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Faneka 04-12-2024 11:23:14

Aplicación Informática De Facturación Proporcionada Por La Aeat
 
La aplicación que proporcionen supongo que ademas de poder introducir las facturas tendra la opción de imprimirlas con su QR ¿no? porque los que no actualicen su software porque hacen pocas y opten por esta aplicación tendran que imprimirlas para enviarlas al cliente.

bmfranky 04-12-2024 11:39:01

Cita:

Empezado por Faneka (Mensaje 560412)
La aplicación que proporcionen supongo que ademas de poder introducir las facturas tendra la opción de imprimirlas con su QR ¿no? porque los que no actualicen su software porque hacen pocas y opten por esta aplicación tendran que imprimirlas para enviarlas al cliente.

Si, cumple la normativa al completo, pero con restricciones.


Maximo de 100 facturas por año.
Personalizacion limitada, los datos y poco mas.
Solo emite facturas F1 y supongo que Rx, pero de eso no estoy seguro.
Solo en modo si Veri*Factu.
No se si permitira gestionar clientes, no he leido nada al respecto...


Y seguro que alguna restriccion mas.

Faneka 04-12-2024 11:41:50

Gracias, la verdad que poca información hay, lo de las 100 facturas por año creo haber oido en el ultimo video que dijo que era ilimitado, ya no se si sera verdad.

novatico 04-12-2024 12:34:27

Cita:

Empezado por Faneka (Mensaje 560415)
Gracias, la verdad que poca información hay, lo de las 100 facturas por año creo haber oido en el ultimo video que dijo que era ilimitado, ya no se si sera verdad.

Si revisáis las FAQ del Seminario del día 28 de Octubre, a la pregunta nº 172 en la fila 138 ¿Que limitaciones tiene la aplicacion Web? contestan:

Si se refiere al formulario de facturación gratuito no existe limitación a nivel de número de facturas a emitir. Eso sí, solo está previsto que emita facturas ordinarias, no simplificadas.

bmfranky 04-12-2024 12:38:06

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 560426)
Si revisáis las FAQ del Seminario del día 28 de Octubre, a la pregunta nº 172 en la fila 138 ¿Que limitaciones tiene la aplicacion Web? contestan:

Si se refiere al formulario de facturación gratuito no existe limitación a nivel de número de facturas a emitir. Eso sí, solo está previsto que emita facturas ordinarias, no simplificadas.

Pues, como todo en esta vida, lo han cambiado, han quitado la limitacion...
segun el BOE
Cita:

Requisitos de la aplicación informática de facturación que desarrolle la Administración tributaria
Artículo 19. Condiciones y límites de la aplicación informática de facturación que pueda desarrollar la Administración tributaria.
1. La aplicación de facturación, en su caso, ofrecerá al menos las siguientes funcionalidades:
a) Captura, almacenamiento, consulta y descarga de los datos de las facturas.
b) Expedición de la factura en formato imprimible en PDF.
c) Descarga de la factura en PDF.
d) Generación y almacenamiento del registro de facturación.
2. La aplicación de facturación se podrá utilizar bajo las siguientes condiciones:
a) Solo podrá ser utilizada para expedir facturas en nombre propio o por un apoderado.
b) Para poder acceder a la aplicación será necesario autenticarse mediante alguno de los sistemas de identificación y autenticación admitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
c) Las facturas expedidas con la aplicación deberán contener obligatoriamente un destinatario.
d) Tanto las facturas que se expidan por esta aplicación como los correspondientes registros de facturación que se generen vinculados a ellas únicamente podrán ser gestionados por dicha aplicación.

Faneka 04-12-2024 12:42:16

Perfecto ^\||/

bmfranky 04-12-2024 12:43:17

Cita:

Empezado por Faneka (Mensaje 560428)
Perfecto ^\||/

No os fieis, antes de empezar en produccion, seguro que lo cambian.

APO 01-10-2025 12:41:52

Hola, ¿sabéis si la AEAT ya ha puesto a disposición la aplicación gratuita de Verifactu que anunciaron?
Tenía entendido que estaría disponible en octubre. Gracias.

Faneka 01-10-2025 12:56:00

De momento que yo sepa no, en el portal no hay nada colgado, supongo que esto si lo pondran cuando lo tengan.

David M 13-10-2025 13:31:01

Cita:

Empezado por Faneka (Mensaje 568184)
De momento que yo sepa no, en el portal no hay nada colgado, supongo que esto si lo pondran cuando lo tengan.

Acaban de publicarla hoy...

https://www1.agenciatributaria.gob.e...ionFacturacion

bmfranky 13-10-2025 13:53:12

Cita:

Empezado por David M (Mensaje 568505)

Hola, esperándola estaba para ver como han redactado la declaración de responsabilidad,
Ya que será gratis, a ver quién se hace responsable, para imitarla, ya que mi programa, también lo es, si alguien se la descarga podéis corlar aquí su declaración responsable?

espinete 13-10-2025 14:23:53

Estaría genial que la aplicación te permitiera extraer el XML de cada factura para analizarlo y compararlo con los nuestros. Sobre todo con facturas "raras" con Recargo de Equivalencia, Inversión del Sujeto Pasivo, extracomunitarias, exentas por 20 mil motivos, etc.

ermendalenda 13-10-2025 15:48:12

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 568507)
Estaría genial que la aplicación te permitiera extraer el XML de cada factura para analizarlo y compararlo con los nuestros. Sobre todo con facturas "raras" con Recargo de Equivalencia, Inversión del Sujeto Pasivo, extracomunitarias, exentas por 20 mil motivos, etc.

Dede el websoap de consultas.

Carlos 13-10-2025 15:57:41

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 568506)
Hola, esperándola estaba para ver como han redactado la declaración de responsabilidad,
Ya que será gratis, a ver quién se hace responsable, para imitarla, ya que mi programa, también lo es, si alguien se la descarga podéis corlar aquí su declaración responsable?

No llevará declaración responsable; no me voy a certificar a mi mismo que la aplicación hace lo que yo quiero que haga.

bmfranky 13-10-2025 16:17:07

vaya cagarro.
 
Cita:

Empezado por Carlos (Mensaje 568511)
No llevará declaración responsable; no me voy a certificar a mi mismo que la aplicación hace lo que yo quiero que haga.

Pues no, no lleva certificación ni pollas es un portal web, lo que si lleva es gestión de clientes, y de referencias, pero nada mas, la única personalización de las facturas es poner los datos de la empresa , nada mas.

Una imagen vale mas que 1000 palabras.

bmfranky 13-10-2025 16:35:25

Sigo navegando por los menús, se pueden definir distintas series...



DE momento intuitivo.

Las Rectificativas.



Al final se puede Validar/Enviar o Guardar como borrador.

bmfranky 13-10-2025 16:40:45

Se elige todo por menús, no me esperaba lo de la protección de datos sensibles...

bmfranky 13-10-2025 16:43:55

Mas opciones.

rci 13-10-2025 16:47:35

Cita:

Empezado por David M (Mensaje 568505)

Donde has encontrado el enlace?
No lo veo ni en el tablón de anuncios para desarrolladores:
https://www.agenciatributaria.es/AEA...olladores.html

Tampoco lo veo en la web de Veri*Factu para desrrolladores:
https://www.agenciatributaria.es/AEA...ERI_FACTU.html

Ni tampoco la encuentro en la web general de Veri*Factu:
https://sede.agenciatributaria.gob.e...verifactu.html

En esta última veo que hay una Guía aplicación gratuita VERI*FACTU pero la aplicación en si no.

No tengo mas URL guardadas para intentar descubrir las novedades :confused:

Muchas gracias

EDITO:

Veo que está dentro del portal de pruebas externas de Veri*Factu. Como complican el acceso :(
Lo he encontrado en otro hilo de este foro.

Muchas gracias

Faneka 13-10-2025 17:06:27

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 568517)
Donde has encontrado el enlace?
No lo veo ni en el tablón de anuncios para desarrolladores:
https://www.agenciatributaria.es/AEA...olladores.html

Tampoco lo veo en la web de Veri*Factu para desrrolladores:
https://www.agenciatributaria.es/AEA...ERI_FACTU.html

Ni tampoco la encuentro en la web general de Veri*Factu:
https://sede.agenciatributaria.gob.e...verifactu.html

En esta última veo que hay una Guía aplicación gratuita VERI*FACTU pero la aplicación en si no.

No tengo mas URL guardadas para intentar descubrir las novedades :confused:

Muchas gracias

EDITO:

Veo que está dentro del portal de pruebas externas de Veri*Factu. Como complican el acceso :(
Lo he encontrado en otro hilo de este foro.

Muchas gracias

Donde esta la guía al principio de todo la tienes como "Acceso a la Aplicación de facturación de la AEAT".

Luego en el portal de pruebas externas esta la para hacer las pruebas.

bmfranky 13-10-2025 19:23:01

Motivo rectificativa
 
Hay una lista con motivos y claves para las rectificativas, alguien lo había visto antes?

ermendalenda 13-10-2025 20:54:53

No veo las anulaciones, habeis probado a hacer alguna factura a ver si en las consultas estuvieran?

keys 14-10-2025 08:22:08

No se si os habéis dado cuenta. Pero al imprimir una factura en el QR no pone encima el texto "QR TRIBUTARIO".

En la documentación pone lo siguiente :

Cita:

La presentación del código «QR» incluirá también un texto que siempre deberá ir
precediéndolo: «QR tributario:», y que se situará encima del propio código «QR»
(preferiblemente centrado con respecto a este), de manera que sirva para identificarlo y
distinguirlo de otros posibles códigos «QR» que pudiera contener la factura para otros
cometidos
Lo digo por que a nosotros algún cliente se nos ha quejado de por que tiene que poner eso. :eek:

Igual tienen una normativa especial.

Faneka 14-10-2025 08:31:18

Yo lo tengo como tú, igual que en las especificaciones que hay en el PDF.

keys 14-10-2025 08:36:26

Hola por otro lado veo que solo se pueden generar facturas rectificativas por diferencias ( o yo no lo veo). y cuando haces una rectificativa te pide obligatoriamente la serie de la factura rectificada.

¿Y si no tiene?, si la factura original no tiene serie, ya que no es obligatorio.

En las facturas rectificativas se supone que la fecha de operación tiene que ser igual a la fecha de la factura que estas rectificando, y te deja poner lo que quieras.

nuevo1234 14-10-2025 10:45:03

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 560414)
Si, cumple la normativa al completo, pero con restricciones.


Maximo de 100 facturas por año.
Personalizacion limitada, los datos y poco mas.
Solo emite facturas F1 y supongo que Rx, pero de eso no estoy seguro.
Solo en modo si Veri*Factu.
No se si permitira gestionar clientes, no he leido nada al respecto...


Y seguro que alguna restricción mas.

La AEAT me ha contestado que no hay máximo en el número de facturas por año. Que la normativa no lo limita y la aplicación tampoco.

Por otro lado me comenta que las facturas dadas de alta por la aplicación luego se puede consultar los registro de facturación verifactu tanto por formulario como web service

espinete 14-10-2025 11:50:00

Por cierto, entiendo que la aplicación oficial ya envía a Producción, no? Lo digo por tener cuidado de si la usamos para hacer pruebas. Entiendo que lo que hagamos en esa aplicación ya es oficial y queda registrado (salvo que anulemos las facturas).

keys 14-10-2025 11:58:50

Puedes entrar desde el entorno de pruebas y desde producción.

emailesc 14-10-2025 12:05:46

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 568544)
Puedes entrar desde el entorno de pruebas y desde producción.

¿Puedes poner los enlaces de una y otra? Yo solo conocía la que se entra desde https://sede.agenciatributaria.gob.e...ini/IZ86.shtml y entiendo que está es de producción de verdad, y no veo que haya dentro cómo ponerla como "Pruebas"
Por cierto ¿cómo pueden haber puesto una aplicación como pruebas con clientes finales si a nosotros no nos dejan hacerlo?

keys 14-10-2025 12:07:26

Produccion https://sede.agenciatributaria.gob.e...ERI_FACTU.html

Pruebas https://www.agenciatributaria.es/AEA...olladores.html Aqui en el portar de pruebas externas

emailesc 14-10-2025 12:13:18

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 568546)

Esto ya es el colmo del cinismo: no nos dejan hacer pruebas con clientes enviando a un entorno de pruebas y ellos se lo ponen por toda la cara. :mad::mad::mad::mad::mad::mad:

keys 14-10-2025 12:16:32

En teoría aquí solo tienen que entrar los desarrollares. Y nadie te impide que pongas a enviar a un cliente al entorno de pruebas :cool:

emailesc 14-10-2025 12:27:20

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 568548)
En teoría aquí solo tienen que entrar los desarrollares. Y nadie te impide que pongas a enviar a un cliente al entorno de pruebas :cool:

El que esté en un área de desarrolladores no implica que no pueda entrar cualquiera, solo que se sobreentiende que contiene información técnica que afecta a estos, pero nada impide a cualquiera entrar y mirar (y en un muchos casos deberían, porque temas vitales que deberían ser conocidos por el público en general solo aparecen aquí, para que nosotros nos comamos el marrón de informar y convencer al cliente). Tampoco hay ningún "prohibido el paso" a no desarrolladores. ¿Que lo utilizaremos para que nuestros clientes se puedan informar por si tienen que meter una factura rara? Desde luego, pero eso no quita que están poniendo a usuarios finales mandando a un entorno de pruebas con su certificado mientras que nosotros no nos dejan hacerlo, que más falta nos hace, porque no tenemos los recursos de Hacienda y porque no hay ni un solo programa en el mundo mundial medianamente serio que se haya lanzado al mercado sin un test de campo, ni el buscaminas... Eso sólo ocurre en la mente de los de Hacienda. Yo es que alucino con estas muestras de poca vergüenza.

espinete 14-10-2025 12:51:09

Bueno, ya he hecho un par de facturas en el entorno de pruebas de la aplicación oficial de la aeat.

1. No encuentro la forma de obtener el RF (el XML) de cada factura. Molaría tenerlo para compararlos con los nuestros y ver si hay alguna diferencia importante
2. Permiten hacer rectificativas, subsanaciones y anulaciones a elección del usuario (es decir, tu eliges qué quieres hacer, no te obligan a hacer rectificativa o subsanación según el caso).
3. En las rectificativas hay una lista de "motivos" que es la primera vez que veo (ya comentó esto otro usuario del foro un par de posts atrás) :confused:
4. Al parecer solo permite rectificativas por diferencias (más cómodo y en un solo paso, supongo que será por eso)
5. En las rectificativas te pide obligatoriamente la Serie de la factura a rectificar, pero si lo dejas en blanco da error. ¿Y qué c_ño pongo si la factura original no tenía serie?
6. En el proceso de "subsanación" se muestra el texto "Esta operación de modificación de la factura puede ser realizada, siempre y cuando no se trate de una causa que exija la emisión de una factura rectificativa, según el artículo 6 y 7 del Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012)."

Suerte con que los clientes sepan cuándo hacerlas y cuándo no ;)

7. Al subsanar puedes modificar solo algunas cosas de la factura: datos del pago y nada más, así que no sé qué más subsanación se pudo haber hecho.

Por ahora poco más que añadir. Tenía curiosidad por saber cómo funcionaba, pero vamos, esto servirá para contribuyentes que facturen "fácil" y poco.

bmfranky 14-10-2025 12:56:05

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 568550)
Bueno, ya he hecho un par de facturas en el entorno de pruebas de la aplicación oficial de la aeat.

1. No encuentro la forma de obtener el RF (el XML) de cada factura. Molaría tenerlo para compararlos con los nuestros y ver si hay alguna diferencia importante
2. Permiten hacer rectificativas, subsanaciones y anulaciones a elección del usuario (es decir, tu eliges qué quieres hacer, no te obligan a hacer rectificativa o subsanación según el caso).
3. En las rectificativas hay una lista de "motivos" que es la primera vez que veo (ya comentó esto otro usuario del foro un par de posts atrás) :confused:
4. Al parecer solo permite rectificativas por diferencias (más cómodo y en un solo paso, supongo que será por eso)
5. En las rectificativas te pide obligatoriamente la Serie de la factura a rectificar, pero si lo dejas en blanco da error. ¿Y qué c_ño pongo si la factura original no tenía serie?
6. En el proceso de "subsanación" se muestra el texto "Esta operación de modificación de la factura puede ser realizada, siempre y cuando no se trate de una causa que exija la emisión de una factura rectificativa, según el artículo 6 y 7 del Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012)."

Suerte con que los clientes sepan cuándo hacerlas y cuándo no ;)

7. Al subsanar puedes modificar solo algunas cosas de la factura: datos del pago y nada más, así que no sé qué más subsanación se pudo haber hecho.

Por ahora poco más que añadir. Tenía curiosidad por saber cómo funcionaba, pero vamos, esto servirá para contribuyentes que facturen "fácil" y poco.

Supongo que a subsanacion solo tienes acceso después de subir alguna factura, porque en el menú principal no se ve por ningún lado.

keys 14-10-2025 12:58:27

Hemos hecho la consulta en hacienda de si hay que poner el texto de QR TRIBUTARIO y nos contestan lo siguiente

Cita:

El documento publicado "Documento de Detalle de las especificaciones técnicas del código QR de la factura (v0.4.7) ", es un documento técnico que pretende mostrar ejemplos aclaratorios, de donde se debe ubicar el QR, para evitar que pueda ser ocultado en la factura, o disimulado entre diferentes códigos QR que pueda incluir la factura con fines comerciales en cuyo caso sí que es imprescindible la frase introductoria de la parte superior del código QR.

En el caso de la factura expedida por la Aplicación de facturación de la AEAT, este QR está en una posición preminente, incluye el texto VERI*FACTU tal y como se establece en la OM, y no se incluyen ningún otro tipo de QR comercial. Además, los QR de la Aplicación de la AEAT son siempre contrastables, dado que se trata de un sistema con remisión.
Osea que hacen lo que les sale de las narices.

espinete 14-10-2025 14:58:35

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 568552)
Supongo que a subsanacion solo tienes acceso después de subir alguna factura, porque en el menú principal no se ve por ningún lado.

Si, al enviar una factura, luego al consultarla y abrirla puedes subsanarla, rectificarla o anularla.

espinete 14-10-2025 15:01:44

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 568554)
Hemos hecho la consulta en hacienda de si hay que poner el texto de QR TRIBUTARIO y nos contestan lo siguiente

Osea que hacen lo que les sale de las narices.

Está claro que ellos siempre tendrán la razón, interpretando las cosas como mejor les convenga a ellos.
Eso sí, si lo hacemos nosotros, ojito cuidao.

Creo que lo que quieren decir, a su manera y con la prepotencia y soberbia que les caracteriza, es que si en la factura hay más de un QR, se debe identificar el de VeriFactu con el texto "QR TRIBUTARIO", para diferenciarlo de los demás, no vaya a ser que el usuario final escanee uno, vea que no es VeriFactu y se le reinicie el cerebro, llore y no pueda dormir esa noche en vez de escanear el otro.

ermendalenda 14-10-2025 15:51:51

Vale ya he visto que la anulacion se hace desde la consulta(entrando primero en las facturas y pinchando la factura que quieres modificar, consultar anular).

Por cietto!!
Lo que estamos corriendo para que al inal lo retrasen, vamos a ser los pardillos.

nuevo1234 14-10-2025 16:59:45

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 568558)
Vale ya he visto que la anulacion se hace desde la consulta(entrando primero en las facturas y pinchando la factura que quieres modificar, consultar anular).

Por cietto!!
Lo que estamos corriendo para que al inal lo retrasen, vamos a ser los pardillos.

Creo que esto está lanzado y ya no se va a retrasar. Si ya incluso han puesto la aplicación de facturación....dirán que han cumplido su parte.

Por cierto parece bastante completa con gestión de cliente, productos, borradores, etc. Al final nos hacen la competencia y mucha gente va a usar esta aplicación. Porque con el lio que hay de si excel se puede usar o no usar....muchas van a migrar su excel a esto y así cumplen...


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