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-   -   Hacienda retrasa un año la entrada en vigor del sistema de facturación Verifactu (https://www.clubdelphi.com/foros/showthread.php?t=97919)

Ketemeto2008 03-12-2025 10:30:36

hombre no
yo espero que voten el 31. a última hora si puede ser

ya que esto es un chiste almenos que lo hagan bien
todo por la comedia

Jarogo08 03-12-2025 10:31:49

Nuestras conclusiones:


-Nuevas empresas que empiecen con nuestro programa: tienen que entrar en modo Verifactu (como hasta ahora, no cambia)
-Empresas que ya empezaron en Verifactu: tienen que seguir, en ningún sitio dicen que puedan volver atrás
-Empresas que ya tienen nuestro programa desde hace tiempo en una versión "no homologada": tenían que actualizar antes del 01/01/2026 y ahora tienen hasta el 01/01/2027. PERO en el momento que actualicen, empezarán en Verifactu

JM_1 03-12-2025 10:32:42

El Real Decreto Ley tiene precisamente esa utilidad. Tiene fuerza de Ley y hay que acatarlo. Si después se tumba en el congreso es otra cosa, y dejará de tener que cumplirse después si se tumba. Pero esa es la finalidad de los Reales Decretos. Crear normativa con rango de Ley por el poder ejecutivo para regular algo que por tiempo y latencias de creación de la Ley no puede por motivos de urgencia etc... Pero tiene que cumplirse y tiene rango de Ley

JM_1 03-12-2025 10:33:56

Cita:

Empezado por Ketemeto2008 (Mensaje 570717)
claro, es que hasta que no se pruebe el Real Decreto esto es papel mojado
a ver si vamos a tirar para atrás y nos encontramos un buen dia que hay que tirar palante

y para terminar de rizar el rizo, legalmente ese día puede ser hasta el 1 de enero :)

Por esta duda lo decía

CarlosArjonomia 03-12-2025 10:39:43

No os hagáis pajas mentales, esto se anula y no para 2027. Para siempre algo hay detrás que no sabemos.

wilecoyote 03-12-2025 10:41:14

Hace tiempo que estudié esto, pero por lo que tengo entendido, los detalles farragosos que nos matan a nosotros (qué pasa con las empresas de software, si se va a sancionar a los que están enviando voluntariamente, si se puede seguir dando soporte a programas no-Verifactu...) no van a salir en ningún Real Decreto, sino que se desarrollan luego en reglamentos, órdenes ministeriales... Así que era de esperar que no salieran en el decreto de ayer.

La cuestión es si la AEAT se va a molestar en desarrollar esos reglamentos, etc. en lo que queda de año, sobre todo teniendo en cuenta que el decreto aún lo pueden tirar abajo en el Congreso.

Todo esto nos deja en una situación de ambigüedad jurídica que... en fin. ¿Significa entonces que las empresas van a tener que estar más de un año con un software de facturación que no puede tener soporte ni actualizaciones? (Antes, ese plazo era al menos de unos meses: del 29 de julio a final de año).

rci 03-12-2025 10:43:41

Puede que este post haya pasado desapercibido para algunos pero no para todos ...

Cita:

Empezado por Casimiro Noteví (Mensaje 570622)
Lo sabía ;)

Aquí hay alguien que tiene contactos.... ;)

Venga compañero, arroja luz a la oscuridad del momento y dinos que mas sabes v:-)v

yeyo 03-12-2025 10:51:39

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 570723)
No os hagáis pajas mentales, esto se anula y no para 2027. Para siempre algo hay detrás que no sabemos.

Opino lo mismo por una cosa que se ha comentado y tiene su lógica. Cataluña no va a querer que las facturas de las empresas de la generalitat estén en hacienda así al minuto. Yo voto porque o se quita del todo (con la escusa de que habrá una normativa a lo 'verifactu de la UE') o bien se hace a nivel de comunidad autonómica (total, ya existe el ticketbai, pues sigamos con esa filosofía).

Ketemeto2008 03-12-2025 11:06:00

y esto de enfocarlo en Catalunya lo veo querer buscarle los 3 pies al gato
si al final unos políticos tienen que decidir si se puede seguir facturando en B o si hacienda se entera de todo al minuto....
pues la respuesta es obvia. sean de donde sean

si seguimos un poquito la actualidad política, y viendo que esto es cosa del PSOE y de Junts, lo normal es que se acabe tumbando. no?
hay fuerzas políticas suficientes para llevarle la contraria al PSOE y también las hay para llevársela a Junts
si encima los sumas, blanco y en botella, no?

pues algo me dice que esto va a ser como cuando debaten subirse el sueldo
que van a estar todos de acuerdo en aplazar hasta el 2027 sin importar de donde son ni el color que tienen
(más allá de alguna abstención para quedar bien de cara a la galería)

pero es que además tenemos lo que nos merecemos
con un 8% de implementación tienen la coartada perfecta para echarlo para atrás, es verdad

pero es que la respuesta de nuestros clientes es de país tercermundista (como la de nuestros políticos)
o sea, según la gente de a pié, te dan un añode moratoria para que te actualices y la respuesta es que ese 8% de actualizados en enero, pase a ser un 4% en vez de un 12%
para llegar a diciembre del 26 cerca del 100%

porque somos un país de pandereta
pero todos
los de arriba y los de abajo

novatico 03-12-2025 11:38:11

Voy a explicar cómo lo entiendo yo:

- Para los que han desarrollado un SIF que incluye la opción NO VERIFACTU, no existe problema, el cliente sólo deben activarla para que el SIF no envíe los Registros de Facturación.

- Para el resto, que creo que somos la mayoría, con un SIF que sea SOLO VERIFACTU, a partir del 29/07/2025, cualquier instalación, adaptación o actualización del SIF supone OBLIGATORIAMENTE cumplir con todos los Requisitos del Reglamento de Sistemas Informátios de Facturación (RRSIF), incluido el envío de los Registros de Facturación a la AEAT.

- Muchas dudas surgen del término "Envío voluntario" que va asociado a la opción VERIFACTU, pero debemos recordar que dicho término está en contraposición con el de "Envío bajo requerimiento" que supone la opción NO VERIFACTU, sin que ello suponga que podemos decidir si enviamos o no enviamos. La única decisión voluntaria sería, elegir entre VERIFACTU o NO VERIFACTU, para el cliente, si su SIF tiene las dos posibilidades, o para nosotros como desarrolladores, si decidimos incluir las 2 en nuestro SIF.

Rja750 03-12-2025 11:50:53

Politica
 
Todo esto es político y no hay ningún tipo de duda. Lo que si hay dudas es ¿por qué?.
VeriFactu estaba pensado para que entrara en vigor el 1-Ene y 1-Jul pero entre las demandas de Junts habia una, a la que le habían hecho oídos sordos el gobierno (como algunas mas). Este gobierno necesita los votos de Junts y lo que ha llevado al retraso de VF ha podido ser este. Pero hay otro asunto mas, el gobierno de España puede ser sancionado por no aplicar el IVA franquiciado que europa está marcando. Mi pregunta es la siguiente. Si al final se aplica en España y no hay IVA para los que cobren menos de X ¿que sentido tiene VeriFactu tal y como está diseñado hoy? Puede que el gobierno esté pensando en adaptarse a las directrices europeas y decir al mismo tiempo que motivo de aplazar VeriFactu es porque se lo prometió a Junts (con la idea de ganárselos. Es la forma de actuar del gobierno. Un dos por uno.) y en realidad es el estudio de la aplicación del IVA franquiciado Español, que pueden estar llevando a cabo en hacienda.
https://www.europapress.es/economia/...201122136.html
Se espera que el real decreto se lleve la semana que viene al parlamento para que sea aprobado por la cámara, pero os imagináis que por celos, por tenerlos ellos ya instalado, el PNV votara en contra?.

CarlosArjonomia 03-12-2025 11:52:14

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 570728)
Voy a explicar cómo lo entiendo yo:

- Para los que han desarrollado un SIF que incluye la opción NO VERIFACTU, no existe problema, el cliente sólo deben activarla para que el SIF no envíe los Registros de Facturación.

- Para el resto, que creo que somos la mayoría, con un SIF que sea SOLO VERIFACTU, a partir del 29/07/2025, cualquier instalación, adaptación o actualización del SIF supone OBLIGATORIAMENTE cumplir con todos los Requisitos del Reglamento de Sistemas Informátios de Facturación (RRSIF), incluido el envío de los Registros de Facturación a la AEAT.

