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-   -   Error 1110 El NIF no está identificado en el censo de la AEAT (https://www.clubdelphi.com/foros/showthread.php?t=97107)

bmfranky 24-03-2025 17:38:35

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 563032)
Hola bmfranky, con las pruebas que he hecho yo, nunca me ha contestado "No identificado-similar" aunque hayan "diferencias menores en los apellidos y nombre". Siempre me contesta identificado o no identificado.

Sobre lo que comentas de autorellenar, no funciona en el caso de ser una persona física, pero si es una empresa (persona jurídica) si que puedes consultar solo con el CIF y te devuelve la razón social que tienen registrada.
Algo es algo :)

Gracias, por la respuesta, algo ya me havia comentado el mendalenda, al repecto lo tengo en pendiente de provar, un saludo.

ermendalenda 24-03-2025 20:23:27

No está mal tenerlo en cuenta, aunque bien es cierto que parece que en algún sitio lo devuelven así y de momento en esa petición no, yo lo voy a dejar preparado por si cambian de idea.

Otra cosa:
Se me olvidó indicaros otra cosita a tener en cuenta,
Imaginaos que pedís que os identifique u os compruebe el Cif A00000009 y os devuelve el B00000009 con el nombre correspondiente, eso puede ser por uno de estos 3 motivos:, o que te han dado la letra equivocada o que el.usuario se ha equivocado o que la.empresa ha cambiado de estado de S.A a S.L., o.de S.L a S.A, incluso que te devuelva una asociación española o un organismo público o cualquier cosa, ejemplo empiezas con una A y te dice que el calculo para esa es una G etc ..
Por supuesto debéis dejar al usuario que decida si es correcto el valor devuelto.
Además de que es peligroso de que no apliqueis ese control, ya que podéis dar por bueno un nombre para un cif que habéis escrito mal ya que podéis hacer caso a que el resultado es Identificado y no hagáis caso al resto por que no lo habíais contemplado y la liais parda.
O sea, volved a verificar que el cif que habéis pedido es el mismo que os devuelve

bmfranky 24-03-2025 21:16:40

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 563045)
No está mal tenerlo en cuenta, aunque bien es cierto que parece que en algún sitio lo devuelven así y de momento en esa petición no, yo lo voy a dejar preparado por si cambian de idea.

Otra cosa:
Se me olvidó indicaros otra cosita a tener en cuenta,
Imaginaos que pedís que os identifique u os compruebe el Cif A00000009 y os devuelve el B00000009 con el nombre correspondiente, eso puede ser por uno de estos 3 motivos:, o que te han dado la letra equivocada o que el.usuario se ha equivocado o que la.empresa ha cambiado de estado de S.A a S.L., o.de S.L a S.A, incluso que te devuelva una asociación española o un organismo público o cualquier cosa, ejemplo empiezas con una A y te dice que el calculo para esa es una G etc ..
Por supuesto debéis dejar al usuario que decida si es correcto el valor devuelto.
Además de que es peligroso de que no apliqueis ese control, ya que podéis dar por bueno un nombre para un cif que habéis escrito mal ya que podéis hacer caso a que el resultado es Identificado y no hagáis caso al resto por que no lo habíais contemplado y la liais parda.
O sea, volved a verificar que el cif que habéis pedido es el mismo que os devuelve

Pero en ese caso, pasaría el test de estructura?
Según entiendo el algoritmo de cálculo, se tiene en cuenta la letra para el cálculo no?

ermendalenda 24-03-2025 21:24:22

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 563050)
Pero en ese caso, pasaría el test de estructura?
Según entiendo el algoritmo de cálculo, se tiene en cuenta la letra para el cálculo no?

Si no me equivoco hay cifs con inicio de un monton de letras, A, B,C,D,E,F,G.... que tienen el mismo algoritmo para calcular el DIGITO FINAL..
El caso es que una empresa para cambiar de tipo de sociedad solo cambia la letra, con lo cual el calculo debe ser el mismo.

bmfranky 25-03-2025 09:24:40

Offtopic
 
Pongo una aclaracion , sobre el asunto delas letras del CIF.
Cita:


  • Las letras A indican que se trata de una sociedad anónima.
  • La B indica que es una sociedad de responsabilidad limitada.
  • La C, si tu empresa es una sociedad colectiva.
  • La D, sociedades limitadas.
  • Las E, son las comunidades de bienes.
  • La F, se encuadra para las sociedades cooperativas.
  • La G, es para las asociaciones.
  • La H, es para las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal.
  • La J, es la gran diferencia. Son las sociedades civiles, tengan o no personalidad jurídica.
  • La N es para las entidades no residentes.
  • La P se asigna a las corporaciones locales.
  • La Q es para organismos públicos.
  • La R es para las congregaciones e instituciones religiosas.
  • La S es el número de identificación de los organismos de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas.
  • La U es para las empresas que se unen temporalmente.
  • La V es para las empresas que no están definidas o no entran en las otras categorías.
  • La letra W es para las entidades permanentes no residentes en España.
Después de esta letra, encontramos un total de 8 números. Los dos primeros indican la provincia, los cinco siguientes son el número correlativo de inscripción de la compañía en el registro y por último, el noveno, es un código de control.

rci 11-04-2025 11:35:13

Hola compañeros, he añadido un mensaje sobre la validación de NIF/CIF en el WS de la AEAT que puede interesaros o a lo mejor podéis aportar alguna respuesta.
https://www.clubdelphi.com/foros/sho...35&postcount=9

Muchas gracias
Saludos

razorxxx 23-04-2025 16:48:08

¿Qué está haciendo la mayoría de vosotros con el asunto de la gestión de errores? ¿Esperar a que la AEAT los devuelva y subsanar en consecuencia, o bien realizar toda la comprobación de errores del documento de validaciones antes de generar el RF?

Porque claro, en mi empresa tenemos desarrollados múltiples SIF, porque según el sector y a veces la propia dinámica de la empresa no vale con tener un único SIF.

En nuestro caso, vamos a crear un servicio o aplicación que estará residente en el equipo que hace las labores de servidor y se generará un RF según vayan llegando datos con facturas finalizadas, y luego los enviará a su debido momento. En caso de validar los errores antes de enviarse, me surge la duda de cómo y dónde verificar los errores, si en el SIF o en el servicio residente.

La otra opción de dejar que devuelva error y actuar en consecuencia me parece más engorrosa, porque de alguna manera el SIF tiene que saber si el servicio capturó un error y mostrárselo al usuario del SIF para que corrija el error (errores corregibles a nivel de factura claro, no a nivel de comunicación con el webservice).

Jarogo08 23-04-2025 17:37:45

Cita:

Empezado por razorxxx (Mensaje 563961)
¿Qué está haciendo la mayoría de vosotros con el asunto de la gestión de errores? ¿Esperar a que la AEAT los devuelva y subsanar en consecuencia, o bien realizar toda la comprobación de errores del documento de validaciones antes de generar el RF?

En nuestro caso enviamos sin hacer ninguna comprobación, y si da errores el usuario tendrá que subsanar/rectificar/anular.

Ten en cuenta que algunos errores los puedes detectar antes del envío (por ejemplo si el CIF es incorrecto), pero otros muchos no sabes que tienen error hasta que los envías y el propio WebService te devuelve el error.

Y por otro lado, si detectas un error y no lo envías esperando a que el usuario lo corrija vas a tener el problema de los tiempos, tendrías que mandarlos como "Incidencia". Si acabas de crear una factura, de dices al usuario que hay error y por tanto no la envías, y la corrige 3 días después (o aunque sólo sean 15 minutos después), ya vas a tener la incidencia del tiempo máximo para mandar los registros una vez creados. Y si es algo puntual pues igual no hay problema, pero si de cada 10 facturas que envías 2 o 3 van fuera de tiempo... igual por ahí canta la cosa

Saludos

Logan05 24-04-2025 10:50:30

Cita:

Empezado por razorxxx (Mensaje 563961)
¿Qué está haciendo la mayoría de vosotros con el asunto de la gestión de errores? ¿Esperar a que la AEAT los devuelva y subsanar en consecuencia, o bien realizar toda la comprobación de errores del documento de validaciones antes de generar el RF?

Nosotros comprobamos los NIF al crear la ficha del cliente, y luego otra vez al hacer la factura, si hay problemas no dejamos terminarla hasta que se solventan, dando la opción de guardarla como borrador si es necesario (sin numero de factura obviamente)

Jarogo08 05-05-2025 13:33:31

Cita:

Empezado por CarlosMz (Mensaje 562835)
Buenos días

Continuando con este error 1110.

Tengo dudas de los pasos a seguir:

1. Hago una factura normal FX -> Envío RF de alta normal y recibo el error 1110. (Entiendo que debo hacer rectificativa, uso dos pasos)
2. Creo la factura de abono -FX ->Envío RF de alta normal ?. Recibiría el mismo error 1110 al ser lo mismo en negativo
3. Creo la factura rectificativa RX -> Envío RF de alta normal con NIF corregido

Haciéndolo así habría RF con num de facturas que nunca estarían en la AEAT, aunque la rectificativa final si apunte a la original que generó el error



Buenos días

Vuelvo a rescatar este caso porque hice la pregunta a la AEAT el 28/03 y aún no he tenido respuesta. A ver si alguno de vosotros le han confirmado qué hacer:

1- Mando la factura 1 y me devuelve error, por ejemplo porque tiene el CIF incorrecto (la letra o un número mal) o porque lleva un IVA incorrecto (por ejemplo el 22%)
2- Según ellos es motivo de rectificación, por lo que genero la factura R-1 y la mando. Me devuelve el mismo error
3- Creo y mando la factura 2 corregida y me entra bien

Esto es lo que entiendo que debería ser, pero:
-En mi programa voy a tener 3 facturas (la 1 y la R1 que están enviadas con error y la 2 que es correcta)
-En AEAT sólo va a constar la factura 2 (la factura 1 no existe, con lo cual tenemos un “salto” en los contadores). Y cuando subamos otra rectificativa va a ser la R-2, con lo cual también vamos a tener otro salto porque no existiría la R-1

¿sabéis si esto es correcto? ¿lo estáis planteando así?

Volví a insistirles que me contesten de una vez, ya hace casi mes y medio que le mandé la consulta y no me dicen nada v\||/

CarlosMz 05-05-2025 13:35:50

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 564226)
Buenos días

Vuelvo a rescatar este caso porque hice la pregunta a la AEAT el 28/03 y aún no he tenido respuesta. A ver si alguno de vosotros le han confirmado qué hacer:

1- Mando la factura 1 y me devuelve error, por ejemplo porque tiene el CIF incorrecto (la letra o un número mal) o porque lleva un IVA incorrecto (por ejemplo el 22%)
2- Según ellos es motivo de rectificación, por lo que genero la factura R-1 y la mando. Me devuelve el mismo error
3- Creo y mando la factura 2 corregida y me entra bien

Esto es lo que entiendo que debería ser, pero:
-En mi programa voy a tener 3 facturas (la 1 y la R1 que están enviadas con error y la 2 que es correcta)
-En AEAT sólo va a constar la factura 2 (la factura 1 no existe, con lo cual tenemos un “salto” en los contadores). Y cuando subamos otra rectificativa va a ser la R-2, con lo cual también vamos a tener otro salto porque no existiría la R-1

¿sabéis si esto es correcto? ¿lo estáis planteando así?

Volví a insistirles que me contesten de una vez, ya hace casi mes y medio que le mandé la consulta y no me dicen nada v\||/

Tampoco me han contestado... me comentaron que escalaban la consulta o algo así...

sglorka 05-05-2025 14:07:44

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 564226)
Buenos días

Vuelvo a rescatar este caso porque hice la pregunta a la AEAT el 28/03 y aún no he tenido respuesta. A ver si alguno de vosotros le han confirmado qué hacer:

1- Mando la factura 1 y me devuelve error, por ejemplo porque tiene el CIF incorrecto (la letra o un número mal) o porque lleva un IVA incorrecto (por ejemplo el 22%)
2- Según ellos es motivo de rectificación, por lo que genero la factura R-1 y la mando. Me devuelve el mismo error
3- Creo y mando la factura 2 corregida y me entra bien

Esto es lo que entiendo que debería ser, pero:
-En mi programa voy a tener 3 facturas (la 1 y la R1 que están enviadas con error y la 2 que es correcta)
-En AEAT sólo va a constar la factura 2 (la factura 1 no existe, con lo cual tenemos un “salto” en los contadores). Y cuando subamos otra rectificativa va a ser la R-2, con lo cual también vamos a tener otro salto porque no existiría la R-1

¿sabéis si esto es correcto? ¿lo estáis planteando así?

Volví a insistirles que me contesten de una vez, ya hace casi mes y medio que le mandé la consulta y no me dicen nada v\||/

No estás procediendo correctamente en la rectificación. Estás utilizando una rectificación en dos pasos que conlleva emitir primero un abono (-F1) y luego una Rectificativa (R4 para este caso).
El abono (-F1) también te lo va a rechazar y por último, la rectificativa final sí te la va a admitir.
Tendrás dos saltos en el contador de la F1 (la primera F1 y el abono -F1) pero esto nos es problema, ellos son conscientes de que si rechazan un registro, impepinablemente, siempre habrán saltos.

CarlosMz 05-05-2025 14:16:57

Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 564231)
No estás procediendo correctamente en la rectificación. Estás utilizando una rectificación en dos pasos que conlleva emitir primero un abono (-F1) y luego una Rectificativa (R4 para este caso).
El abono (-F1) también te lo va a rechazar y por último, la rectificativa final sí te la va a admitir.
Tendrás dos saltos en el contador de la F1 (la primera F1 y el abono -F1) pero esto nos es problema, ellos son conscientes de que si rechazan un registro, impepinablemente, siempre habrán saltos.


La cuestión es que se está rectificando una factura con nº que no tiene la AEAT en sus registros porque fue rechazada.
El caso del abono previo tampoco consta en la AEAT porque también se rechazó, aunque este nº no se hace referencia desde la factura rectificativa

Llevan un mes sin contestarme...

sglorka 05-05-2025 15:34:15

Cita:

Empezado por CarlosMz (Mensaje 564233)
La cuestión es que se está rectificando una factura con nº que no tiene la AEAT en sus registros porque fue rechazada.
El caso del abono previo tampoco consta en la AEAT porque también se rechazó, aunque este nº no se hace referencia desde la factura rectificativa

Llevan un mes sin contestarme...

Esto ocurre constantemente, imagina que quieres rectificar una factura que emitiste antes de empezar a informar a Verifactu, o de hace dos años ( tienes 4 años para hacerlo ), la Aeat no la tiene, pero tú si puedes emitirle una rectificativa, la Aeat se la tiene que tragar.

Jarogo08 05-05-2025 15:44:50

Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 564231)
No estás procediendo correctamente en la rectificación. Estás utilizando una rectificación en dos pasos que conlleva emitir primero un abono (-F1) y luego una Rectificativa (R4 para este caso).
El abono (-F1) también te lo va a rechazar y por último, la rectificativa final sí te la va a admitir.
Tendrás dos saltos en el contador de la F1 (la primera F1 y el abono -F1) pero esto nos es problema, ellos son conscientes de que si rechazan un registro, impepinablemente, siempre habrán saltos.


Perdona pero no entiendo muy bien qué me quieres decir...

¿lo estoy haciendo mal? (me dices "No estás procediendo correctamente en la rectificación").Pero luego dices que tendré 2 saltos de contador pero que no es problema, que son conscientes.

¿es correcto entonces o no? Si no es correcto... ¿cómo debería ser?

sglorka 05-05-2025 16:09:52

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 564236)
Perdona pero no entiendo muy bien qué me quieres decir...

¿lo estoy haciendo mal? (me dices "No estás procediendo correctamente en la rectificación").Pero luego dices que tendré 2 saltos de contador pero que no es problema, que son conscientes.

¿es correcto entonces o no? Si no es correcto... ¿cómo debería ser?

Son dos cosas distintas a las que hago mención, la primera, dices que emites F1, te la rechazan y entonces emites R1 y luego la factura corregida que entra bien. En este punto tengo que decirte que la rectificación en dos pasos que estas haciendo no es correcta. Primero se emite un abono (-F1) y luego de emite una rectificativa R4.

y el segundo tema es, no pasa nada porque te rechacen una factura y se produzca un hueco. Este aspecto siempre va a ocurrir ya que no puedes volver a enviar la misma factura corregida otra vez cuando el rechazo sea causado por el motivo que expones (Nif o tipo de Iva inválido) estás obligado a emitir una rectificativa, por ende, no puedes evitar que haya un hueco. Como el ROF te permite hacer una rectificación en dos pasos, la emisión del abono también te la va a rechazar pero sigue si haber problema. Un rechazo, en general, implica un hueco en los registros de facturación y una rotura del encadenamiento, pero este aspecto, ya está asumido por ellos

Jarogo08 05-05-2025 17:35:09

Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 564237)
Son dos cosas distintas a las que hago mención, la primera, dices que emites F1, te la rechazan y entonces emites R1 y luego la factura corregida que entra bien. En este punto tengo que decirte que la rectificación en dos pasos que estas haciendo no es correcta. Primero se emite un abono (-F1) y luego de emite una rectificativa R4.


Buenas sglorka

¿podrías decirme la documentación o sitio de donde sacaste que esa es la manera correcta de hacerlo? Porque acabo de consultarlo con la persona que nos soluciona estas dudas (yo sólo programo :D) y tiene bastante claro que la manera en la que lo estamos haciendo es correcta. La factura rectificativa es la segunda, no la tercera (de hecho la tercera puede no existir). Nosotros sólo contemplamos rectificaciones por diferencia (y no por sustitución)

Te pongo un ejemplo a ver si nos ponemos de acuerdo:

1- Un albarán de una única línea de de 1 unidad y precio 100 euros (con el Iva 121). Total del albarán y factura: base imponible 100 y total 121. Envío la factura (F1)

Luego me doy cuenta de que el precio no eran 100 sino 90 (o 110, da igual). Puedo hacer 2 cosas:

2a- Rectifico la factura y creo un albarán con esa misma línea en negativo. Total del albarán / factura: base imponible -100 y total -121. Envío la factura (esta es la R1, que rectifica a la 1) y luego genero otro albarán de 1 unidad y el precio corregido (90). Genero la factura y la subo (es otra F1). base imponible 90 y total 108.90

De esta manera tendría F1 -> R1 (negativa) -> F1

2b- Corrijo todo en el albarán rectificativo: meto la línea negativa con el precio antiguo (100) y otra en positivo con el precio nuevo (por ejemplo 90). Total del albarán / factura: base imponible -10 y total -12.10. Si el nuevo precio fuera 110 el total del albarán / factura sería: base imponible 10 y total 12.10. Envío la factura (esta es la R1)

De esta manera tendría F1 -> R1 (negativa o positiva dependiendo si en la rectificación incremento o disminuyo el precio)

