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sí, sí, es coña, pero es que me da la sensación que más de uno de la AEAT quisiera poder responder eso :)
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Sé que es broma, pero vamos, yo seguiría enviándoles el mismo email cada 2 horas durante 15 días desde cuentas distintas para petarles de trabajo
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Hoy en un webinar de Fiskaly decian que a un cliente se le puede reinstalar una versión anterior para que no envíe, pero yo entiendo que eso, ley en mano, no es posible porque desde el 29 de julio no podemos instalar versiones que no cumplan. Entiendo que ni a un cliente nuevo ni a uno antiguo. Es que no tiene sentido!!!
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Si la AEAT emitiera un comunicado claro y directo para desarrolladores, comercializadores y usuarios (no es tan difícil, ahí se entiende que hay gente competente). No nos estaríamos haciendo estas pajas mentales, y todo el mundo sería consciente de su responsabilidad.
Pero no lo hacen porque les interesa la confusión para que no haya responsabilidades de los funcionarios ni de los políticos. |
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Estás proponiendo los mismo que harán los clientes: "culpabilizaros a vosotros", cuando no ha sido vuestra decisión. Y el del Call Center a fecha de hoy seguro que tiene varias respuestas para realizar un copiar/pegar. En la que ha publicado 'novatico' queda clarísimo, al final se lavan las manos por que el tema no les toca a ellos resolver. |
Buenos días.
Gracias por la broma, STCebria. Efectivamente, 4 clientes que han comprado mi programa en estas últimas semanas, tenían otros programas viejos, que les siguen totalmente operativos, y me hacen esta pregunta: "Para reemplazar mi viejo programa de facturación, he comprado e instalado el pasado noviembre un programa nuevo, homologado Verifactu, y he empezado a enviar a Verifactu algunas facturas. ¿Puedo dejar de enviar facturas a Verifactu sin más, y volver a utilizar mi antiguo programa hasta 2027?" Desconozco los emails de información de la AEAT ¿A qué email/emails de la AEAT creéis que debo enviar esta pregunta y recibir una respuesta por escrito? Muchas gracias. |
yo creo que deberían ser los propios clientes quien pregunten a la AEAT
aqui hay 3 partes y 2 de ellas tienen responsabilidades la AEAT los desarrolladores los clientes y no se vosotros pero a mi ya me caga que toda las preocupaciones tengan que recaer de nuestra parte yo a un cliente que pregunta que puede hacer le diría la verdad 'mira, no lo se. pero pregunta tu en hacienda y a ver que te dicen' porque al final si solo no squejamos '4 desarrolladores' nos harán menos caso que si se quejan los 4 desarrolladores + los miles de pymes de su cartera de clientes |
pero de verdad os pensáis que antes de 2027 va a haber muchas inspecciones de hacienda, a ver si tu SIF cumple con verifactu, envía o deja de enviar?
Le pago un almuerzo a cada uno que se encuentre con una inspección de estas Por otra parte, para los clientes nuevos que se hagan, que NINGUNO va a querer enviar a verifactu si la ley no te obliga a 2027, que problema hay en ponerles tu software, con verifactu adaptado, pero sin enviar? 'Es que si tienes tu software adaptado a verifactu tienes que enviar' Vale, demuéstrame que este software es adaptado a verifactu y no es anterior a julio 2025 o es que el inspector de turno le va a hacer un polígrafo para ver cuando compró dicho software? ya os adelanto que el 99% de empresas van a instalar su software adaptado a verifactu pero SIN enviar hasta 2027, y ya esconderán la palabra verifactu o lo que sea ante posible inspección, sino es IMPOSIBLE hacer clientes, cerramos todos y nos dedicamos a plantar tomates :mad: |
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Hombre, no sé lo que va a mirar el inspector... pero con pedir al cliente la factura de compra del software ya se sabe cuando lo compró. Y si el software tiene la declaración responsable en un sitio muy accesible (como dice la ley) ya sabe si está adaptado o no. Una cosa es que no hagan inspecciones (yo también lo creo)... pero si te viene un inspector detecta eso en 20 segundos sin necesidad de un polígrafo. Si te pide las facturas tendrás que dárselas, ¿no? |
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Ese es el problema, que vamos demasiado al detalle y puede que nos ofusquemos demasiado con cosas más simples y de sentido común. |
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si la ley es absurda, puede que me la esté saltando, pero aquí entra cada uno como ve las cosas perdón pero es que estoy muy calentito con todo esto |
Me acaba de llamar un cliente que tiene dos negocios, uno lo tiene adaptado y el otro lo tenía previsto adaptar el martes antes que saltara todo este embrollo.
Pues me dice que su gestor le ha dicho que desconecte el que tiene enviando. Yo le he dicho lo que aquí se está hablando y que espere y no tome decisiones en caliente y que si quiere se lo desconecto pero que me firme un documento. Me ha dicho literalmente que está hasta los huevos, que no firma ningún documento y que si no se lo desactivo desinstala el programa, me cancela los mantenimientos y suscripciones y se busca la vida. Señores, esto es la vida real y tenemos 365 días por delante de asuntos de este tipo. |
¿Donde estan los asesores?
¿para que pagan nuestros clientes (y nosotros) a los asesores?
Los clientes nos piden la información y explicación "clarita" a los informáticos. Antes del reciente "golpe-al-verifactu" hemos tenido que informar y convencer del funcionamiento de la ley y de lo que estabámos obligados a hacer con su software, mientras ellos, cobrando sus cuotas ni se la habían leído, ni avisaron a nadie de nada. Ahora todos nuestros clientes nos llaman para que les expliquemos "claramente" que ha pasado y luego nos piden que les quitemos lo que les pusimos, mientras los intocables asesores con "se ha aplazado todo" siguen justificando sus cuotas. ¿no son ellos los que deberían explicar la ley y los cambios a sus clientes? :mad: |
Pues yo sigo teniendo mis dudas sobre los famosos 4 puntos.
Entiendo que el punto 1 es clarísimo, todo aquel nuevo cliente desde Julio/Agosto 2025, deben enviar si o si (partimos de la base que nuestro programa NO implementa No Verifactu). El punto 2 está claro, no comercializamos software no adaptado a nuevos clientes. Punto 3. Los antiguos clientes con contrato pueden seguir utilizando software adquirido con anterioridad hasta las nuevas fecha, el que nosotros hemos ido adaptando progresivamente para adaptarnos a la norma, y el que tenemos con continuo desarrollo para corregir errores o añadir nuevas opciones. Creo que este es el quid de la cuestión (junto con el 4). Si la actualización se le ha hecho al cliente (una o varias veces), por errores o desarrollo solicitado, y la versión actualizada ya está adaptada para Verifactu y con sus errores corregidos, y el cliente no quería enviar hasta Enero, ¿por cojones le tenemos que hacer enviar aun estando en periodo voluntario? Nuestro software no tiene actualización automática para que los clientes actualicen justo el día que quieren empezar a enviar. El 4 obliga, pero ¿tenemos que considerar "adaptado" el producto corregido de una versión no adaptada puesto a un cliente que no desea enviar aún? ¿No le corrijo los fallos de su versión porque como se los corrija ya tiene que enviar? Le digo al cliente, si quieres que el programa te deje de fallar en esta parte, tienes que enviar las facturas a Verifactu, aunque no estés obligado a ello. Perdonar, pero esto creo que en un juzgado se ganaría. |
Después de repreguntar y pedir que me confirmaran si era posible o no dejar de comunicar datos esta es la respuesta que me han dado:
Buenos días: La Disposición final cuarta del RRSIF (Reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación), modificada por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, establece que entrará en vigor de forma obligatoria el 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados tributarios mencionados en el artículo 3.1 del RRSIF, entre ellos, los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen actividades económicas. El periodo anterior a la entrada en vigor del RRSIF es un periodo de pruebas. Se podrá dejar de expedir facturas y remitir registros en prueba con un SIF modalidad VERI*FACTU y utilizar para facturar otros SIF (sistema informático de facturación), que podrían ser adaptados y funcionar en modo NO VERI*FACTU (si así lo permiten) o incluso sistemas antiguos no adaptados, mientras no tengan obligación: hasta el 31/12/2026 o 30/06/2027, según aplique. Una vez se tenga obligación de adaptación al RRSIF, es decir, a partir del 1/1/2027 o 1/7/2027, según aplique, si los obligados optan por comenzar a expedir facturas y remitir registros de facturación (RF) con un SIF VERI*FACTU, debe permanecer, al menos, hasta la finalización del año natural en el que se haya producido, de forma efectiva, el primer envío de los registros de facturación. |
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Hola, y con esta parte que puedes interpretar:
Se podrá dejar de expedir facturas y remitir registros en prueba con un SIF modalidad VERI*FACTU y utilizar para facturar otros SIF (sistema informático de facturación), que podrían ser adaptados y funcionar en modo NO VERI*FACTU (si así lo permiten) o incluso sistemas antiguos no adaptados, mientras no tengan obligación: hasta el 31/12/2026 o 30/06/2027, según aplique. Puedes instalar un SIF que no este adaptado en este momento, pero que estará cuando entre sea obligado. Esto es un lío impresionante. |
Hola
Se podrá dejar de expedir facturas y remitir registros en prueba con un SIF modalidad VERI*FACTU y utilizar para facturar otros SIF (sistema informático de facturación), que podrían ser adaptados y funcionar en modo NO VERI*FACTU (si así lo permiten) o incluso sistemas antiguos no adaptados, mientras no tengan obligación: hasta el 31/12/2026 o 30/06/2027, según aplique. Y en este apartado cuando habla de utilizar otros SIF que podrían ser adaptados, se refiere a que puedes poner un SIF que se adaptará antes de estar obligado. Estos es un lío impresionante y más lo de dejar usar SIF anteriores y si al cliente ya se lo desinstale y no puede volver atrás. |
es decir a un cliente que ya le has actualizado , le puedes 'tirar hacia atrás' a otro SIF que no envíe, pero a un cliente nuevo, no le puedes vender SIF no adaptados?? :confused: :D
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Pero si el cliente ya ha enviado una factura no se debería poder ponerle un SIF antiguo para que no envíe ¿no?, lo que si se podría es a uno que le has actualizado pero no ha llegado a enviar nada echar marcha atras y ponerle un SIF antiguo.
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Me hace gracia lo de poder instalarle "otro SIF antiguo no adaptado". Claro, y si ese SIF antiguo no adaptado está obsoleto por otro motivo ajeno a VeriFactu, o tenía un bug, o es de antes de la Ley Antifraude, o no cumple con otras cosas, o necesita una actualización posterior por las librerías SSL, etc.?
Hacienda se cree que por decir algo, eso es así y punto, y NO ES como ellos quieran que sea. Las cosas no son tan sencillas. Qué les costará a ellos decir "pueden usar el software que les de la gana hasta el 1/1/2027" y punto... En serio. ¿qué problema tienen? ¿qué más les da que los clientes facturen como hasta ahora hasta que no sea obligatorio? ¿de verdad vamos a seguir obedeciendo e interpretando cada matiz a esta gente, para que nos hagan lo mismo dentro de 12 meses? Recemos para que cuando inventen otro sistema de envío de lo que sea, o el nuevo FacturaE, etc. no nos pase lo mismo. |
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Exactamente eso. Imagina que tu programa tiene la versión 10 (la de antes de Verifactu) y la última versión que tienes ahora es la 11 (que ya está adaptada a Verifactu y cumple el reglamento). Si el cliente aún está en la 10 puede seguir en la 10 todo el 2026, con lo cual no enviará. Ahora, si para corregirle un error o para ponerle una funcionalidad nueva le tienes que actualizar a la 11 (o la 12, 13... las que vayas sacando en 2026) tiene que entrar en Verifactu. ¿porqué? Porque le estás poniendo una versión adaptada a Verifactu y que cumple con lo que dice la ley. O no le actualizas, o si actualiza tiene que ir a Verifactu. Siempre tienes opción de corregir el error también en la versión 10 y sacar un parche para esa versión, si tu programa lo permite. Pero claro, nos metemos en duplicar el trabajo, mantener 2 versiones, etc. |
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1. obligas indirectamente a tu cliente a empezar a enviar a VeriFactu cuando él no quiere empezar hasta 2027, solo porque su versión tenga un bug imprevisto 2. o bien le pones una versión antigua que quizás ya no se puede usar por otros motivos (requiere nuevas dll obsoletas, etc.) 3. o bien duplicas trabajo por tener 2, 3, 4, etc. versiones diferentes para mantener, actualizar por separado, etc. Inviable en muchos casos y una locura que Hacienda lo haya siquiera considerado como opción |
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Nosotros lo estamos haciendo así. Vosotros conocéis vuestro programa, sabréis como podéis actuar y como no. Mucho más no te puedo decir :o |
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¿Realmente que quiere decir esa afirmación?. ¿Qué quiere decir remitir registros en prueba?. ¿No estaba prohibido enviar nada en prueba a no ser los desarrolladores? |
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Es que lo de "remitir registros en prueba" ya terminó de rematarla... yo creo que es mejor no preguntar más, porque cada respuesta que dan lía más las cosas :D |
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Es un despropósito total lo que han hecho.
Creo que los que responde nivel técnico esta hasta los hue.... y normal. Ya empiezan a tirar balones fuera y que le consultes a un agente. Básicamente en mi entender ahora mismo, vamos a tener que forzar a enviara los que ya estaban enviando por que no podemos comercializar un software no adaptado, eso de instalar una versión anterior...no tiene sentido. Si instalo a un cliente nuevo...aunque la ley no le obligue, le tengo que obligar yo. A ver como se explico si su asesor le dice que no es obligatorio. Si actualizo a un cliente nuevo, como realmente, yo puede activar o desactivar...que el cliente elija, ya a día de hoy...me la un poco igual no? estamos en prueba y no obligación. |
La peña es la leche
Ya me han llegado esta mañana dos como este, de programas "serios"....
os pongo un recorte de parte del último: Cita:
en fin, buen puente a tod@s, aprovechadlo si podéis. :) |
Supongo que pretenden simular la forma de actuar de las asesorías, que si te informan o tramitan mal, la responsabilidad no es de ellos sino tuya.
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Hola, tendríamos que ver que programas "serios" son, por que si son de los grandes, ya lo tendrán todo bien cubierto. Hay que pensar, que ahora mismo, tal y como están los clientes, que muchos si les dicen que tienen que mandar a hacienda, te dirán, no te preocupes, me compro una caja registradora en un portal famoso de segunda mano y ya tiro este año, que ya veremos si esto se hace. Por cierto, abría que ver si ahora han subido el precio de las cajas registradoras de segunda mano, jejeje.
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Y si no generase registros, tampoco estaría adaptada. Mucho fango fango...y eso es en lo que nos han metido. |
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Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi