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CarlosMz 02-04-2025 09:52:01

VeriFactu / SII
 
Hola,

preguntando a la AEAT sobre el uso de VeriFactu y SII me han contestado esto:

Cita:


Adicionalmente le ofrecemos la siguiente FAQ (pendiente de publicación) por si le fuese de utilidad:

CONSIDERACIÓN SOBRE FABRICACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE UN ÚNICO PRODUCTO SIF VS. UN “CONJUNTO, PAQUETE O FAMILIA” DE PRODUCTOS SIF, EN LO QUE CONCIERNE A CUMPLIR O NO CON EL RD 1007/2023.

Debe recordarse que un SIF adaptado al RD 1007/2023 (tanto actuando en la modalidad VERI*FACTU como en la NO VERI*FACTU) SOLO puede usarse cumpliendo con todos los requisitos de dicho RD 1007/2023 que le aplican a él (para lo que, entre otras cosas, es necesario tener instalado un certificado electrónico cualificado válido). Cuando un productor o fabricante –mientras se den las circunstancias que permitan esto– ofrece al cliente un sistema de facturación para que pueda ser usado de forma adaptada al RRSIF o sin adaptar a dicha normativa, o bien para que cumpla con diferentes normativas, tales como TicketBAI, RD 1007/2023 y la normativa que regula el Suministro Inmediato de Información “SII”, realmente está ofreciendo “un paquete o familia” de varios productos SIF diferentes (aunque puede que compartan gran parte de su programación), a fin de que el cliente pueda elegir específicamente uno para instalar y usar, bajo la responsabilidad del usuario.

En cualquier caso, este ofrecimiento debe implementarse de tal forma que el usuario no pueda cambiar dinámicamente de un “producto” a otro con cada factura ni con cada sesión o arranque del producto, sino que el usuario deberá elegir previamente qué tipo de SIF quiere utilizar y lo instalará –o actualizará– para que cumpla con esas características, que ya permanecerán así en adelante (a menos que se desinstale).

También cabe recordar que la declaración responsable del productor/fabricante solo debe incorporarse a un producto SIF instalado que cumpla con el RD 1007/2023 (es decir, adaptado) y no a otros SIF que no lo cumplan (aunque cumplan con otras normativas o sirvan de base a las mismas, como TicketBAI o SII), ya que esto último (es decir, certificar un SIF como cumplidor del RD 1007/2023, mediante una declaración responsable, cuando no lo es) sería sancionable.

Todo esto también aplica a los casos de SIF en la nube, tipo SaaS (Software as a Service), que se ofrecen a muchos usuarios: no puede haber un único SIF que deje ser utilizado para cumplir o no con el RD 1007/2023, sino que deberá haber varios SIF y el usuario deberá elegir el que aplique a la facturación a llevar con él (el adaptado al RD 1007/2023, el adaptado a TicketBAI…).


¿De verdad, tenemos que duplicar SIF cambiando el nombre?

Ejemplo:
Mi Software Verifactu > Descarga aquí
Mi Software SII > Descarga aquí...
Mi Software TBAI...
....

¿o cómo interpretáis esta respuesta ?

newtron 03-04-2025 10:14:43

Pues esto es una movida gorda. Porque según indica no puedes entregar un programa que te pregunte en qué régimen estás: VeriFactu, SII, exento...
sino que tienes que entregar un programa exclusivamente VeriFactu y de forma íntegra.


Esto quiere decir que, según esta respuesta, no serviría el montar un programa/servicio aparte que se encargue de hacer los envíos y recoger las respuestas y eso me desmontaría (por lo menos a mi) todo lo que estoy organizando para resolver el tema VeriFactu.


A ver qué dicen el resto de colegas sobre este tema.

rci 03-04-2025 10:26:21

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 563369)
Pues esto es una movida gorda. Porque según indica no puedes entregar un programa que te pregunte en qué régimen estás: VeriFactu, SII, exento...
sino que tienes que entregar un programa exclusivamente VeriFactu y de forma íntegra.

Hasta aquí estoy de acuerdo contigo. tendremos que ver como hacerlo.

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 563369)
Esto quiere decir que, según esta respuesta, no serviría el montar un programa/servicio aparte que se encargue de hacer los envíos y recoger las respuestas y eso me desmontaría (por lo menos a mi) todo lo que estoy organizando para resolver el tema VeriFactu.

No se porque dices esto.
Una cosa es el programa principal que se abrirá en Veri*Factu o en SII o como sea, y si es el modo Veri*Factu creará registros de facturación.
Otra cosa es el servicio a parte que va mirando si hay registros de facturación y si hay los envía. En el caso de un programa SII ya no habrá registros y no hará nada.

Jaketon 03-04-2025 11:35:01

Buenas, entiendo que de ser como habéis interpretado ninguna dll o programa externo hará q ningún software cumpla con Verifactu. Yo he visto como FactuSol y SAGE han planteado el tema y tienen cosas como series Certificables o no Certificables o Certificables por terceros etc... ¿Quieres decir que les van a tocar los h... a estos? No creo.

CarlosMz 03-04-2025 11:45:37

Yo como lo interpreto es que hay que poner un SIF para cada caso, no creo que sirva series certificables que por lo que entiendo define si la serie es VeriFactu o no

Faneka 03-04-2025 11:51:51

Entonces si tengo un cliente que tiene varias empresas y unas estan en el SII y otra en Veri*Factu, va a tener que tener dos programas, ¿uno para acceder a las empresas del SII y otro para las empresas del Veri*Factu? les va a hacer mucha gracia seguro, y luego nos complica la vida a nosotros.

rci 03-04-2025 11:58:51

Cita:

Empezado por Faneka (Mensaje 563377)
Entonces si tengo un cliente que tiene varias empresas y unas estan en el SII y otra en Veri*Factu, va a tener que tener dos programas, ¿uno para acceder a las empresas del SII y otro para las empresas del Veri*Factu? les va a hacer mucha gracia seguro, y luego nos complica la vida a nosotros.

Tienes razón Faneka. no lo veo muy claro. Cuando salga esa FAQ tendremos que preguntar

newtron 03-04-2025 12:05:07

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 563370)
Hasta aquí estoy de acuerdo contigo. tendremos que ver como hacerlo.


No se porque dices esto.
Una cosa es el programa principal que se abrirá en Veri*Factu o en SII o como sea, y si es el modo Veri*Factu creará registros de facturación.
Otra cosa es el servicio a parte que va mirando si hay registros de facturación y si hay los envía. En el caso de un programa SII ya no habrá registros y no hará nada.


El tema es que parece que quieren obligar a que el usuario no tenga forma alguna de poder "bloquear/cancelar/anular" los envíos a VeriFactu de ninguna forma, o sea, yo ahora mismo tengo un parámetro que determina si VeriFactu está activado/en pruebas/desactivado (para los exentos y mientras no entre en vigor). Según la respuesta que se ha adjuntado esto no sería correcto porque el usuario podría desactivar Verifactu y no se enviarían datos o, aunque quite esa opción y la ponga fija, podrían parar/cancelar el programa "enviador" y aunque el programa de gestión generara los registros para enviar tampoco se enviarían.


No sé... quieren hacer con los programas algo parecido a que si pillan un conductor a 200 por la autopista multaran al fabricante por hacer coches que pasen de 120 Km/h. En este caso da la impresión de que si el usuario hace alguna "ñapa" por algún resquicio del programa que se lo permita nos endiñen a nosotros como responsables.

rci 03-04-2025 13:05:16

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 563380)
El tema es que parece que quieren obligar a que el usuario no tenga forma alguna de poder "bloquear/cancelar/anular" los envíos a VeriFactu de ninguna forma, o sea, yo ahora mismo tengo un parámetro que determina si VeriFactu está activado/en pruebas/desactivado (para los exentos y mientras no entre en vigor). Según la respuesta que se ha adjuntado esto no sería correcto porque el usuario podría desactivar Verifactu y no se enviarían datos

Este punto también lo tendremos que estudiar nosotros porque también tenemos la opción y parece que no se tendría que poder cambiar.

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 563380)
o, aunque quite esa opción y la ponga fija, podrían parar/cancelar el programa "enviador" y aunque el programa de gestión generara los registros para enviar tampoco se enviarían.

En ese caso, tu programa cumple la ley, el que no la cumple es el usuario si para el servicio.

Iremos viendo como hacerlo.

Saludos

seccion_31 03-04-2025 14:55:53

Cita:

En cualquier caso, este ofrecimiento debe implementarse de tal forma que el usuario no pueda cambiar dinámicamente de un “producto” a otro con cada factura ni con cada sesión o arranque del producto, sino que el usuario deberá elegir previamente qué tipo de SIF quiere utilizar y lo instalará –o actualizará– para que cumpla con esas características, que ya permanecerán así en adelante (a menos que se desinstale).
Sin animo de crear polemica, sobre este tema.

Basta con crear una licencia con el modo de operacion, que el usuario no pueda cambiar y ya.

Por ejemplo, "Una llamada" al productor del software para que arranque en el modo elegido, y ya. De de esta forma incluso desinstalando al instalar de nuevo aparecera en el modo elegido. sin como dice la AEAT que el usuario pueda decidirlo a voluntad. Es lo que pide literalmente.

bmfranky 04-04-2025 20:09:12

No creo que se asi tampoco, sino, la opcion de fin verifactu, para que la ponen sino para acogerte al modo no verifactu?

rci 23-04-2025 16:22:46

Cita:

Empezado por CarlosMz (Mensaje 563322)
Hola,

preguntando a la AEAT sobre el uso de VeriFactu y SII me han contestado esto:

Adicionalmente le ofrecemos la siguiente FAQ (pendiente de publicación) por si le fuese de utilidad:

CONSIDERACIÓN SOBRE FABRICACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE UN ÚNICO PRODUCTO SIF VS. UN “CONJUNTO, PAQUETE O FAMILIA” DE PRODUCTOS SIF, EN LO QUE CONCIERNE A CUMPLIR O NO CON EL RD 1007/2023.

Debe recordarse que un SIF adaptado al RD 1007/2023 (tanto actuando en la modalidad VERI*FACTU como en la NO VERI*FACTU) SOLO puede usarse cumpliendo con todos los requisitos de dicho RD 1007/2023 que le aplican a él (para lo que, entre otras cosas, es necesario tener instalado un certificado electrónico cualificado válido). Cuando un productor o fabricante –mientras se den las circunstancias que permitan esto– ofrece al cliente un sistema de facturación para que pueda ser usado de forma adaptada al RRSIF o sin adaptar a dicha normativa, o bien para que cumpla con diferentes normativas, tales como TicketBAI, RD 1007/2023 y la normativa que regula el Suministro Inmediato de Información “SII”, realmente está ofreciendo “un paquete o familia” de varios productos SIF diferentes (aunque puede que compartan gran parte de su programación), a fin de que el cliente pueda elegir específicamente uno para instalar y usar, bajo la responsabilidad del usuario.

En cualquier caso, este ofrecimiento debe implementarse de tal forma que el usuario no pueda cambiar dinámicamente de un “producto” a otro con cada factura ni con cada sesión o arranque del producto, sino que el usuario deberá elegir previamente qué tipo de SIF quiere utilizar y lo instalará –o actualizará– para que cumpla con esas características, que ya permanecerán así en adelante (a menos que se desinstale).

También cabe recordar que la declaración responsable del productor/fabricante solo debe incorporarse a un producto SIF instalado que cumpla con el RD 1007/2023 (es decir, adaptado) y no a otros SIF que no lo cumplan (aunque cumplan con otras normativas o sirvan de base a las mismas, como TicketBAI o SII), ya que esto último (es decir, certificar un SIF como cumplidor del RD 1007/2023, mediante una declaración responsable, cuando no lo es) sería sancionable.

Todo esto también aplica a los casos de SIF en la nube, tipo SaaS (Software as a Service), que se ofrecen a muchos usuarios: no puede haber un único SIF que deje ser utilizado para cumplir o no con el RD 1007/2023, sino que deberá haber varios SIF y el usuario deberá elegir el que aplique a la facturación a llevar con él (el adaptado al RD 1007/2023, el adaptado a TicketBAI…).


¿De verdad, tenemos que duplicar SIF cambiando el nombre?

Ejemplo:
Mi Software Verifactu > Descarga aquí
Mi Software SII > Descarga aquí...
Mi Software TBAI...
....

¿o cómo interpretáis esta respuesta ?

Nuestro SIF puede trabajar con varias empresas en la misma base de datos. Cada empresa un obligado tributario distinto. Al arrancar el programa no se escoge la empresa, sino que se indica en el TPV o en la pantalla de facturación. Es el mismo ejecutable, el mismo programa.
Podría ser que algún cliente nuestro tenga dos empresas, una en el SII y otra en Veri*Factu por ejemplo.
El usuario puede hacer primero una factura de la empresa A que está en el SII y después otra factura de la empresa B que está en Veri*Factu ...
No veo la forma de cumplir con lo que dicen en esta "presunta FAQ pendiente de publicación"...

A ver si la publican oficialmente.
En varios posts de respuestas al correo de veri*factu hablan de nuevas FAQs pendientes de publicación pero no acabo de verlas publicadas... :confused:

espinete 23-04-2025 16:39:55

Esta gente está flipando si creen que es sencillo crear diferentes programas para cada cosa. Y si el programa es multiempresa y algunas están en País Vasco y otras no? Y si es una asesoría que lleva la facturación de varias empresas distintas? Y si es un software en la nube, que incluye tanto Verifactu como Ticketbai según el caso? Y si una empresa con sede en Barcelona dentro de un año cambia su sede al País Vasco, o al revés?

Lo que faltaba, que esta gente vaya a decidir cómo distribuir nuestro software después de 25 años en el mercado...

Como mucho, en el momento de la puesta en marcha tras la instalación (y no antes), se podrá pre-configurar el software y que esa configuración no se pueda tocar más tarde. Pero tener que hacer una versión distinta para cada reglamento, que esperen sentados.

rci 23-04-2025 17:29:04

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 563958)
Esta gente está flipando si creen que es sencillo crear diferentes programas para cada cosa. Y si el programa es multiempresa y algunas están en País Vasco y otras no? Y si es una asesoría que lleva la facturación de varias empresas distintas? Y si es un software en la nube, que incluye tanto Verifactu como Ticketbai según el caso? Y si una empresa con sede en Barcelona dentro de un año cambia su sede al País Vasco, o al revés?

Lo que faltaba, que esta gente vaya a decidir cómo distribuir nuestro software después de 25 años en el mercado...

Como mucho, en el momento de la puesta en marcha tras la instalación (y no antes), se podrá pre-configurar el software y que esa configuración no se pueda tocar más tarde. Pero tener que hacer una versión distinta para cada reglamento, que esperen sentados.

Estoy de acuerdo.
Pero puntualizando casos como que una empresa esté en Veri*Factu (y el usuario teóricamente no pueda cambiarlo) pero al cambiar el año tenga que entrar en el SII porque ha facturado mas... imagino que esto puede ocurrir y en ese caso tendrá que "salir" de Veri*Factu y "entrar" en SII...

Jarogo08 23-04-2025 17:46:02

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 563956)
Nuestro SIF puede trabajar con varias empresas en la misma base de datos. Cada empresa un obligado tributario distinto.
Podría ser que algún cliente nuestro tenga dos empresas, una en el SII y otra en Veri*Factu por ejemplo.
El usuario puede hacer primero una factura de la empresa A que está en el SII y después otra factura de la empresa B que está en Veri*Factu ...
No veo la forma de cumplir con lo que dicen en esta "presunta FAQ pendiente de publicación"...


Nuestro programa también es así, multiempresa. Y también se nos va a dar el caso que por ejemplo en un cliente la empresa 1 esté en el SII y las empresas 2 y 3 en Verifactu.

Pero no entiendo muy bien dónde ves el problema... la empresa 1 generará facturas como hasta ahora (que no generarán el registro de facturación para enviar), y las empresas 2 y 3 generarán facturas que sí crearán y enviarán registros de facturación (cada una encadenadas entre sí).

¿Cual sería el problema?

rci 23-04-2025 18:16:56

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 563965)
Nuestro programa también es así, multiempresa. Y también se nos va a dar el caso que por ejemplo en un cliente la empresa 1 esté en el SII y las empresas 2 y 3 en Verifactu.

Pero no entiendo muy bien dónde ves el problema... la empresa 1 generará facturas como hasta ahora (que no generarán el registro de facturación para enviar), y las empresas 2 y 3 generarán facturas que sí crearán y enviarán registros de facturación (cada una encadenadas entre sí).

¿Cual sería el problema?

El problema? pues casi todo lo que dice esa FAQ:o

Cita:

varios productos SIF diferentes ... para que el cliente pueda elegir específicamente uno para instalar
en este caso, para cada empresa será distinto pero es el mismo programa...

Cita:

este ofrecimiento debe implementarse de tal forma que el usuario no pueda cambiar dinámicamente de un “producto” a otro con cada factura ni con cada sesión o arranque del producto, sino que el usuario deberá elegir previamente qué tipo de SIF quiere utilizar y lo instalará –o actualizará– para que cumpla con esas características, que ya permanecerán así en adelante (a menos que se desinstale).
En el caso que comentas, al arrancar el programa el SIF será Veri*Factu para una empresa y SII para la otra...


Cita:

También cabe recordar que la declaración responsable del productor/fabricante solo debe incorporarse a un producto SIF instalado que cumpla con el RD 1007/2023 (es decir, adaptado) y no a otros SIF que no lo cumplan (aunque cumplan con otras normativas o sirvan de base a las mismas, como TicketBAI o SII), ya que esto último (es decir, certificar un SIF como cumplidor del RD 1007/2023, mediante una declaración responsable, cuando no lo es) sería sancionable.
La declaración responsable es una por programa, en el caso que comentamos tanto la podrá ver en la empresa Veri*Factu como en la empresa SII y dice que no puede ser.

Cita:

no puede haber un único SIF que deje ser utilizado para cumplir o no con el RD 1007/2023, sino que deberá haber varios SIF y el usuario deberá elegir el que aplique a la facturación a llevar con él (el adaptado al RD 1007/2023, el adaptado a TicketBAI…).
Está diciendo que no podemos utilizar el mismo programa para varias empresas, una con Veri*Factu, otra con TicketBAI, otra con SII, ...


No lo ves así Jarogo08?

newtron 23-04-2025 19:11:41

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 563968)
El problema? pues casi todo lo que dice esa FAQ:o


en este caso, para cada empresa será distinto pero es el mismo programa...



En el caso que comentas, al arrancar el programa el SIF será Veri*Factu para una empresa y SII para la otra...




La declaración responsable es una por programa, en el caso que comentamos tanto la podrá ver en la empresa Veri*Factu como en la empresa SII y dice que no puede ser.



Está diciendo que no podemos utilizar el mismo programa para varias empresas, una con Veri*Factu, otra con TicketBAI, otra con SII, ...


No lo ves así Jarogo08?


Yo cogería con pinzas esa respuesta de VeriFactu, es una interpretación no vinculante de un funcionario y ya hemos visto casos de que a la misma pregunta de distintos desarrolladores han contestado de distinta forma así que.... con pinzas.

Jarogo08 24-04-2025 08:41:46

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 563968)
este ofrecimiento debe implementarse de tal forma que el usuario no pueda cambiar dinámicamente de un “producto” a otro con cada factura ni con cada sesión o arranque del producto, sino que el usuario deberá elegir previamente qué tipo de SIF quiere utilizar y lo instalará –o actualizará– para que cumpla con esas características, que ya permanecerán así en adelante (a menos que se desinstale).
En el caso que comentas, al arrancar el programa el SIF será Veri*Factu para una empresa y SII para la otra...

Yo aquí entiendo que no puedes cambiar de modalidad (de Verifactu a SII, por ejemplo) cuando te apetezca. Si configuras la empresa como SII o Verifactu, tendrás que terminar el año natural en esa modalidad.

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 563968)
También cabe recordar que la declaración responsable del productor/fabricante solo debe incorporarse a un producto SIF instalado que cumpla con el RD 1007/2023 (es decir, adaptado) y no a otros SIF que no lo cumplan (aunque cumplan con otras normativas o sirvan de base a las mismas, como TicketBAI o SII), ya que esto último (es decir, certificar un SIF como cumplidor del RD 1007/2023, mediante una declaración responsable, cuando no lo es) sería sancionable.
La declaración responsable es una por programa, en el caso que comentamos tanto la podrá ver en la empresa Veri*Factu como en la empresa SII y dice que no puede ser.

Yo aquí entiendo que si mi programa está adaptado al SII pero no lo adapto a Verifactu no puedo ponerle la declaración responsable.
Cita:

Empezado por rci (Mensaje 563968)
no puede haber un único SIF que deje ser utilizado para cumplir o no con el RD 1007/2023
Está diciendo que no podemos utilizar el mismo programa para varias empresas, una con Veri*Factu, otra con TicketBAI, otra con SII, ...

Yo no entiendo eso... yo de aquí entiendo que el mismo programa no puede cumplir el Real Decreto en la empresa 1 y no cumplirlo en la empresa 2. El programa que cumpla el Real Decreto tiene que cumplirlo en todas las empresas (aunque en una trabajes en modo Verifactu y en otra en modo SII). Es decir... o cumple o no cumple, pero si cumple lo va a cumplir siempre

Jarogo08 24-04-2025 08:44:38

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 563971)
Yo cogería con pinzas esa respuesta de VeriFactu, es una interpretación no vinculante de un funcionario y ya hemos visto casos de que a la misma pregunta de distintos desarrolladores han contestado de distinta forma así que.... con pinzas.


Efectivamente... nosotros preguntamos y nos han dicho claramente que se puede usar el modo Verifactu en la empresa 1 y el modo SII en la empresa 2. Y en el empresa 3 si quieres el modo NO Verifactu (aunque nosotros no lo vamos a tener)


Saludos

bmfranky 24-04-2025 09:28:53

A mi forma de ver, lo que quieren es que una misma empresa, no pueda emitir facturas verifactu, no verifactu y SII a la vez, segun encendamos el programa, osea que una vez configurado un modo, se use ese o mas concretamente, que aunque se puede cambiar , no sea a gusto del usuario, que no puedan decir pues como hoy estoy vendiendo donde tengo conexion, pues facturo modo verifactu, como hoy no , pues en modo no verifactu...
La certificacion, la puedes hacer, puesto que si tu programa es capaz de emitir facturas en modo verifactu, cumple la normativa, puesto que cuando emites las facturas,para una empresa en modo no SII, cumples todos los requisitos para ello, lo de la trazabilidad,inalterabilidad, etc.. es lo mismo para todos los casos, lo que has de tener en cuenta, es que por ejemplo, las facturas que emitan tus clientes del SII, no han de llevar el QR, ni siquiera cuando emitas una copia....
Tambien , has de tener en cuenta, por ejemplo, que cuando estes en una sesion SII, no has de dar acceso a las facturas de la parte verifactu, o la declaracion responsable etc...

novatico 24-04-2025 11:28:17

¿ Que una misma empresa no puede emitir Verifactu y también SII ??.
Acabo de tener el caso de 2 empresas de 2 Obligados diferentes, que éste mes de Abril han solicitado voluntariamente declarar por SII. Si esto ocurre el año que viene, que tienen que hacer quitarse un SIF para ponerse otro ?. Y es más, como ha sido una solicitud voluntaria, nada les impide, respetando los plazos legales, salir del SII. ¿ Otro cambio de SIF ?. Y de esta manera nos podemos eternizar.

bmfranky 24-04-2025 11:50:26

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 563983)
¿ Que una misma empresa no puede emitir Verifactu y también SII ??.
Acabo de tener el caso de 2 empresas de 2 Obligados diferentes, que éste mes de Abril han solicitado voluntariamente declarar por SII. Si esto ocurre el año que viene, que tienen que hacer quitarse un SIF para ponerse otro ?. Y es más, como ha sido una solicitud voluntaria, nada les impide, respetando los plazos legales, salir del SII. ¿ Otro cambio de SIF ?. Y de esta manera nos podemos eternizar.

Por mi parte creo que no, pero devceria estar controlado pàra que el usuario no pueda cambiar de un modo a otro a boleo, sin mas, por ejemplo una opcion de administrador al respeco.

Jarogo08 24-04-2025 12:24:28

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 563978)
A mi forma de ver, lo que quieren es que una misma empresa, no pueda emitir facturas verifactu, no verifactu y SII a la vez, segun encendamos el programa, osea que una vez configurado un modo, se use ese o mas concretamente, que aunque se puede cambiar , no sea a gusto del usuario, que no puedan decir pues como hoy estoy vendiendo donde tengo conexion, pues facturo modo verifactu, como hoy no , pues en modo no verifactu...
La certificacion, la puedes hacer, puesto que si tu programa es capaz de emitir facturas en modo verifactu, cumple la normativa, puesto que cuando emites las facturas,para una empresa en modo no SII, cumples todos los requisitos para ello, lo de la trazabilidad,inalterabilidad, etc.. es lo mismo para todos los casos, lo que has de tener en cuenta, es que por ejemplo, las facturas que emitan tus clientes del SII, no han de llevar el QR, ni siquiera cuando emitas una copia....
Tambien , has de tener en cuenta, por ejemplo, que cuando estes en una sesion SII, no has de dar acceso a las facturas de la parte verifactu, o la declaracion responsable etc...


De acuerdo en casi todo!
Lo único que no me encaja es la última frase: "cuando estes en una sesion SII, no has de dar acceso a las facturas de la parte verifactu, o la declaracion responsable etc". Yo diría que la declaración responsable la vas a poder ver. Si mi programa cumple la ley, y tengo un cliente que va a trabajar en modo SII debe tener y poder ver igualmente la declaración responsable.
¿mi programa cumple la ley? Pues le pongo la declaración responsable. Y luego el usuario ya decidirá si trabaja en modo SII-Verifactu-No Verifactu

Faneka 13-05-2025 11:06:09

Y sobre este tema:
A las empresas que están en el SII no necesitan un SIF que cumpla con estos requisitos por lo cual sus facturas no tendrán Qr. A sus clientes esto no le puede parecer "extraño" y que parezca que esas facturas no son tan legales como las facturas que si tienen el Qr.
Se supone que lo estaban estudiando por la respuestas que dieron, pero no se si hay alguna noticia nueva. Tenemos un cliente que esta empeñado en que sus facturas tienen que llevar tambien QR aún estando en el SII.
¿Teneis vosotros algún caso igual?

newtron 13-05-2025 11:31:34

Cita:

Empezado por Faneka (Mensaje 564541)
Y sobre este tema:
A las empresas que están en el SII no necesitan un SIF que cumpla con estos requisitos por lo cual sus facturas no tendrán Qr. A sus clientes esto no le puede parecer "extraño" y que parezca que esas facturas no son tan legales como las facturas que si tienen el Qr.
Se supone que lo estaban estudiando por la respuestas que dieron, pero no se si hay alguna noticia nueva. Tenemos un cliente que esta empeñado en que sus facturas tienen que llevar tambien QR aún estando en el SII.
¿Teneis vosotros algún caso igual?


A mi no me ha pasado (todavía) pero dile a tu cliente que te envíe la ley donde diga eso. Si se enroca no puedes hacer mucho más.

Faneka 13-05-2025 11:35:03

Ponerselo se le puede poner, aunque el que lo lea siempre le dira que no existe.

gcqZW 13-05-2025 11:41:07

Métele un rickroll en el qr jajajaja, la verdad es que no tiene mucho sentido el diferenciar tanto los procesos del SII y verifactu pero...

Faneka 09-06-2025 11:34:44

¿Como quedo al final este tema? ¿Podemos tener un ejecutable que dependiendo de la empresa use SII o Veri*Factu, y que la declaración responsable solo se vea en las empresas acogidas a Veri*Factu o tendremos que tener dos ejecutables uno para las empresas del SII y otro para las que este en Veri*Fact?

newtron 09-06-2025 11:53:48

Cita:

Empezado por Faneka (Mensaje 565333)
¿Como quedo al final este tema? ¿Podemos tener un ejecutable que dependiendo de la empresa use SII o Veri*Factu, y que la declaración responsable solo se vea en las empresas acogidas a Veri*Factu o tendremos que tener dos ejecutables uno para las empresas del SII y otro para las que este en Veri*Fact?


Mucho me temo que no está claro el asunto ni para ellos. Una opción creo que correcta sería tener un solo programa y elegir en su momento si está en Verifactu o en Sii y que posteriormente el usuario no pueda cambiarlo (que es lo que ellos no quieren) y que solo se pueda cambiar o bien desinstalando y volviendo a instalar o llamando al fabricante y que lo cambie. (Es una idea).

Faneka 09-06-2025 12:12:43

Creo que viendo lo que es un SIF:

Un SIF se identifica universalmente por la “concatenación” de tres campos: Id.OEF(NIF) + Id.SIF (código de 2 posiciones dado por el fabricante a su producto SIF) +NºInstalación(*)

Se puede sacar que cada empresa es un SIF, así que la declaración se veria solo en las acogidas a Veri*Factu. Y los usuarios no podrian cambiar de SII a Verifactu por configuración. Seriamos nosotros los que tendriamos que elegir si la empresa esta en SII o Veri*Factu.

En definitiva que con un solo ejecutable no habría problemas.

Jarogo08 09-06-2025 12:17:21

Nosotros en nuestro programa pusimos una opción del estilo "Ayuda / Acerca de", algo como "Ayuda / Declaración Responsable".


Es un único programa que permite multiempresa, así que si por ejemplo estás en la empresa 1 que trabaja en modo Verifactu al darle te abrirá la declaración responsable. Y si estás en la empresa 2 que trabaja en modo SII al darle a la opción te dirá "La empresa trabaja en modo SII. Opción no disponible"

Javierus 03-07-2025 10:52:24

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 565334)
Mucho me temo que no está claro el asunto ni para ellos. Una opción creo que correcta sería tener un solo programa y elegir en su momento si está en Verifactu o en Sii y que posteriormente el usuario no pueda cambiarlo (que es lo que ellos no quieren) y que solo se pueda cambiar o bien desinstalando y volviendo a instalar o llamando al fabricante y que lo cambie. (Es una idea).

Quizás que antes de abrir el ejercicio de 2026 en cualquier empresa pregunte si está sujeta a:
1) "Verifactu desde 1/1/2026"
2) "Verifactu desde 31/07/2026"
3) "SII"

y del 2027 en adelante:
1) Verifactu
2) SII

Obligándole a leer un paginote bien grande donde acepta y se hace responsable y tal

Por completar, le he preguntado a ChatGPT O3, y me dice que actualmente una empresa puede entrar al SII en cualquier trimestre, pero no puede salir del SII hasta que termine el ejercicio:
"Durante un mismo ejercicio fiscal sí se puede entrar en el SII (opción voluntaria o por alta en un régimen obligatorio), pero no se puede salir hasta el 1 de enero del ejercicio siguiente, salvo que desaparezca la causa de la obligación y, aun así, el efecto también se difiere al inicio del año siguiente."

newtron 03-07-2025 11:25:23

Yo de momento lo que he hecho es que cuando se active VeriFactu ya no haya marcha atrás por parte del usuario y si se quiere "recular" (que no debería) que nos llamen.

Jarogo08 03-07-2025 12:27:22

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 566041)
Yo de momento lo que he hecho es que cuando se active VeriFactu ya no haya marcha atrás por parte del usuario y si se quiere "recular" (que no debería) que nos llamen.


En nuestro programa tampoco se puede recular... una vez que empieces con un sistema no puedes dejarlo si te apetece. Sólo puedes cambiarlo por otro sistema y siguiendo unos plazos.

Por ejemplo:
Si yo configuro hoy una empresa y empieza a enviar en modo Verifactu, no puedo dentro de un mes o dos cambiar al SII. Tendría que esperar al 1 de enero. Este caso si que lo tenemos contemplado.

Javierus 03-07-2025 12:58:07

Yo también voy a actuar así; de hecho, la normativa no permite salirse de VeriFactu hasta que termine el ejercicio. Tampoco permite salirse del SII hasta que terminas el ejercicio. La única duda que tengo es si es posible pasar de VeriFactu al SII durante un ejercicio

¿Qué vais a hacer hasta el 31/12/25, vais a obligar sí o sí a la gente a enviar a VeriFactu desde que instalen hasta entonces?

Faneka 03-07-2025 13:16:34

Despues del verano empezaremos a ir actualizando clientes y que empiecen a enviar a producción, así vamos poco a poco viendo problemas, si se deja todo para enero-2026 el caos puede ser terrible, jaja.

Neftali [Germán.Estévez] 04-07-2025 09:11:09

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 566041)
Yo de momento lo que he hecho es que cuando se active VeriFactu ya no haya marcha atrás por parte del usuario y si se quiere "recular" (que no debería) que nos llamen.

Igual que nosotros.

Cita:

Empezado por Javierus (Mensaje 566058)
¿Qué vais a hacer hasta el 31/12/25, vais a obligar sí o sí a la gente a enviar a VeriFactu desde que instalen hasta entonces?

Para los nuevos clientes, ya entran directamente en Veri*factu enviando facturas o en No-Veri*factu (sin enviar), pero ya lo lleva activado. Ni se pregunta, ni se avisa.
Para los existentes, salvo algunas excepciones se lo hemos activado a todos a partir de una fecha con un aviso (a los que se han actualizado).
A los que tienen versiones antiguas (no actualizadas) se les ha comunicado que deben actualizarse para cumplir normativa.

razorxxx 07-07-2025 09:25:57

En mi empresa sólo vamos a tener SIF en modo VeriFactu. Yo lo que estoy trabado es en qué pasaría si el día de mañana un cliente se pasa de VeriFactu a SII. Si no se pueden enviar las facturas por ambos sistemas, porque internamente a la AEAT le daría un problema de duplicidad (esto me lo contestaron así en su día), y si el SII lo llevan desde el programa de contabilidad (en lugar del de facturación), ¿cómo pueden seguir facturando por el SIF que sólo admite el modo VeriFactu? ¿tengo que desactivar la generación y envío de RF, así como la impresión del QR?

Neftali [Germán.Estévez] 07-07-2025 09:33:54

Cita:

Empezado por razorxxx (Mensaje 566151)
En mi empresa sólo vamos a tener SIF en modo VeriFactu. Yo lo que estoy trabado es en qué pasaría si el día de mañana un cliente se pasa de VeriFactu a SII. Si no se pueden enviar las facturas por ambos sistemas, porque internamente a la AEAT le daría un problema de duplicidad (esto me lo contestaron así en su día), y si el SII lo llevan desde el programa de contabilidad (en lugar del de facturación), ¿cómo pueden seguir facturando por el SIF que sólo admite el modo VeriFactu? ¿tengo que desactivar la generación y envío de RF, así como la impresión del QR?

Si.
Tendrías que desactivar en tu SIF la opción de verifactu, indicando que vas a pasar al SII.
Eso si, la normativa dice que tienes que seguir enviando hasta final de año. Si lo desactivas el 15 se Septiembre estás obligado a enviar por el SIF hasta el 31/12/AÑO Y a partir de ese momento dejar de generar Registros, dejar de enviarlo, dejar de generar QR,... y activar el SII ese mismo día (inicio de año).

Al menos eso es lo que hacemos nosotros.

Jarogo08 07-07-2025 09:51:14

Cita:

Empezado por Neftali [Germán.Estévez] (Mensaje 566153)
Si.
Tendrías que desactivar en tu SIF la opción de verifactu, indicando que vas a pasar al SII.
Eso si, la normativa dice que tienes que seguir enviando hasta final de año. Si lo desactivas el 15 se Septiembre estás obligado a enviar por el SIF hasta el 31/12/AÑO Y a partir de ese momento dejar de generar Registros, dejar de enviarlo, dejar de generar QR,... y activar el SII ese mismo día (inicio de año).

Al menos eso es lo que hacemos nosotros.

Creo que hay una posibilidad de cambiar sin esperar a final de año. Una empresa que está en modo Verifactu, termina el año, y en febrero (tras los cierres) la AEAT le informa que tiene que pasarse al modo SII (porque cumple los requerimientos, por ejemplo su facturación pasó de los 6 millones de euros). Tendría que empezar en modo SII el 01 de Marzo.

Creo que este caso se puede dar, pero no estoy seguro al 100%. A ver si me entero y lo puedo confirmar!


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