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Para quitarte del SII sí que tienes que esperar a que termine el año. Pero puede darse el caso que empiezas en Verifactu y en febrero te notifican que como cumples los requisitos tienes que pasarte al SII. Y te cambias el 1 de marzo, por ejemplo. |
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Cierto, el cambio puede ser de verifactu a SII pero ese cambio me preocupa menos, aparte que tiene que enviar el documento para solicitarlo tendrá que decírnoslo a nosotros para activarle el módulo del SII. El problema sería al contrario
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Bueno, yo tengo un caso concreto en que nos avisaron, no recuerdo si en Febrero o Marzo, de que habian llegado al importe para enviar pór SII y requirieron todos los registroa por SII desde el 1 de Enero.
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Respuesta de verifactu:
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Hacienda no te va a cambiar en medio de un ejercicio, es una decisión del cliente. Es algo muy puntual, quizá pueda pasar en enero cuando todo el mundo se vuelva loco y decidan meterse en SII pero creo que a la larga es más trabajo tener el IVA mensual, no sé creo que será algo anecdótico el cambio de uno a otro en un mismo ejercicio.
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yo ya no sé si me estoy volviendo majareta pero os pongo un correo de ayer preguntando sobre el número de instalación si es por CIF.
Pregunta Ayer: Cita:
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Pregunta Hoy: Cita:
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Hay que meter el cif en el número de instalación, está claro, y te quitas de problemas
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Preproducción en empresas reales
Buenos días,
nosotros tenemos más o menos casi todo acabado, pero nos gustaría probarlo y pulirlo en entornos reales, sin embargo, existe el miedo de que estas pruebas puedan suponer algún problema para las empresas con la AEAT. Así, se nos ha ocurrido que podemos actualizar a un par de empresas que están con nosotros pero que manden los registros a la dirección de pruebas. (https://prewww1.aeat.es/wlpl/TIKE-CO.../VerifactuSOAP) Y cuando lo tengamos 100% pulido pasar a la dirección real. (https://www1.agenciatributaria.gob.e.../VerifactuSOAP) La pregunta es ¿Es del todo legal que una empresa real con su certificado empiece a emitir las facturas a la dirección de prueba y esté con este modo durante un tiempo hasta que hagamos las correcciones necesarias para que pueda funcionar con la dirección de producción real? Un saludo. :) |
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El entorno de preproducción es solo para empresas de desarrollo. Pero iría muy bien poder hacerlo ... |
Dijeron que de hacer pruebas en producción simplemente habría que ponerles una serie de pruebas y luego anular cada registro enviado.
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En la pregunta 11 de las FAQ te lo dicen, no se puede, es un contratiempo porque en su día tambien pensamos ponerlo en un principio a algún cliente para depurarlo mejor.
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Claro, lo mismo que se hizo con SII.
De hecho, con clientes que van a pasar a SII voluntariamente, los primeros días, antes de su entrada oficial, los configuramos en entorno de PRUEBAS para que se acostumbren. |
Cita:
* Para no escribir más de la cuenta. * Para evitar las mismas cuestiones en sitios distintos. * Para tener que consultar varios hilos para lo mismo. * Y sobre todo ;), para evitar que luego moderadores y administradores tengamos que andar moviendo, borrando o y combinando hilos. Hay varios hilos al respecto. En concreto en este: https://www.clubdelphi.com/foros/sho...=preproduccion El usuario [novatico] puso la pregunta y la respuesta de la AEAT y es clara a este respecto: https://www.clubdelphi.com/foros/sho...52&postcount=9 "Dicho esto, clarificar que el servicio VERI*FACTU en preproducción de la AEAT ("entorno de pruebas") SOLO se proporciona a los fabricantes de SIF para que puedan realizar sus pruebas en la fase de desarrollo de los SIF de cara a asegurar que su producto funciona correctamente, pero NO en la comercialización de productos acabados." Y esto en cuanto a lo que debe hacer el usuario: "si se desea poder probar el SIF, deberá ser con el certificado electrónico cualificado válido y admitido instalado (porque, si no es así, el SIF no puede estar operativo y ser usado). Desde ese momento, el usuario puede ya expedir facturas con él, que siempre serán "reales" (con su QR tributario, y cuyos RF de alta son remitidos a la AEAT) pero, en este caso, al ser expedidas con la intención de hacer pruebas (y no corresponderse con bienes entregados o servicios prestados), la normativa contempla que para las facturas expedidas que no sean tales, siempre y cuando no diga otra cosa el reglamento de obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, deberá procederse a la inmediata posterior anulación de ellas (para que no cuenten como facturas reales), por lo que luego deberían siempre ser anuladas por el usuario, remitiéndose entonces automáticamente a la AEAT el debido RF de anulación (sin perjuicio de que, además, el usuario "describa" esas facturas con algún texto que las califique "de pruebas"). " |
Procedo a combinar ambos hilos...
