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Cita:
Gracias compañero. ¿Tendrías algún ejemplo que pudieras mostrar? Saludos. |
Cita:
[/quote] |
Cita:
Te pongo un ejemplo:
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Buenas, la verdad es que estoy empezando a investigar sobre este tema y hay cosas que no me quedan muy claras.
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Cita:
El problema es que no sé si mi Delphi Berlin se va a tragar todo esto y por otro lado tampoco tengo las SecureBlackBox así que... haré alguna prueba por si acaso pero sin muchas esperanzas. Gracias y un saludo. |
Cita:
yo lo hago con ese componente y ya te digo que lo probe con Autofirma y no lo hacia bien. Me he dado cuenta que el XML no ha salido bien te lo pongo de nuevo. Código:
<RegistroAlta> |
Ok, he llegado hasta esta línea que me da un "access violation" y no sé por qué. ¿Te suena de algo?
Gracias y un saludo. |
Cita:
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Cita:
Por ejemplo, para la segunda pregunta, en el vocabulario del reglamento de facturación, si debes anular una factura que está mal sin reparo, hay que emitir una «factura rectificativa» y la única forma de hacerlo por el importe total es usando la opción por diferencia. Entonces creo que la segunda respuesta es, «sí, por qué es lo mismo». Para la 1ª pregunta, los casos para una factura rectificativa son los que marcan el reglamento de facturación 11619/2012 en su artículo 15. Respecto a la alternativa de una factura de alta por subsanación no sé lo que quieres decir: ¿alta dónde? Por otra parte, me remito a un mensaje reciente que creo explica bien el caso presentado de corrección de error de cliente: Cita:
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Cita:
Eso estaba pensando. Revisaré a ver qué puede ser. Gracias y un saludo. |
Facturas rectificativas
Buenas a todos, voy a postear un listado de los posibles casos en los que nos podemos encontrar a la hora de emitir una factura rectificativa a ver si entre todos aclaramos que tipo de factura rectificativa hay que emitir en cada caso, creo que no me dejo ningún supuesto, si es así me lo decís y lo añado a la lista junto con la solución para cada caso según nos vayamos aclarando entre todos.
1) Cliente erróneo, al emitir la factura se asoció al cliente que no era y se emitió la factura 2) Cliente correcto, nif erróneo, el nif del cliente se metió mal al emitir la factura 3) Nif correcto, error en el nombre del cliente al emitir la factura 4) Importe de la factura erróneo, se han devuelto algunos productos una vez emitida la factura 5) Importe de la factura erróneo, se han añadido productos después de emitir la factura 6) Importe de la factura erróneo, la factura lleva productos que se añadieron por error al hacer la venta y se emitió la factura 7) El cliente devuelve todos los productos de una factura emitida y se le devuelve todo el importe de la factura 8) El cliente no paga la factura, en este caso hay que anularla por completo |
Cita:
Por ejemplo: Que incorporen la frase*«Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERIFACTU»: las facturas electrónicas deberán incluir el distintivo “VeriFactu” |
incluye : hago una rectificativa y me vuelvo a equivocar, rectificativa de la rectificativa ?