- Muchas dudas surgen del término "Envío voluntario" que va asociado a la opción VERIFACTU, pero debemos recordar que dicho término está en contraposición con el de "Envío bajo requerimiento" que supone la opción NO VERIFACTU, sin que ello suponga que podemos decidir si enviamos o no enviamos. La única decisión voluntaria sería, elegir entre VERIFACTU o NO VERIFACTU, para el cliente, si su SIF tiene las dos posibilidades, o para nosotros como desarrolladores, si decidimos incluir las 2 en nuestro SIF.

El problema no es como lo entiendas tu, es como lo entienden los usuarios. Y todos los que tenía agendados hoy me dicen que no quieren saber nada. Y me hace gracia porque algunos de ellos me han dicho que lo sienten por mi, por todo el trabajo y quebraderos de cabeza que esto nos ha conllevado.

novatico 03-12-2025 11:58:00

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 570731)
El problema no es como lo entiendas tu, es como lo entienden los usuarios. Y todos los que tenía agendados hoy me dicen que no quieren saber nada. Y me hace gracia porque algunos de ellos me han dicho que lo sienten por mi, por todo el trabajo y quebraderos de cabeza que esto nos ha conllevado.

Sí, es esa parte estoy de acuerdo contigo, y nos está pasando lo mismo. Nosotros estamos a la espera de que Hacienda nos aclare nuestra situación. Si no cambia, estamos jodidos.

Mi aclaración venía motivada porque algunos compañeros estaban usando el término "voluntario" como una oportunidad, y yo no lo veo así.

edari 03-12-2025 12:01:25

Ironic On




Pues entonces todos los que vayan a esperar a 2027 para entrar en Verifactu se van a tirar todo el año sin poder actualizar su software

razorxxx 03-12-2025 12:08:02

Se dice que se aplaza la obligatoriedad, pero no se cancela VeriFactu. Los que hayáis pasado presupuesto a vuestros clientes por la adaptación a un software que cumple normativa y han aceptado, no veo que se echen para atrás porque el software ya lo van a tener actualizado a la normativa, y si empiezan a enviar los RF desde ya es mejor para ellos y para los desarrolladores, por aquello de la gestión de errores y ver cómo se comporta todo en el día a día. Sí o sí tendrán que pasar por el aro, pero cancelarse no se va a cancelar, es sólo un aplazamiento de la obligatoriedad para los obligados tributarios.

keys 03-12-2025 12:10:20

Cita:

Empezado por razorxxx (Mensaje 570736)
Se dice que se aplaza la obligatoriedad, pero no se cancela VeriFactu. Los que hayáis pasado presupuesto a vuestros clientes por la adaptación a un software que cumple normativa y han aceptado, no veo que se echen para atrás porque el software ya lo van a tener actualizado a la normativa, y si empiezan a enviar los RF desde ya es mejor para ellos y para los desarrolladores, por aquello de la gestión de errores y ver cómo se comporta todo en el día a día. Sí o sí tendrán que pasar por el aro, pero cancelarse no se va a cancelar, es sólo un aplazamiento de la obligatoriedad para los obligados tributarios.

Eso sería en un mundo ideal. Hay clientes que hasta que no llegue el día del cambio no quieren saber nada y si pueden retrasar el pago al año que viene mejor.

Por otro lado en algunos medios dicen que sólo el 8% de las empresas estaban adaptadas a verifactu. Eso me imagino que son las empresas que están enviando ya en real, hay un monton de empresas que ya estaban preparadas pero no iban a enviar hasta el día 1. Además los autónomos que seguramente son los que más problemas iban a tener, tenían hasta julio para adaptarse.

Que se piensan que el 1 de diciembre del 2026 no vamos a estar en la misma situación. El año que viene se van a encontrar con esto y la factura eléctronica. Esto es un tema político y no hay mas vueltas.

Joze 03-12-2025 12:12:55

Hacienda ya sacado la nota:

https://sede.agenciatributaria.gob.e...cturacion.html

Cita:

Ampliación del plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación (SIF)
Se ha publicado en BOE el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, cuya Disposición final primera aprueba la modificación de la Disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, ampliando el plazo que tienen los obligados tributarios para adaptar sus sistemas informáticos de facturación a los requisitos de dicho Real Decreto.

En base a los nuevos plazos aprobados, las entidades que presenten el Impuesto de Sociedades deberán tener adaptados sus SIF antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados tributarios, antes del 1 de julio de 2027.

VJSoftware 03-12-2025 12:19:09

En mi caso voy a poner un código de activación del 'módulo VERIFACTU' para que cuando lo quiera el cliente pase por caja y se le activen todas las funciones que conlleva (la propia activación de VERIFACTU, las preferencias, etc. etc.) Mientras no lo active, seguirán como hasta ahora.

Es otro trabajo de chinos pero creo que es la mejor manera de proceder. De esta forma, si necesitan cualquier otra actualización se la hago sin problemas sobre la versión que ya incluye VERIFACTU aunque desactivado. Así soluciono el problema de no cobrarles ahora por algo que no van a usar, pero saber que si mañana lo necesitan, deben comprarlo y entonces y solo entonces se lo activaré.

Ketemeto2008 03-12-2025 12:23:57

si os sirve de consuelo, nosotros no lo hemos cobrado, lo hemos implementado de gratis
e igualmente tengo clientes pidiendo que se lo quitemos ya

a la gente se la suda si lo ponen en 2026, 2027 o en el 10.030

que hasta el dia de antes a última hora no quieren que les cambies la operativa
y por supuesto cuando entre en vigor, que funcione desde el minuto 1

espinete 03-12-2025 12:31:35

Nuestros clientes poder usar la versión adaptada a VeriFactu, les exigimos el pago de una nueva cuota mensual que incluye el uso del nuevo software adaptado + Soporte + Actualizaciones, todo en un paquete. Ahora hay clientes que han cancelado o quieren cancelar esa suscripción, PERO no saben que al hacer eso, no podrán seguir usando el software, y es un lío ahora para nosotros arreglar esta situación.

- Por Ley, nosotros no podemos facilitar/vender ningún software NO adaptado
- Los clientes que cancelen, no podrán actualizar en todo 2026, se quedarán con la versión que tienen instalada
- Hay clientes que están cancelando y la licencia se les bloquea, por haberlo hecho sin consultarnos nada porque "me lo recomendó mi asesor"
- Algunos incluso han dado la orden de cancelar los pagos directamente a su banco, los muy listos, complicando aún más las cosas
- No solo se trata solo de VeriFactu, sino también de la Ley Antifraude, trazabilidad, integridad, etc. El software tiene que cumplir todo eso también, independientemente de VeriFactu
- Decidimos crear ese paquete/suscripción porque era la única manera de asegurarnos de que los clientes iban a tener soporte y la última versión del software siempre disponible, por los previsibles cambios, modificaciones, etc. que iba a haber durante el año
- El día 1 de Enero el programa está programado para que se ponga a enviar a VeriFactu. Para quitar eso hay que crear una actualización, pero los clientes que cancelen la suscripción no podrán instalarla porque la han cancelado! Todo risas 😅

Ahora tenemos un problema porque no sabemos cómo proceder. ¿Permitimos que cancelen? ¿Devolvemos el dinero? ¿Estamos en nuestro derecho a exigir esa cuota/suscripción para poder usar el software? ¿Pueden quedarse con la versión anterior si insisten? Habrá clientes que tienen la última versión (preparada para VeriFactu) sin estar pagando la cuota, y eso sería injusto para nosotros. Pero ellos ven injusto estar pagando la cuota sin ser obligatorio el envío a VeriFactu (aunque la cuota no sea solo para VeriFactu).

En fin, que para nosotros más que un alivio está siendo un dolor de cabeza...

razorxxx 03-12-2025 12:38:25

Cita:

Empezado por Joze (Mensaje 570738)

Exacto. el BOE de hoy aparece: https://www.boe.es/boe/dias/2025/12/...2025-24446.pdf

Lo que se publica en el BOE va a misa, así que ya no hay posibilidad de tumbarse en el Congreso.

Noe277 03-12-2025 12:43:56

Verifactu
 
Cita:

Empezado por razorxxx (Mensaje 570743)
Exacto. el BOE de hoy aparece: https://www.boe.es/boe/dias/2025/12/...2025-24446.pdf

Lo que se publica en el BOE va a misa, así que ya no hay posibilidad de tumbarse en el Congreso.


En el boe sale el real decreto pero luego lo tiene que aprobar. Esto tiene validez mientras no lo tumben en el congreso. En este parrafo lo dice

Cita:

Este real decreto-ley representa por tanto un instrumento constitucionalmente
preciso, en tanto que pertinente y adecuado para la consecución del fin que justifica la
legislación de urgencia, dado que atiende a una situación concreta, dentro de los
objetivos gubernamentales y requiere una acción normativa inmediata en un plazo más
breve que el requerido por la vía normal o por el procedimiento de urgencia para la
tramitación parlamentaria de las leyes

CarlosArjonomia 03-12-2025 13:08:46

El que crea que lo van a tumbar en el congreso es un pardillo.

sEngine 03-12-2025 13:10:55

Yo lo que necesito saber es si una vez puesto se puede quitar.. porque por lo que leí me ha parecido entender que tienes que acabar el año fiscal, y al siguiente ya puedes cambiarlo? (osea, acabar este año y quitarlo en enero)

edinru 03-12-2025 13:14:48

https://www.boe.es/boe/dias/2025/12/...2025-24446.pdf

CarlosArjonomia 03-12-2025 13:15:54

Cita:

Empezado por sEngine (Mensaje 570747)
Yo lo que necesito saber es si una vez puesto se puede quitar.. porque por lo que leí me ha parecido entender que tienes que acabar el año fiscal, y al siguiente ya puedes cambiarlo? (osea, acabar este año y quitarlo en enero)

Yo voy a hacer lo que me pida el cliente, si se lo quiere quitar se lo quito sin preguntar y sin vacilaciones. No voy a estar dando la cara por la AEAT después de esto.

Faneka 03-12-2025 13:23:38

¿Habeis preguntado a la AEAT sobre esto? si podemos desactivar el envío, si tengo un nuevo cliente puedo ponerselo sin enviar, .... Porque tenemos dudas como todos y algunos clientes nos dicen que se lo desactivemos, otros han vuelto despues de cierto tiempo y le ibamos a actualizar pero claro, que hacemos, actualizamos y no activamos, .... un follón

Neftali [Germán.Estévez] 03-12-2025 13:29:50

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 570728)
...a partir del 29/07/2025, cualquier instalación, adaptación o actualización del SIF supone OBLIGATORIAMENTE cumplir con todos los Requisitos del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF), incluido el envío de los Registros de Facturación a la AEAT.

Es más sencillo, eso se aplica a todos los sistemas informáticos RRSIF, independientemente de que implementen:
* Opción veri*factu (sólo)
* Opción veri*factu y opción no-veri*factu

Rja750 03-12-2025 13:30:40

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 570749)
Yo voy a hacer lo que me pida el cliente, si se lo quiere quitar se lo quito sin preguntar y sin vacilaciones. No voy a estar dando la cara por la AEAT después de esto.

Estoy totalmente de acuerdo. Les he dicho ya a alguno clientes que se incorporaban el 1-Ene, que todo sigue igual, que pueden seguir como hasta ahora. Menos mal que a las personas físicas no les he comentado nada, por lo que lo dejo estar.
Si alguien quiere el anterior SIF, le pongo el anterior. No pierdo mas, tienen mucho que callar.

Jesusggc 03-12-2025 13:52:22

Cita:

Empezado por YellowStone (Mensaje 570712)
Buenas. He leído en las FAQ's que un cliente que se ha adherido voluntariamente a VERIFACTU antes de la fecha de obligatoriedad (la antigua, no la nueva) tiene que estar obligatoriamente hasta el final de ejercicio al menos.

¿Alguno sabe si un cliente que ya hemos activado este 2025, puede desactivarse a final de año, y no estar ni en Verifactu, No Verifactu, ni SII, el año próximo, al no ser obligatorio?

En una conferencia que dio el famoso Hurtado en la Cámara de Comercio dijo lo que comentas. Deben acabar el ejercicio enviando. (tampoco queda mucho).

Quiero recordar que en el esquema del xml que se envia hay una etiqueta que indica la fecha de fin de envio.

Saludos.

mjruiz 03-12-2025 14:04:05

Yo he consultado hoy pero sigo sin recibir respuesta.

Además he solicitado que pongan algo en las FAQ pero esto es un despropósito en toda regla (y no quiero entrar en temas políticos)

Una año de pruebas, ajustes y cuando tenemos todos los clientes actualizados, preparado la aplicación para bloquear la facturación el día si no tiene SII o Verifactu....boomm

Les pedido que nos explican detalladamente que hacer con los clientes que están enviando (y que nos solicitan para hasta que entre en vigor), que hacemos con la marca del PrimerRegistro, etc.

ermendalenda 03-12-2025 14:29:24

Cita:

Empezado por mjruiz (Mensaje 570756)
Yo he consultado hoy pero sigo sin recibir respuesta.

Además he solicitado que pongan algo en las FAQ pero esto es un despropósito en toda regla (y no quiero entrar en temas políticos)

Una año de pruebas, ajustes y cuando tenemos todos los clientes actualizados, preparado la aplicación para bloquear la facturación el día si no tiene SII o Verifactu....boomm

Les pedido que nos explican detalladamente que hacer con los clientes que están enviando (y que nos solicitan para hasta que entre en vigor), que hacemos con la marca del PrimerRegistro, etc.


No saben que decir, nuestro asesor ha hablado con ellos y no saben, no quieren dejar constancia de nada.
Han pospuesto sin haber determinado consecuencias, ni detalles de nada.

razorxxx 03-12-2025 14:34:59

Cita:

Empezado por mjruiz (Mensaje 570756)
Yo he consultado hoy pero sigo sin recibir respuesta.

Además he solicitado que pongan algo en las FAQ pero esto es un despropósito en toda regla (y no quiero entrar en temas políticos)

Una año de pruebas, ajustes y cuando tenemos todos los clientes actualizados, preparado la aplicación para bloquear la facturación el día si no tiene SII o Verifactu....boomm

Les pedido que nos explican detalladamente que hacer con los clientes que están enviando (y que nos solicitan para hasta que entre en vigor), que hacemos con la marca del PrimerRegistro, etc.

A ver, si nos atenemos al Reglamento (y éste no ha cambiado), los clientes si ya han empezado a enviar RF a Hacienda tendrán que seguir haciéndolo, lo único que han hecho es atrasar la fecha de entrada en vigor para los obligados tributarios, que no para los desarrolladores.

espinete 03-12-2025 14:43:03

Cita:

Empezado por razorxxx (Mensaje 570759)
A ver, si nos atenemos al Reglamento (y éste no ha cambiado), los clientes si ya han empezado a enviar RF a Hacienda tendrán que seguir haciéndolo, lo único que han hecho es atrasar la fecha de entrada en vigor para los obligados tributarios, que no para los desarrolladores.

Dicho de otra manera (creo): lo que han hecho es retrasar la entrada en vigor para los que NO habían entrado ya en vigor. Quien decidió entrar en el periodo voluntario, esto no le afecta.

Aún así, conviene esperar una respuesta oficial de la AEAT para NOSOTROS los desarrolladores. Me empiezan a importar una m__da los OT

emailesc 03-12-2025 14:45:19

Os pongo lo que me respondieron a una consulta al servicio técnico sobre otro tema, y "lo bien que se explican"
Cita:

Buenos días:Aunque nos encontremos en un periodo transitorio los envíos en producción sí tienen trascendencia tributaria.Hasta el momento de su obligatoriedad, se pueden seguir utilizando sistemas no adaptados de los que los usuarios dispongan (cuyo uso se puede simultanear con el de SIF adaptados; estos últimos podrían incluso dejar de usarse -en favor de los no adaptados- hasta que fuera obligatorio utilizarlos).Pueden revisar a este respecto la aclaración/FAQ a desarrolladores nº 1 "PERIODO TRANSITORIO" (junto con la nº 2 "CUÁNDO SE PUEDE EMPEZAR A USAR SISTEMAS INFORMÁTICOS DE FACTURACION ADAPTADOS AL RD 1007/2023" y nº 3 "CONSIDERACIÓN SOBRE FABRICACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE UN ÚNICO PRODUCTO SIF VS. UN “CONJUNTO, PAQUETE O FAMILIA” DE PRODUCTOS SIF, EN LO QUE CONCIERNE A CUMPLIR O NO CON EL RD 1007/2023") del documento "Preguntas frecuentes de empresas de desarrollo (actualizado 05-05-2025)" publicado recientemente en laweb de desarrolladoresde la AEAT.Se recomienda el uso de sistemas adaptados VERI*FACTU ya que todos los servicios para VERI*FACTU de la AEAT han quedado operativos desde el pasado 23 de abril. Su uso ahora, aunque suponga la existencia temporal de errores, permitirá al empresario familiarizarse con el producto y corregir posibles disfunciones, sin que ello tenga ninguna repercusión en términos de sancionabilidad.
Ya sabía que lo había visto en algún sitio: textualmente dicen estos últimos podrían incluso dejar de usarse -en favor de los no adaptados- hasta que fuera obligatorio utilizarlos, pero por más que miro y remiro en los puntos que nos recomiendan mirar encarecidamente sigo sin encontrar donde dice que esto es así. A ver si alguien lo encuentra.

razorxxx 03-12-2025 14:45:53

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 570760)
Dicho de otra manera (creo): lo que han hecho es retrasar la entrada en vigor para los que NO habían entrado ya en vigor. Quien decidió entrar en el periodo voluntario, esto no le afecta.

Aún así, conviene esperar una respuesta oficial de la AEAT para NOSOTROS los desarrolladores. Me empiezan a importar una m__da los OT

Casi seguro no vamos a tener más respuesta oficial que la que ya has visto en el BOE, es decir, aplazamiento. El resto de dudas tendremos que solucionarlas por mail o consulta vinculante.

CarlosArjonomia 03-12-2025 14:46:59

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 570758)
No saben que decir, nuestro asesor ha hablado con ellos y no saben, no quieren dejar constancia de nada.
Han pospuesto sin haber determinado consecuencias, ni detalles de nada.

Los de la AEAT están ojo plásticos como nosotros, esto ha sido una orden política tomada ayer mismo seguramente.

ermendalenda 03-12-2025 14:51:26

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 570763)
Los de la AEAT están ojo plásticos como nosotros, esto ha sido una orden política tomada ayer mismo seguramente.


Los empleados que nos atienden puede que sí,...


Como ya he dicho cada uno que llegue a las conclusiones que quiera:
-Dia 1/12(antes de ayer)--Fin periodo para solicitar acogerse al SII--- No puedes salir del SII hasta 2027 los que se han acogido
-Dia 2/12(ayer) los que esten en Verifactu a seguir los que esten en SII a seguir, ya los rápidos, en un sentido o en otro, están cogidos "pa siempre" Si quieres salir de Verifactu en 2026---No Verifactu,

Esperamos al siguiente comentario de pasillo, respecto a 2027, que tambien se ha oido por asesores y aqui en el foro, a ver si se hace realidad también, por que es otra putada.

Neftali [Germán.Estévez] 03-12-2025 14:54:08

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 570720)
Nuestras conclusiones:

-Nuevas empresas que empiecen con nuestro programa: tienen que entrar en modo Verifactu (como hasta ahora, no cambia)
-Empresas que ya empezaron en Verifactu: tienen que seguir, en ningún sitio dicen que puedan volver atrás
-Empresas que ya tienen nuestro programa desde hace tiempo en una versión "no homologada": tenían que actualizar antes del 01/01/2026 y ahora tienen hasta el 01/01/2027. PERO en el momento que actualicen, empezarán en Verifactu

Creo que es la interpretación correcta.
Yo lo generalizaría de esta manera:

- Nuevas empresas que compren un RRSIF: Tienen que entrar en Ley antifraude (Verifactu/no-verifactu, según lo que permita el programa).
- Empresas que ya compraron un RRSIF: Tienen que seguir, en ningún sitio dicen que puedan volver atrás.
- Empresas que ya tienen un programa en una versión "no homologada": Tenían que actualizar antes del 01/01/2026 y ahora tienen hasta el 01/01/2027. PERO en el momento que actualicen, empezarán Ley antifraude (Verifactu/no-verifactu, según lo que permita el programa)

ermendalenda 03-12-2025 14:59:53

Cita:

Empezado por Neftali [Germán.Estévez] (Mensaje 570765)
Creo que es la interpretación correcta.
Yo lo generalizaría de esta manera:

- Nuevas empresas que compren un RRSIF: Tienen que entrar en Ley antifraude (Verifactu/no-verifactu, según lo que permita el programa).
- Empresas que ya compraron un RRSIF: Tienen que seguir, en ningún sitio dicen que puedan volver atrás.
- Empresas que ya tienen un programa en una versión "no homologada": Tenían que actualizar antes del 01/01/2026 y ahora tienen hasta el 01/01/2027. PERO en el momento que actualicen, empezarán Ley antifraude (Verifactu/no-verifactu, según lo que permita el programa)


Bueno eso es otra, ley antifraude aplica antes, si quieren dar por saco con la trazabilidad (albaranes...)... a ver por donde salen, esperemos que no, pero alguien se fia?


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