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No me había fijado que ya existía este tema...
Pero muchas gracias por la respuesta!! :) |
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¿Cómo tenéis pensado hacer el cambio de Preproducción a Producción, si la fecha es distinta para personas jurídicas (01/01) y físicas (01/07)?
Para automatizarlo, habría que saber de antemano si la persona que está instalando el software es persona física o jurídica, no? Lo preguntáis durante la instalación? Confiáis que el usuario lo configure bien? ¿Confiáis que el empresario sabe la diferencia entre ambas cosas, porque ya te digo yo que tengo clientes que no saben si su "comunidad de bienes" es jurídica o física... |
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A mi lo mejor que se me ocurre es un botón "mágico" para activarlo que y sea el usuario el que lo active cuando le toque. |
Nosotros lo tenemos que bien lo activamos nosotros si actualizamos antes del año que viene o por defecto se activara para todos los que no tengan el SII el 1/1/2026, no tenemos (creo) ningún autonomo. Aunque si por cualquier caso teniendo que empezar el 1/7 empezara el 1/1 tampoco tendría problema supongo yo. ¿?¿?¿?
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Por el numero de identificacion fiscal puedes filtrarlo suppngo.
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Nosotros en la configuración de cada empresa hay un campo con la "fecha de activación Veri*Factu". Ese campo lo puede informar/modificar el usuario pero tiene controles:
Cogiendo el CIF de la empresa, detectamos si es persona física o jurídica y a partir de aquí establecemos el valor máximo que puede tener esa fecha de activación. Si el usuario intenta salvar la empresa con una fecha fuera de ese control o sin fecha, no puede salvar. Si el usuario indica una fecha válida, por ejemplo hoy, ya puede empezar a generar RFs y enviarlos automáticamente. Así es como funciona ahora y hasta que se llegue a las fechas de entrada obligatoria. A partir de esas fechas, ya no se tiene en cuenta este campo de fecha y queda activado automáticamente, dependiendo del tipo de empresa obtenido a partir del CIF. Utilizamos la siguientes reglas para decidir si es persona física o jurídica a partir del CIF: Si el CIF empieza por una letra, excepto X,Y o Z, se considera persona jurídica. => 01/01/2026 Si el CIF empieza por número y termina en letra, se considera persona física. => 01/07/2026 En el caso que empiece por X,Y o Z y termine por letra es un NIE y se considera persona física. => 01/07/2026 Si no conseguimos identificar el tipo de persona a partir del CIF, establecemos la primera fecha (01/01/2026) como fecha de obligatoriedad El CIF tiene que ser válido porque sino, tampoco se puede salvar la configuración de la empresa. lo validamos contra webservice de AEAT. Por favor, podéis decirme si os parecen válidas esas reglas de detección de tipo de empresa y asignación de fecha máxima de entrada en Veri*Factu? EDITO Ahora veo que hay algun fallo en estas reglas, por ejemplo en una comunidad de bienes, que el CIF empieza por la letra E pero la fecha de obligatoriedad creo que es 01/07/2026 :( tendré que mejorarlo. Alguna ayuda? Muchas gracias |
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No lo comentas pero entiendo que controlas que puede estar exento de VeriFactu por estar (por ejemplo) en el SII. Saludos. |
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Creo que son personas jurídicas (para la AEAT) las que su NIF empieza por: A Sociedades Anónimas (S.A.) B Sociedades Limitadas (S.L.) C Sociedades Colectivas D Sociedades Comanditarias F Sociedades Cooperativas G Asociaciones y Fundaciones J Sociedades Civiles con actividad mercantil N Entidades no residentes W Establecimientos permanentes de no residentes El resto (comunidades de bienes, comunidades de propietarios, etc) creo que son personas físicas. Saludos |
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También se indica la agencia, si el valor es "Navarra" o "Extranjera" (por ejemplo Andorra), ya no es obligatorio tener activado ni SII ni TicketBAi ni Veri*Factu. Pero esos valores no los puede escoger manualmente el usuario, los asignamos nosotros a partir de la licencia del programa gracias |
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ahora preguntando a la IA de Microsoft Copilot me ha dicho algunos valores diferentes: Cita:
Hay algún lugar donde podamos asegurar esos valores? voy a enviar consulta a Veri*Factu a ver si me lo aseguran. o no se si preguntar... porque me van a decir que cuando actualice a la versión adaptada el programa ya tiene que generar registros de facturación y enviarlos (modo Veri*Factu), independientemente de la fecha obligatoria...:( muchas gracias |
He insistido a la IA de Microsoft Copilot preguntando sobre varios valores y ha ido corrigiendo su propuesta inicial.
Al final me ha dicho lo siguiente: Cita:
muchas gracias |
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¿Cómo tenéis pensado habilitar el envío a VeriFactu VOLUNTARIO antes de la entrada en vigor obligatoria?
Es decir, imaginemos una empresa, o persona física, que quiera empezar a enviar VeriFactu porque es un ansioso de la vida y hay gente que quiere probarlo todo YA aunque no sea obligatorio hasta que le toque. ¿Permitís el envío al Entorno de Pruebas o al de Producción? No me queda claro si pueden enviar YA al entorno de Producción (ni por qué querrían hacerlo, la verdad). Una vez llegada la fecha de entrada en vigor, ya me encargaría yo de cambiarlo a Producción, pero si alguien quiere "probar" antes, no sé muy bien si permitirlo y bajo qué requisitos. |
Si no me equivoco, si quieres hacer pruebas tú, a preproducción, en cambio si las quiere hacer el cliente, a producción.
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Si, el cliente no puede enviar al entorno de pruebas, en cuanto al cliente le actualices el SIF o hagas un cliente nuevo tiene que empezar a enviar a producción.
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O sea, que no hay forma de que el cliente final haga pruebas (para comprobar si está todo bien configurado, el certificado, etc.). Hay que fiarse de que todo vaya a funcionar bien y punto.
Entonces, si decide enviar antes de tiempo voluntariamente, sería siempre a Producción. ¿Qué pasaría entonces con los autónomos, que empiecen voluntariamente a enviar facturas reales por ejemplo en Marzo de 2026. ¿Constarían ya como facturas reales enviadas, o antes del 01/07/26 eso no cuenta? ¿Qué pasa con el paso de Producción Voluntaria a Producción Obligatoria? ¿Se sigue el encadenamiento o se empieza uno nuevo porque el anterior "era voluntario y no cuenta"? menudo lío y menuda forma de explicar las cosas tiene Hacienda. Y nos quejábamos con TicketBAI. Esto le da mil vueltas de tuerca a todo... |
Si el cliente quiere hacer pruebas tienes que mandar a producción con una serie especial (Ej: PRU20250700001) e inmediatamente después mandar registro de anulación.
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Recordar que si un cliente ansioso quiere entrar, DEBE hacerlo en producción. Los únicos que pueden usar entorno de pruebas son las empresas desarrolladoras, en ningún caso clientes finales. |
En realidad, si lo piensas, esto tiene sentido. Recordemos que, a partir del 29 de julio, todos los sistemas de facturación tienen que cumplir con Verifactu, lo que significa que pueden funcionar en uno de dos modos:
-Verifactu: envían en tiempo real todas las facturas a Hacienda (y "de verdad", no en pruebas, lógicamente). -No Verifactu: no envían las facturas, pero las guardan localmente de forma trazable, firmada electrónicamente, etc. Lo que no puede haber es un sistema de facturación que tenga la capacidad de cumplir con Verifactu pero no haga ninguna de las dos cosas, porque entonces no estaría cumpliendo con los requisitos de Verifactu. Sería como soplar y sorber a la vez. ¿Es un fastidio para hacer pruebas en producción? Pues sí... De hecho, yo me estoy preguntando si es legal que una empresa tenga ahora mismo en producción un software ya adaptado para Verifactu, pero sin tener éste activado aún. Un software que permita hacer eso, ¿no estaría incumpliendo la ley? |
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Aquí y ahora, lo que se debería perseguir es la adaptación a Verifactu, no el cumplimiento obligatorio, que está previsto para enero. Pero lo de la facilidad para la adaptación brilla por su ausencia y lo han cambiado por un campo de minas: esto no es "un fastidio", es un requisito que hacen obligatorio antes de tiempo y con consecuencias sancionables. Si estuviese tan claro y fuera tan fácil ya lo habrían hecho público por cincuenta lados, sin embargo se callan y dejan que las empresas se coman el marrón de explicarlo. Por algo sera... |
Un usuario puede disponer del software ya adaptado y no enviar hasta la obligatoriedad marcada por las fechas de la AEAT. Todo lo demás es darle vueltas al tema y buscarle los tres pies al gato.
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Poderse se puede hacer perfectamente, es más, es como debería estar hecho, pero no les da la gana. En todo caso, al menos, que no nos tomen por idiotas. |
Yo no voy a ser el que intente de convencer al usuario de lo que has expuesto con acierto anteriormente. Si al cliente no le da la gana de enviar hasta la fecha de obligatoriedad y la AEAT no envía un comunicado claro tanto al usuario OT como al desarrollador, no voy a ser yo quien le obligue.
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Hola!!
Al inicio de este hilo hablan de marcar el primero registro del 2026 como primer registro pero yo no encuentro nada en la documentación ni en las faqs que indique esto. Supongo que esto nació cuando se pensaba que habría un entorno "pre-producción" pero ellos mismos han indicando que nada de nada, que a producción directamente. Aún así he hecho la consulta pero...estamos en Agosto y llevo esperando desde el lunes pasado, con recordatorio el jueves y después de más de una semana no me han respondido a la consulta. |
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Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi