 2 series distintas de rectificativas, o seria posible emitir una misma serie de rectificativas sobre las 2 anteriores?

La norma dice que se deberá crear una serie aparte para las rectificativas, no dice que hay que crear una serie de rectificativas por cada serie de facturas que se tenga, por lo que entiendo que con una serie para todas las rectificativas es suficiente.

Esto no significa que no puedas hacer varias serie de facturas rectificativas de la misma forma que haces varias series para facturas normales.

ermendalenda 23-09-2024 13:54:30

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 557357)
Aver una cuestion, al hacer la recapitulativa/sustiutiva, si te lo ha pagado con tarjeta, bien pero como sea en efectivo, la liamos con lo de mas de 1000€ en efectivo al pagar una factura, por mucho que aleguemos que heran muchas pequeñas , no?

Exactamente.

Por mucho que pongamos en el software que limite las ventas de efectivo a 1000euros el usuario puede dividir la factura en varias.
Esto es controlable en las facturas nominativas, pero en las simplificadas no,
Entronces, imagina que te venga un cliente que paga una comida de personal de por ejemplo 1200 euros, como el software "no deja", al vendedor se le ocurre hacer 2 tiquets, y ahora llega el cliente y le pide factura, ya la hemos liado.
A nivel informatico se podria controlar pero yo el unico control que meteria es que no pueda hacer documentos de mas de 1000euros en efectivo y que una sustituiva de varios tiquets no lleguen a los 1000euros de efectivo del mismo dia, o , si veis que es mucho lio, un solo tiquet por cada sustitutiva. El resto (para mi) es problema del usuario/empresario. Si no esto se hace interminable.

ermendalenda 23-09-2024 13:59:39

Cita:

Empezado por Jamalo105 (Mensaje 557358)
La norma dice que se deberá crear una serie aparte para las rectificativas, no dice que hay que crear una serie de rectificativas por cada serie de facturas que se tenga, por lo que entiendo que con una serie para todas las rectificativas es suficiente.

Esto no significa que no puedas hacer varias serie de facturas rectificativas de la misma forma que haces varias series para facturas normales.

Si con una serie es suficiente, correcto, es opcional.
A nivel sustiututiva y ordinaria no sé si puede ser la misma serie.
En ambos casos yo prefiero tenerlas divididas por más claridad, ya que no tengo un camPo para tipo de factura y otro con la serie y así elimino 1 campo.

Logan05 23-09-2024 14:01:09

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 557363)
Exactamente.
A nivel informatico se podria controlar pero yo el unico control que meteria es que no pueda hacer una sustituiva de los 2 juntos. El resto (para mi) es problema del usuario/empresario. Si no esto se hace interminable.

^\||/Creo que es la opción más viable

bmfranky 23-09-2024 14:31:34

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 557363)
Exactamente.

Por mucho que pongamos en el software que limite las ventas de efectivo a 1000euros el usuario puede dividir la factura en varias.
Esto es controlable en las facturas nominativas, pero en las simplificadas no,
Entronces, imagina que te venga un cliente que paga una comida de personal de por ejemplo 1200 euros, como el software "no deja", al vendedor se le ocurre hacer 2 tiquets, y ahora llega el cliente y le pide factura, ya la hemos liado.
A nivel informatico se podria controlar pero yo el unico control que meteria es que no pueda hacer documentos de mas de 1000euros en efectivo y que una sustituiva de varios tiquets no lleguen a los 1000euros de efectivo del mismo dia, o , si veis que es mucho lio, un solo tiquet por cada sustitutiva. El resto (para mi) es problema del usuario/empresario. Si no esto se hace interminable.

Hola, personalmente acabo de hablar con una compañera de una tienda de motos, que me indicaba que no pasa nada, con agrupar los tiquets pagados en mano en una unica factura, puesto que los tiquets, se pagaron por separado, y se declararon por parte del comercio, en las fechas separadas, que ella lo esta haciendo desde hace varios años y en su dia lo consulto, y sin problema hasta ahora.
Halguien que entienda mas del tema nos lo puede aclara mejor?
Me refiero al tema de que suba mas de los 1000€, perdon por no especificar.

ermendalenda 23-09-2024 14:36:51

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 557366)
Hola, personalmente acabo de hablar con una compañera de una tienda de motos, que me indicaba que no pasa nada, con agrupar los tiquets pagados en mano en una unica factura, puesto que los tiquets, se pagaron por separado, y se declararon por parte del comercio, en las fechas separadas, que ella lo esta haciendo desde hace varios años y en su dia lo consulto, y sin problema hasta ahora.
Halguien que entienda mas del tema nos lo puede aclara mejor?
Me refiero al tema de que suba mas de los 1000€, perdon por no especificar.

En fechas separadas no hay problema
Incluso si haces la sustitutiva de las 2 juntas.
No había aclarado bien

rfernandez 24-09-2024 09:10:20

Verifactu en comercio como Hosteleria
 
Muy buenas a tod@s,

Antes de nada felicitaros por la labor tan brutal que estáis haciendo entre todos, y aquí que me sumo con dudas y aportando lo que pueda y más.

Comentaros por si es de interes, entiendo que ya es conocido, que ayer hicimos la consulta a la administración y aunque la ley entra en vigor el día 5 de diciembre no es de cumplimiento obligatorio 'hasta' el 1 de julio del 2025.
Por lo que hace referencia a la plataforma de pruebas, como sabéis, aún no está disponible, nos han dicho que este mes estaría pero llevan dando largas mucho tiempo.

Una de las miles de dudas que tenemos es en comercios como hostelería donde se generan muchos y muchos tiquets, facturas simplificadas, como estas se deben reportar a Verifactu.
En nuestro soft al final del día, o bien a petición del usuario, se hace un fin de día donde a parte de otros procesos se genera una factura de resumen donde se incluyen todas las ventas 'anónimas' que es la factura que actualmente se está reportando al gestor para temas de declaraciones de IVA.
La duda es que como hay la obligación de imprimir el código QR para la trazabilidad Verifactu deducimos que cada tíquet, factura simplificada, debe llevar su QR por lo que se deben reportar a Verifactu todas los tiquets, facturas simplificadas, aunque sabemos que no hace falta reportar una a una sino que se pueden reportar en bloque.

Gracias por adelantado y aportaremos todo aquello que podamos a la comunidad.
Saludos,

Sistel 24-09-2024 09:52:34

Cita:

Empezado por rfernandez (Mensaje 557381)
Muy buenas a tod@s,

Antes de nada felicitaros por la labor tan brutal que estáis haciendo entre todos, y aquí que me sumo con dudas y aportando lo que pueda y más.

Comentaros por si es de interes, entiendo que ya es conocido, que ayer hicimos la consulta a la administración y aunque la ley entra en vigor el día 5 de diciembre no es de cumplimiento obligatorio 'hasta' el 1 de julio del 2025.
Por lo que hace referencia a la plataforma de pruebas, como sabéis, aún no está disponible, nos han dicho que este mes estaría pero llevan dando largas mucho tiempo.

Una de las miles de dudas que tenemos es en comercios como hostelería donde se generan muchos y muchos tiquets, facturas simplificadas, como estas se deben reportar a Verifactu.
En nuestro soft al final del día, o bien a petición del usuario, se hace un fin de día donde a parte de otros procesos se genera una factura de resumen donde se incluyen todas las ventas 'anónimas' que es la factura que actualmente se está reportando al gestor para temas de declaraciones de IVA.
La duda es que como hay la obligación de imprimir el código QR para la trazabilidad Verifactu deducimos que cada tíquet, factura simplificada, debe llevar su QR por lo que se deben reportar a Verifactu todas los tiquets, facturas simplificadas, aunque sabemos que no hace falta reportar una a una sino que se pueden reportar en bloque.

Gracias por adelantado y aportaremos todo aquello que podamos a la comunidad.
Saludos,

Hola,

Sí. El proceso en TPVs de comercios y hostelería que generan muchos tickets de venta es problemático.
Nosotros estamos dando servicio a cerca de 300 TPVs (principalmente de bazares, bares, cafeterías y restaurantes) en el País Vasco que, como sabrás, utiliza, desde hace tiempo, TicketBAI, que es muy similar a lo que se va a implantar, proximamente, para toda España, con Verifactu.
(Por supuesto, va a existir la modalidad No-Verifactu, pero dada su complejidad y los peligros que entraña, mi consejo es olvidarse de esa modalidad, en el caso de TPVs de pequeño comercio y hostelería, y centrarse en la modalidad Verifactu)

Lo primero que debes tener en cuenta es que cada ticket generado (actualmente los "tickets" se llaman facturas simplificadas) debe ser tratado de forma individual.
Debe incluir su código QR y debe ser enviada su información, de forma inmediata (nada más generarse) al sistema Verifactu de la Agencia Tributaria.

Ya sé que esto romperá tus esquemas pensados para agrupar los tickets de cada día y procesarlos después. Pero es lo que hay.
Cada "ticket" es una factura simplificada individual. Y debe ser tratada de forma inmediata.

Para lo que podamos ayudarte, por aquí tienes, en este foro, a un buen grupo de colegas dispuestos a ayudarte con tus dudas.

Saludos y Bienvenido.

rfernandez 24-09-2024 10:21:23

Mil gracias por tu, vuestro, ofrecimiento.

Cita:

Empezado por Sistel (Mensaje 557382)
Hola,

Sí. El proceso en TPVs de comercios y hostelería que generan muchos tickets de venta es problemático.
Nosotros estamos dando servicio a cerca de 300 TPVs (principalmente de bazares, bares, cafeterías y restaurantes) en el País Vasco que, como sabrás, utiliza, desde hace tiempo, TicketBAI, que es muy similar a lo que se va a implantar, proximamente, para toda España, con Verifactu.
(Por supuesto, va a existir la modalidad No-Verifactu, pero dada su complejidad y los peligros que entraña, mi consejo es olvidarse de esa modalidad, en el caso de TPVs de pequeño comercio y hostelería, y centrarse en la modalidad Verifactu)

Lo primero que debes tener en cuenta es que cada ticket generado (actualmente los "tickets" se llaman facturas simplificadas) debe ser tratado de forma individual.
Debe incluir su código QR y debe ser enviada su información, de forma inmediata (nada más generarse) al sistema Verifactu de la Agencia Tributaria.

Ya sé que esto romperá tus esquemas pensados para agrupar los tickets de cada día y procesarlos después. Pero es lo que hay.
Cada "ticket" es una factura simplificada individual. Y debe ser tratada de forma inmediata.

Para lo que podamos ayudarte, por aquí tienes, en este foro, a un buen grupo de colegas dispuestos a ayudarte con tus dudas.

Saludos y Bienvenido.


ermendalenda 24-09-2024 11:25:08

Sustitutivas
 
Buenas
Me contestan de la asesoría lo que pensáis.
Una factura sustitutiva no tiene limite de importe, pero ojo, la sustitutiva de varios tiquets que sumen en el mismo día más de 1000euros en efectivo, sí que puede ser un problema, ya que están en el mismo cliente, y aunque la normativa no está muy clara al respecto, o sea, estoy haciendo varios tiquets de menos de mil euros, puede ser objeto de un requerimiento, pero para ello también tiene que cruzar la forma de pago, que no la mandamos a verifactu, pero ante un requerimiento antes de que salga verifactu piden los tiquets, y ahí si puede salir el problema.

bmfranky 24-09-2024 12:05:02

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 557386)
Buenas
Me contestan de la asesoría lo que pensáis.
Una factura sustitutiva no tiene limite de importe, pero ojo, la sustitutiva de varios tiquets que sumen en el mismo día más de 1000euros en efectivo, sí que puede ser un problema, ya que están en el mismo cliente, y aunque la normativa no está muy clara al respecto, o sea, estoy haciendo varios tiquets de menos de mil euros, puede ser objeto de un requerimiento, pero para ello también tiene que cruzar la forma de pago, que no la mandamos a verifactu, pero ante un requerimiento antes de que salga verifactu piden los tiquets, y ahí si puede salir el problema.

Una cosa a colacion, yo personalmente , en prevision a la "Obligatoriedad" futura de implementar las facturas electronicas entre Empresas/Autonomos y seguramente en un futuro todas, aprobechando que estoy remodelando mi programa de facturacion, he añadido la forma de pago, obligaroria, asi lo tengo ya añadido por lo que haga falta, asi como siempre incluyo una casilla en la que indico si la factura es de "Venta, Reparacion,Abono, etc, por si acaso, nunca se guardan bastantes registros...


Otra cosa, hasta ahora las cuotas de itv, las incluia a final de factura , sin añadirle iva ni nada, como "Cobrada a nombre de cliente", por no desglosar porque a la cuaota de trafico no se le deve añadir IVA.
Sabeis como lo tendria que incluir ahora en verifactu y en las futuras facturas electronicas?, Gracias como siempre por vuestras respuestas.

delphiGar 24-09-2024 12:56:44

Cita:

Empezado por rfernandez (Mensaje 557381)
Muy buenas a tod@s,

Antes de nada felicitaros por la labor tan brutal que estáis haciendo entre todos, y aquí que me sumo con dudas y aportando lo que pueda y más.

Comentaros por si es de interes, entiendo que ya es conocido, que ayer hicimos la consulta a la administración y aunque la ley entra en vigor el día 5 de diciembre no es de cumplimiento obligatorio 'hasta' el 1 de julio del 2025.
Por lo que hace referencia a la plataforma de pruebas, como sabéis, aún no está disponible, nos han dicho que este mes estaría pero llevan dando largas mucho tiempo.

Una de las miles de dudas que tenemos es en comercios como hostelería donde se generan muchos y muchos tiquets, facturas simplificadas, como estas se deben reportar a Verifactu.
En nuestro soft al final del día, o bien a petición del usuario, se hace un fin de día donde a parte de otros procesos se genera una factura de resumen donde se incluyen todas las ventas 'anónimas' que es la factura que actualmente se está reportando al gestor para temas de declaraciones de IVA.
La duda es que como hay la obligación de imprimir el código QR para la trazabilidad Verifactu deducimos que cada tíquet, factura simplificada, debe llevar su QR por lo que se deben reportar a Verifactu todas los tiquets, facturas simplificadas, aunque sabemos que no hace falta reportar una a una sino que se pueden reportar en bloque.

Gracias por adelantado y aportaremos todo aquello que podamos a la comunidad.
Saludos,

Buenas, ha salido la Oden Ministrerial??

antoine0 24-09-2024 17:11:28

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 557390)
Otra cosa, hasta ahora las cuotas de itv, las incluia a final de factura , sin añadirle iva ni nada, como "Cobrada a nombre de cliente", por no desglosar porque a la cuaota de trafico no se le deve añadir IVA.
Sabeis como lo tendria que incluir ahora en verifactu y en las futuras facturas electronicas?, Gracias como siempre por vuestras respuestas.

Si no estoy equivocada (no conozco nada a las ITVs), estos "cobrado a nombre del cliente" son suplidos. Si es así, no entran en la base imponible de la factura (art. 78. Tres. 3º Ley 37/1992, y de aquí no soportan IVA), y no hay que reportarlos a Hacienda. Pero se supone que se debe entregar al cliente, junto con tu factura, el justificante del pago que has realizado en nombre de tu cliente.

Respecto de las facturas electrónicas, es una muy buena pregunta. Aprovecho que no es el foro adecuado para no contestar :p

bmfranky 24-09-2024 17:15:50

Cita:

Empezado por antoine0 (Mensaje 557400)
Si no estoy equivocada (no conozco nada a las ITVs), estos "cobrado a nombre del cliente" son suplidos. Si es así, no entran en la base imponible de la factura (art. 78. Tres. 3º Ley 37/1992, y de aquí no soportan IVA), y no hay que reportarlos a Hacienda. Pero se supone que se debe entregar al cliente, junto con tu factura, el justificante del pago que has realizado en nombre de tu cliente.

Respecto de las facturas electrónicas, es una muy buena pregunta. Aprovecho que no es el foro adecuado para no contestar :p

Si, la copia que te da la itv del pago, va a nombre del cliente siempre, yo no lo incluiria en la factura, pero luego el pago si lo hacen con tarjeta o transferencia no cuadra, por eso lo apunto en la factura, de ahi preguntar como , puesto que como exento de IVA, no creo, o no se que clase de exencion apñlicar.

Neftali [Germán.Estévez] 25-09-2024 09:04:42

Cita:

Empezado por rfernandez (Mensaje 557381)
La duda es que como hay la obligación de imprimir el código QR para la trazabilidad Verifactu deducimos que cada tíquet, factura simplificada, debe llevar su QR por lo que se deben reportar a Verifactu todas los tiquets, facturas simplificadas, aunque sabemos que no hace falta reportar una a una sino que se pueden reportar en bloque.

Cita:

Empezado por Sistel (Mensaje 557382)
Lo primero que debes tener en cuenta es que cada ticket generado (actualmente los "tickets" se llaman facturas simplificadas) debe ser tratado de forma individual.
Debe incluir su código QR y debe ser enviada su información, de forma inmediata (nada más generarse) al sistema Verifactu de la Agencia Tributaria.

