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razorxxx 10-12-2025 15:30:47

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 571177)
Nuestro programa, en la versión homologada, permite escoger entre modo Verifactu o modo SII. Si eliges modo Verifactu verás la declaración responsable y si eliges modo SII no. Pero ya lo hacíamos antes, no tiene nada que ver los cambios de la semana pasada (en ese aspecto sigue todo igual)

Creo recordar que el Reglamento decía que la DR debía ser accesible desde dentro y desde fuera del programa (por si quieres leerla antes de empezar a usarlo o quieres consultarla en cualquier momento sin ejecutar el programa). Por esta razón, si el usuario está en el SII, creo que da igual que se le muestre o no la DR, porque podría verla desde fuera (en PDF por ejemplo) si quisiera.

Realmente con la DR le estás diciendo que tu programa cumple con el Reglamento, pero eso no quiere decir que se le aplique al usuario del SII.

Carlos 10-12-2025 19:16:34

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 571177)
Nuestro programa, en la versión homologada, permite escoger entre modo Verifactu o modo SII. Si eliges modo Verifactu verás la declaración responsable y si eliges modo SII no. Pero ya lo hacíamos antes, no tiene nada que ver los cambios de la semana pasada (en ese aspecto sigue todo igual)

Homologada? Entiendo que querías decir 'adaptada'.

Carlos 10-12-2025 19:28:59

Cita:

Empezado por olakease (Mensaje 571178)
En las FAQs para desarolladores la AEAT aclara que para SAAS si que es posible ofrecer varias versiones: no adaptada, SII, ticketbai, adaptada modo-veri*factu, adaptada modo no-veri*factu ... La AEAT aclara que en ese caso estamos hablando de una "familia de softwares".

Ahí se aclara que un cliente anterior al 29/7/2025 que está en la versión no adaptada puede permanecer así hasta 2027. Sin embargo, esa versión no adaptada no puede ofrecerse a ningún cliente adquirido después del 29/'07/2025.

Lo de "volver" a una versión anterior es para aquel que "ya la tenía", puesto que en teoría, nadie puede comprar versiones no adaptadas después del plazo de julio de 2025.

Estoy de acuerdo en parte. O yo que no vendo SAAS, no puedo vender el mismo SIF adaptado a Veri*factu o adaptado a SII o a TiquetBAI?


Cita:

Empezado por olakease (Mensaje 571178)
La clave aquí es que quiere decir "adaptado" o "no adaptado". Y según el email que la AEAT de hace unos días "4. Los productos adaptados deben operar siempre conforme al reglamento. Cuando se emplean, deben hacerlo necesariamente bajo una de las dos modalidades previstas (VERI*FACTU o NO VERI*FACTU), sin posibilidad de funcionamiento fuera del marco regulatorio."

Dicho de otro modo, me temo que con la ley en la mano, ningún SAAS hoy en día en España debería estar vendiendo software que no esté en modo Veri*Factu o en modo No Veri*Factu.

Puestos a interpretar... entiendo que lo que explica hacienda es en referencia a Veri*factu, dando por supuesto que el que no esté afectado por Veri*factu, lo estará por otra 'cosa'. Y por tanto los SAAS y nosotros podemos comercializar SIF adaptados a Veri*factu a SII o a lo que marque la normativa. Toda respuesta debe entenderse en su contexto, y estas respuestas lo son para Veri*factu.


Cita:

Empezado por olakease (Mensaje 571178)
Es evidente que esto se lo está saltando medio país.

No lo comparto.

Cita:

Empezado por olakease (Mensaje 571178)
Habrá que ver si hay o no hay inspecciones. Resulta que ya hubo inspecciones en julio, buscad "Operación "Amperio" aeat" en Google, y os lleva a una nota de prensa de la AEAT: "La Agencia Tributaria pone en marcha una operación en 15 CCAA contra el fraude fiscal de empresas que utilizan "software de doble uso""

Son conocedores de esto de toda la vida, de ahí el reglamento de Veri*factu.

DarkDudae 11-12-2025 05:05:44

Cita:

Empezado por Carlos (Mensaje 571183)
Homologada? Entiendo que querías decir 'adaptada'.

Bien visto Carlos. Estamos cansados de gestores que les dicen a nuestros clientes que nos pidan el certificado de homologación de VeriFactu de nuestro software y se nos queda cara de WTF

Jarogo08 11-12-2025 08:04:31

Cita:

Empezado por Carlos (Mensaje 571183)
Homologada? Entiendo que querías decir 'adaptada'.


