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Jarogo08 13-05-2025 13:37:08

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 564562)
Me imagino la formula así, (TimestampActual - TimestamGenerado)+60 >=240 pues a la cola de error.


No, porque entonces estarás mandando uno que tiene 190 segundos como incidencia, y te dice que no puede ser.


vuelvo a insistir, creo que el método correcto es (según yo, claro :D):

1- salta el proceso que envía. ¿hay registros pendientes de enviar? Pasamos al punto 2
2- ¿alguno de esos registros pendientes tiene más de 240 segundos? preparamos un envío sólo con esos y los enviamos (marcando la cabecera con Incidencia a "S")

En 60 segundos vuelve a saltar el proceso y estamos nuevamente en el punto 1

novatico 13-05-2025 15:25:58

Yo he preguntado al correo de Verifactu lo mismo y esto es lo que me han contestado:

Buenos días:

Por un lado, le informamos que el envío de los registros de facturación "RF" (que no de las facturas mismas) debe producirse en los términos del artículo 16.1 del RRSIF (reglamento de los requisitos de los sistemas informáticos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre) de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente. Para otorgar el carácter de instantánea a la remisión (lo cual puede entenderse como inmediatamente después de la expedición de las facturas, sin que exista una demora, o, si esta existe, que sea mínima), se ha establecido un mecanismo en el que si se superan los 240 segundos (actualmente es el umbral establecido) entre la fecha y hora de generación del registro (campo "FechaHoraHusoGenRegistro" del registro de facturación) y su recepción en los sistemas de la AEAT (campo "TimeStampPresentacion" de la respuesta obtenida) el registro se aceptará pero en estado "Aceptado con errores" e indicando el error 2004: El valor del campo FechaHoraHusoGenRegistro debe ser la fecha actual del sistema de la AEAT, admitiéndose un margen de error de: 240 segundos. Este error se excepciona de la necesidad de ser subsanado por lo que no será necesaria ninguna operación posterior.

Por otro lado, se ha establecido un mecanismo de control de flujo que determina que deben transcurrir 60 segundos tras la última presentación o bien acumular 1000 registros a enviar, la circunstancia que ocurra primero, para poder remitir el siguiente envío.

Por lo tanto, en casos de grandes volúmenes, si generar 1000 registros antes de los 60 segundos, podrá realizar la siguiente remisión. Si no es el caso y deben generar un gran lote de facturas, a medida que vayan generando los registros de facturación, cuando transcurran 60 segundos deben realizar el envío de los registros que hayan generado hasta ese momento y así sucesivamente cada 60 segundos.

Únicamente en caso de incidencias que impidan la inmediata remisión, por causas ajenas al SIF, como pérdida de internet, certificado electrónico caducado o problemas en el hardware que lo soporta, deben agrupar todos los registros generados durante dicho intervalo y marcar el campo denominado "Incidencia" a "S" de la cabecera de la remisión. Pueden consultar más detalles en el artículo 16 de la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.

Yo voy a tomar la siguiente decisión:
Cada vez que tenga que realizar un envío, voy a mirar todos los Registros de Facturación pendientes de enviár (en mi caso no puede darse que superen los 1000), me voy a posicionar en el último Registro de Facturación. Si éste supera los 240 segundos, entonces marcaré el envío con "Incidencia=S". en caso contrario no. De forma que, si algún Registro de facturación supera los 240 segundos, volverá como "Aceptado con errores", pero como no debe subsanarse, no tengo que hacer nada.

ermendalenda 13-05-2025 15:54:22

Gracias
Me acabo de enterar que han subido el tiempo a 240segunfos
Esto no termina

Jarogo08 13-05-2025 16:21:00

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 564570)
Yo voy a tomar la siguiente decisión:
Cada vez que tenga que realizar un envío, voy a mirar todos los Registros de Facturación pendientes de enviár (en mi caso no puede darse que superen los 1000), me voy a posicionar en el último Registro de Facturación. Si éste supera los 240 segundos, entonces marcaré el envío con "Incidencia=S". en caso contrario no. De forma que, si algún Registro de facturación supera los 240 segundos, volverá como "Aceptado con errores", pero como no debe subsanarse, no tengo que hacer nada.


Supongo que funcionará... pero no estarás cumpliendo lo que dice la ley (mandas registros "antiguos" sin la marca "Incidencia=S")

¿te supone mucho cambio hacerlo de otra manera? ordenas de más reciente a más antigo, y si el último de la lista (el más antiguo) supera los 240 segundos haces un envío con todos los que se pasen de esos 240 segundos. Y los más recientes quedan para el próximo envío que será en 60 segundos

ermendalenda 13-05-2025 16:40:37

Ojo, parece que pueden estar cambiando el.flujo de envios desde que han puesto los 240 segundos de margen.
Antes tenías que enviar todo lo pendiente(pasados los 60 segundos) como incidencia
Ahora parece que al tener más margen, te dicen que no, que envíes solo los que están como incidencia revisar control De flujos, lo han complicado.

novatico 13-05-2025 17:07:18

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 564572)
Supongo que funcionará... pero no estarás cumpliendo lo que dice la ley (mandas registros "antiguos" sin la marca "Incidencia=S")

¿te supone mucho cambio hacerlo de otra manera? ordenas de más reciente a más antigo, y si el último de la lista (el más antiguo) supera los 240 segundos haces un envío con todos los que se pasen de esos 240 segundos. Y los más recientes quedan para el próximo envío que será en 60 segundos

Por como tengo diseñado el Control de Flujo, solamente puede haber registros que superen los 240 segundos, porque se se haya producido un problema en el sistema, por alguna de las causas que ellos mismos especifican, pues el proceso va a estar revisando cada 60 segundos. Realmente, si supera los 240 segundos, lo superará por mucho más.

ermendalenda 13-05-2025 17:40:48

Si quieren cambiar eso tienen que cambiar una cosa.
Imaginaos que pasa
Se va la Red
Vuelve y me encuentro con 2 registros
Uno que ha pasado 1 hora
Otro que han pasado 200segundos
Si solo envias el primero como incidencia y te devuelven que esperes 60 segundos al enviar el siguiente también tienes que enviarlo como incidencia.
O una de 3:
Opcion 1: cuando mandas una incidencia te envían t=0 envías inmediatamente el que no está como incidencia
Opcion 2: todos los que hayan pasado de 180 segundos enviarlos como incidencia.
Opcion 3:Que te digan como antes, que mandes todo como incidencia.

Anteriormente, tengo consultas que si intentabas enviar un registro y no te daba conexión, ya podías marcarlo como incidencia y marcarlo como tal.
Si no he entendido mal, ahora si están dentro de los 240segundos hay que enviarlos aparte.
Como sean la opción 1 ó 2 a cambiar control de flujos toca.

Interminable
Enviada consulta, a ver que responden

rci 13-05-2025 17:44:08

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 564576)
Anteriormente, tengo consultas que si intentabas enviar un registro y no te daba conexión, ya podías marcarlo como incidencia y marcarlo como tal.

Podrías coger esos correos de respuesta de consultas donde indicaban eso y repreguntar para comprobar si te dicen que han cambiado el criterio...

Jarogo08 13-05-2025 17:50:11

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 564576)
Si quieren cambiar eso tienen que cambiar una cosa.
Imaginaos que pasa
Se va la Red
Vuelve y me encuentro con 2 registros
Uno que ha pasado 1 hora
Otro que han pasado 200segundos
Si solo envias el primero como incidencia y te devuelven que esperes 60 segundos al enviar el siguiente también tienes que enviarlo como incidencia.
O una de 3:
Opcion 1: cuando mandas una incidencia te envían t=0 envías inmediatamente el que no está como incidencia
Opcion 2: todos los que hayan pasado de 180 segundos enviarlos como incidencia.
Opcion 3:Que te digan como antes, que mandes todo como incidencia.


o la opción 4... envías el que ha pasado 1 hora como incidencia, te devuleven 60 segundos, los esperas, y mandas el que ha pasado 200 + 60 como incidencia (que creo que es el correcto)

ermendalenda 14-05-2025 07:18:20

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 564578)
o la opción 4... envías el que ha pasado 1 hora como incidencia, te devuleven 60 segundos, los esperas, y mandas el que ha pasado 200 + 60 como incidencia (que creo que es el correcto)

Coreecto, parece que es la que proponen, pero la veo absurda, ya que la interpretación del control de flujos puede dar lugar a 2 interpretaciones.
Como ese registro ya estuvo en tiempo de envio(el de 200segundos), ya intenté enviarlo hace 1 minuto(por ejemplo) y al no poder mandarlo lo pude marcar como incidencia, o no?
Yo lo veo hasta opcional.

delphiGar 14-05-2025 07:51:45

La Incidencia, vuelvo a repetir, es porque no lo has podido enviar en el tiempo que se genero por causas externa, como que no tienes Internet, en nignun sitio
pone que sea por que se haya pasado los 240 segundos, sino al contrario, que debemos marcarlo por que ha habido una incidencia a la hora de enviar.

Yo he echo la consulta y estoy esperando la respuesta.

Pero no tiene ninguna logica ese planteamiento, ya que lo que quiere la AEAT es tener los registros en el momento, y hacer dos envios de lo mismo
generado en el mismo paquete que se va a enviar lo veo absurdo, ya que como digo la Incidencia es de todos, no solo de los 240 segundos.

Veremos lo que me contestan.

Tambien hay que tener cuidado con quien te contesta, ya que hemos visto en otras preguntas que se les ha echo que pueden tener un caracter subjetivo.
No son inspectores los que contestan.

ermendalenda 14-05-2025 08:47:01

Cita:

Empezado por delphiGar (Mensaje 564586)
La Incidencia, vuelvo a repetir, es porque no lo has podido enviar en el tiempo que se genero por causas externa, como que no tienes Internet, en nignun sitio
pone que sea por que se haya pasado los 240 segundos, sino al contrario, que debemos marcarlo por que ha habido una incidencia a la hora de enviar.

Yo he echo la consulta y estoy esperando la respuesta.

Pero no tiene ninguna logica ese planteamiento, ya que lo que quiere la AEAT es tener los registros en el momento, y hacer dos envios de lo mismo
generado en el mismo paquete que se va a enviar lo veo absurdo, ya que como digo la Incidencia es de todos, no solo de los 240 segundos.

Veremos lo que me contestan.

Tambien hay que tener cuidado con quien te contesta, ya que hemos visto en otras preguntas que se les ha echo que pueden tener un caracter subjetivo.
No son inspectores los que contestan.

También he mandado xonsulta, no parece que esté muy bien detallado (o analizado) cierto escenarios.

Sistel 14-05-2025 10:28:17

Hola,

Perdón por la duda, pero siempre hablamos de los 240 segundos como límite máximo para el envío.
Pero no encuentro ese dato de los 240 segundos en ninguno de los documentos oficiales publicados hasta ahora.
¿Alguien me puede indicar en qué documento aparece ese límite?
Gracias.

Saludos

novatico 14-05-2025 10:33:03

También podemos pedirles que en lugar de poner "Incidencia=S", se pueda poner "Incidencia=P" que signifique "Parcialmente incidencia" jajajajaja

Perdón, perdón, necesitaba poner un poquito de humor.

novatico 14-05-2025 10:34:34

Cita:

Empezado por Sistel (Mensaje 564595)
Hola,

Perdón por la duda, pero siempre hablamos de los 240 segundos como límite máximo para el envío.
Pero no encuentro ese dato de los 240 segundos en ninguno de los documentos oficiales publicados hasta ahora.
¿Alguien me puede indicar en qué documento aparece ese límite?
Gracias.

Saludos

Si miras más atrás, verás un post mío con una respuesta de verifactu en que dicen que actualmente, ese es el tiempo límite.

Sistel 14-05-2025 10:50:09

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 564597)
Si miras más atrás, verás un post mío con una respuesta de verifactu en que dicen que actualmente, ese es el tiempo límite.

Sí, lo había leído. Gracias.
Pero lo que no encuentro es la normativa legal que establece ese tiempo límite en 240 segundos.

Saludos

bmfranky 14-05-2025 13:24:45

Cita:

Empezado por Sistel (Mensaje 564598)
Sí, lo había leído. Gracias.
Pero lo que no encuentro es la normativa legal que establece ese tiempo límite en 240 segundos.

Saludos

Hola, normativa legal no hay, pero es lo que responde el error 2004, así que es a lo que nos acogemos.
Código:

<Operacion>
      <TipoOperacion xmlns="https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/tike/cont/ws/SuministroInformacion.xsd">Alta</TipoOperacion>
    </Operacion>
    <EstadoRegistro>AceptadoConErrores</EstadoRegistro>
    <CodigoErrorRegistro>2004</CodigoErrorRegistro>
    <DescripcionErrorRegistro>El valor del campo FechaHoraHusoGenRegistro debe ser la fecha actual del sistema de la AEAT, admitiéndose un margen de error de: 240 segundos.</DescripcionErrorRegistro>
  </RespuestaLinea>


ermendalenda 14-05-2025 14:59:55

Cita:

Empezado por Sistel (Mensaje 564598)
Sí, lo había leído. Gracias.
Pero lo que no encuentro es la normativa legal que establece ese tiempo límite en 240 segundos.

Saludos

Los 240 segundos, no es un periodo de gracia para enviar es un margen de error de tiempo, si no por que la hora de tu sistema no esté con la misma hora sincronizada que lps servidores de hacienda, en la OM ese tiempo de desfase estaba a 60 segundos, supongo que al igual que yo les dije que ese tiempo era demasiado restrictivo además de que tebia un fallo al poner el t +60 ya que no contemplaban los posibles retardos de envio y que lo lógico que fuera los 60 segundos más un tiempo prudencial de envío, me respondieron que era correcto y que lo aumentarian levemente, tal y comente en otro post, y como digo, se habrán quedado más gente lo han aumentado a 240.
A tu pregunta si está detallado en algún documento es no, es una información adicional que te pueden proporcionar o puedes ver en la respuesta de un envio enviado fuera de ese intervalo de 240 segundos, por consiguiente no cabe quejarse por una mejora en las restricciones de la OM

ermendalenda 14-05-2025 15:04:49

Ayer envié una consulta al respecto de los envíos como incidencia sí o no de los registros recientes después de 60 segundos si se envían o no.
Y me han dado la respuesta genérica de que lo que se envíe fuera de hora es como incidencia y el resto no.
Pero esta mañana les puse una consulta mucho más detalla con el ejemplo que puse en este hilo de un registro con 200 segundos. A ver que me contestan a ese.

ermendalenda 14-05-2025 17:09:04

Aclarado, podéis enviarlo en el mismo envío de la incidencia o no. Según el control de flujos que hagáis

Aquí tenéis la respuesta clara:
Cita:

Buenas tardes:

La normativa no fija un umbral concreto que determine la existencia de una incidencia. No obstante, se considera razonable que, si el sistema detecta fallos consecutivos en los intentos de comunicación o si transcurre un plazo de tiempo sin que haya podido completar el envío y recibir su respuesta (por ejemplo uno o dos minutos) se active el mecanismo.

Respecto a las cuestiones planteadas:

1. Las remisiones de registros con la marca de Incidencia a "S" devolverán igualmente como tiempo de espera 60 segundos. No obstante, si por volumen de facturación, al ser, supuestamente, casos puntuales se admitirá que la siguiente remisión no respete el tiempo de espera. Le confirmamos que no habrá rechazo cuando una remisión se envíe antes de los 60 segundos estipulados pero se revisará que no se produzcan abusos al respecto.

2. Sí. Entendemos que el registro generado hace 200 segundos ya ha tratado de enviarlo varias veces ( y no ha recibido respuesta) por lo que se puede considerar afectado por la incidencia (a pesar de estar dentro del margen de los 240 segundos).


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 23:39:46.

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Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi