Foros Club Delphi

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ermendalenda 28-10-2024 12:49:31

Cita:

Empezado por Zento (Mensaje 558883)
El obligado tributario del sistema informático es el usuario final. Así que tú como desarrollador puedes estar tranquilo. Si cambia la fecha o la hora tampoco debería funcionar SSL. En cualquier Windows actual eso está más que cubierto.


Solucuionado.
Lo de 1 minuto solo es obligatorio para los NO VERIFACTU, no es aplicable a los VERIFACTU

newtron 28-10-2024 12:52:29

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 558891)
Perdona pensaba que te estaba dadono error al enviar el xml no al importar el wdsl, te he leido mal, por eso el lio ya que las namespaces empiezan igual:
Código PHP:

 <soapenv:Envelope  xmlns:soapenv="http://schemas.xmlsoap.org/soap/envelope/" xmlns:sum="https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicurate waciones/es/aeat/tike/cont/ws/SuministroLR.xsd" xmlns:sum1="https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/tike/cont/ws/SuministroInformacion.xsd">     <soapenv:Header />   - <soapenv:Body

</div></div></div>


Sé que ha habido cambios en el wsdl hace 3 dias, asegurate que sea la última version.


Nada, gracias. Creo que la url es correcta pero por alguna razón no me importa el fichero. La última vez me tuvieron que pasar los .pas porque no fui capaz de importarlos. A ver si alguien los puede subir mientras averiguo qué leches me pasa con esto.


Saludos.

Edito: ¿Está la web de la aeat fuera de juego?

CarlosArjonomia 28-10-2024 13:01:57

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 558894)
Nada, gracias. Creo que la url es correcta pero por alguna razón no me importa el fichero. La última vez me tuvieron que pasar los .pas porque no fui capaz de importarlos. A ver si alguien los puede subir mientras averiguo qué leches me pasa con esto.


Saludos.

Edito: ¿Está la web de la aeat fuera de juego?

No, actualiza los namespaces de Cabecera, RegistroAlta y RegistroAnulacion según indica la actualización del 25/10/2024 de la 1ª página.

antoine0 28-10-2024 13:02:30

Cita:

Empezado por Joze (Mensaje 558866)
Se ha publicado la Orden Ministerial

a partir del 29 de julio de 2025 no se podrá desarrollar ni comercializar ningún sistema informático que no esté adaptado

En el RDL 1007/2023 era el 1 de julio. ¿Dónde está escrito que hay prorroga hasta el 29?

Y por cierto, ateniendo a la ley 11/2021 y su modificación de la LGT, nuevo artículo 201 bis, a la misma fecha está también prohíbo la tenencia de sistema no conformes, parágrafo 2.

ermendalenda 28-10-2024 13:06:32

otra duda
 
A ver como interpretais este punto en distintas instalaciones, por ejemplo tengo una instalacion que tiene varias empresas y los demas solo 1. COn lo cual en la que tiene varias empresas solo enviara como 1. Pero en este punto habla como "sistema informatico", entonces ya me ha hecho un lio, sistema informatico es individual, tengo que hacerf una declaracion responsable por cada sif?, la respuesta obvia es que "No", pero os pasa como a mi que quedan dudas?
Cita:

Articulo 15 sobre la declaración responsable:
f)Indicación de si el sistema informático a que se refiere la declaración responsable permite ser usado por varios obligados tributarios o por un mismo usuario para dar soportete a la facturación de varios obligados tributarios, de acuerdo con las especificaciones dadas en el apartado 2.6 del anexo.

Joze 28-10-2024 13:09:32

Cita:

Empezado por antoine0 (Mensaje 558896)
En el RDL 1007/2023 era el 1 de julio. ¿Dónde está escrito que hay prorroga hasta el 29?

www . boe . es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-24840


Cita:

Disposición final cuarta. Entrada en vigor y efectos.
El presente real decreto y el reglamento entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

No obstante, los obligados tributarios a que se refiere el artículo 3.1 de dicho Reglamento deberán tener operativos los sistemas informáticos adaptados a las características y requisitos que se establecen en el citado reglamento y en su normativa de desarrollo antes del 1 de julio de 2025.

Los obligados tributarios a que se refiere el artículo 3.2 de dicho Reglamento, en relación con sus actividades de producción y comercialización de los sistemas informáticos, deberán ofrecer sus productos adaptados totalmente al reglamento en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial a que se refiere la disposición final tercera de este real decreto. No obstante, en relación con sistemas informáticos incluidos en los contratos de mantenimiento de carácter plurianual contratados antes de este último plazo, deberán estar adaptados al contenido del reglamento con anterioridad al 1 de julio de 2025.

En el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial a que se refiere la disposición final tercera de este real decreto estará disponible en la sede de la Agencia Estatal de Administración Tributaria el servicio para la recepción de los registros de facturación remitidos por los Sistemas de emisión de facturas verificables.

Delphier 28-10-2024 13:22:32

cambios en el namespace de alguno de los nodos XML que forman parte de los esquemas
 
Alguien sabe como son los nuevos prefijos o como averiguarlo?

Gracias.

"El error que les parece está relacionado con unos cambios en el namespace de alguno de los nodos XML que forman parte de los esquemas (Cabecera, RegistroAlta y RegistroAnulacion) Este cambio se publicó en el Tablón de anuncios el viernes pasado.

En concreto deben revisar que los prefijos de los nodos Cabecera, RegistroAlta o RegistroAnulacion sean los correctos.

Le confirmamos que se van a actualizar en breve los ejemplos del documento de descripción del servicio web.
"

CarlosArjonomia 28-10-2024 13:25:41

Cita:

Empezado por Delphier (Mensaje 558899)
Alguien sabe como son los nuevos prefijos o como averiguarlo?