Vale, adaptada. Supongo que se entendería igual

pablog2k 11-12-2025 09:06:18

pues nada, ayer escribí al soporte para preguntar a ver que hacemos con el cambio de normal, (y si, ya se que está claro según normativa, pero es una mierda que SOLO puedas vender software adaptado y enviado, cuando es periodo DE PRUEBAS), y expresé mi malestar porque va a ser imposible hacer clientes nuevos si les dices: 'oye amigo vas a tener que estar 1 AÑO enviando a verifactu, encima que son pruebas y no valen'

La respuesta ha sido:
Mira esto no lo preguntes aquí, vete a las faqs o píllate una cita previa para que te atiendan y te expliquen

En fin, al final que cada uno haga lo que le salga de las pelotas y venda lo que quiera, si viene una inspección en 2026 (jaja me da la risa) a ver si el software está adaptado o no, o envía o no, o tiene fecha anterior a nose cuando, o a ver la factura de compra del ERP que fecha tiene (:rolleyes:) pues ya iremos tirando

Edit: por no hablar de que un cliente que tiene un ERP de mierda y quiere cambiarse, por el motivo que sea, incluso porque su proveedor ha quebrado o ya no le da soporte, le estás OBLIGANDO durante 1 año a estar en verifactu en un periodo DE PRUEBAS. Cliente final SECUESTRADO también a pasar por el aro. Anda y que les den p.....

CarlosArjonomia 11-12-2025 09:13:57

Cita:

Empezado por pablog2k (Mensaje 571197)
pues nada, ayer escribí al soporte para preguntar a ver que hacemos con el cambio de normal, (y si, ya se que está claro según normativa, pero es una mierda que SOLO puedas vender software adaptado y enviado, cuando es periodo DE PRUEBAS), y expresé mi malestar porque va a ser imposible hacer clientes nuevos si les dices: 'oye amigo vas a tener que estar 1 AÑO enviando a verifactu, encima que son pruebas y no valen'

La respuesta ha sido:
Mira esto no lo preguntes aquí, vete a las faqs o píllate una cita previa para que te atiendan y te expliquen

En fin, al final que cada uno haga lo que le salga de las pelotas y venda lo que quiera, si viene una inspección en 2026 (jaja me da la risa) a ver si el software está adaptado o no, o envía o no, o tiene fecha anterior a nose cuando, o a ver la factura de compra del ERP que fecha tiene (:rolleyes:) pues ya iremos tirando

Edit: por no hablar de que un cliente que tiene un ERP de mierda y quiere cambiarse, por el motivo que sea, incluso porque su proveedor ha quebrado o ya no le da soporte, le estás OBLIGANDO durante 1 año a estar en verifactu en un periodo DE PRUEBAS. Cliente final SECUESTRADO también a pasar por el aro. Anda y que les den p.....

Lo que estoy haciendo yo. Ojo no digo que sea la mejor ni la forma legal.

Cliente nuevo: Le pongo el software adaptado y le pregunto si quiere enviar.
Actualizaciones: Actualizo con software adaptado y le pregunto si quiere enviar.

En función de su respuesta activo envíos o no.

El cliente está en su derecho de no enviar porqué hasta 2027 no es obligatorio.

Yo he cumplido mi parte ofreciendo un software adaptado y con posibilidades de enviar si el lo desea.

El cliente decide si envía o no. No lo decido yo.

eumealto 11-12-2025 09:17:30

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 571199)
Lo que estoy haciendo yo. Ojo no digo que sea la mejor ni la forma legal.

Cliente nuevo: Le pongo el software adaptado y le pregunto si quiere enviar.
Actualizaciones: Actualizo con software adaptado y le pregunto si quiere enviar.

En función de su respuesta activo envíos o no.

El cliente está en su derecho de no enviar porqué hasta 2027 no es obligatorio.

Yo he cumplido mi parte ofreciendo un software adaptado y con posibilidades de enviar si el lo desea.

El cliente decide si envía o no. No lo decido yo.

Nosotros también hacemos así, pero curiosamente ninguno opta por activar el envío. :rolleyes:

Jarogo08 11-12-2025 09:22:34

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 571199)
Lo que estoy haciendo yo. Ojo no digo que sea la mejor ni la forma legal.

Cliente nuevo: Le pongo el software adaptado y le pregunto si quiere enviar.
Actualizaciones: Actualizo con software adaptado y le pregunto si quiere enviar.

En función de su respuesta activo envíos o no.

El cliente está en su derecho de no enviar porqué hasta 2027 no es obligatorio.

Yo he cumplido mi parte ofreciendo un software adaptado y con posibilidades de enviar si el lo desea.

El cliente decide si envía o no. No lo decido yo.


Nosotros también así. Con la única diferencia que lo de "En función de su respuesta activo envíos o no" (la famosa opción/switch que discutimos si es legal tenerla o no) en nuestro caso es activarle el modo SII o el modo Verifactu. Y sorprendentemente estamos activando algunos en modo Verifactu, quieren enviar ya :eek:

Faneka 11-12-2025 09:25:15

No se si lo habeis colocado por algún hilo pero ayer veo que actualizaron las FAQs https://www.agenciatributaria.es/AEA...olladores.html

Faneka 11-12-2025 09:27:01

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 571201)
Nosotros también así. Con la única diferencia que lo de "En función de su respuesta activo envíos o no" (la famosa opción/switch que discutimos si es legal tenerla o no) en nuestro caso es activarle el modo SII o el modo Verifactu. Y sorprendentemente estamos activando algunos en modo Verifactu, quieren enviar ya :eek:

Pero si activan el modo SII es porque se han acogido a ese sistema, envio cada 4 días, ¿no?

CarlosArjonomia 11-12-2025 09:28:52

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 571201)
Nosotros también así. Con la única diferencia que lo de "En función de su respuesta activo envíos o no" (la famosa opción/switch que discutimos si es legal tenerla o no) en nuestro caso es activarle el modo SII o el modo Verifactu. Y sorprendentemente estamos activando algunos en modo Verifactu, quieren enviar ya :eek:

Es que si lo piensas bien.

Es mejor enviar, es un esto es lo que hay y hay empresas que lo están viendo.

Te estoy enviando los datos en tiempo real de las transacciones ¿Qué más quieres investigar?.¿Para que me vas a hacer una inspección?

Los que defraudan, defraudan más tranquilos con este sistema.

Faneka 11-12-2025 09:37:22

Nosotros todos los que estaban enviado siguen enviando, alguno nos ha llamado preguntando si se podía quitar y le hemos dicho que no, y sin problemas. Algunos hasta nos han llamado para actualizarlo aún sabiendo que tienen que enviar. :eek:
Por otro lado hemos parado las actualizaciones de momento, cuando pasen las fiestas ya veremos.

Jarogo08 11-12-2025 09:37:43

Cita:

Empezado por Faneka (Mensaje 571203)
Pero si activan el modo SII es porque se han acogido a ese sistema, envio cada 4 días, ¿no?

En nuestro programa el envío del SII no es automático, es una pantalla a la que tienes que ir, cargar los datos a enviar y darle al botón de Envío.

El que no quiere enviar a Verifactu le activamos el modo SII (y no va a nada a esa pantalla, claro).

pablog2k 11-12-2025 09:40:52

si al final lo que todo el mundo hará con nuevos clientes es instalar software adaptado y preguntarle si quiere enviar (spoiler, 95% te dicen que NO)
Pero ya sabéis, con la ley en la mano, eso es malo, no se puede hacer, y eres un defraudador terrorista, competencia desleal y un largo etcétera

Faneka 11-12-2025 09:49:40

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 571206)
En nuestro programa el envío del SII no es automático, es una pantalla a la que tienes que ir, cargar los datos a enviar y darle al botón de Envío.

El que no quiere enviar a Verifactu le activamos el modo SII (y no va a nada a esa pantalla, claro).

En el nuestro tambien, es el cliente el que tiene que ir a la pantalla a enviar al SII.

Neftali [Germán.Estévez] 11-12-2025 09:58:53

Cita:

Empezado por Faneka (Mensaje 571202)
No se si lo habeis colocado por algún hilo pero ayer veo que actualizaron las FAQs https://www.agenciatributaria.es/AEA...olladores.html

Esta mañana lo han comentado en el hilo que hay específico para ello:
https://www.clubdelphi.com/foros/sho...t=97495&page=4

Faneka 11-12-2025 10:08:47

Cita:

Empezado por Neftali [Germán.Estévez] (Mensaje 571211)
Esta mañana lo han comentado en el hilo que hay específico para ello:
https://www.clubdelphi.com/foros/sho...t=97495&page=4

Eso lo vi, pero allí pusieron la modificación del PDF de validación de errores. Por eso me dio por entrar a ver si había algo más y vi lo de las FAQs.

Rja750 11-12-2025 10:28:51

"Un cliente está en su derecho de no enviar"; Quiere decir que un cliente está en su derecho de no tener un SIF adaptado.
"Yo he cumplido mi parte ofreciendo un software adaptado y con posibilidades de enviar si él lo desea"; Si el SIF que ofrece tiene esta opción, no es un SIF adaptado.
Solo los que tienen la opción de activar SII podrían ser adaptado (no estoy seguro) porque al fin y al cabo van a tener que enviar lo que tributan.
Si un cliente tiene el SIF que puede elegir entre VeriFActu y SII y elige VariFactu, no sabría yo que poner en el nodo <sum1:TipoUsoPosibleSoloVerifactu>S</sum1:TipoUsoPosibleSoloVerifactu>" porque que yo sepa SII no es "VeriFactu" y tampoco es "No VeriFactu" y desconozco si el software adaptado contempla esta posibilidad.
Un cliente que tiene el SIF adaptado y ahora decide no enviar, tiene el derecho de no enviar no cobrando con un programa adaptado. Si cobra, tiene que enviar.
Esto es lo que hay. Podemos estar más o menos de acuerdo, podemos saltarnos las reglas más o menos o solo un poquito, pero así están las cosas.

CarlosArjonomia 11-12-2025 10:53:37

Cita:

Empezado por Rja750 (Mensaje 571214)
"Un cliente está en su derecho de no enviar"; Quiere decir que un cliente está en su derecho de no tener un SIF adaptado.
"Yo he cumplido mi parte ofreciendo un software adaptado y con posibilidades de enviar si él lo desea"; Si el SIF que ofrece tiene esta opción, no es un SIF adaptado.
Solo los que tienen la opción de activar SII podrían ser adaptado (no estoy seguro) porque al fin y al cabo van a tener que enviar lo que tributan.
Si un cliente tiene el SIF que puede elegir entre VeriFActu y SII y elige VariFactu, no sabría yo que poner en el nodo <sum1:TipoUsoPosibleSoloVerifactu>S</sum1:TipoUsoPosibleSoloVerifactu>" porque que yo sepa SII no es "VeriFactu" y tampoco es "No VeriFactu" y desconozco si el software adaptado contempla esta posibilidad.
Un cliente que tiene el SIF adaptado y ahora decide no enviar, tiene el derecho de no enviar no cobrando con un programa adaptado. Si cobra, tiene que enviar.
Esto es lo que hay. Podemos estar más o menos de acuerdo, podemos saltarnos las reglas más o menos o solo un poquito, pero así están las cosas.

Yo a mis clientes:

La frase "el que se adapta sobrevive" resume la Teoría de la Evolución de Charles Darwin, indicando que no son las especies (o individuos) más fuertes o inteligentes, sino las más capaces de adaptarse a los cambios del entorno, las que tienen mayores probabilidades de sobrevivir y prosperar a largo plazo.:confused::confused::confused:

Y eso que yo siempre he sido un inadaptado.

Rja750 11-12-2025 11:38:20

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 571217)
Yo a mis clientes:

La frase "el que se adapta sobrevive" resume la Teoría de la Evolución de Charles Darwin, indicando que no son las especies (o individuos) más fuertes o inteligentes, sino las más capaces de adaptarse a los cambios del entorno, las que tienen mayores probabilidades de sobrevivir y prosperar a largo plazo.:confused::confused::confused:

Y eso que yo siempre he sido un inadaptado.

Eso es así y estoy contigo. Adaptarse o morir. Pero es posible que muramos.
PD. Una especie no se adapta, es la mutación la que puede ser beneficiosa o perjudicial al individuo, pero mutación de nacimiento, que te puede permitir vivir mejor o peor o no vivir siquiera, en tu entorno. Quiere decir esto que si no has nacido para vivir fuera, no podrás hacer salirte de tus cosas(ideas, valores, miedos etc) por tu naturaleza.

Rja750 11-12-2025 12:10:25

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 571204)
Es que si lo piensas bien.

Es mejor enviar, es un esto es lo que hay y hay empresas que lo están viendo.

Te estoy enviando los datos en tiempo real de las transacciones ¿Qué más quieres investigar?.¿Para que me vas a hacer una inspección?

Los que defraudan, defraudan más tranquilos con este sistema.

Pienso igual. En un webinar, que ahora no me acuerdo cual, dijeron que todos los que fueran sociedades o persona física que tuvieran una actividad laboral y por ende tributara por ello y no estuviera enviando en ninguna de las opciones regladas, eran PD (Posible defraudador) y al no haber inspectores para todo el mundo, iban a centrarse en el listado arrojado por el algoritmo creado (en la AEAT) para ello, donde muestra los datos de esos PD's. Asi que sí. Aquel que envíe podrá enviar mas o menos dependerá de otros factores internos pero lo podrá hacer más seguro. A no ser que declare por debajo de sus gastos por mucho verifactu que tenga.

sglorka 11-12-2025 12:29:42

En este momento se están posicionando los partidos políticos para votar a favor o en contra la ampliación de Verifactu (además de otros RDs) en el congreso. En un par de horas se hará la votación.
Se puede seguir la votación en esta página https://elpais.com/espana/2025-12-11...n-directo.html
Les recuerdo que todavía podría tumbarse dicha ampliación.... ya veremos.

olakease 11-12-2025 15:09:28

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 571199)
Lo que estoy haciendo yo. Ojo no digo que sea la mejor ni la forma legal.

Cliente nuevo: Le pongo el software adaptado y le pregunto si quiere enviar.
Actualizaciones: Actualizo con software adaptado y le pregunto si quiere enviar.

En función de su respuesta activo envíos o no.

El cliente está en su derecho de no enviar porqué hasta 2027 no es obligatorio.

Yo he cumplido mi parte ofreciendo un software adaptado y con posibilidades de enviar si el lo desea.

El cliente decide si envía o no. No lo decido yo.

¿Y los que no hacen envíos están en modo No-Veri*Factu?

La AEAT define qué es software adaptado en sus FAQs (pregunta #3 de la sección #5 de las FAQs):

PREGUNTA: ¿Qué requisitos debe cumplir un sistema informático de facturación (SIF) para considerarse que está adaptado al reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación?


REPUESTA AEAT: Resumidamente, debe:

* Garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación que está obligado a generar por cada factura expedida, en los términos del RRSIF y de su OM, generando un fichero de alta de factura por cada una de las expedidas. Además, debe imprimirse un código QR en las condiciones específicamente reguladas.
* Tener la capacidad de comunicación con la AEAT para la remisión de los mismos.
* Además, si se tratan datos personales, debe cumplir con las medidas previstas en la legislación en materia de protección de datos para lo cual debe disociar o separar el acceso a la información tributaria de otro tipo de información confidencial, de manera que la Agencia Tributaria pueda acceder a la primera.

Por último, el SIF deber registrar ciertos eventos que sucedan en el mismo (a menos de que se trate de un SIF funcionando en modo VERI*FACTU).
Los detalles concretos sobre cómo han de implementarse estos requisitos se aclaran en otras preguntas frecuentes.

=> O sea, o los nuevos clientes están en modo Veri*Factu, o en modo NO-Veri*Factu. De lo contrario, no es software adaptado, y se está en situación de incumplimiento.

razorxxx 11-12-2025 15:16:41

Cita:

Empezado por olakease (Mensaje 571222)
¿Y los que no hacen envíos están en modo No-Veri*Factu?

La AEAT define qué es software adaptado en sus FAQs (pregunta #3 de la sección #5 de las FAQs):

PREGUNTA: ¿Qué requisitos debe cumplir un sistema informático de facturación (SIF) para considerarse que está adaptado al reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación?


REPUESTA AEAT: Resumidamente, debe:

* Garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación que está obligado a generar por cada factura expedida, en los términos del RRSIF y de su OM, generando un fichero de alta de factura por cada una de las expedidas. Además, debe imprimirse un código QR en las condiciones específicamente reguladas.
* Tener la capacidad de comunicación con la AEAT para la remisión de los mismos.
* Además, si se tratan datos personales, debe cumplir con las medidas previstas en la legislación en materia de protección de datos para lo cual debe disociar o separar el acceso a la información tributaria de otro tipo de información confidencial, de manera que la Agencia Tributaria pueda acceder a la primera.

Por último, el SIF deber registrar ciertos eventos que sucedan en el mismo (a menos de que se trate de un SIF funcionando en modo VERI*FACTU).
Los detalles concretos sobre cómo han de implementarse estos requisitos se aclaran en otras preguntas frecuentes.

=> O sea, o los nuevos clientes están en modo Veri*Factu, o en modo NO-Veri*Factu. De lo contrario, no es software adaptado, y se está en situación de incumplimiento.

A ver. Como yo lo veo, el software puede estar adaptado, pero si la primera vez que arrancas el programa con un código de empresa determinado (en el caso de los SIF multiempresa) le muestras un cuadro de selección del tipo "Estoy acogido a VeriFactu" o "Estoy acogido al SII", se supone que tendrías que desactivar todo lo relacionado con el Reglamento VeriFactu (esto es, la generación/envío/subsanación de RF, la generación del código QR, etc) y entonces el programa se quedaría como un software de facturación de los de antes. Porque el modo No VeriFactu no es obligatorio tenerlo implementado.

Rja750 11-12-2025 18:21:58

Cita:

Empezado por razorxxx (Mensaje 571223)
A ver. Como yo lo veo, el software puede estar adaptado, pero si la primera vez que arrancas el programa con un código de empresa determinado (en el caso de los SIF multiempresa) le muestras un cuadro de selección del tipo "Estoy acogido a VeriFactu" o "Estoy acogido al SII", se supone que tendrías que desactivar todo lo relacionado con el Reglamento VeriFactu (esto es, la generación/envío/subsanación de RF, la generación del código QR, etc) y entonces el programa se quedaría como un software de facturación de los de antes. Porque el modo No VeriFactu no es obligatorio tenerlo implementado.

En el supuesto de un software que instala un perfil VeriFactu o un perfil SII, no estoy seguro de si es o no adaptado. Debería serlo pues los dos envían lo que se tributa. Si este software tiene una opción que no envíe ni en el momento (VeriFactu) ni en los próximos 4 dias(SII) entonces creo que no sería reglado de ninguna forma. Veamos un supuesto;
Una empresa pone a disposición tres programa, VeriFactu, SII, No Envio(a esto me refiero yo de los de antes y no al SII). Pero están en la nube y el cliente solo puede descargarse uno. El cliente ya sabe lo que quiere y procede a descargarse el programa pero lo que se descarga no es un programa de facturación, es un instalador de programa. Este instalador no tiene que responder a ninguna regla porque no factura. Por ahora la empresa de software no incumple ninguna ley. El cliente ve tres Checked y señala uno. Ha señalado el “No_Envio” y entonces es cuando la empresa le entrega al cliente el SIF por medio de otra descarga. ¿Es un SIF adaptado? Pues NO. ¿Es lo mismo que descargarse un SIF directamente que contiene un perfil adaptado y otro no adaptado, si al final elijo el no adaptado? Pues SI. Por eso pienso yo que no importa lo que tenga un SIF (posibilidades) sino lo que va a hacer o puede hacer.

CarlosArjonomia 11-12-2025 18:29:27

Ya nos podemos dejar de hacer pajas mentales.

Noticia del mundo hace 30 minutos:

En ese sentido, y a raíz de la aprobación del Real Decreto-ley, la propia AEAT ha cambiado en estos días uno de sus criterios, como reflejan las novedades de su página web: el carácter retroactivo de utilizar Verifactu. Hasta la pasada semana, las empresas que aplicasen Verifactu antes de su obligatoriedad no podrían deshacer el cambio una vez hecho, y debían continuar enviando sus facturas automáticamente a la AEAT. Ahora se permite que, hasta 2027, haya un periodo de pruebas "durante el cual se podrá dejar de remitir registros de prueba con un SIF de modalidad Verifactu y utilizar para facturar otros SIF, hasta la fecha límite para tener adaptados los sistemas a los requisitos establecidos en el RRSIF", explican.

O dicho de otro modo: las empresas que hayan cambiado de sistema para empezar el año, si quieren, podrán volver al procedimiento habitual... hasta 2027.

https://www.elmundo.es/economia/empr...23c8b458e.html

Rja750 11-12-2025 18:37:04

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 571236)
Ya nos podemos dejar de hacer pajas mentales.

Noticia del mundo hace 30 minutos:

En ese sentido, y a raíz de la aprobación del Real Decreto-ley, la propia AEAT ha cambiado en estos días uno de sus criterios, como reflejan las novedades de su página web: el carácter retroactivo de utilizar Verifactu. Hasta la pasada semana, las empresas que aplicasen Verifactu antes de su obligatoriedad no podrían deshacer el cambio una vez hecho, y debían continuar enviando sus facturas automáticamente a la AEAT. Ahora se permite que, hasta 2027, haya un periodo de pruebas "durante el cual se podrá dejar de remitir registros de prueba con un SIF de modalidad Verifactu y utilizar para facturar otros SIF, hasta la fecha límite para tener adaptados los sistemas a los requisitos establecidos en el RRSIF", explican.

O dicho de otro modo: las empresas que hayan cambiado de sistema para empezar el año, si quieren, podrán volver al procedimiento habitual... hasta 2027.

https://www.elmundo.es/economia/empr...23c8b458e.html

¿Quiere decir esto que se podrá actualizar una versión anterior a la normativa? Porque si el cliente ya tenia instalado la versión anterior a demas del VeriFactu, si se sabia que podía seguir seguir facturando con la versión antigua.

CarlosArjonomia 11-12-2025 18:41:46

Cita:

Empezado por Rja750 (Mensaje 571238)
¿Quiere decir esto que se podrá actualizar una versión anterior a la normativa? Porque si el cliente ya tenia instalado la versión anterior a demas del VeriFactu, si se sabia que podía seguir seguir facturando con la versión antigua.

Sin referirme a nadie en concreto:

No hay más ciego que el que no quiere ver.

Vamos a hacernos la vida a nosotros y a nuestros clientes lo más fácil que podamos.

Algunos hemos perdido una oportunidad que la teníamos a tocar, pero que se la va a hacer.

Los palos en las ruedas ya los ponen otros.

Creo que lo único que no se podrá hacer es vender un sistema que no tenga la posibilidad de actuar como Veri*factu o noveri*factu. Pero seguro que habrá piratas que lo hagan.

pablog2k 12-12-2025 07:58:14

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 571236)
Ya nos podemos dejar de hacer pajas mentales.

Noticia del mundo hace 30 minutos:

En ese sentido, y a raíz de la aprobación del Real Decreto-ley, la propia AEAT ha cambiado en estos días uno de sus criterios, como reflejan las novedades de su página web: el carácter retroactivo de utilizar Verifactu. Hasta la pasada semana, las empresas que aplicasen Verifactu antes de su obligatoriedad no podrían deshacer el cambio una vez hecho, y debían continuar enviando sus facturas automáticamente a la AEAT. Ahora se permite que, hasta 2027, haya un periodo de pruebas "durante el cual se podrá dejar de remitir registros de prueba con un SIF de modalidad Verifactu y utilizar para facturar otros SIF, hasta la fecha límite para tener adaptados los sistemas a los requisitos establecidos en el RRSIF", explican.

O dicho de otro modo: las empresas que hayan cambiado de sistema para empezar el año, si quieren, podrán volver al procedimiento habitual... hasta 2027.

https://www.elmundo.es/economia/empr...23c8b458e.html

esto ya se sabía, estaba publicado en sus faqs
yo mismo les pregunté por email que no tenía sentido que si un cliente ha pasado a verifactu, lo puedas volver hacia atrás, pero si quiere cambiar de software, tenga que por pelotas meterse en verifactu a enviar durante un año a pruebas... me dijeron que pida cita previa con AEAT, que ellos no estan para resolver esas cosas
resultado: que cada uno haga lo que le salga de ahí abajo, instale con switch o sin switch, con envios o sin envios, y si viene un inspector ya discutimos. Lo que no puede ser es que estos impresentables te hagan perder clientes porque no sepan ni legislar y todo sea politiqueo y mierdas varias

Rja750 12-12-2025 09:09:05

Enlace positivo
 
Me ha llegado un articulo que no tiene desperdicio. Creo que lo voy a mandar a algunos clientes porque este articulo habla por si solo. Cuando me pregunten por la situación, mandare este enlace porque ni yo mismo lo explicaría mejor.
https://www.elmundo.es/economia/empr...23c8b458e.html

razorxxx 12-12-2025 10:47:09

Cita:

Empezado por Rja750 (Mensaje 571235)
En el supuesto de un software que instala un perfil VeriFactu o un perfil SII, no estoy seguro de si es o no adaptado. Debería serlo pues los dos envían lo que se tributa. Si este software tiene una opción que no envíe ni en el momento (VeriFactu) ni en los próximos 4 dias(SII) entonces creo que no sería reglado de ninguna forma. Veamos un supuesto;
Una empresa pone a disposición tres programa, VeriFactu, SII, No Envio(a esto me refiero yo de los de antes y no al SII). Pero están en la nube y el cliente solo puede descargarse uno. El cliente ya sabe lo que quiere y procede a descargarse el programa pero lo que se descarga no es un programa de facturación, es un instalador de programa. Este instalador no tiene que responder a ninguna regla porque no factura. Por ahora la empresa de software no incumple ninguna ley. El cliente ve tres Checked y señala uno. Ha señalado el “No_Envio” y entonces es cuando la empresa le entrega al cliente el SIF por medio de otra descarga. ¿Es un SIF adaptado? Pues NO. ¿Es lo mismo que descargarse un SIF directamente que contiene un perfil adaptado y otro no adaptado, si al final elijo el no adaptado? Pues SI. Por eso pienso yo que no importa lo que tenga un SIF (posibilidades) sino lo que va a hacer o puede hacer.

Es que el programa sí está adaptado, lo que si el obligado tributario está en el SII no puede aplicarse VeriFactu, porque un sistema es incompatible con el otro. Por lo tanto, a alguien que está en el SII habrá que deshabilitársele la generación/remisión/consulta de RF, la generación del QR en la factura, etc. De hecho, ninguno de nuestros SIF's comercializados envían los libros al SII, se hace mediante nuestro programa de Contabilidad.

A lo que me refiero es que, aunque el software en sí está preparado para VeriFactu, si el obligado tributario está en el SII y no se le puede comercializar un software no adaptado, tendrás que deshabilitarle todo lo relacionado con el reglamento VeriFactu. Y seguirías cumpliendo la normativa, porque con ponerle una pregunta al principio de tipo "Declaro que envío los libros de facturas a través del SII y soy consciente de las repercusiones legales de no hacerlo" en teoría ya le eximiría al desarrollador.

[email protected] 12-12-2025 11:02:11

Cita:

Empezado por Rja750 (Mensaje 571259)
Me ha llegado un articulo que no tiene desperdicio. Creo que lo voy a mandar a algunos clientes porque este articulo habla por si solo. Cuando me pregunten por la situación, mandare este enlace porque ni yo mismo lo explicaría mejor.

Vaya, hay que estar suscrito a El Mundo para poder leerlo. ¿Podrías enviar este artículo en pdf?
Gracias

Faneka 12-12-2025 11:14:56

Cita:

Empezado por [email protected] (Mensaje 571263)
Vaya, hay que estar suscrito a El Mundo para poder leerlo. ¿Podrías enviar este artículo en pdf?
Gracias

Puedes hacer botón derecho y ver en modo lectura, así puedes leerlo, yo lo hice.

FacilIng 12-12-2025 12:30:35

Cita:

Empezado por razorxxx (Mensaje 571262)
Y seguirías cumpliendo la normativa, porque con ponerle una pregunta al principio de tipo "Declaro que envío los libros de facturas a través del SII y soy consciente de las repercusiones legales de no hacerlo" en teoría ya le eximiría al desarrollador.

Es lo que hacemos nosotros :) ...
Al entrar al programa por primera vez, le preguntamos si cumple Veri*factu o está exento por una de las condiciones que existen (SII, territorio Foral Vasco y Navarra, etc) ...
Hacemos lo que nos dice el usuario y almacenamos la fecha y el usuario que ha respondido a la pregunta ...
¡Y listo! :D

Si en un futuro quiere cambiar a Veri*factu, lo puede hacer y almacenamos de nuevo fecha y usuario que lo ha hecho ...
Pero una vez en Veri*factu, ahí ya no hay vuelta atrás :cool: ...

Y así lo hemos solucionado nosotros :) ...

Carlos 12-12-2025 12:55:37

Yo creo que Hacienda ha conseguido uno de sus objetivos (a grosso modo): "No puede haber en el mercado SIF que permitan defraudar"

No es una tontería, el cliente deberá ingeniárselas para defraudar sin utilizar el SIF, se ha eliminado una de sus herramientas.

Y otro punto que ha conseguido, los fabricantes de SIF están advertidos (y los usuarios también), el que se la quiera jugar sabe que si lo pilan lo crujen.

Lo de enviar o no, es secundario realmente por que en la oficina tendrán un SIF adaptado y ya sabrán que ahí no deberán buscar, lo que encuentran ahí estará 'limpio'.

Han conseguido que se hable de la defraudación en la facturación de empresas y (supongo) deben haber fijado unas sanciones que antes serían menores.

espinete 12-12-2025 14:01:26

Hoy un cliente nos ha llamado preocupado con "necesito actualizar eso de verifactu porque tengo que empezar a enviar el día 1 de enero".

Este país nunca dejará de sorprenderme, de verdad. No sé si es que vive en una cueva, no tiene amigos, no ve la tele, no recibe nuestros emails... o todas las anteriores son correctas.

CarlosArjonomia 12-12-2025 14:04:36

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 571276)
Hoy un cliente nos ha llamado preocupado con "necesito actualizar eso de verifactu porque tengo que empezar a enviar el día 1 de enero".

Este país nunca dejará de sorprenderme, de verdad. No sé si es que vive en una cueva, no tiene amigos, no ve la tele, no recibe nuestros emails... o todas las anteriores son correctas.

A mi me ha pasado con varios. Los gestores avisaron de la obligatoriedad pero no del retraso.

espinete 12-12-2025 14:45:09

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 571277)
A mi me ha pasado con varios. Los gestores avisaron de la obligatoriedad pero no del retraso.

Deben estar ocupados brindando con champán

ermendalenda 12-12-2025 14:53:25

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 571278)
Deben estar ocupados brindando con champán

No hombre no, están estudiando y redactando la compensación a los desarrolladores, ya verás!!


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