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newtron 07-10-2024 10:44:16

Cita:

Empezado por antoine0 (Mensaje 557842)


Gracias compañero. Le echo un vistazo.


Saludos.

sglorka 07-10-2024 11:18:35

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 557897)
Buenos días, aún me queda para llegar a la parte de los envíos, pero hay una cosa que me preocupa y pido que alguien por favor haga la prueba (cuando rehabiliten el servicio)
1-Emitir/enviar 1 factura simplificada
2-Emitir/enviar una factura sustitutiva/canje de la simplificada
3-Anular/enviar la sustitutiva
4-Emitir/enviar nueva sustitutiva/canje sobre la primera factura simplificada(que se supone se ha liberado)
5-¿Da ok o da ko(error)?
6-por otro lado(debería devolver error si se intenta mandar una sustitutiva que apunte a alguna simplificada que ya se ha emitido sustitutiva y no ha sido anulada(es así?)
Gracias

El envío de la relación de las Facturas sustituidas en un registro con clave F3 no es obligatorio, por lo tanto, dudo mucho que hacienda sepa qué facturas estás sustituyendo. Yo no uso la clave F3, siempre anulo con simplificada y luego emito factura completa. Yo creo que debe ser desde el propio SIF y no desde la Aeat el que controle esta casuística que estás planteando. Y desde luego, debes controlar que no puedes sustituir una factura varias veces (sobre todo con distinto destinatario)

espinete 07-10-2024 13:15:05

Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 557909)
FacturaSimplificadaArt7273", este campo es opcional y si lo pones a SÍ indica que la factura es completa (F1) pero no se identifica al destinatario, por ejemplo en ventas a la Unión Europea a un cliente final no empresario o profesional.

FacturaSinIdentifDestinatarioArt61d, este campo es opcional, si lo pones a SÍ, significa que vas a emitir una Factura Simplificada con Identificación de Destinatario por que así te lo ha exigido éste.

Entiendo que FacturaSinIdentifDestinatarioArt61d es al contrario de lo que has dicho: Factura NORMAL pero SIN identificación del destinatario (de hecho el dato S o N se llama "CompletaSinDestinatarioType").

No?

antoine0 07-10-2024 13:31:48

Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 557909)
FacturaSimplificadaArt7273", este campo es opcional y si lo pones a SÍ indica que la factura es completa (F1) pero no se identifica al destinatario, por ejemplo en ventas a la Unión Europea a un cliente final no empresario o profesional.

FacturaSinIdentifDestinatarioArt61d, este campo es opcional, si lo pones a SÍ, significa que vas a emitir una Factura Simplificada con Identificación de Destinatario por que así te lo ha exigido éste.

Tengo la sensación que has invertido las dos etiquetas.

sglorka 07-10-2024 14:03:49

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 557914)
Entiendo que FacturaSinIdentifDestinatarioArt61d es al contrario de lo que has dicho: Factura NORMAL pero SIN identificación del destinatario (de hecho el dato S o N se llama "CompletaSinDestinatarioType").

No?

Mira lo que dice el documento de validaciones

8. FacturaSimplificadaArt7273
- Sólo se podrá rellenar con “S” si TipoFactura=“F1” o “F3” o “R1” o “R2” o “R3” o “R4”

9. FacturaSinIdentifDestinatarioArt61d
- Sólo se podrá rellenar con “S” si TipoFactura=”F2” o “R5”.

sglorka 07-10-2024 14:05:16

Cita:

Empezado por antoine0 (Mensaje 557915)
Tengo la sensación que has invertido las dos etiquetas.

Me he basado en el documento de validaciones
Lo he respondido más arriba

espinete 07-10-2024 14:19:05

Pues entonces los que están un poco fatal son los de Hacienda. Menuda forma de liar.

bmfranky 07-10-2024 14:41:01

Web desarrolladores caida.
 
Hola, buenos dias, no puedo acceder al area de desarrolladores de la AEAT, a alguien mas le pasa? , sabeis si han cambiado el elace o algo?

visto, han cambiado la direccion https://www.agenciatributaria.es/AEA...ERI_FACTU.html

ermendalenda 07-10-2024 16:30:55

Incongruencias con reglamento de facturación consolidado
 
Soy yo o han cambiado en el reglamento de facturación algunos elementos que no estaban antes y otro que no cuadra con verifactu:
Primero la obligatoriedad de desglosar las bases por item cuando hay más de un tipo de IVA(en las simplificadas), pues esto no lo hace nadie, ni carrefour ni nadie.
Cita:

Artículo 7. Contenido de las facturas simplificadas
1.
f)

Tipo impositivo aplicado y, opcionalmente, también la expresión «IVA incluido». Asimismo, cuando una misma factura comprenda operaciones sujetas a diferentes tipos impositivos del Impuesto sobre el Valor Añadido deberá especificarse por separado, además, la parte de base imponible correspondiente a cada una de las operaciones.




Y esto otro habla de ponerle datos del cliente si lo solic8ta (en la factura simplificada tambien)
Cita:

Artículo 7
2.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 97.Uno de la Ley del Impuesto, cuando el destinatario de la operación sea un empresario o profesional y así lo exija, el expedidor de la factura simplificada deberá hacer constar, además, los siguientes datos:

a)

Número de Identificación Fiscal atribuido por la Administración tributaria española o, en su caso, por la de otro Estado miembro de la Unión Europea, así como el domicilio del destinatario de las operaciones.
Es que no cuadra que una factura simplificada te puedan pedir que añadas los datos del receptor, esto que es ahora?
Entonces para que coño sirve tener series separadas si al final se puede hacer lo que te salga de los h.. von la simplificada.
Espero que lo que querían decir es que si te piden los datos emitas una sustitutiva.
Es que parece que han metido párrafos en las simplificadas que no son de ahí.

ermendalenda 07-10-2024 17:04:42

Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 557911)
El envío de la relación de las Facturas sustituidas en un registro con clave F3 no es obligatorio, por lo tanto, dudo mucho que hacienda sepa qué facturas estás sustituyendo. Yo no uso la clave F3, siempre anulo con simplificada y luego emito factura completa. Yo creo que debe ser desde el propio SIF y no desde la Aeat el que controle esta casuística que estás planteando. Y desde luego, debes controlar que no puedes sustituir una factura varias veces (sobre todo con distinto destinatario)

Eso de eliminar o rectificar tiquet (aunque sea con una eectificativa) no es muy legal.y sobre todo como vengan con que te pidan una factura de un tiquet en distintas fechas y mucho mens en distintos periodos impositivos.
Para un día concreto no me parece mal, pero no como norma general, queda muy raro que no emitas ni una sustitutiva si la forma de vender habitual es simplificada.
Esa consulta a la aeat ya la vi alguna vez

ermendalenda 07-10-2024 18:58:38

He estado repasando en pdfs antiguos el reglamento y parece que en 2012 se redactó tal cual esa parte.
Sabéis si en verifactu admite como factura simplif8cada los datos del receptor?
Aunque yo tengo claro que no lo voy incorporar, menudo lío, tiquet emitido y que haya quenponerle los datos del receptor sin emitir sustitutiva, y ahora a mandar rectificación a verifactu.

sglorka 08-10-2024 09:02:19

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 557928)
Eso de eliminar o rectificar tiquet (aunque sea con una eectificativa) no es muy legal.y sobre todo como vengan con que te pidan una factura de un tiquet en distintas fechas y mucho mens en distintos periodos impositivos.
Para un día concreto no me parece mal, pero no como norma general, queda muy raro que no emitas ni una sustitutiva si la forma de vender habitual es simplificada.
Esa consulta a la aeat ya la vi alguna vez

Es más habitual de lo que crees, y además, está amparado por el Reglamento de Facturación y convertido en procedimiento habitual en el Reglamento del SII

2.30. ¿Cómo registra el emisor una factura emitida en sustitución de facturas simplificadas (art. 7.2 RD 1619/2012)?
Se deberá informar en el bloque “Tipo Factura” con la clave “F3: factura emitida en sustitución de facturas simplificadas facturadas y declaradas” y en el bloque de “Datos sustituidas” se identificarán las facturas simplificadas sustituidas con el número, serie y fecha de expedición. La identificación es opcional. En los campos “Ejercicio” y “Período” deberán consignarse los correspondientes al período de liquidación en que fue anotada la factura simplificada original. La clave “F3” supone que no se tendrá en cuenta el IVA repercutido en la factura para evitar una duplicidad con la factura simplificada inicial.

IMPORTANTE: En el caso de que se realice un abono de la factura simplificada (mediante el envío de un registro negativo con clave “F2”), la factura emitida en sustitución de esta tendrá que informarse con la clave “F1”.


https://sede.agenciatributaria.gob.e...023V-FINAL.pdf

sglorka 08-10-2024 09:08:01

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 557926)
Soy yo o han cambiado en el reglamento de facturación algunos elementos que no estaban antes y otro que no cuadra con verifactu:
Primero la obligatoriedad de desglosar las bases por item cuando hay más de un tipo de IVA(en las simplificadas), pues esto no lo hace nadie, ni carrefour ni nadie.





Y esto otro habla de ponerle datos del cliente si lo solic8ta (en la factura simplificada tambien)

Es que no cuadra que una factura simplificada te puedan pedir que añadas los datos del receptor, esto que es ahora?
Entonces para que coño sirve tener series separadas si al final se puede hacer lo que te salga de los h.. von la simplificada.
Espero que lo que querían decir es que si te piden los datos emitas una sustitutiva.
Es que parece que han metido párrafos en las simplificadas que no son de ahí.

Si el cliente te pide que pongas sus datos en la factura simplificada, simplemente emites una sustitutiva es ese momento. No hay que darle más vueltas. Yo no permito emitir facturas simplificadas con identificación de destinatario, ya que no podría agrupar las ventas del día de facturas simplificadas en un solo bloque para informalas al SII (clave F4, el bloque debe ser correlativo, emitidas en el mismo día y al mismo destinatario)

Sistel 08-10-2024 09:47:52

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 557926)
Soy yo o han cambiado en el reglamento de facturación algunos elementos que no estaban antes y otro que no cuadra con verifactu:
Primero la obligatoriedad de desglosar las bases por item cuando hay más de un tipo de IVA(en las simplificadas), pues esto no lo hace nadie, ni carrefour ni nadie.
Y esto otro habla de ponerle datos del cliente si lo solic8ta (en la factura simplificada tambien)

Es que no cuadra que una factura simplificada te puedan pedir que añadas los datos del receptor, esto que es ahora?
Entonces para que coño sirve tener series separadas si al final se puede hacer lo que te salga de los h.. von la simplificada.
Espero que lo que querían decir es que si te piden los datos emitas una sustitutiva.
Es que parece que han metido párrafos en las simplificadas que no son de ahí.

Hola,

Estos temas no son novedad de Verifactu.
Siempre han existido en la normativa de facturación:
https://sede.agenciatributaria.gob.e...lificadas.html
https://sede.agenciatributaria.gob.e...lificadas.html

Si emites una factura simplificada con productos o servicios con un solo tipo de IVA, puedes indicar el total y la frase "IVA incluído" e indicando el tipo de IVA.
Si la factura simplificada lleva varios tipos de IVA, tienes que desglosar las bases , tipos y cuotas de IVA (como en la facturas completas).

Si el destinatario de un factura simplificada te pide que pongas sus datos (para poder utilizarla para deducciones o desgravaciones propias), debes indicar en la factura simplificada dichos datos (nombre y apellidos, NIF y domicilio).
(Es lo que se suele llamar "factura simplificada cualificada" o con destinatario)
No precisas emitir una factura de sustitución de factura simplificada para poner los datos de destinatario, ya que esa factura simplificada con datos de destinatario tiene el mismo valor (aunque sea en formato de rollo de TPV)

Saludos

sglorka 08-10-2024 10:07:42

Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 557919)
Mira lo que dice el documento de validaciones

8. FacturaSimplificadaArt7273
- Sólo se podrá rellenar con “S” si TipoFactura=“F1” o “F3” o “R1” o “R2” o “R3” o “R4”

9. FacturaSinIdentifDestinatarioArt61d
- Sólo se podrá rellenar con “S” si TipoFactura=”F2” o “R5”.

Este tema me chirría, hay que ponerlo en cuarentena e investigar. No logro que me acepte una factura tipo F2 con identificación de destinatario y la combinación de marcas FacturaSimplificadaArt7273 y FacturaSinIdentifDestinatarioArt61d. He hecho varias combinaciones y no hay forma. Lo retomaré más adelante. Si alguien quiere aventurase bienvenido sea

seccion_31 08-10-2024 11:44:50

La aplicacion de ejemplo ya esta casi completa

Sube facturas F1 y F2 y la anulacion desde una lista en EXCEL
He revisado los mensajes de respuesta
Comprueba con la AEAT que la factura este subida
Y genera el codigo QR

Sigo teniendo problemas para generar el nuevo WSDL asi que lo estoy haciendo con el anterior.

Os pediria x favor, si es posible, que cuando se publicara un nuevo interface SOAP algun alma caritativa lo subiera y se chinchetara al principio del foro.

En mi caso no puedo descargarlos y eso me preocupa.

En fin...

Subire el programa a final de semana tras alguna comprobacion. (espero que le sirva a alguien).

Saludos !

He leido los posteos anteriores y creia tenerlo claro, pero ahora ya no tanto:

Una cuestion, para dejarlo bien en el ejemplo:

¿ Los tickets, son de tipo F2 ? ¿ con FacturaSinIdentifDestinatarioArt61d=S ?

thinkows 08-10-2024 12:25:00

Tickets F2
 
Cita:

Empezado por seccion_31 (Mensaje 557959)
La aplicacion de ejemplo ya esta casi completa

Sube facturas F1 y F2 y la anulacion desde una lista en EXCEL
He revisado los mensajes de respuesta
Comprueba con la AEAT que la factura este subida
Y genera el codigo QR

Sigo teniendo problemas para generar el nuevo WSDL asi que lo estoy haciendo con el anterior.

Os pediria x favor, si es posible, que cuando se publicara un nuevo interface SOAP algun alma caritativa lo subiera y se chinchetara al principio del foro.

En mi caso no puedo descargarlos y eso me preocupa.

En fin...

Subire el programa a final de semana tras alguna comprobacion. (espero que le sirva a alguien).

Saludos !

He leido los posteos anteriores y creia tenerlo claro, pero ahora ya no tanto:

Una cuestion, para dejarlo bien en el ejemplo:

¿ Los tickets, son de tipo F2 ? ¿ con FacturaSinIdentifDestinatarioArt61d=S ?


Buenos días, yo he realizado pruebas enviando solo F2 y F2 con FacturaSinIdentifDestinatarioArt61d=S y las dos me da correcto, pero no sé si en producción pasará lo mismo .

Un saludo

espinete 08-10-2024 12:32:21

Hola. A estas alturas ya no sé si esto es off-topic o si hay otro hilo en el foro que hable del tema, pero...

¿En qué consiste realmente el llamado No-Verifactu?

En Verifactu ya está claro: envío de las facturas al webservice em "tiempo real", con generación del QR, consulta online de las facturas, etc. (vamos, como TicketBai).

Pero viendo los diseños de registro de facturación, veo que hay otros registros como el de "eventos", y algunos campos del XML para indicar si es o no verifactu.
Por lo tanto, entiendo que el No-Verifactu requiere la generación y guardado del XML, pero no el envío a Hacienda, y además, la generación de otros XML para eventos (que aún no entiendo del todo).

Todo esto añadido a la no posibilidad de modificar ni borrar facturas, etc. (Ley Antifraude) y a la de llevar un registro de operaciones (LOG), que nuestro software ya hace.

Entiendo también que lo ideal sería que el software tuviera las dos opciones para que el cliente elija: Verifactu y No-Verifactu. ¿O es mejor exigir VeriFactu y punto?

Pues eso, espero que alguien pueda aclarar esta duda básica. Me centré en la parte "difícil" y ahora esta otra variante no me deja tranquilo...

seccion_31 08-10-2024 12:47:46

hasta donde llego:


el no verifactu es igual que el verifactu porque tienes que guardar los XML listos para enviar, con algun dato variado que indica sistema no-verifactu, lo que no se si hay que generarlos a requerimiento o dejarlos archivados segun se generar, pero ademas tienes que ser capaz de enviarlos si lo piden.

y generar el sistema de eventos.

saludos

Matorral 08-10-2024 13:04:59

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 557966)
Hola. A estas alturas ya no sé si esto es off-topic o si hay otro hilo en el foro que hable del tema, pero...

¿En qué consiste realmente el llamado No-Verifactu?

En Verifactu ya está claro: envío de las facturas al webservice em "tiempo real", con generación del QR, consulta online de las facturas, etc. (vamos, como TicketBai).

Pero viendo los diseños de registro de facturación, veo que hay otros registros como el de "eventos", y algunos campos del XML para indicar si es o no verifactu.
Por lo tanto, entiendo que el No-Verifactu requiere la generación y guardado del XML, pero no el envío a Hacienda, y además, la generación de otros XML para eventos (que aún no entiendo del todo).

Todo esto añadido a la no posibilidad de modificar ni borrar facturas, etc. (Ley Antifraude) y a la de llevar un registro de operaciones (LOG), que nuestro software ya hace.

Entiendo también que lo ideal sería que el software tuviera las dos opciones para que el cliente elija: Verifactu y No-Verifactu. ¿O es mejor exigir VeriFactu y punto?

Pues eso, espero que alguien pueda aclarar esta duda básica. Me centré en la parte "difícil" y ahora esta otra variante no me deja tranquilo...

Otro tema muy importante en el sistema NO-VERIFACTU es que la guardia y custodia de toda la información generada (registros de facturacion, eventos, etc...) recae también en el fabricante/vendedor/instalador del SIF, teniendo responsabilidad ante posibles "pérdidas involuntarias" de esa información.

Con el sistema VERIFACTU, la guardia y custodia recae directamente en hacienda.


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 09:14:50.

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