Al final el problema va a ser el usuario cuando empiece a preguntar y porque se hace asi y como hago esto, hecho esto y ahora no se como hacer lo otro ... en fin ... una locura |
Buenos días a todos,
Estamos también montando todo esto en nuestro software y nos están surgiendo algunas dudas con el tratamiento de los mensajes de Anulación y Subsanar, he visto algunos comentarios al respecto en mensajes atrás del foro, pero no me termina de quedar claro sobre estos puntos que se va a permitir, o como es mejor orientarlo: -Si una vez hecha una factura en el sistema y creado su registro con huella y encadenado y enviado, pero aún no enviada al cliente, el usuario se da cuenta que es un error y por ejemplo esa factura no procede o está completamente incorrecta por ejemplo porque se haya equivocado de cliente, entendemos que se podría borrar de la tabla de facturas registrando y enviando un registro de Anulación, pero posteriormente cuando se genere la factura que realmente debiera ocupar ese número de factura, se podrá registrar y enviar con alta por subsanación con ese mismo número de factura (como se puede en el SII) o por haber sido registrado ese número anteriormente y anulado ya no se podría enviar y habría que dejar ese hueco en la numeración de facturas tanto en el erp como en el software contable y darle el siguiente número? -Sobre los registros de subsanación, se sabe que datos o campos de la factura va a aceptar corregir o si admitirá cambiar completo como en el caso del SII(excepto los campos clave), es decir por ejemplo si al crear la factura y registrarla pero aún no enviada al cliente, se detecta que el cliente o su nif es incorrecto, o que se ha incluido una línea o albarán que no estaba todavía, se podrá corregir enviando un registro de alta por subsanación, o aunque no esté todavía enviada ni haya salido del erp estaría obligado a realizar rectificativas? Saludos. |
Cita:
Hola, ahunque no soy un exprerto ni mucho menos, segun he llegado a entender, en el momento que se genera la factura, asignandole un numero, ya no se puede reutilizar ese numero de asiento, aunque se anule y no se le haya entregado al cliente, quieren que todas las "Pifias" queden anotadas, por asi decirlo. |
Cita:
Lo que no sé es si hay que emitir factura rectificativa (con numeración especial) en el caso que hubo un error en la descripción de las operaciones, por ejemplo el nombre de un artículo o un número de serie, cosas que no afecta a la base o a las cuotas. |
Facturas rectificativas
Buenas a todos, voy a postear un listado de los posibles casos en los que nos podemos encontrar a la hora de emitir una factura rectificativa a ver si entre todos aclaramos que tipo de factura rectificativa hay que emitir en cada caso, creo que no me dejo ningún supuesto, si es así me lo decís y lo añado a la lista junto con la solución para cada caso según nos vayamos aclarando entre todos.
Como no veo la forma de editar mi mensaje original creo uno nuevo añadiendo los supuestos que han propuesto otros usuarios. 1) Cliente erróneo, al emitir la factura se asoció al cliente que no era y se emitió la factura 2) Cliente correcto, nif erróneo, el nif del cliente se metió mal al emitir la factura 3) Nif correcto, error en el nombre del cliente al emitir la factura 4) Importe de la factura erróneo, se han devuelto algunos productos una vez emitida la factura 5) Importe de la factura erróneo, se han añadido productos después de emitir la factura 6) Importe de la factura erróneo, la factura lleva productos que se añadieron por error al hacer la venta y se emitió la factura 7) El cliente devuelve todos los productos de una factura emitida y se le devuelve todo el importe de la factura 8) El cliente no paga la factura, en este caso hay que anularla por completo 9) Hago una rectificativa y me vuelvo a equivocar, rectificativa de la rectificativa ? 10) Cliente no paga, procedimiento judicial, el liquidador o el juez dice que no habrá pago (por tanto se recupera la totalidad del IVA) 11) Cliente no paga, procedimiento judicial, el liquidador o el juez promete un pago parcial (por tanto se recupera una parte del IVA) 12) Equivocación en la casuística de IVA, hay que volver a facturar con otros tipos de IVA, o sin IVA 13) El precio indicado en factura era incorrecto, se corrige 14) Hay que añadir un descuento que se olvidó |
Cita:
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la forma en la que nosotros hemos optado y también varios programas que hemos comprobado y hablado con los programadores es la siguiente :
1) hacemos una factura Nº: 2024-1 Importe: 1.000,55€ 2) nos hemos equivocado o ha pasado cualquiera de las opciones que te puedas imaginar. 3) hacemos rectificativa Nº: RECT24-1 Importe: -1.000,55€ (las lineas de la factura idénticas a la Factura Nº: 2024-1 pero en el campo cantidad en negativo, lo que hace que los importes sean negativos) con lo cual una factura salda la otra. importante !!! el programa no dejará tocar nada de esta factura rectificativa para que el usuario no pueda manipular y crear otro fallo) 4) creas otra vez la factura nueva definitiva : Nº : 2024-2 De esta forma el usuario no puede equivocarse en la rectificativa, y si tienes un error en la factura inicial lo tienes superfacil para seguir trabajando. Porque el problema de las rectificativas , y tenerlo muy claro, es el bombardeo de preguntas que vamos a recibir de nuestros clientes con dudas y preguntas del tipo : porqué ... ? y porqué ... ? y van a ser infinitas y al final parte de la culpa nos la echarán a nosotros no a nuestros mandatarios AEAT que tanto amamos. Si alguien tiene alguna duda o quiere ponerse en contacto con nosotros en privado porque no estar aquí poniendo tantísimas preguntas repetidas, por mí ningún problema. |
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Nosotros trabajamos exactamente igual que vosotros, desde ya hace años, y a nuestros clientes les enseñamos así, y de momento ningún problema ni queja de hacienda... |
Cita:
Hola, lo que comentas lo veo correcto, si se trata de fallos de identificqacion del cliente, pero para la rectificacion de cantidades o unidades , ¿No seria un poco excesivo?, no seria mejor por ejemplo dejar seleccionar lo que queremos abonar y correjir y que lo demas quede inalterado? Lo digo, porque si pongo en una factura para anularla "Revision de aceite.... -1Hora", no se lo veo raro. |
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Cuando se quiere rectificar una factura mediante ese método (anular en negativo y luego emitir con los cambios) NO se puede emitir en primer lugar una factura Rectificativa en negativo. Debes emitir primero una factura ordinaria en negativo de forma automática sin intervención del usuario y luego, emitir una rectificativa por sustitución con los cambios pertinentes. Léete los procedimientos de rectificación en 2 pasos establecidos en las preguntas frecuentes del SII o acude a esta consulte vinculante de la Dirección General de Tributos https://petete.tributos.hacienda.gob...sulta=V0706-19 |
de esta forma se terminan todas las dudas sobre rectificativas, no hay otra, todo lo que sea que un usuario pueda hacer la rectificativa a su forma ya es un problema y no pequeño.
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es la mejor forma, precisamente por casos como los que comentas, siempre la van a fastidiar porque el usuario normalmente no se equivoca nunca, siempre es el programa, con lo cual ... yo muchísimos ya lo vemos así y todo el mundo contento.
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de la forma que he comentado también es válida y evitas que el usuario manipule la rectificativa que es cuando vienen los problemas para los desarrolladores.
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Entonces segun esto, Cita:
O no? Cita:
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Pues yo he leido esto en el enlace que propones Cita:
demás en el enlace se lee: Cita:
O me estoy liando yo solo..... |
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y No, no puedes emitir una factura normal para corregir nada. Aquí la norma es clara en el reglamento de facturación Este párrafo que remarcas "No obstante, lo anterior, este Centro directivo, para dar cobertura a una práctica comercial y administrativa generalizada ha permitido que la rectificación se articule mediante la emisión de dos facturas diferentes; una con signo negativo, incluso por el importe total de la factura previamente expedida; otra posterior que rectifica la inicial que se anula con la factura anterior y que contiene la información correcta correspondiente a la factura inicial después de efectuar su rectificación." Claramente refleja que la segunda factura "RECTIFICA la inicial", por lo tanto, debe ser una Rectificativa |
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Rectificativas ejemplos.
Entonces, por tenero mas claro,(Que cada vez estoy mas echo un obillo), en el caso de que propongo de ejemplo de la bateria, tendria que emitir una factura en negativo de la bateria, poniendo que es Rectificativa por diferencias, y una factura en positivo con la cantidad de la bateria nueva?, y darle las 2 al cliente?
Y en verifactu, las podemos enviar a la vez, en la misma consulta. |
Cita:
Línea 1 Batería -1Ud Precio 10€ Iva 21% Subtotal -10€ Línea 2 Batería 1Ud Precio 15€ Iva 21% Subtotal 15€ |
Cita:
supongo que entre las lineas 1 y 2 deberia identificar a la factura que se rectifica, con el tipico, abono parcial de la factura xx/2022, o realmente no es necesario, como pone en los FaQ del SII? |
yo no lo haría así, lo haría así :
FRA1 : IMPORTE: 10€ RECTI1: IMPORTE -10€ Rectifica la factura : FRA1 (sustitutiva) (esta factura se haría de forma automatica para que el usuario no manipule nada) FRA1: IMPORTE 15€ y al cliente le enviarías las 3 facturas. Saludos |
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Opción 2: La modificación por sustitución supondría emitir una factura con base imponible de -1000 € y una factura rectificativa en la que se indicará que la base imponible es de 800 €. En la primera factura los campos y claves a consignar en el Libro registro de Facturas Expedidas son: Tipo Comunicación: A0 Tipo Factura: F1 Fecha Operación: dejar en blanco Fecha expedición: 18/10/2021 Periodo liquidación: 10/2021 Desglose IVA: se indicará el importe que se rectifica con signo contrario (base imponible: (-1.000), cuota repercutida (-210). En la segunda de las facturas rectificativas los campos y claves a consignar en el Libro registro de Facturas Expedidas son: Tipo Comunicación: A0 Tipo Factura: Rx Tipo Rectificativa: S Fecha Operación:01/05/2021 Fecha expedición: 18/10/2021 Periodo liquidación : 10/2021 https://sede.agenciatributaria.gob.e...023V-FINAL.pdf |
Cita:
Puedes emitir un registro de anulación para una factura emitida y enviada. Dicha factura la dejarás a cero en tu sistema y el registro de anulación la dejará anulada en la Aeat. Ese número de factura ya no podrás utilizarlo en el mismo año fiscal, porque ya tienes una factura emitida con ese número en el mismo año fiscal, no existe ningún hueco en la facturación, ya que debes mantener esa factura anulada en tu sistema sin líneas o con líneas y unidades a cero para que su valor sea cero. Si generas el mismo número pero con fecha de expedición distinta, te lo va a aceptar el SII y Verifactu, ya que la clave del registro de facturación es * NifObligado Tributario-NumeroSerieFactura-FechaExpedición * pero no es lo que debes hacer. -Sobre los registros de subsanación, se sabe que datos o campos de la factura va a aceptar corregir o si admitirá cambiar completo como en el caso del SII(excepto los campos clave), es decir por ejemplo si al crear la factura y registrarla pero aún no enviada al cliente, se detecta que el cliente o su nif es incorrecto, o que se ha incluido una línea o albarán que no estaba todavía, se podrá corregir enviando un registro de alta por subsanación, o aunque no esté todavía enviada ni haya salido del erp estaría obligado a realizar rectificativas? Los registros de subsanación sólo se pueden emitir cuando no sea necesaria la emisión de una factura rectificativa y los campos que podrías subsanar deberían ser aquellos que no afecten a la modificación de la base imponible, tipos y cuotas, identificación del destinatario, etc. Sólo se debería permitir subsanar campos del tipo, Régimen tributario, Fecha de Operación, tipo de identificación del destinatario, tipo de factura rectificativa, ..etc. Ahora, si subsanas también bases tipos y cuotas seguro que te lo acepta, aunque ante una inspección estarías sin red. |
Cita:
Ok. Al final he encontrado el problema. Resulta que estaba haciendo un "free" del objeto "XSDatetime" una vez asignado al objeto "Factura" y se ve que (como me ha pasado en otras ocasiones) pierde el valor en el objeto "Factura" si liberas de memoria la variable que le has asignado. He cambiado el "Free" de sitio y funciona. Saludos. |
Cita:
Una pregunta, si previsualizo la factura, sin asignarle numero ni nada, para verificarla y la cancelo, cara a la ley anti fraude, sabeis si seria ilegal. Lo digo porque lo estoy implementando asi, si esta correcta , en mi caso ortograficamente y demas..., le asignaria un numero de factura y crearia todos los registros pertinentes, incluida la huella, enviarla a verifactu, etc... Si no, salgo de la funcion de facturacion, sin alterar ningun registro, asi puedo volver para atras, para añadir, modificar y demas... |
Es que segun lei, una vez asignado un numero de factura y demas, ya no se puede volver atras, ni modificar sin generar una rectificativa.
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El generar un documento sin asignar ni crear la factura no debe de ser problema fiscal porque la factura no existe hasta que no confirmas, le asignas un número y (en teoría) enviarse de forma directa a VeriFactu.
Saludos. |
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