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Si hay errores en dichos registros, o son subsanables, o son rectificables. Recuerda la coletilla que siempre ponen a la hora de emitir subsanaciones "Alta Subsanción : Es la subsanación habitual de un registro de facturación cuando no se exige la emisión de una factura rectificativa" Si te has equivocado en un tipo de Iva porque no existe, o si el Nif del destinatario es incorrecto no puedes subsanar la factura, debes rectificarla, independientemente de si el cliente tiene o no la factura |
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La peña. Se lia:D |
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Al guardar la factura se genera el registro de facturación. Si luego hay que subsanar/rectificar es otro tema. Cita:
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Subsanar??
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Te lo detallo para que te despeje las dudas [quote] . . . . . /QUOTE] Todo esto |
[quote=ermendalenda;559291]Que si hombre, se puede subsanar todo lo que esté fuera del registro de facturación.
Te lo detallo para que te despeje las dudas Cita:
Bueno al final veremos que se puede realmente subsanar... |
[quote=bmfranky;559292]
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Acabo de ver este hilo: Prefacturacion, Proformas y Borradores de facturas (Faq Cerifactu) , si se considerasen 'proformas'/'borrador' estas facturas generadas, ya que no se van a poder enviar ni imprimir hasta que no esten enviadas a hacienda, podría valer entiendo. |
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