Ya sé que esto romperá tus esquemas pensados para agrupar los tickets de cada día y procesarlos después. Pero es lo que hay.
Cada "ticket" es una factura simplificada individual. Y debe ser tratada de forma inmediata.

Una puntualización a lo que dice [sistel] y podemos comentarlo si estoy equivocado.
Como bien dice, los tickets se tratan a nivel Individual, cada uno con su QR y su registro de facturación, pero el envío puede ser agrupado (o eso creo yo). Es decir, puedes hacer un envío de n Registros de facturación juntos.

Es más, hay que tener el sistema previsto para hacerlo así, porque la AEAT tiene previsto que en momentos de saturación, te puedan obligar a esperar "t" segundos o que el envio tenga como mínimo "n" registros.

Concretamente el esquema de funcionamiento segun la documentación es este:

2. Los sistemas informáticos «VERI*FACTU» deberán implementar un mecanismo de control de flujo basado en el tiempo de espera entre envíos, el cual tomará inicialmente el valor de 60 segundos, y en el número máximo de registros admitidos en cada envío.
Los mensajes de respuesta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria informarán sobre el valor de este parámetro, el cual deberá ser tenido en cuenta para el siguiente envío.


El número máximo de registros a remitir en cada envío queda determinado por el diseño de registro incluido en el apartado 2.2 del anexo.

El funcionamiento será el siguiente:
a) El sistema informático realiza el envío del primer conjunto de registros de facturación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
b) La Agencia Estatal de Administración Tributaria devuelve, entre otros datos, un valor actualizado del parámetro de tiempo de espera «t» entre envíos.
c) Para poder realizar el siguiente envío, el sistema informático deberá esperar a que transcurran «t» segundos desde el anterior envío o deberá esperar a tener acumulados un número de registros de facturación igual al límite establecido en el diseño de registro para cada envío, la circunstancia que ocurra primero.
d) El sistema informático realiza un nuevo envío cumpliendo con lo establecido en la letra c). En la respuesta puede recibir una nueva actualización del valor del parámetro «t»



Es decir, puede decidir enviar registros de forma individual (nosotros lo hacemos así porque nuestras empresas no generan tickets y el volumen ens más pequeño), pero también puedes hacer envíos agrupados de hasta 1000 registros. Y aunque nosotros no lo hagamos, nuestro sistema debe estar preparado par ello.


En este documento lo tienes todo explicado:
https://terawiki.clubdelphi.com/Otro...Web_v0.3.0.pdf

6.3.1.1.Mecanismo de control de flujo.

6.4.2. Respuesta de alta y anulación de registros de facturación.
Todos los registros de facturación de la remisión tienen estado “Correcto”.
Ya asume que puedes enviar N registros en un envío de Alta o Anulación

3.Esquema general de funcionamiento.
...
El número máximo de registros por envío es de 1.000.
La unidad de información, representada por un registro de facturación, podrá ser
aceptada, rechazada o aceptada con errores, consecuencia de las validaciones que se
realizan en el momento de la remisión.

newtron 25-09-2024 09:50:30

Efectivamente. Según se entiende los tickets hay que enviarlos de forma unitaria independientemente que al enviar se envíen por paquetes de n tickets/facturas. Hay que tener cuidado con esto porque en el SII si que hay una manera de enviar en un solo registro un grupo de tickets indicando desde-hasta y los totales pero esto parece que no se aplica en VeriFactu.


Saludos.

Sistel 25-09-2024 10:13:59

Cita:

Empezado por Neftali [Germán.Estévez] (Mensaje 557403)
Una puntualización a lo que dice [sistel] y podemos comentarlo si estoy equivocado.
Como bien dice, los tickets se tratan a nivel Individual, cada uno con su QR y su registro de facturación, pero el envío puede ser agrupado (o eso creo yo). Es decir, puedes hacer un envío de n Registros de facturación juntos.
Es más, hay que tener el sistema previsto para hacerlo así, porque la AEAT tiene previsto que en momentos de saturación, te puedan obligar a esperar "t" segundos o que el envio tenga como mínimo "n" registros.
...

Hola,

Efectivamente los envíos deben hacerse respetando el control de flujo que marque Verifactu.
Creo que dicho control de flujo ya no tendrá en cuenta el envío de un número mínimo de facturas en bloque, sino sólo el tiempo.
En caso contrario, se podría dar el caso de que se quedase esperando un número mínimo de facturas que puede ser que no se alcance en muchos días (o meses)

Si al final es así, sólo control de tiempo, aunque se permita el envío por bloque de facturas, mi opinión es que, si no es obligatoria dicha agrupación en bloque para su envío, es preferible enviar una a una para tener mejor control por nuestra parte.

En TicketBAI-BATUZ también se permite la agrupación de facturas en un envío.
Pero nosotros los enviamos individualmente, lo que nos permite un mejor control.

Saludos

newtron 25-09-2024 10:20:21

Cita:

Empezado por Sistel (Mensaje 557407)
Hola,

Efectivamente los envíos deben hacerse respetando el control de flujo que marque Verifactu.
Creo que dicho control de flujo ya no tendrá en cuenta el envío de un número mínimo de facturas en bloque, sino sólo el tiempo.
En caso contrario, se podría dar el caso de que se quedase esperando un número mínimo de facturas que puede ser que no se alcance en muchos días (o meses)

Si al final es así, sólo control de tiempo, aunque se permita el envío por bloque de facturas, mi opinión es que, si no es obligatoria dicha agrupación en bloque para su envío, es preferible enviar una a una para tener mejor control por nuestra parte.

En TicketBAI-BATUZ también se permite la agrupación de facturas en un envío.
Pero nosotros los enviamos individualmente, lo que nos permite un mejor control.

Saludos


Por lo que yo entiendo el control del número de facturas a enviar creo que será un número máximo, no mínimo. Es decir, que si te devuelve un valor 10 en el número de facturas y tienes solo 3 para enviar podrías enviar esas 3, lo que no deberías de enviar serían 13. En el caso de tener 13 para enviar se deberían de enviar esas 10 máximas y en la respuesta te dirá cómo puede enviar las posibles restantes que pudieras tener pendientes.


Saludos.

sglorka 25-09-2024 11:06:45

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 557408)
Por lo que yo entiendo el control del número de facturas a enviar creo que será un número máximo, no mínimo. Es decir, que si te devuelve un valor 10 en el número de facturas y tienes solo 3 para enviar podrías enviar esas 3, lo que no deberías de enviar serían 13. En el caso de tener 13 para enviar se deberían de enviar esas 10 máximas y en la respuesta te dirá cómo puede enviar las posibles restantes que pudieras tener pendientes.


Saludos.

El control de flujo se hará sólo con un parámetro "t" en segundos. El número de ítems a enviar ya está limitado por diseño (1000 registros). Esto lo aclararon en la presentación de principio de año.

Artículo 16. Especificaciones técnicas de la remisión voluntaria

Control de flujo de remisión de registros para los sistemas Veri*factu.

• Muy probablemente simplificará para contemplar solo un factor de tiempo. El máximo de registros a remitir por envío ya está limitado a 1.000 registros (limitado por Diseño de Registro).
• El parámetro no variaría con frecuencia. Una vez definido será estable. No se pretende complicar la implementación de los SIF.
• El tiempo máximo entre envíos se fijará tomando como unidad “segundos”. El valor del parámetro no está pensado para contemplar horas ni días.
• Ejemplo: Valor t=60. El SIF deberá remitir todos los registros de facturación generados en el último minuto.
• El control de flujo no tendrá aplicación “práctica” para empresas con escasos volúmenes de facturación, ya que no superarán el umbral definido.

newtron 25-09-2024 11:09:10

Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 557411)
El control de flujo se hará sólo con un parámetro "t" en segundos. El número de ítems a enviar ya está limitado por diseño (1000 registros). Esto lo aclararon en la presentación de principio de año.

Artículo 16. Especificaciones técnicas de la remisión voluntaria

Control de flujo de remisión de registros para los sistemas Veri*factu.

• Muy probablemente simplificará para contemplar solo un factor de tiempo. El máximo de registros a remitir por envío ya está limitado a 1.000 registros (limitado por Diseño de Registro).
• El parámetro no variaría con frecuencia. Una vez definido será estable. No se pretende complicar la implementación de los SIF.
• El tiempo máximo entre envíos se fijará tomando como unidad “segundos”. El valor del parámetro no está pensado para contemplar horas ni días.
• Ejemplo: Valor t=60. El SIF deberá remitir todos los registros de facturación generados en el último minuto.
• El control de flujo no tendrá aplicación “práctica” para empresas con escasos volúmenes de facturación, ya que no superarán el umbral definido.


^\||/ Gracias por la aclaración.


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