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ermendalenda 31-03-2026 12:31:32

Cita:

Empezado por Faneka (Mensaje 572174)
Ahora tendran que sacar toda la información supongo del contenido de los ficheros, rutas y demás. La cuenta de un año entonces empieza desde ya?

No, hasta que no hagan el desarrollo técnico y saquen la OM en el BOE ,no cuenta.

Faneka 31-03-2026 12:40:11

Vale, hasta la OM nada, mejor, ya me habia liado, jaja, gracias.

keys 01-04-2026 09:37:35

Hola a todos.

Hay una cosa (entre muchas) que no entiendo. Un programa de facturación, de los de toda la vida, que genera una factura. Dejará la factura en una plataforma publica o privada del emisor de la factura, ¿pero luego quien la hace llegar a la plataforma del receptor?.

¿Esas plataformas son la encargadas de enviarlas a la plataformas de los receptores?.

Un Saludo.

razorxxx 01-04-2026 11:55:10

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 572178)
Hola a todos.

Hay una cosa (entre muchas) que no entiendo. Un programa de facturación, de los de toda la vida, que genera una factura. Dejará la factura en una plataforma publica o privada del emisor de la factura, ¿pero luego quien la hace llegar a la plataforma del receptor?.

¿Esas plataformas son la encargadas de enviarlas a la plataformas de los receptores?.

Un Saludo.

Exacto. Si usas por ejemplo EDICOM, EDICOM se tiene que encargar de mandar la factura a la plataforma pública e ir actualizando los estados de la factura.

newtron 01-04-2026 12:04:42

Yo creo que, aparte de otras cosas, el rollo de los cobros nos va a complicar la vida. En mi caso no todos mis clientes cobran las facturas por la gestión, lo hacen en contabilidad directamente, a ver cómo le ponemos a ese niño.

keys 01-04-2026 12:05:29

Cita:

Empezado por razorxxx (Mensaje 572180)
Exacto. Si usas por ejemplo EDICOM, EDICOM se tiene que encargar de mandar la factura a la plataforma pública e ir actualizando los estados de la factura.

Gracias. ¿Pero quien se encarga de enviar la factura a la plataforma del receptor de la factura (Cliente)?

razorxxx 01-04-2026 12:23:20

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 572182)
Gracias. ¿Pero quien se encarga de enviar la factura a la plataforma del receptor de la factura (Cliente)?

Según el Real Decreto, las plataformas de facturación deben permitir la interoperabilidad gratuita entre ellas, de tal forma que diferentes proveedores se comuniquen entre sí de forma fluida y segura. Así que supongo que aparte de mandar una copia a la plataforma pública, tendrán que enviárselas entre ellas, así como actualizar los estados de las facturas (contabilizada, pagada, rechazada, etc).

keys 01-04-2026 12:27:30

Cita:

Empezado por razorxxx (Mensaje 572183)
Según el Real Decreto, las plataformas de facturación deben permitir la interoperabilidad gratuita entre ellas, de tal forma que diferentes proveedores se comuniquen entre sí de forma fluida y segura. Así que supongo que aparte de mandar una copia a la plataforma pública, tendrán que enviárselas entre ellas, así como actualizar los estados de las facturas (contabilizada, pagada, rechazada, etc).

En resumen si lo entiendo bien. El programa de facturación subirá la factura a la plataforma del emisor (Pública o Privada) y esta es la que se tiene que encargar de enviarla a la plataforma del receptor.

Si es así menudo lio para los que se dediquen a hacer plataformas, tienen que conocer por un lado cual es la plataforma de todos los clientes a los que se le hace la factura y ademas tienen que ser capaces de conectarse con ellas.

razorxxx 01-04-2026 12:27:55

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 572181)
Yo creo que, aparte de otras cosas, el rollo de los cobros nos va a complicar la vida. En mi caso no todos mis clientes cobran las facturas por la gestión, lo hacen en contabilidad directamente, a ver cómo le ponemos a ese niño.

En un primer enfoque, y hasta que no salga el documento técnico, yo creo que el envío a la plataforma pública se haría desde el programa de facturación, una vez finalizada la factura. Y desde Contabilidad, se deberá poder cambiar los estados, porque el operario que mete facturas no gestiona los cobros de las mismas, esto es cosa del contable.

razorxxx 01-04-2026 12:31:32

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 572184)
En resumen si lo entiendo bien. El programa de facturación subirá la factura a la plataforma del emisor (Pública o Privada) y esta es la que se tiene que encargar de enviarla a la plataforma del receptor.

Si es así menudo lio para los que se dediquen a hacer plataformas, tienen que conocer por un lado cual es la plataforma de todos los clientes a los que se le hace la factura y ademas tienen que ser capaces de conectarse con ellas.

Bueno, plataformas de pago hay pocas. Lo que pasa que ahora con la plataforma pública gratuita ya no estarás obligado a entrar por una plataforma de pago, como pasa con muchos hoteles por ejemplo. Así que puede que en España empiecen a perder muchos clientes.

FacilIng 01-04-2026 12:43:16

Cita:

Empezado por razorxxx (Mensaje 572186)
Bueno, plataformas de pago hay pocas. Lo que pasa que ahora con la plataforma pública gratuita ya no estarás obligado a entrar por una plataforma de pago, como pasa con muchos hoteles por ejemplo. Así que puede que en España empiecen a perder muchos clientes.

A ver si lo he entendido bien :rolleyes: pq la verdad es que esto es pa mear y no echar gota ...

1.- El trabajador A genera una factura con nuestro SW:
  • Nuestro SW envía la factura a VeriFactu (si no está exento)
  • Nuestro SW sube la factura a una "plataforma pública" de facturas B2B. --> Pero, ¿quién provee esa plataforma? ¿El estado? ¿La AEAT?
  • La plataforma pública envía la factura al destinatario de la misma. --> ¿Sí? ¿Así de simple? ¿No tendremos q hacer nada nosotros?
2.- El trabajador B, cuando la factura se cobre, debe acceder a la plataforma pública, buscar la factura y marcarla como cobrada.

¿Esto es tal como digo? :confused:

Pq la verdad, lo estoy flipando :cool: ...

Logan05 01-04-2026 12:51:12

Cita:

Empezado por FacilIng (Mensaje 572187)
1.- El trabajador A genera una factura con nuestro SW:
  • Nuestro SW envía la factura a VeriFactu (si no está exento)
  • Nuestro SW sube la factura a una "plataforma pública" de facturas B2B. --> Pero, ¿quién provee esa plataforma? ¿El estado? ¿La AEAT?
  • La plataforma pública envía la factura al destinatario de la misma. --> ¿Sí? ¿Así de simple? ¿No tendremos q hacer nada nosotros?
2.- El trabajador B, cuando la factura se cobre, debe acceder a la plataforma pública, buscar la factura y marcarla como cobrada.

A ver yo supongo que esto sustituirá a verifactu, no le veo el sentido a mantener los dos en paralelo. y tb supongo que el sw cuando se cobre una factura solo tendrá que mandar un aviso a la plataforma publica como hacemos ahora con las anulaciones o las subsanaciones en verifactu, lo hará el programa, porque si esperas que el usuario se conecte a la plataforma que sea y lo haga.... ya si que nos vamos a reir

newtron 01-04-2026 13:03:06

Cita:

Empezado por Logan05 (Mensaje 572188)
A ver yo supongo que esto sustituirá a verifactu, no le veo el sentido a mantener los dos en paralelo. y tb supongo que el sw cuando se cobre una factura solo tendrá que mandar un aviso a la plataforma publica como hacemos ahora con las anulaciones o las subsanaciones en verifactu, lo hará el programa, porque si esperas que el usuario se conecte a la plataforma que sea y lo haga.... ya si que nos vamos a reir


Esto no sustituye a Verifactu. Tienes que tener en cuenta que solo se subiran las facturas que se hagan a profesionales, tampoco las facturas simplificadas así que tendremos que hacernos a la idea de enviarlas a los dos lados. El tema del cobro es lo que yo veo peliagudo porque tengo muchas dudas.

razorxxx 01-04-2026 13:06:54

Cita:

Empezado por FacilIng (Mensaje 572187)
A ver si lo he entendido bien :rolleyes: pq la verdad es que esto es pa mear y no echar gota ...

1.- El trabajador A genera una factura con nuestro SW:
  • Nuestro SW envía la factura a VeriFactu (si no está exento)
  • Nuestro SW sube la factura a una "plataforma pública" de facturas B2B. --> Pero, ¿quién provee esa plataforma? ¿El estado? ¿La AEAT?
  • La plataforma pública envía la factura al destinatario de la misma. --> ¿Sí? ¿Así de simple? ¿No tendremos q hacer nada nosotros?
2.- El trabajador B, cuando la factura se cobre, debe acceder a la plataforma pública, buscar la factura y marcarla como cobrada.

¿Esto es tal como digo? :confused:

Pq la verdad, lo estoy flipando :cool: ...

La plataforma pública la hará el estado claro, supongo que harán un copia-pega de FACe pero para B2B. La plataforma pública no enviará la factura al destinatario: si el destinatario también usa la plataforma pública, simplemente entrará con su certificado y verá allí las facturas que le han puesto disponibles sus proveedores (y supongo que podrá rescatarlas desde su software mediante llamadas al webservice), y si usa una plataforma privada se tiene que encargar dicha plataforma de consultar los datos de las facturas en la plataforma pública.

Y en cuanto al cambio de estados, supongo que mediante llamadas al webservice desde el software contable se podrá actualizar estado de factura y consultar el actual. Los estados creo que van a ser aceptada (confirmada como correcta por el receptor o automáticamente si se pasó un plazo), rechazada (el destinatario la rechaza por errores o discrepancias, siempre dentro de un plazo) y pagada/impagada (pago completo, parcial o nulo).

Todo esto son suposiciones mías, no puedo todavía afirmar todo lo que he dicho porque no han publicado ningún documento técnico.

razorxxx 01-04-2026 13:09:57

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 572189)
Esto no sustituye a Verifactu. Tienes que tener en cuenta que solo se subiran las facturas que se hagan a profesionales, tampoco las facturas simplificadas así que tendremos que hacernos a la idea de enviarlas a los dos lados. El tema del cobro es lo que yo veo peliagudo porque tengo muchas dudas.

No tiene nada que ver con VeriFactu. Lo de ahora es Ley Crea y Crece, VeriFactu es Ley Antifraude. A corto-medio plazo supongo que los sistemas coexistirán (VeriFactu, SII, TicketBAI, Factura Electrónica, etc), pero todo parece que acabará confluyendo en un único sistema que englobe a todos.

Que yo digo, esto de VeriFactu se lo pudieron haber ahorrado habiendo aplicado el SII a todo cristo, y así los programadores no nos volvíamos locos.

Logan05 01-04-2026 13:22:43

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 572189)
Esto no sustituye a Verifactu. Tienes que tener en cuenta que solo se subiran las facturas que se hagan a profesionales, tampoco las facturas simplificadas así que tendremos que hacernos a la idea de enviarlas a los dos lados. El tema del cobro es lo que yo veo peliagudo porque tengo muchas dudas.

Cierto, ya me patina el chip :o

Pero lo de solo a profesionales tb lo veo complejo, ¿vosotros en vuestros SIF tenéis identificados los clientes si son profesionales o no? yo de momento no me lo había planteado, no tengo casos raros...

Lo mismo que no me he planteado pedirles a los clientes un certificado de penales... de actividad quiero decir... la dirección fiscal "SUPONGO" que es la que me indican, porque la AEAT no te la contrasta, aunque el ROF especifica que debe ser correcta y coincidente con la que ellos tienen sopena de rectificativa al canto.....

bmfranky 02-04-2026 12:53:02

Cita:

Empezado por Logan05 (Mensaje 572192)
Cierto, ya me patina el chip :o

Pero lo de solo a profesionales tb lo veo complejo, ¿vosotros en vuestros SIF tenéis identificados los clientes si son profesionales o no? yo de momento no me lo había planteado, no tengo casos raros...

Lo mismo que no me he planteado pedirles a los clientes un certificado de penales... de actividad quiero decir... la dirección fiscal "SUPONGO" que es la que me indican, porque la AEAT no te la contrasta, aunque el ROF especifica que debe ser correcta y coincidente con la que ellos tienen sopena de rectificativa al canto.....

Por mi parte si que tengo una casilla para ello, pero, también puede darse el caso, como comentaba @ermendalenda, en el caso de los autónomos, que el servicio que le prestas no sea factura ble como empresa, por ejemplo en mi caso, las facturas a el vehículo que usa para el trabajo si es factura ble a un autónomo como de empresa, pero si tiene otro vehículo, ese no se le debe de facturar así, puesto que no es deducible, habrían mas ejemplos como la diferencia de comprar unos muebles para la oficina o para casa, la factura de las dietas diarias o la de la cena del domingo(aunque de esta no estoy seguro)...

ermendalenda 03-04-2026 10:19:25

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 572198)
Por mi parte si que tengo una casilla para ello, pero, también puede darse el caso, como comentaba @ermendalenda, en el caso de los autónomos, que el servicio que le prestas no sea factura ble como empresa, por ejemplo en mi caso, las facturas a el vehículo que usa para el trabajo si es factura ble a un autónomo como de empresa, pero si tiene otro vehículo, ese no se le debe de facturar así, puesto que no es deducible, habrían mas ejemplos como la diferencia de comprar unos muebles para la oficina o para casa, la factura de las dietas diarias o la de la cena del domingo(aunque de esta no estoy seguro)...

Esta duda ya está planteada a los que tienen que hacer el desarrollo técnico y me dijeron que tenian que esperar al Real Decreto, como ya ha saludo, la he vuelto a replantear, pero posiblmente lo hayan tenido en cuenta. Les dije que la única soluxión que veia es mandar todas las facturas, ya sean B2B o B2C, ya que no es viable consultar si la factura era para uso de autonomo o como persona física ya que incluso despues de la emisión y pasados unos días pueden cambiar de parecer y no ser conscientes de que tienen que solicitar esa subsanación al emisor, complejo de que se hiciera correctamente si solo podemos mandar B2B

ermendalenda 03-04-2026 11:18:21

Cuando me contesten a ésta, paso a la siguientes preguntas, una de ellas es y los B2G que no necesariamente están identificados con un nif típico de b2g o.si siento b2g no solicitan face, y si lo solicitan posteriormente.

emailesc 03-04-2026 11:32:24

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 572198)
Por mi parte si que tengo una casilla para ello, pero, también puede darse el caso, como comentaba @ermendalenda, en el caso de los autónomos, que el servicio que le prestas no sea factura ble como empresa, por ejemplo en mi caso, las facturas a el vehículo que usa para el trabajo si es factura ble a un autónomo como de empresa, pero si tiene otro vehículo, ese no se le debe de facturar así, puesto que no es deducible, habrían mas ejemplos como la diferencia de comprar unos muebles para la oficina o para casa, la factura de las dietas diarias o la de la cena del domingo(aunque de esta no estoy seguro)...


El hecho de que un gasto no sea deducible no quiere decir que no sea facturable: hasta donde yo se siempre tienes que hacer factura, lo que haga luego con ella al que se la emites es cosa suya (solo faltaría que le tengamos que revisar las declaraciones a los clientes), entre otras cosas porque muchos gastos además no son deducibles a nivel de iva pero si los puedes incluir en sociedades (otra de las incoherencias, dependiendo de para qué declaración sea, el mismo hecho lo puedes incluir o no).


Así pasa luego, que sacan un Manual PRACTICO de la declaración del irpf de 1270 páginas (menos mal que es el práctico, no quiero ni pensar cómo será el detallado) y encima no incluye la parte de las deducciones autonómicas que son otras 632 páginas. 1900 páginas (bastante más que El Quijote o Guerra y Paz) solo para entender como hacer la declaración de la renta :(:(:(


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 08:20:56.

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