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^\||/ Gracias compañero.
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Podrías indicar donde has visto esa información, por que no han cambiado la versión 0.3.2(aunque si el contenido) ni encuentro donde lo han publicado |
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Lleva cambiado desde esa versión Pero no me había dado cuenta del cambio. |
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Acceso a esas noticias vía RSS (además de mediante la web de desarrolladores). https://www.agenciatributaria.es/AEA.../Novedades.xml Ahí han publicado la noticia: Código:
<description>Tablón de anuncios</description> |
Gracias por la info!!
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Cita:
Por otro lado, alguno sabe como va el desarrollo sobre el control de fichaje, hay algo? |
Definición Sistema Informático.
Buenos días. Estoy empezando en el tema de verifactu y agradezco de antemano toda la información que se está publicando en el foro y que es de muchísima utilidad.
Me surge una duda tonta en la definición del sistema informático. Si mi aplicación es "Multiempresa", como supongo la mayoría, cada empresa dentro de la aplicación es un objeto tributario distinto. ¿ Qué campo es el que me identificará/diferenciará unívocamente una empresa de otra, ya que supongo que todas las empresas tendrán en común <NombreRazon>, <NombreSistemaInformatico>, etc..... ? ¿ Podría ser <NumeroInstalacion> , además de asignar los campos <TipousoPosibleMultiOT> y <IndicadorMultipesOT> a 'S' ? Muchas gracias. |
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Pues el Nif y/o razón social Además de tener en cuenta que tienes que llevar por separado las bases de datos, el encadenamiento, los envios, que se vea en que empresa está trabajando cuando estas en la aplicación... |
Pensando en alto!!!
Aún me estoy planteando pasar las empresas más grandes al SII y dejar solo las pequeñas a verifactu, es una movida de datos y es más fácil de controlar el SII cuando hay decenas de miles de tiquets diarios aunque haya que enviar las compras y lss faxturas ordinarias que serán poquitas. Tantos tiquets fijo voy a tener más incidencias que con el SII y tengo más margen. |
Dudas desarrollo ténico
Ya empezamos, acabo de empezar a leer y ya me estoy podiendo de mala ostia,
yo no soy un buen ejemplo en las redacciones, pero ostias, esto es un tema muy serio ¿alguien lee el proyecto una vez que lo redacta el becario? Proyecto reglamento técnico En referencia a los sistemas multiempresas Artículo 2 Apartado d) Cita:
Vaya tela como se explican |
Seguimos
Hay ciertas obligaciones para los No veriFactus que no son aplicables a los Verifactu:
Pero está, que noes obligatoria para los que envian (Verifactu), me chirria: Articulo 6, apartado f) Cita:
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Sobre las bases de datos no hay ninguna referencia en este reglamento, pero si sobre los registros de facturación. Cita:
O sea que si envías, solo preocúpate de los demás aspectos, que se vea en todo momento en que empresa trabajas, que lleves el encadenamiento por separado y alguna norma qie no está muy clara que he puesto en post anterior |
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Sobre las bases de datos no hay ninguna referencia en este reglamento, pero si sobre los registros de facturación. Cita:
O sea que si envías, solo preocúpate de los demás aspectos, que se vea en todo momento en que empresa trabajas, que lleves el encadenamiento por separado y alguna norma qie no está muy clara que he puesto en post anterior I |
Fecha emisión / operación
A efectos fiscales (IVA, IRPF) ¿Qué fecha hemos de considerar? ¿La de emisión o la de operación?
Recibo una factura con fecha de emisión 02/04/2024 y fecha de operación 30/03/2024. ¿A qué trimestre corresponde? ¿Sabéis? Gracias |
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Un ejemplo: Estas de copas a las 11 de la noche del dia 30 en un local y finalizar a las 00.05 del dia 1. El servicio te lo han dado el día anterior pero la dactura se emite y registra el dia 1. |
Cita:
Hay que tener en cuenta que las facturas rectificativas devengan el impuesto en su fecha de emisión y no de operación, ya que ésta (fecha de operación) , es la fecha en que se realizó la operación que se quiere rectificar. Por último, para abundar más en el tema, si la fecha de operación de una factura es el 31/12/2024 y la emites en 01/01/2025, ocurriría lo mismo, habría que devengar el Iva en el trimestre 4T de 2024. |
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El caso que yo he puesto coincidiremos la fecha de operación con la de expedición al día 1. Por el poco margen de tiempo en lss operaciones y tendría que dividir las consumiciones cerrando las operaciones justo a las 12 de la noche si siguen consumiendo, no siento operativo Lo que si tienes que tener en cuenta que ai es una emisión a una persona física, no autónomo, el mes de emisión no puede ser distinto al de la operación y eln las facturas b2b tienes hasta el día 16 del siguiente mes, pero como bien dices pertenecen al mes anterior tributariamente. |
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de cara al IVA Emisor: mes 03 periodo 1T (lo ha de ingresar en 1T) Receptor: mes 04 periodo 2T (se lo deduce en 2T) |
Acentos y Ñ
Hola, recuerdo que alguien ya lo menciono, pero para tenerlo claro:
Al pasar los datos , tanto a el xml de una factura electronica, como a los registros de facturacion de verifactu, tengo que convertir las tildes , acentos, dieresis y demas a este formaro: "á" => "á" Código:
strnTmp = strnTmp.Replace("á", "á");Seria algo asi verdad? Perdonad por estas preguntas, pero como lo voy viendo poco a poco, se me pasan algunas cosillas. Gracias. |
Mi pregunta:
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Entiendo que de cara al IRPF no sabes cómo es ¿Sabe alguien si también es así? Por ejemplo, en el modelo 130 ¿Se considera la fecha de operación en las ventas y la de emisión en las compras? Y si en la factura también se indica la fecha de operación ¿El comprador puede utilizar esta fecha o necesariamente ha de atenerse a la fecha de emisión? |
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Yo no lo hago como has indicado, tengo los caracteres utf8 equivalentes de los más usados y del resto de caracteres demasiado especiales los cambio a un espacio. De esta forma me va bien a mí: Cita:
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Hola, gracias por vuestras respuestas, lo revisare , la base de datos la tengo creada, como utf-8-spanish-ci , supongo que al alimentar el xml directamente no habra problema. Uso visual Studio c# 2015, en cuanto termine de migrar todo , probare si genera correctamnete las facturas Factura-e. |
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Si un empresario recibe físicamente, una factura con fecha de expedición 01/04/2024, el día 10/04/2024 (porque venía por correo ordinario) por las operaciones realizadas en el mes de marzo, el empresario puede deducirse el Iva en el periodo 1T ya que tiene hasta el día 20 de abril para hacerlo. El derecho a deducción nace en el mismo momento en que se produce el devengo del impuesto, siempre y cuando, tengas físicamente la factura recibida en tu poder. Si por algún motivo se te olvida deducírtela en 1T puedes hacerlo el las declaraciones posteriores hasta un margen de 4 años. El IRPF funciona igual, si un gasto es deducible lo podrás imputar si se ha producido el devengo del impuesto. Cita literal "El devengo es el momento en el que nace el ingreso o gasto. En derecho tributario, el devengo de un impuesto es el momento en el que nace la obligación tributaria aunque todavía no sea exigible. El pago es el momento en el que dicha obligación tributaria es exigible" |
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Macrodato
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Gracias nuevamente a ambos por la aclaración. No parece excesivamente complicado (al menos, no para vosotros) pero ¡Me arde el cerebro considerando las matizaciones! Por cierto, siento añadir un post sin información práctica para el grupo (la info ya estaba ahí) pero tengo la necesidad de agradecer las respuestas. Sería estupendo añadir un check (o algo así) para hacer saber al autor que me ha resultado útil... |
Buenas, veo que a fecha de hoy hay publicado esto:
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NumeroInstalacion
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Una pregunta de principiante,
La diferencia entre los sistemas Verifactu y No Verifactu ¿ Es sólo que el no verifactu no envía automáticamente la factura ? Gracias |
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Un ejemplo concatenar : cif+numero de comercio+nunero de tpv |
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No. El envío es lo de menos. Si no estás en veri*factu hay una serie de premisas que tu sistema DEBE cumplir; Esas mismas premisas si estás en veri*factu se asume que ya se cumplen al enviar la factura a la AEAT. Esta es una imagen de una dispositiva de las primera presentaciones. Busca referencias a los elementos a los que se hace referencia en la parte derecha. ![]() |
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Mi pregunta va en la línea de que Verifactu exige el encadenamiento e integridad (con hash) de las facturas, que son requisitos de no verifactu Si hago mi programa compatible con Verifactu ¿ Podría ser suficiente para que sin enviar los .xsig fuera compatible con No Verifactu ? |
| La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 18:39:49. |
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Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi