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newtron 13-09-2024 10:34:58

Cita:

Empezado por delphiGar (Mensaje 557184)
Puedes hacerlo cogiendo el objeto RegistroAlta o RegistroAnulacion de los que te ha generado el fichero de wdsl de soap, para ello tienes que hacer la conversion de este objeto a SOAP y tendras un nuevo nodo que es el xml de la factura, este xml ya puedes firmarlo ya que contendra los nodos:

Código:

<RegistroAlta >
...
<RegistroAlta >

segun la documentacion del Excel del esquema ultimo, esta firma va dentro del RegistroAlta o RegistroAnulacion de cada uno de ellos tal que seria:

Código:

<RegistroAlta >
...
  <Signature>
  </Signature>
<RegistroAlta >

Cuando vayas a enviarlo debes cargarlo con la funcion SOAPtoObject de cada RegistroAlta o RegistroAnulacion y se relleneran todos los campos con esos datos, despues en el envio se armaran de nuevo el xml, pero eso lo hace el componente HTTPRIO junto con el Converter.
Para que no tengas problemas en el Converter desmarca la opcion soSendUntyped, tanto en la conversion de los Registros como en el compontente HTTPRIO.


Gracias compañero. ¿Tendrías algún ejemplo que pudieras mostrar?


Saludos.

delphiGar 13-09-2024 11:00:30

Cita:

Empezado por delphiGar (Mensaje 557180)
El componente HTTPRIO tiene una propiedad Converter que hace referencia al objeto que hace la conversion tanto en la funcion SOAPToObject como ObjectToSOAP, dentro de este objeto tienes la propiedad Options, desmarca soSendUntyped y con esto te quita todas las etiquetas y te da un xml limpio.

Código Delphi [-]
HTTPRIO1.Converter.Options := HTTPRIO1.Converter.Options - [ soSendUntyped ];

Perdona pararegistrarme, me equivoque, en el signo de Converter con la opcion soSendUntyped, es lo contrario, hay que añadirlo para que te de el XML limpio.

Código Delphi [-]
HTTPRIO1.Converter.Options := HTTPRIO1.Converter.Options + [ soSendUntyped ];
[/quote]

delphiGar 13-09-2024 11:10:38

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 557207)
Gracias compañero. ¿Tendrías algún ejemplo que pudieras mostrar?


Saludos.

Te digo lo mismo que a pararegistrarme hay que añadir la opcion soSenduntype para no tener problemas, lo puse al contrario.

Te pongo un ejemplo:

Código Delphi [-]
var
    Factura             : RegistroFacturaType;
    RefId, Swdsl: string;
    MyXML, parentXML : TXMLDocument;
    ARootNode,newNode, AParentode : IXMLNode;  
begin

  Factura := RegistroFacturaType.Create;

  Factura.RegistroAlta   := RegistroFacturacionAltaType.Create;

  // Rellenas todo lo de la Factura

     MyXML := TXMLDocument.Create(Application);
    parentXML := TXMLDocument.Create( Application );

    MyXML.Active := True;
    MyXML.Version:='1.0';
    MyXML.Encoding:='utf-8';

    parentXML.Active := True;
    parentXML.Version:='1.0';
    parentXML.Encoding:='utf-8';


    ARootNode := MyXML.CreateNode('RegistroAlta');
    AParentode := parentXML.CreateNode('RegistroAlta');

     var MOPToSoapDomConvert : TOPtoSOAPDomConvert;
    MOPToSoapDomConvert := TOPtoSOAPDomConvert.Create(Application);

    MOPToSoapDomConvert.Encoding := 'utf-8';

    MOPToSoapDomConvert.Options :=
    [
    TSOAPConvertOption.soXXXXHdr,
    TSOAPConvertOption.soDontSendEmptyNodes,
    TSOAPConvertOption.soUTF8InHeader,
    TSOAPConvertOption.soSendUntyped,
    TSOAPConvertOption.soSendMultiRefObj,
    //TSOAPConvertOption.soSendMultiRefArray,
    TSOAPConvertOption.soTryAllSchema,
    TSOAPConvertOption.soRootRefNodesToBody,
    TSOAPConvertOption.soCacheMimeResponse,
    TSOAPConvertOption.soUTF8EncodeXML,
    TSOAPConvertOption.soSOAP12];


    Swdsl := 'https://prewww2.aeat.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/tikeV1.0/cont/ws/SistemaFacturacion.wsdl';

    newNode := Factura.RegistroAlta.ObjectToSOAP( ARootNode, AParentode, MOPToSoapDomConvert, 'RegistroAlta',
      Swdsl,'T',[ocoDontPrefixNode,ocoDontPutTypeAttr], RefId  );

     // este newNode lleva el xml limpio
    {
     1.0NIF DE MI EMPRESAF24000622-01-2024F1VENTA MERCADERIASCLIENTE2NIFCLI2ES02NIFCLI201S121,002000,00420,00420,002420,00NIF DE MI EMPRESAF24000522/01/2024b32680a7b029d07a809fd10f052c322305b86cb80116250ce7db441b8ac3421eEMPRESA INFORMATICANIF INFORMATICAES02PROGRAMA DE GESTION111SN12024-09-13T10:54:49.560+02:0001ff1cbd3a05a119f57109a650dc84e9e9df4bcd541394ea4d71612fadb4c8078e
}

// logicamente esto ya lo puedes firmar, y como te dije va entre los nodos del Regtistro de Alta, cuando lo cargas 
// mediante la funcion SOAPtoObject se rellena con cada cosa y la firma va al nodo 
// yo la firma la hago con Secure BlackBox y lo hago en memoria todo
// si lo haces con Autofirma no te va as alir bien, ya lo comprobe



    // Para cuando tengas que cargarlo seria asi

Factura.RegistroAlta.SOAPToObject(  ARootNode, newNode, MOPToSoapDomConvert);

end;

RanNav 13-09-2024 11:38:22

Buenas, la verdad es que estoy empezando a investigar sobre este tema y hay cosas que no me quedan muy claras.
  • ¿En qué casos hay que hacer una factura rectificativa y en cuáles otros una factura de alta por subsanación?
  • Si tengo una factura por ejemplo con un importe de 150€ y quiero anularla, ¿podría en vez de hacer una factura de anulación, una factura rectificativa diferencial con -150€?
Muchas gracias de antemano.

newtron 13-09-2024 11:52:56

Cita:

Empezado por delphiGar (Mensaje 557209)
Te digo lo mismo que a pararegistrarme hay que añadir la opcion soSenduntype para no tener problemas, lo puse al contrario.

Te pongo un ejemplo:
....


El problema es que no sé si mi Delphi Berlin se va a tragar todo esto y por otro lado tampoco tengo las SecureBlackBox así que... haré alguna prueba por si acaso pero sin muchas esperanzas.


Gracias y un saludo.

delphiGar 13-09-2024 11:57:38

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 557212)
El problema es que no sé si mi Delphi Berlin se va a tragar todo esto y por otro lado tampoco tengo las SecureBlackBox así que... haré alguna prueba por si acaso pero sin muchas esperanzas.


Gracias y un saludo.

desde la version 7 de Delphi lleva estas opciones.

yo lo hago con ese componente y ya te digo que lo probe con Autofirma y no lo hacia bien.

Me he dado cuenta que el XML no ha salido bien te lo pongo de nuevo.

Código:

<RegistroAlta>
<IDVersion>1.0</IDVersion>
<IDFactura><IDEmisorFactura>NIF DE MI EMPRESA</IDEmisorFactura>
<NumSerieFactura>F240006</NumSerieFactura>
<FechaExpedicionFactura>22-01-2024</FechaExpedicionFactura>
</IDFactura>
<TipoFactura>F1</TipoFactura>
<DescripcionOperacion>VENTA MERCADERIAS</DescripcionOperacion>
<Destinatarios>
<item>
<NombreRazon>CLIENTE2</NombreRazon><NIF>NIFCLI2</NIF><IDOtro><CodigoPais>ES</CodigoPais><IDType>02</IDType><ID>NIFCLI2</ID></IDOtro>
</item>
</Destinatarios>
<Desglose>
<item>
<ClaveRegimen>01</ClaveRegimen><CalificacionOperacion>S1</CalificacionOperacion><TipoImpositivo>21,00</TipoImpositivo><BaseImponibleOimporteNoSujeto>2000,00</BaseImponibleOimporteNoSujeto><CuotaRepercutida>420,00</CuotaRepercutida>
</item>
</Desglose>
<CuotaTotal>420,00</CuotaTotal><ImporteTotal>2420,00</ImporteTotal>
<Encadenamiento>
<RegistroAnterior><IDEmisorFactura>NIF DE MI EMPRESA</IDEmisorFactura><NumSerieFactura>F240005</NumSerieFactura>
<FechaExpedicionFactura>22/01/2024</FechaExpedicionFactura>
<Huella>b32680a7b029d07a809fd10f052c322305b86cb80116250ce7db441b8ac3421e</Huella>
</RegistroAnterior>
</Encadenamiento>
<SistemaInformatico><NombreRazon>EMPRESA INFORMATICA</NombreRazon><NIF>NIF INFORMATICA</NIF><IDOtro><CodigoPais>ES</CodigoPais><IDType>02</IDType></IDOtro><NombreSistemaInformatico>PROGRAMA DE GESTION</NombreSistemaInformatico><IdSistemaInformatico>1</IdSistemaInformatico><Version>1</Version><NumeroInstalacion>1</NumeroInstalacion><TipoUsoPosibleSoloVerifactu>S</TipoUsoPosibleSoloVerifactu><TipoUsoPosibleMultiOT>N</TipoUsoPosibleMultiOT><NumeroOTAlta>1</NumeroOTAlta></SistemaInformatico><FechaHoraHusoGenRegistro>2024-09-13T10:54:49.560+02:00</FechaHoraHusoGenRegistro><TipoHuella>01</TipoHuella><Huella>ff1cbd3a05a119f57109a650dc84e9e9df4bcd541394ea4d71612fadb4c8078e</Huella>
</RegistroAlta>


newtron 13-09-2024 12:57:51

Ok, he llegado hasta esta línea que me da un "access violation" y no sé por qué. ¿Te suena de algo?


Código Delphi [-]

    newNode := Factura.RegistroAlta.ObjectToSOAP( ARootNode, AParentode, MOPToSoapDomConvert, 'RegistroAlta',
      Swdsl,'T',[ocoDontPrefixNode,ocoDontPutTypeAttr], RefId  );


Gracias y un saludo.

delphiGar 13-09-2024 13:10:24

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 557214)
Ok, he llegado hasta esta línea que me da un "access violation" y no sé por qué. ¿Te suena de algo?


Código Delphi [-]

    newNode := Factura.RegistroAlta.ObjectToSOAP( ARootNode, AParentode, MOPToSoapDomConvert, 'RegistroAlta',
      Swdsl,'T',[ocoDontPrefixNode,ocoDontPutTypeAttr], RefId  );


Gracias y un saludo.

Eso puede ser por que el Objeto de RegistroAlta no lo tengas bien creado, te falte algun objeto intermedio que es necesario inicializarlo.

antoine0 13-09-2024 14:01:40

Cita:

Empezado por RanNav (Mensaje 557210)
  • ¿En qué casos hay que hacer una factura rectificativa y en cuáles otros una factura de alta por subsanación?
  • Si tengo una factura por ejemplo con un importe de 150€ y quiero anularla, ¿podría en vez de hacer una factura de anulación, una factura rectificativa diferencial con -150€?

Creo que es cuestión de vocabulario.

Por ejemplo, para la segunda pregunta, en el vocabulario del reglamento de facturación, si debes anular una factura que está mal sin reparo, hay que emitir una «factura rectificativa» y la única forma de hacerlo por el importe total es usando la opción por diferencia. Entonces creo que la segunda respuesta es, «sí, por qué es lo mismo».

Para la 1ª pregunta, los casos para una factura rectificativa son los que marcan el reglamento de facturación 11619/2012 en su artículo 15. Respecto a la alternativa de una factura de alta por subsanación no sé lo que quieres decir: ¿alta dónde?

Por otra parte, me remito a un mensaje reciente que creo explica bien el caso presentado de corrección de error de cliente:
Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 557160)
Si el error es porque te has equivocado de cliente entonces debes emitir una factura rectificativa por diferencia (R4) en negativo anulando así la factura original y posteriormente, emites una factura ordinaria al nuevo cliente.
Si el error es porque el cliente es correcto pero su NIf está mal, entonces debes emitir una factura ordinaria en negativo (factura de abono) anulando la factura original y posteriormente, emites una rectificativa por sustitución (R4) con el Nif correcto del cliente.


newtron 13-09-2024 18:28:12

Cita:

Empezado por delphiGar (Mensaje 557215)
Eso puede ser por que el Objeto de RegistroAlta no lo tengas bien creado, te falte algun objeto intermedio que es necesario inicializarlo.


Eso estaba pensando. Revisaré a ver qué puede ser.


Gracias y un saludo.

richidemola 14-09-2024 11:25:42

Facturas rectificativas
 
Buenas a todos, voy a postear un listado de los posibles casos en los que nos podemos encontrar a la hora de emitir una factura rectificativa a ver si entre todos aclaramos que tipo de factura rectificativa hay que emitir en cada caso, creo que no me dejo ningún supuesto, si es así me lo decís y lo añado a la lista junto con la solución para cada caso según nos vayamos aclarando entre todos.

1) Cliente erróneo, al emitir la factura se asoció al cliente que no era y se emitió la factura

2) Cliente correcto, nif erróneo, el nif del cliente se metió mal al emitir la factura

3) Nif correcto, error en el nombre del cliente al emitir la factura

4) Importe de la factura erróneo, se han devuelto algunos productos una vez emitida la factura

5) Importe de la factura erróneo, se han añadido productos después de emitir la factura

6) Importe de la factura erróneo, la factura lleva productos que se añadieron por error al hacer la venta y se emitió la factura

7) El cliente devuelve todos los productos de una factura emitida y se le devuelve todo el importe de la factura

8) El cliente no paga la factura, en este caso hay que anularla por completo

ermendalenda 14-09-2024 11:36:18

Cita:

Empezado por Javierus (Mensaje 557107)
Leyendo el artículo, no me parece que confunda nada, sino que está intentando que el lector no lo haga; en concreto (las negritas son del artículo):

Hay muchísimos errores, leéte la parte de requisitos tecnicos de la factura electrónica, mezclan conceptos de verifactu en la factura electrónica.
Por ejemplo:

Que incorporen la frase*«Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERIFACTU»: las facturas electrónicas deberán incluir el distintivo “VeriFactu”

Franche 15-09-2024 12:26:38

incluye : hago una rectificativa y me vuelvo a equivocar, rectificativa de la rectificativa ?
Al final el problema va a ser el usuario cuando empiece a preguntar y porque se hace asi y como hago esto, hecho esto y ahora no se como hacer lo otro ... en fin ... una locura

Mlopez 16-09-2024 09:07:17

Buenos días a todos,
Estamos también montando todo esto en nuestro software y nos están surgiendo algunas dudas con el tratamiento de los mensajes de Anulación y Subsanar, he visto algunos comentarios al respecto en mensajes atrás del foro, pero no me termina de quedar claro sobre estos puntos que se va a permitir, o como es mejor orientarlo:

-Si una vez hecha una factura en el sistema y creado su registro con huella y encadenado y enviado, pero aún no enviada al cliente, el usuario se da cuenta que es un error y por ejemplo esa factura no procede o está completamente incorrecta por ejemplo porque se haya equivocado de cliente, entendemos que se podría borrar de la tabla de facturas registrando y enviando un registro de Anulación, pero posteriormente cuando se genere la factura que realmente debiera ocupar ese número de factura, se podrá registrar y enviar con alta por subsanación con ese mismo número de factura (como se puede en el SII) o por haber sido registrado ese número anteriormente y anulado ya no se podría enviar y habría que dejar ese hueco en la numeración de facturas tanto en el erp como en el software contable y darle el siguiente número?

-Sobre los registros de subsanación, se sabe que datos o campos de la factura va a aceptar corregir o si admitirá cambiar completo como en el caso del SII(excepto los campos clave), es decir por ejemplo si al crear la factura y registrarla pero aún no enviada al cliente, se detecta que el cliente o su nif es incorrecto, o que se ha incluido una línea o albarán que no estaba todavía, se podrá corregir enviando un registro de alta por subsanación, o aunque no esté todavía enviada ni haya salido del erp estaría obligado a realizar rectificativas?

Saludos.

bmfranky 16-09-2024 09:11:48

Cita:

Empezado por Mlopez (Mensaje 557231)
Buenos días a todos,
Estamos también montando todo esto en nuestro software y nos están surgiendo algunas dudas con el tratamiento de los mensajes de Anulación y Subsanar, he visto algunos comentarios al respecto en mensajes atrás del foro, pero no me termina de quedar claro sobre estos puntos que se va a permitir, o como es mejor orientarlo:

-Si una vez hecha una factura en el sistema y creado su registro con huella y encadenado y enviado, pero aún no enviada al cliente, el usuario se da cuenta que es un error y por ejemplo esa factura no procede o está completamente incorrecta por ejemplo porque se haya equivocado de cliente, entendemos que se podría borrar de la tabla de facturas registrando y enviando un registro de Anulación, pero posteriormente cuando se genere la factura que realmente debiera ocupar ese número de factura, se podrá registrar y enviar con alta por subsanación con ese mismo número de factura (como se puede en el SII) o por haber sido registrado ese número anteriormente y anulado ya no se podría enviar y habría que dejar ese hueco en la numeración de facturas tanto en el erp como en el software contable y darle el siguiente número?

-Sobre los registros de subsanación, se sabe que datos o campos de la factura va a aceptar corregir o si admitirá cambiar completo como en el caso del SII(excepto los campos clave), es decir por ejemplo si al crear la factura y registrarla pero aún no enviada al cliente, se detecta que el cliente o su nif es incorrecto, o que se ha incluido una línea o albarán que no estaba todavía, se podrá corregir enviando un registro de alta por subsanación, o aunque no esté todavía enviada ni haya salido del erp estaría obligado a realizar rectificativas?

Saludos.


Hola, ahunque no soy un exprerto ni mucho menos, segun he llegado a entender, en el momento que se genera la factura, asignandole un numero, ya no se puede reutilizar ese numero de asiento, aunque se anule y no se le haya entregado al cliente, quieren que todas las "Pifias" queden anotadas, por asi decirlo.

antoine0 16-09-2024 09:56:51

Cita:

Empezado por richidemola (Mensaje 557224)
creo que no me dejo ningún supuesto

Creo que hay cosas que no veo en tu lista:
  • Cliente no paga, procedimiento judicial, el liquidador o el juez dice que no habrá pago (por tanto se recupera la totalidad del IVA)
  • Cliente no paga, procedimiento judicial, el liquidador o el juez promete un pago parcial (por tanto se recupera una parte del IVA)
  • Equivocación en la casuística de IVA, hay que volver a facturar con otros tipos de IVA, o sin IVA
  • El precio indicado en factura era incorrecto, se corrige
  • Hay que añadir un descuento que se olvidó
Y estoy seguro que hay más posibles casos, sobre todo si se considera los regímenes especiales (agencias de viaje, criterio de caja y un larguísimo etc.)

Lo que no sé es si hay que emitir factura rectificativa (con numeración especial) en el caso que hubo un error en la descripción de las operaciones, por ejemplo el nombre de un artículo o un número de serie, cosas que no afecta a la base o a las cuotas.

richidemola 16-09-2024 10:12:11

Facturas rectificativas
 
Buenas a todos, voy a postear un listado de los posibles casos en los que nos podemos encontrar a la hora de emitir una factura rectificativa a ver si entre todos aclaramos que tipo de factura rectificativa hay que emitir en cada caso, creo que no me dejo ningún supuesto, si es así me lo decís y lo añado a la lista junto con la solución para cada caso según nos vayamos aclarando entre todos.

Como no veo la forma de editar mi mensaje original creo uno nuevo añadiendo los supuestos que han propuesto otros usuarios.

1) Cliente erróneo, al emitir la factura se asoció al cliente que no era y se emitió la factura

2) Cliente correcto, nif erróneo, el nif del cliente se metió mal al emitir la factura

3) Nif correcto, error en el nombre del cliente al emitir la factura

4) Importe de la factura erróneo, se han devuelto algunos productos una vez emitida la factura

5) Importe de la factura erróneo, se han añadido productos después de emitir la factura

6) Importe de la factura erróneo, la factura lleva productos que se añadieron por error al hacer la venta y se emitió la factura

7) El cliente devuelve todos los productos de una factura emitida y se le devuelve todo el importe de la factura

8) El cliente no paga la factura, en este caso hay que anularla por completo

9) Hago una rectificativa y me vuelvo a equivocar, rectificativa de la rectificativa ?

10) Cliente no paga, procedimiento judicial, el liquidador o el juez dice que no habrá pago (por tanto se recupera la totalidad del IVA)

11) Cliente no paga, procedimiento judicial, el liquidador o el juez promete un pago parcial (por tanto se recupera una parte del IVA)

12) Equivocación en la casuística de IVA, hay que volver a facturar con otros tipos de IVA, o sin IVA

13) El precio indicado en factura era incorrecto, se corrige

14) Hay que añadir un descuento que se olvidó

bmfranky 16-09-2024 10:16:00

Cita:

Empezado por richidemola (Mensaje 557236)
Buenas a todos, voy a postear un listado de los posibles casos en los que nos podemos encontrar a la hora de emitir una factura rectificativa a ver si entre todos aclaramos que tipo de factura rectificativa hay que emitir en cada caso, creo que no me dejo ningún supuesto, si es así me lo decís y lo añado a la lista junto con la solución para cada caso según nos vayamos aclarando entre todos.

Como no veo la forma de editar mi mensaje original creo uno nuevo añadiendo los supuestos que han propuesto otros usuarios.

1) Cliente erróneo, al emitir la factura se asoció al cliente que no era y se emitió la factura

2) Cliente correcto, nif erróneo, el nif del cliente se metió mal al emitir la factura

3) Nif correcto, error en el nombre del cliente al emitir la factura

4) Importe de la factura erróneo, se han devuelto algunos productos una vez emitida la factura

5) Importe de la factura erróneo, se han añadido productos después de emitir la factura

6) Importe de la factura erróneo, la factura lleva productos que se añadieron por error al hacer la venta y se emitió la factura

7) El cliente devuelve todos los productos de una factura emitida y se le devuelve todo el importe de la factura

8) El cliente no paga la factura, en este caso hay que anularla por completo

9) Hago una rectificativa y me vuelvo a equivocar, rectificativa de la rectificativa ?

10) Cliente no paga, procedimiento judicial, el liquidador o el juez dice que no habrá pago (por tanto se recupera la totalidad del IVA)

11) Cliente no paga, procedimiento judicial, el liquidador o el juez promete un pago parcial (por tanto se recupera una parte del IVA)

12) Equivocación en la casuística de IVA, hay que volver a facturar con otros tipos de IVA, o sin IVA

13) El precio indicado en factura era incorrecto, se corrige

14) Hay que añadir un descuento que se olvidó

Una cosa, cual seria el caso de una sustitucion en garantia, por ejemplo, se ha muerto una bateria que monte en el 2022, se la voy a cambiar en garantia, pero ahora vale 15€ mas que en su dia, tengo que cobrar la diferencia...

Franche 16-09-2024 12:00:41

la forma en la que nosotros hemos optado y también varios programas que hemos comprobado y hablado con los programadores es la siguiente :
1) hacemos una factura Nº: 2024-1 Importe: 1.000,55€
2) nos hemos equivocado o ha pasado cualquiera de las opciones que te puedas imaginar.
3) hacemos rectificativa Nº: RECT24-1 Importe: -1.000,55€ (las lineas de la factura idénticas a la Factura Nº: 2024-1 pero en el campo cantidad en negativo, lo que hace que los importes sean negativos) con lo cual una factura salda la otra. importante !!! el programa no dejará tocar nada de esta factura rectificativa para que el usuario no pueda manipular y crear otro fallo)
4) creas otra vez la factura nueva definitiva : Nº : 2024-2

De esta forma el usuario no puede equivocarse en la rectificativa, y si tienes un error en la factura inicial lo tienes superfacil para seguir trabajando.

Porque el problema de las rectificativas , y tenerlo muy claro, es el bombardeo de preguntas que vamos a recibir de nuestros clientes con dudas y preguntas del tipo : porqué ... ? y porqué ... ? y van a ser infinitas y al final parte de la culpa nos la echarán a nosotros no a nuestros mandatarios AEAT que tanto amamos.

Si alguien tiene alguna duda o quiere ponerse en contacto con nosotros en privado porque no estar aquí poniendo tantísimas preguntas repetidas, por mí ningún problema.

pablog2k 16-09-2024 12:06:13

Cita:

Empezado por Franche (Mensaje 557239)
la forma en la que nosotros hemos optado y también varios programas que hemos comprobado y hablado con los programadores es la siguiente :
1) hacemos una factura Nº: 2024-1 Importe: 1.000,55€
2) nos hemos equivocado o ha pasado cualquiera de las opciones que te puedas imaginar.
3) hacemos rectificativa Nº: RECT24-1 Importe: -1.000,55€ (las lineas de la factura idénticas a la Factura Nº: 2024-1 pero en el campo cantidad en negativo, lo que hace que los importes sean negativos) con lo cual una factura salda la otra. importante !!! el programa no dejará tocar nada de esta factura rectificativa para que el usuario no pueda manipular y crear otro fallo)
4) creas otra vez la factura nueva definitiva : Nº : 2024-2

De esta forma el usuario no puede equivocarse en la rectificativa, y si tienes un error en la factura inicial lo tienes superfacil para seguir trabajando.

Porque el problema de las rectificativas , y tenerlo muy claro, es el bombardeo de preguntas que vamos a recibir de nuestros clientes con dudas y preguntas del tipo : porqué ... ? y porqué ... ? y van a ser infinitas y al final parte de la culpa nos la echarán a nosotros no a nuestros mandatarios AEAT que tanto amamos.

Si alguien tiene alguna duda o quiere ponerse en contacto con nosotros en privado porque no estar aquí poniendo tantísimas preguntas repetidas, por mí ningún problema.

Justo iba a escribir yo sobre el asunto.
Nosotros trabajamos exactamente igual que vosotros, desde ya hace años, y a nuestros clientes les enseñamos así, y de momento ningún problema ni queja de hacienda...

bmfranky 16-09-2024 12:07:03

Cita:

Empezado por Franche (Mensaje 557239)
la forma en la que nosotros hemos optado y también varios programas que hemos comprobado y hablado con los programadores es la siguiente :
1) hacemos una factura Nº: 2024-1 Importe: 1.000,55€
2) nos hemos equivocado o ha pasado cualquiera de las opciones que te puedas imaginar.
3) hacemos rectificativa Nº: RECT24-1 Importe: -1.000,55€ (las lineas de la factura idénticas a la Factura Nº: 2024-1 pero en el campo cantidad en negativo, lo que hace que los importes sean negativos) con lo cual una factura salda la otra. importante !!! el programa no dejará tocar nada de esta factura rectificativa para que el usuario no pueda manipular y crear otro fallo)
4) creas otra vez la factura nueva definitiva : Nº : 2024-2

De esta forma el usuario no puede equivocarse en la rectificativa, y si tienes un error en la factura inicial lo tienes superfacil para seguir trabajando.

Porque el problema de las rectificativas , y tenerlo muy claro, es el bombardeo de preguntas que vamos a recibir de nuestros clientes con dudas y preguntas del tipo : porqué ... ? y porqué ... ? y van a ser infinitas y al final parte de la culpa nos la echarán a nosotros no a nuestros mandatarios AEAT que tanto amamos.

Si alguien tiene alguna duda o quiere ponerse en contacto con nosotros en privado porque no estar aquí poniendo tantísimas preguntas repetidas, por mí ningún problema.


Hola, lo que comentas lo veo correcto, si se trata de fallos de identificqacion del cliente, pero para la rectificacion de cantidades o unidades , ¿No seria un poco excesivo?, no seria mejor por ejemplo dejar seleccionar lo que queremos abonar y correjir y que lo demas quede inalterado?
Lo digo, porque si pongo en una factura para anularla "Revision de aceite.... -1Hora", no se lo veo raro.

sglorka 16-09-2024 12:18:42

Cita:

Empezado por Franche (Mensaje 557239)
la forma en la que nosotros hemos optado y también varios programas que hemos comprobado y hablado con los programadores es la siguiente :
1) hacemos una factura Nº: 2024-1 Importe: 1.000,55€
2) nos hemos equivocado o ha pasado cualquiera de las opciones que te puedas imaginar.
3) hacemos rectificativa Nº: RECT24-1 Importe: -1.000,55€ (las lineas de la factura idénticas a la Factura Nº: 2024-1 pero en el campo cantidad en negativo, lo que hace que los importes sean negativos) con lo cual una factura salda la otra. importante !!! el programa no dejará tocar nada de esta factura rectificativa para que el usuario no pueda manipular y crear otro fallo)
4) creas otra vez la factura nueva definitiva : Nº : 2024-2

De esta forma el usuario no puede equivocarse en la rectificativa, y si tienes un error en la factura inicial lo tienes superfacil para seguir trabajando.

Porque el problema de las rectificativas , y tenerlo muy claro, es el bombardeo de preguntas que vamos a recibir de nuestros clientes con dudas y preguntas del tipo : porqué ... ? y porqué ... ? y van a ser infinitas y al final parte de la culpa nos la echarán a nosotros no a nuestros mandatarios AEAT que tanto amamos.

Si alguien tiene alguna duda o quiere ponerse en contacto con nosotros en privado porque no estar aquí poniendo tantísimas preguntas repetidas, por mí ningún problema.

El procedimiento que propones no es correcto.
Cuando se quiere rectificar una factura mediante ese método (anular en negativo y luego emitir con los cambios) NO se puede emitir en primer lugar una factura Rectificativa en negativo.
Debes emitir primero una factura ordinaria en negativo de forma automática sin intervención del usuario y luego, emitir una rectificativa por sustitución con los cambios pertinentes.
Léete los procedimientos de rectificación en 2 pasos establecidos en las preguntas frecuentes del SII o acude a esta consulte vinculante de la Dirección General de Tributos
https://petete.tributos.hacienda.gob...sulta=V0706-19

Franche 16-09-2024 12:19:01

de esta forma se terminan todas las dudas sobre rectificativas, no hay otra, todo lo que sea que un usuario pueda hacer la rectificativa a su forma ya es un problema y no pequeño.

Franche 16-09-2024 12:20:33

es la mejor forma, precisamente por casos como los que comentas, siempre la van a fastidiar porque el usuario normalmente no se equivoca nunca, siempre es el programa, con lo cual ... yo muchísimos ya lo vemos así y todo el mundo contento.

Franche 16-09-2024 12:22:52

de la forma que he comentado también es válida y evitas que el usuario manipule la rectificativa que es cuando vienen los problemas para los desarrolladores.

bmfranky 16-09-2024 12:32:47

Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 557242)
El procedimiento que propones no es correcto.
Cuando se quiere rectificar una factura mediante ese método (anular en negativo y luego emitir con los cambios) NO se puede emitir en primer lugar una factura Rectificativa en negativo.
Debes emitir primero una factura ordinaria en negativo de forma automática sin intervención del usuario y luego, emitir una rectificativa por sustitución con los cambios pertinentes.
Léete los procedimientos de rectificación en 2 pasos establecidos en las preguntas frecuentes del SII o acude a esta consulte vinculante de la Dirección General de Tributos
https://petete.tributos.hacienda.gob...sulta=V0706-19


Entonces segun esto,

Cita:

De acuerdo con lo anterior, las facturas rectificativas deberán ser expedidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de facturación y, en particular, respecto de los datos de las letras f) y h) del artículo 6.1 de dicho Reglamento, bien expresando directamente el importe de la rectificación, independientemente del signo de la misma, o bien expresando los datos correspondientes a la factura rectificada tal y como quedan tras la rectificación señalando también, en ese caso, el importe de la rectificación.

El ejemplo que proponia de la bateria, puedo hacer una factura normal en la que abone en una linea la bateria anterior y , en la siguiente cargue la bateria nueva, sin mas problema??
O no?

Cita:


No obstante, lo anterior, este Centro directivo, para dar cobertura a una práctica comercial y administrativa generalizada ha permitido que la rectificación se articule mediante la emisión de dos facturas diferentes; una con signo negativo, incluso por el importe total de la factura previamente expedida; otra posterior que rectifica la inicial que se anula con la factura anterior y que contiene la información correcta correspondiente a la factura inicial después de efectuar su rectificación.

Este supuesto excepcional, que fue incorporado a la doctrina administrativa, entre otras en las consultas vinculantes de 12 de diciembre del 2006 y de 4 de abril de 2016, con números V2474-06 y V1387-16, debe ser matizado, puesto que el reglamento de facturación prevé la emisión de una única factura rectificativa, salvo que la factura rectificada, sea a su vez, objeto de una nueva rectificación. De esta forma, cuando el procedimiento de rectificación de una factura se realice mediante la emisión de dos facturas en los términos previstos en el párrafo anterior, deberá considerarse como factura ordinaria la primera que se expida con signo negativo, incluso por el importe total de la factura previamente expedida, y como rectificativa la que se expida conteniendo correctamente los datos que se documentan en la misma tras la rectificación.

Logan05 16-09-2024 12:36:01

Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 557242)
El procedimiento que propones no es correcto.
Cuando se quiere rectificar una factura mediante ese método (anular en negativo y luego emitir con los cambios) NO se puede emitir en primer lugar una factura Rectificativa en negativo.
Debes emitir primero una factura ordinaria en negativo de forma automática sin intervención del usuario y luego, emitir una rectificativa por sustitución con los cambios pertinentes.
Léete los procedimientos de rectificación en 2 pasos establecidos en las preguntas frecuentes del SII o acude a esta consulte vinculante de la Dirección General de Tributos


Pues yo he leido esto en el enlace que propones

Cita:

No obstante lo anterior, tal y como dispuso este Centro Directivo con ocasión de la contestación a la consulta de 12 de diciembre del 2006 y número V2474-06:

“Cuando se expida una factura rectificativa, la normativa de facturación no se opone a que la factura rectificativa se expida con signo negativo, incluso por el importe total de la factura previamente expedida, expidiéndose posteriormente una nueva factura en la que se contemplen correctamente todos los datos después de la correspondiente rectificación.”.
lo cual me parece que es la solución propuesta anteriormente, rectificativa en negativo y una nueva normal con los datos correctos....:confused:

demás en el enlace se lee:

Cita:

De acuerdo con lo anterior, las facturas rectificativas deberán ser expedidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de facturación y, en particular, respecto de los datos de las letras f) y h) del artículo 6.1 de dicho Reglamento, bien expresando directamente el importe de la rectificación, independientemente del signo de la misma, o bien expresando los datos correspondientes a la factura rectificada tal y como quedan tras la rectificación señalando también, en ese caso, el importe de la rectificación.

No obstante, lo anterior, este Centro directivo, para dar cobertura a una práctica comercial y administrativa generalizada ha permitido que la rectificación se articule mediante la emisión de dos facturas diferentes; una con signo negativo, incluso por el importe total de la factura previamente expedida; otra posterior que rectifica la inicial que se anula con la factura anterior y que contiene la información correcta correspondiente a la factura inicial después de efectuar su rectificación.
¿Esto no indica incluso que se podría hacer una factura de abono que anula la erronea y una nueva factura correcta sin tener que meterse en rectificativas en ningún caso?

O me estoy liando yo solo.....

sglorka 16-09-2024 12:53:57

Cita:

Empezado por Logan05 (Mensaje 557247)
Pues yo he leido esto en el enlace que propones



lo cual me parece que es la solución propuesta anteriormente, rectificativa en negativo y una nueva normal con los datos correctos....:confused:

demás en el enlace se lee:



¿Esto no indica incluso que se podría hacer una factura de abono que anula la erronea y una nueva factura correcta sin tener que meterse en rectificativas en ningún caso?

O me estoy liando yo solo.....

Sí, claramente están en conflicto, pero la solución te la da las respuestas a las preguntas frecuentes del SII cuando detalla los pasos que debes dar para emitir una rectificación en dos pasos. La comunicación con Verifactu será exactamente igual. https://sede.agenciatributaria.gob.e...023V-FINAL.pdf
y No, no puedes emitir una factura normal para corregir nada. Aquí la norma es clara en el reglamento de facturación

Este párrafo que remarcas "No obstante, lo anterior, este Centro directivo, para dar cobertura a una práctica comercial y administrativa generalizada ha permitido que la rectificación se articule mediante la emisión de dos facturas diferentes; una con signo negativo, incluso por el importe total de la factura previamente expedida; otra posterior que rectifica la inicial que se anula con la factura anterior y que contiene la información correcta correspondiente a la factura inicial después de efectuar su rectificación."
Claramente refleja que la segunda factura "RECTIFICA la inicial", por lo tanto, debe ser una Rectificativa

sglorka 16-09-2024 13:18:42

Cita:

Empezado por Franche (Mensaje 557245)
de la forma que he comentado también es válida y evitas que el usuario manipule la rectificativa que es cuando vienen los problemas para los desarrolladores.

¿ Por qué es un problema esto ?. Imagino que lo dices porque si te equivocas otra vez en la rectificativa tendrías que volver a rectificarla. Bueno, eso no es ningún problema, se puede rectificar facturas rectificativas, siguen el mismo proceso que la rectificación de una ordinaria. Si te equivocas en la factura ordinaria final, también vas a tener que rectificarla. No veo el impedimento

bmfranky 16-09-2024 13:25:14

Rectificativas ejemplos.
 
Entonces, por tenero mas claro,(Que cada vez estoy mas echo un obillo), en el caso de que propongo de ejemplo de la bateria, tendria que emitir una factura en negativo de la bateria, poniendo que es Rectificativa por diferencias, y una factura en positivo con la cantidad de la bateria nueva?, y darle las 2 al cliente?
Y en verifactu, las podemos enviar a la vez, en la misma consulta.

sglorka 16-09-2024 13:29:45

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 557250)
Entonces, por tenero mas claro,(Que cada vez estoy mas echo un obillo), en el caso de que propongo de ejemplo de la bateria, tendria que emitir una factura en negativo de la bateria, poniendo que es Rectificativa por diferencias, y una factura en positivo con la cantidad de la bateria nueva?, y darle las 2 al cliente?

No. Tendrías que emitir sólo una rectificativa x diferencia R1.
Línea 1 Batería -1Ud Precio 10€ Iva 21% Subtotal -10€
Línea 2 Batería 1Ud Precio 15€ Iva 21% Subtotal 15€

bmfranky 16-09-2024 13:30:34

Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 557251)
No. Tendrías que emitir sólo una rectificativa x diferencia R1.
Línea 1 Batería -1Ud Precio 10€ Iva 21% Subtotal -10€
Línea 2 Batería 1Ud Precio 15€ Iva 21% Subtotal 15€

Muchas gracias, por responder tan rapido.
supongo que entre las lineas 1 y 2 deberia identificar a la factura que se rectifica, con el tipico, abono parcial de la factura xx/2022, o realmente no es necesario, como pone en los FaQ del SII?

Franche 16-09-2024 13:33:54

yo no lo haría así, lo haría así :
FRA1 : IMPORTE: 10€
RECTI1: IMPORTE -10€ Rectifica la factura : FRA1 (sustitutiva) (esta factura se haría de forma automatica para que el usuario no manipule nada)
FRA1: IMPORTE 15€

y al cliente le enviarías las 3 facturas.

Saludos

bmfranky 16-09-2024 13:36:28

Cita:

Empezado por Franche (Mensaje 557253)
yo no lo haría así, lo haría así :
FRA1 : IMPORTE: 10€
RECTI1: IMPORTE -10€ Rectifica la factura : FRA1 (sustitutiva) (esta factura se haría de forma automatica para que el usuario no manipule nada)
FRA1: IMPORTE 15€

y al cliente le enviarías las 3 facturas.

Saludos

Gtacias por la respuesta, suppongo que el segundo FRA1, es un fallo de tipeo, porque no se pueden repetir numeros de factura... ;-)

sglorka 16-09-2024 13:45:21

Cita:

Empezado por Franche (Mensaje 557253)
yo no lo haría así, lo haría así :
FRA1 : IMPORTE: 10€
RECTI1: IMPORTE -10€ Rectifica la factura : FRA1 (sustitutiva) (esta factura se haría de forma automatica para que el usuario no manipule nada)
FRA1: IMPORTE 15€

y al cliente le enviarías las 3 facturas.

Saludos

Estarías yendo en contra de lo que marca el sistema inmediato de información

Opción 2: La modificación por sustitución supondría emitir una factura con base
imponible de -1000 € y una factura rectificativa en la que se indicará que la base
imponible es de 800 €.

En la primera factura los campos y claves a consignar en el Libro registro de
Facturas Expedidas son:
Tipo Comunicación: A0
Tipo Factura: F1
Fecha Operación: dejar en blanco
Fecha expedición: 18/10/2021
Periodo liquidación: 10/2021
Desglose IVA: se indicará el importe que se rectifica con signo contrario (base
imponible: (-1.000), cuota repercutida (-210).

En la segunda de las facturas rectificativas los campos y claves a consignar en el
Libro registro de Facturas Expedidas son:
Tipo Comunicación: A0
Tipo Factura: Rx
Tipo Rectificativa: S
Fecha Operación:01/05/2021
Fecha expedición: 18/10/2021
Periodo liquidación : 10/2021

https://sede.agenciatributaria.gob.e...023V-FINAL.pdf

sglorka 16-09-2024 16:43:35

Cita:

Empezado por Mlopez (Mensaje 557231)
Buenos días a todos,
Estamos también montando todo esto en nuestro software y nos están surgiendo algunas dudas con el tratamiento de los mensajes de Anulación y Subsanar, he visto algunos comentarios al respecto en mensajes atrás del foro, pero no me termina de quedar claro sobre estos puntos que se va a permitir, o como es mejor orientarlo:

-Si una vez hecha una factura en el sistema y creado su registro con huella y encadenado y enviado, pero aún no enviada al cliente, el usuario se da cuenta que es un error y por ejemplo esa factura no procede o está completamente incorrecta por ejemplo porque se haya equivocado de cliente, entendemos que se podría borrar de la tabla de facturas registrando y enviando un registro de Anulación, pero posteriormente cuando se genere la factura que realmente debiera ocupar ese número de factura, se podrá registrar y enviar con alta por subsanación con ese mismo número de factura (como se puede en el SII) o por haber sido registrado ese número anteriormente y anulado ya no se podría enviar y habría que dejar ese hueco en la numeración de facturas tanto en el erp como en el software contable y darle el siguiente número?

-Sobre los registros de subsanación, se sabe que datos o campos de la factura va a aceptar corregir o si admitirá cambiar completo como en el caso del SII(excepto los campos clave), es decir por ejemplo si al crear la factura y registrarla pero aún no enviada al cliente, se detecta que el cliente o su nif es incorrecto, o que se ha incluido una línea o albarán que no estaba todavía, se podrá corregir enviando un registro de alta por subsanación, o aunque no esté todavía enviada ni haya salido del erp estaría obligado a realizar rectificativas?

Saludos.

Si una vez hecha una factura en el sistema y creado su registro con huella y encadenado y enviado, pero aún no enviada al cliente, el usuario se da cuenta que es un error y por ejemplo esa factura no procede o está completamente incorrecta por ejemplo porque se haya equivocado de cliente, entendemos que se podría borrar de la tabla de facturas registrando y enviando un registro de Anulación, pero posteriormente cuando se genere la factura que realmente debiera ocupar ese número de factura, se podrá registrar y enviar con alta por subsanación con ese mismo número de factura (como se puede en el SII) o por haber sido registrado ese número anteriormente y anulado ya no se podría enviar y habría que dejar ese hueco en la numeración de facturas tanto en el erp como en el software contable y darle el siguiente número?

Puedes emitir un registro de anulación para una factura emitida y enviada. Dicha factura la dejarás a cero en tu sistema y el registro de anulación la dejará anulada en la Aeat. Ese número de factura ya no podrás utilizarlo en el mismo año fiscal, porque ya tienes una factura emitida con ese número en el mismo año fiscal, no existe ningún hueco en la facturación, ya que debes mantener esa factura anulada en tu sistema sin líneas o con líneas y unidades a cero para que su valor sea cero. Si generas el mismo número pero con fecha de expedición distinta, te lo va a aceptar el SII y Verifactu, ya que la clave del registro de facturación es * NifObligado Tributario-NumeroSerieFactura-FechaExpedición * pero no es lo que debes hacer.

-Sobre los registros de subsanación, se sabe que datos o campos de la factura va a aceptar corregir o si admitirá cambiar completo como en el caso del SII(excepto los campos clave), es decir por ejemplo si al crear la factura y registrarla pero aún no enviada al cliente, se detecta que el cliente o su nif es incorrecto, o que se ha incluido una línea o albarán que no estaba todavía, se podrá corregir enviando un registro de alta por subsanación, o aunque no esté todavía enviada ni haya salido del erp estaría obligado a realizar rectificativas?

Los registros de subsanación sólo se pueden emitir cuando no sea necesaria la emisión de una factura rectificativa y los campos que podrías subsanar deberían ser aquellos que no afecten a la modificación de la base imponible, tipos y cuotas, identificación del destinatario, etc. Sólo se debería permitir subsanar campos del tipo, Régimen tributario, Fecha de Operación, tipo de identificación del destinatario, tipo de factura rectificativa, ..etc. Ahora, si subsanas también bases tipos y cuotas seguro que te lo acepta, aunque ante una inspección estarías sin red.

newtron 16-09-2024 16:57:44

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 557214)
Ok, he llegado hasta esta línea que me da un "access violation" y no sé por qué. ¿Te suena de algo?

Código Delphi [-] newNode := Factura.RegistroAlta.ObjectToSOAP( ARootNode, AParentode, MOPToSoapDomConvert, 'RegistroAlta', Swdsl,'T',[ocoDontPrefixNode,ocoDontPutTypeAttr], RefId );

Gracias y un saludo.


Ok. Al final he encontrado el problema. Resulta que estaba haciendo un "free" del objeto "XSDatetime" una vez asignado al objeto "Factura" y se ve que (como me ha pasado en otras ocasiones) pierde el valor en el objeto "Factura" si liberas de memoria la variable que le has asignado. He cambiado el "Free" de sitio y funciona.


Saludos.

bmfranky 16-09-2024 17:47:19

Cita:

Empezado por sglorka (Mensaje 557257)
Si una vez hecha una factura en el sistema y creado su registro con huella y encadenado y enviado, pero aún no enviada al cliente, el usuario se da cuenta que es un error y por ejemplo esa factura no procede o está completamente incorrecta por ejemplo porque se haya equivocado de cliente, entendemos que se podría borrar de la tabla de facturas registrando y enviando un registro de Anulación, pero posteriormente cuando se genere la factura que realmente debiera ocupar ese número de factura, se podrá registrar y enviar con alta por subsanación con ese mismo número de factura (como se puede en el SII) o por haber sido registrado ese número anteriormente y anulado ya no se podría enviar y habría que dejar ese hueco en la numeración de facturas tanto en el erp como en el software contable y darle el siguiente número?

Puedes emitir un registro de anulación para una factura emitida y enviada. Dicha factura la dejarás a cero en tu sistema y el registro de anulación la dejará anulada en la Aeat. Ese número de factura ya no podrás utilizarlo en el mismo año fiscal, porque ya tienes una factura emitida con ese número en el mismo año fiscal, no existe ningún hueco en la facturación, ya que debes mantener esa factura anulada en tu sistema sin líneas o con líneas y unidades a cero para que su valor sea cero. Si generas el mismo número pero con fecha de expedición distinta, te lo va a aceptar el SII y Verifactu, ya que la clave del registro de facturación es * NifObligado Tributario-NumeroSerieFactura-FechaExpedición * pero no es lo que debes hacer.

-Sobre los registros de subsanación, se sabe que datos o campos de la factura va a aceptar corregir o si admitirá cambiar completo como en el caso del SII(excepto los campos clave), es decir por ejemplo si al crear la factura y registrarla pero aún no enviada al cliente, se detecta que el cliente o su nif es incorrecto, o que se ha incluido una línea o albarán que no estaba todavía, se podrá corregir enviando un registro de alta por subsanación, o aunque no esté todavía enviada ni haya salido del erp estaría obligado a realizar rectificativas?

Los registros de subsanación sólo se pueden emitir cuando no sea necesaria la emisión de una factura rectificativa y los campos que podrías subsanar deberían ser aquellos que no afecten a la modificación de la base imponible, tipos y cuotas, identificación del destinatario, etc. Sólo se debería permitir subsanar campos del tipo, Régimen tributario, Fecha de Operación, tipo de identificación del destinatario, tipo de factura rectificativa, ..etc. Ahora, si subsanas también bases tipos y cuotas seguro que te lo acepta, aunque ante una inspección estarías sin red.


Una pregunta, si previsualizo la factura, sin asignarle numero ni nada, para verificarla y la cancelo, cara a la ley anti fraude, sabeis si seria ilegal.
Lo digo porque lo estoy implementando asi, si esta correcta , en mi caso ortograficamente y demas..., le asignaria un numero de factura y crearia todos los registros pertinentes, incluida la huella, enviarla a verifactu, etc...
Si no, salgo de la funcion de facturacion, sin alterar ningun registro, asi puedo volver para atras, para añadir, modificar y demas...

bmfranky 16-09-2024 17:50:35

Es que segun lei, una vez asignado un numero de factura y demas, ya no se puede volver atras, ni modificar sin generar una rectificativa.

newtron 16-09-2024 18:30:50

El generar un documento sin asignar ni crear la factura no debe de ser problema fiscal porque la factura no existe hasta que no confirmas, le asignas un número y (en teoría) enviarse de forma directa a VeriFactu.


Saludos.


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 20:17:23.

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