Gracias.

"El error que les parece está relacionado con unos cambios en el namespace de alguno de los nodos XML que forman parte de los esquemas (Cabecera, RegistroAlta y RegistroAnulacion) Este cambio se publicó en el Tablón de anuncios el viernes pasado.

En concreto deben revisar que los prefijos de los nodos Cabecera, RegistroAlta o RegistroAnulacion sean los correctos.

Le confirmamos que se van a actualizar en breve los ejemplos del documento de descripción del servicio web.
"

Cabecera pasa de <ns1:Cabecera> a <ns2:Cabecera> y <ns2:RegistroAlta>, <ns2:RegistroAnulacion> a <ns1:RegistroAlta>, <ns1:RegistroAnulacion>

ermendalenda 28-10-2024 13:31:43

Que pasa sí...?
 
no estoy haciendo caso del parametro "t" del tiempo de espera al siguiente envio.
No sé si os ha pasado, aun no lo leo, pero ayer hice prueba de mandar muchos seguidos y de repente se me quedo bloqueado en un envio. Parece que tiene que ver con el tiempo de espera, por que a los pocos minutos ya me dejó de nuevo reenviar
Habeis probado eso? os ha pasado?

CarlosArjonomia 28-10-2024 13:31:51

Cita:

Empezado por antoine0 (Mensaje 558896)
En el RDL 1007/2023 era el 1 de julio. ¿Dónde está escrito que hay prorroga hasta el 29?

Y por cierto, ateniendo a la ley 11/2021 y su modificación de la LGT, nuevo artículo 201 bis, a la misma fecha está también prohíbo la tenencia de sistema no conformes, parágrafo 2.

El Reglamento Verifactu entró en vigor el 7 de diciembre de 2023, permitiendo a los obligados tributarios adaptarse al nuevo sistema de facturación hasta el 1 de julio de 2025, salvo los productores y comercializadores de los sistemas informáticos de facturación que deberán tenerlos en el mercado en un plazo de 9 meses desde la aprobación de la Orden Ministerial que especifique todos los detalles técnicos del registro, que entra en vigor el 29 de octubre de 2024, por lo que estos productores cuentan hasta el 29 de julio de 2025 para poner en el mercado estos sistemas informáticos.

ermendalenda 28-10-2024 13:36:21

esto es nuevo?
 
Cita:

Asimismo, el sistema informático deberá avisar de que se ha producido una incidencia que ha impedido la remisión de todos los registros de facturación generados, indicando cuántos faltan por remitir.

Ese nodo, donde se informa el numero de registros, sabeis cual es?

antoine0 28-10-2024 13:54:34

Fue borrado .

ermendalenda 28-10-2024 14:02:41

Esto también está muy bien
 
Cita:

2. En caso de tratarse de una factura electrónica, destinada al intercambio de su información de forma estructurada entre sistemas informáticos por medios electrónicos, se deberá incluir como un campo independiente la «URL» contenida en el código «QR», no siendo necesario incluir el propio código «QR»

Y donde?:eek:
Hay algún nodo en Facturae para ponerlo de forma independiente o es a libre albedrio?

pablog2k 28-10-2024 14:05:06

bueno mas o menos en la charla han explicado el tema de cuando empieza, como no se puede cumplir el 1 de julio de contribuyentes, con los 9 meses a los desarrolladores respecto a la orden ministerial, van a mirar de retrasar el plazo de inicio. Es más, a una pregunta de que si podría ser el 1 de enero de 2026, ha dicho que sería 'razonable' esa fecha

ermendalenda 28-10-2024 14:08:11

Cita:

Empezado por pablog2k (Mensaje 558906)
bueno mas o menos en la charla han explicado el tema de cuando empieza, como no se puede cumplir el 1 de julio de contribuyentes, con los 9 meses a los desarrolladores respecto a la orden ministerial, van a mirar de retrasar el plazo de inicio. Es más, a una pregunta de que si podría ser el 1 de enero de 2026, ha dicho que sería 'razonable' esa fecha

Gracias por la info,
o sea, el plazo a los desarrolladores no cambia, el 29 de Julio.

edari 28-10-2024 14:11:12

Soy yo o no ha respondido a la obligación de Verifactu para Navarra y Canarias?

pablog2k 28-10-2024 14:12:07

Cita:

Empezado por edari (Mensaje 558908)
Soy yo o no ha respondido a la obligación de Verifactu para Navarra y Canarias?

se ha saltado casi todas las preguntas ,espero que luego respondan todas mediante un documento pdf o unas faqs.....

thinkows 28-10-2024 14:14:34

Envio en BATCH
 
Por lo que he entendido de la presentación envío de registros cada 60 segundos o acumulación de 1000 registros, lo que se produzca antes.

:mad::mad:

edari 28-10-2024 14:15:36

Cita:

Empezado por pablog2k (Mensaje 558909)
se ha saltado casi todas las preguntas ,espero que luego respondan todas mediante un documento pdf o unas faqs.....


Ha comentado la pregunta pero no la han respondido :D:D




Tenían prisa que eran las dos

ermendalenda 28-10-2024 14:25:58

Cita:

Empezado por thinkows (Mensaje 558910)
Por lo que he entendido de la presentación envío de registros cada 60 segundos o acumulación de 1000 registros, lo que se produzca antes.

:mad::mad:

Sí y desde los 60 segundos hasta los 120segundos que devuelven un error por enviar fuera del tiempo especificado, tienes 60 segundos para enviar, si no te informan de un [t] distinto.

Y eso es lo que hay.


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 21:36:49.

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