No entiendo como tardan tanto en aclarar este tema, deberían tenerlo superclaro y no dar lugar a que cada uno interprete una cosa :(

sglorka 05-05-2025 17:54:49

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 564241)
Buenas sglorka

¿podrías decirme la documentación o sitio de donde sacaste que esa es la manera correcta de hacerlo? Porque acabo de consultarlo con la persona que nos soluciona estas dudas (yo sólo programo :D) y tiene bastante claro que la manera en la que lo estamos haciendo es correcta. La factura rectificativa es la segunda, no la tercera (de hecho la tercera puede no existir). Nosotros sólo contemplamos rectificaciones por diferencia (y no por sustitución)

Te pongo un ejemplo a ver si nos ponemos de acuerdo:

1- Un albarán de una única línea de de 1 unidad y precio 100 euros (con el Iva 121). Total del albarán y factura: base imponible 100 y total 121. Envío la factura (F1)

Luego me doy cuenta de que el precio no eran 100 sino 90 (o 110, da igual). Puedo hacer 2 cosas:

2a- Rectifico la factura y creo un albarán con esa misma línea en negativo. Total del albarán / factura: base imponible -100 y total -121. Envío la factura (esta es la R1, que rectifica a la 1) y luego genero otro albarán de 1 unidad y el precio corregido (90). Genero la factura y la subo (es otra F1). base imponible 90 y total 108.90

De esta manera tendría F1 -> R1 (negativa) -> F1

2b- Corrijo todo en el albarán rectificativo: meto la línea negativa con el precio antiguo (100) y otra en positivo con el precio nuevo (por ejemplo 90). Total del albarán / factura: base imponible -10 y total -12.10. Si el nuevo precio fuera 110 el total del albarán / factura sería: base imponible 10 y total 12.10. Envío la factura (esta es la R1)

De esta manera tendría F1 -> R1 (negativa o positiva dependiendo si en la rectificación incremento o disminuyo el precio)

No entiendo como tardan tanto en aclarar este tema, deberían tenerlo superclaro y no dar lugar a que cada uno interprete una cosa :(

El método 2B sí es correcto. Creo que deberías leerte las Faqs de Verifactu (https://sede.agenciatributaria.gob.e...recuentes.html) y buscar estas dos preguntas

¿Cómo registra el emisor una factura rectificativa por sustitución “S”?
¿Cómo registra el emisor una factura rectificativa por diferencias “I”?

Jarogo08 05-05-2025 18:01:44

Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 564244)
El método 2B sí es correcto. Creo que deberías leerte las Faqs de Verifactu (https://sede.agenciatributaria.gob.e...recuentes.html) y buscar estas dos preguntas

¿Cómo registra el emisor una factura rectificativa por sustitución “S”?
¿Cómo registra el emisor una factura rectificativa por diferencias “I”?


Pues precisamente ahí es donde dice que la segunda tiene que ser la rectificativa (Rx). Y sin embargo me decías antes "Primero se emite un abono (-F1) y luego de emite una rectificativa R4." Y eso es lo que no nos encaja nada :confused:

CarlosMz 05-05-2025 18:09:09

Si es una rectificativa por sustitución en dos pasos, observa la opción 2 de las FAQs que comenta el compañero:

Cita:

Opción 2: La modificación por sustitución supondría emitir una factura con base imponible de -1000 € y una factura rectificativa en la que se indicará que la base imponible es de 800 €.

En la primera factura los campos y claves a consignar en el registro de facturación de alta son:

Tipo Factura: F1

Fecha Operación: dejar en blanco

Fecha expedición: 18/10/2024

Desglose IVA: se indicará el importe que se rectifica con signo contrario (base imponible: (-1.000), cuota repercutida (-210).

En la segunda de las facturas rectificativas los campos y claves a consignar en el registro de facturación de alta son:

Tipo Factura: Rx

Tipo Rectificativa: S

Fecha Operación:01/05/2024

Fecha expedición: 18/10/2024

Importe Rectificación: se informará de dos campos adicionales con “la base rectificada” 0 y la “cuota rectificada” 0.

Importe total: se indicará el importe final válido 968.

Desglose IVA: base imponible: 800, cuota repercutida 168.


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 08:34:18.

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