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VeriFactu / SII
Hola,
preguntando a la AEAT sobre el uso de VeriFactu y SII me han contestado esto: Cita:
Ejemplo: Mi Software Verifactu > Descarga aquí Mi Software SII > Descarga aquí... Mi Software TBAI... .... ¿o cómo interpretáis esta respuesta ? |
Pues esto es una movida gorda. Porque según indica no puedes entregar un programa que te pregunte en qué régimen estás: VeriFactu, SII, exento...
sino que tienes que entregar un programa exclusivamente VeriFactu y de forma íntegra. Esto quiere decir que, según esta respuesta, no serviría el montar un programa/servicio aparte que se encargue de hacer los envíos y recoger las respuestas y eso me desmontaría (por lo menos a mi) todo lo que estoy organizando para resolver el tema VeriFactu. A ver qué dicen el resto de colegas sobre este tema. |
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Una cosa es el programa principal que se abrirá en Veri*Factu o en SII o como sea, y si es el modo Veri*Factu creará registros de facturación. Otra cosa es el servicio a parte que va mirando si hay registros de facturación y si hay los envía. En el caso de un programa SII ya no habrá registros y no hará nada. |
Buenas, entiendo que de ser como habéis interpretado ninguna dll o programa externo hará q ningún software cumpla con Verifactu. Yo he visto como FactuSol y SAGE han planteado el tema y tienen cosas como series Certificables o no Certificables o Certificables por terceros etc... ¿Quieres decir que les van a tocar los h... a estos? No creo.
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Yo como lo interpreto es que hay que poner un SIF para cada caso, no creo que sirva series certificables que por lo que entiendo define si la serie es VeriFactu o no
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Entonces si tengo un cliente que tiene varias empresas y unas estan en el SII y otra en Veri*Factu, va a tener que tener dos programas, ¿uno para acceder a las empresas del SII y otro para las empresas del Veri*Factu? les va a hacer mucha gracia seguro, y luego nos complica la vida a nosotros.
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El tema es que parece que quieren obligar a que el usuario no tenga forma alguna de poder "bloquear/cancelar/anular" los envíos a VeriFactu de ninguna forma, o sea, yo ahora mismo tengo un parámetro que determina si VeriFactu está activado/en pruebas/desactivado (para los exentos y mientras no entre en vigor). Según la respuesta que se ha adjuntado esto no sería correcto porque el usuario podría desactivar Verifactu y no se enviarían datos o, aunque quite esa opción y la ponga fija, podrían parar/cancelar el programa "enviador" y aunque el programa de gestión generara los registros para enviar tampoco se enviarían. No sé... quieren hacer con los programas algo parecido a que si pillan un conductor a 200 por la autopista multaran al fabricante por hacer coches que pasen de 120 Km/h. En este caso da la impresión de que si el usuario hace alguna "ñapa" por algún resquicio del programa que se lo permita nos endiñen a nosotros como responsables. |
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Iremos viendo como hacerlo. Saludos |
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Basta con crear una licencia con el modo de operacion, que el usuario no pueda cambiar y ya. Por ejemplo, "Una llamada" al productor del software para que arranque en el modo elegido, y ya. De de esta forma incluso desinstalando al instalar de nuevo aparecera en el modo elegido. sin como dice la AEAT que el usuario pueda decidirlo a voluntad. Es lo que pide literalmente. |
No creo que se asi tampoco, sino, la opcion de fin verifactu, para que la ponen sino para acogerte al modo no verifactu?
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Podría ser que algún cliente nuestro tenga dos empresas, una en el SII y otra en Veri*Factu por ejemplo. El usuario puede hacer primero una factura de la empresa A que está en el SII y después otra factura de la empresa B que está en Veri*Factu ... No veo la forma de cumplir con lo que dicen en esta "presunta FAQ pendiente de publicación"... A ver si la publican oficialmente. En varios posts de respuestas al correo de veri*factu hablan de nuevas FAQs pendientes de publicación pero no acabo de verlas publicadas... :confused: |
Esta gente está flipando si creen que es sencillo crear diferentes programas para cada cosa. Y si el programa es multiempresa y algunas están en País Vasco y otras no? Y si es una asesoría que lleva la facturación de varias empresas distintas? Y si es un software en la nube, que incluye tanto Verifactu como Ticketbai según el caso? Y si una empresa con sede en Barcelona dentro de un año cambia su sede al País Vasco, o al revés?
Lo que faltaba, que esta gente vaya a decidir cómo distribuir nuestro software después de 25 años en el mercado... Como mucho, en el momento de la puesta en marcha tras la instalación (y no antes), se podrá pre-configurar el software y que esa configuración no se pueda tocar más tarde. Pero tener que hacer una versión distinta para cada reglamento, que esperen sentados. |
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Pero puntualizando casos como que una empresa esté en Veri*Factu (y el usuario teóricamente no pueda cambiarlo) pero al cambiar el año tenga que entrar en el SII porque ha facturado mas... imagino que esto puede ocurrir y en ese caso tendrá que "salir" de Veri*Factu y "entrar" en SII... |
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Nuestro programa también es así, multiempresa. Y también se nos va a dar el caso que por ejemplo en un cliente la empresa 1 esté en el SII y las empresas 2 y 3 en Verifactu. Pero no entiendo muy bien dónde ves el problema... la empresa 1 generará facturas como hasta ahora (que no generarán el registro de facturación para enviar), y las empresas 2 y 3 generarán facturas que sí crearán y enviarán registros de facturación (cada una encadenadas entre sí). ¿Cual sería el problema? |
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No lo ves así Jarogo08? |
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Yo cogería con pinzas esa respuesta de VeriFactu, es una interpretación no vinculante de un funcionario y ya hemos visto casos de que a la misma pregunta de distintos desarrolladores han contestado de distinta forma así que.... con pinzas. |
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Efectivamente... nosotros preguntamos y nos han dicho claramente que se puede usar el modo Verifactu en la empresa 1 y el modo SII en la empresa 2. Y en el empresa 3 si quieres el modo NO Verifactu (aunque nosotros no lo vamos a tener) Saludos |
A mi forma de ver, lo que quieren es que una misma empresa, no pueda emitir facturas verifactu, no verifactu y SII a la vez, segun encendamos el programa, osea que una vez configurado un modo, se use ese o mas concretamente, que aunque se puede cambiar , no sea a gusto del usuario, que no puedan decir pues como hoy estoy vendiendo donde tengo conexion, pues facturo modo verifactu, como hoy no , pues en modo no verifactu...
La certificacion, la puedes hacer, puesto que si tu programa es capaz de emitir facturas en modo verifactu, cumple la normativa, puesto que cuando emites las facturas,para una empresa en modo no SII, cumples todos los requisitos para ello, lo de la trazabilidad,inalterabilidad, etc.. es lo mismo para todos los casos, lo que has de tener en cuenta, es que por ejemplo, las facturas que emitan tus clientes del SII, no han de llevar el QR, ni siquiera cuando emitas una copia.... Tambien , has de tener en cuenta, por ejemplo, que cuando estes en una sesion SII, no has de dar acceso a las facturas de la parte verifactu, o la declaracion responsable etc... |
¿ Que una misma empresa no puede emitir Verifactu y también SII ??.
Acabo de tener el caso de 2 empresas de 2 Obligados diferentes, que éste mes de Abril han solicitado voluntariamente declarar por SII. Si esto ocurre el año que viene, que tienen que hacer quitarse un SIF para ponerse otro ?. Y es más, como ha sido una solicitud voluntaria, nada les impide, respetando los plazos legales, salir del SII. ¿ Otro cambio de SIF ?. Y de esta manera nos podemos eternizar. |
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De acuerdo en casi todo! Lo único que no me encaja es la última frase: "cuando estes en una sesion SII, no has de dar acceso a las facturas de la parte verifactu, o la declaracion responsable etc". Yo diría que la declaración responsable la vas a poder ver. Si mi programa cumple la ley, y tengo un cliente que va a trabajar en modo SII debe tener y poder ver igualmente la declaración responsable. ¿mi programa cumple la ley? Pues le pongo la declaración responsable. Y luego el usuario ya decidirá si trabaja en modo SII-Verifactu-No Verifactu |
Y sobre este tema:
A las empresas que están en el SII no necesitan un SIF que cumpla con estos requisitos por lo cual sus facturas no tendrán Qr. A sus clientes esto no le puede parecer "extraño" y que parezca que esas facturas no son tan legales como las facturas que si tienen el Qr. Se supone que lo estaban estudiando por la respuestas que dieron, pero no se si hay alguna noticia nueva. Tenemos un cliente que esta empeñado en que sus facturas tienen que llevar tambien QR aún estando en el SII. ¿Teneis vosotros algún caso igual? |
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A mi no me ha pasado (todavía) pero dile a tu cliente que te envíe la ley donde diga eso. Si se enroca no puedes hacer mucho más. |
Ponerselo se le puede poner, aunque el que lo lea siempre le dira que no existe.
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Métele un rickroll en el qr jajajaja, la verdad es que no tiene mucho sentido el diferenciar tanto los procesos del SII y verifactu pero...
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¿Como quedo al final este tema? ¿Podemos tener un ejecutable que dependiendo de la empresa use SII o Veri*Factu, y que la declaración responsable solo se vea en las empresas acogidas a Veri*Factu o tendremos que tener dos ejecutables uno para las empresas del SII y otro para las que este en Veri*Fact?
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Mucho me temo que no está claro el asunto ni para ellos. Una opción creo que correcta sería tener un solo programa y elegir en su momento si está en Verifactu o en Sii y que posteriormente el usuario no pueda cambiarlo (que es lo que ellos no quieren) y que solo se pueda cambiar o bien desinstalando y volviendo a instalar o llamando al fabricante y que lo cambie. (Es una idea). |
Creo que viendo lo que es un SIF:
Un SIF se identifica universalmente por la “concatenación” de tres campos: Id.OEF(NIF) + Id.SIF (código de 2 posiciones dado por el fabricante a su producto SIF) +NºInstalación(*) Se puede sacar que cada empresa es un SIF, así que la declaración se veria solo en las acogidas a Veri*Factu. Y los usuarios no podrian cambiar de SII a Verifactu por configuración. Seriamos nosotros los que tendriamos que elegir si la empresa esta en SII o Veri*Factu. En definitiva que con un solo ejecutable no habría problemas. |
Nosotros en nuestro programa pusimos una opción del estilo "Ayuda / Acerca de", algo como "Ayuda / Declaración Responsable".
Es un único programa que permite multiempresa, así que si por ejemplo estás en la empresa 1 que trabaja en modo Verifactu al darle te abrirá la declaración responsable. Y si estás en la empresa 2 que trabaja en modo SII al darle a la opción te dirá "La empresa trabaja en modo SII. Opción no disponible" |
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1) "Verifactu desde 1/1/2026" 2) "Verifactu desde 31/07/2026" 3) "SII" y del 2027 en adelante: 1) Verifactu 2) SII Obligándole a leer un paginote bien grande donde acepta y se hace responsable y tal Por completar, le he preguntado a ChatGPT O3, y me dice que actualmente una empresa puede entrar al SII en cualquier trimestre, pero no puede salir del SII hasta que termine el ejercicio: "Durante un mismo ejercicio fiscal sí se puede entrar en el SII (opción voluntaria o por alta en un régimen obligatorio), pero no se puede salir hasta el 1 de enero del ejercicio siguiente, salvo que desaparezca la causa de la obligación y, aun así, el efecto también se difiere al inicio del año siguiente." |
Yo de momento lo que he hecho es que cuando se active VeriFactu ya no haya marcha atrás por parte del usuario y si se quiere "recular" (que no debería) que nos llamen.
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En nuestro programa tampoco se puede recular... una vez que empieces con un sistema no puedes dejarlo si te apetece. Sólo puedes cambiarlo por otro sistema y siguiendo unos plazos. Por ejemplo: Si yo configuro hoy una empresa y empieza a enviar en modo Verifactu, no puedo dentro de un mes o dos cambiar al SII. Tendría que esperar al 1 de enero. Este caso si que lo tenemos contemplado. |
Yo también voy a actuar así; de hecho, la normativa no permite salirse de VeriFactu hasta que termine el ejercicio. Tampoco permite salirse del SII hasta que terminas el ejercicio. La única duda que tengo es si es posible pasar de VeriFactu al SII durante un ejercicio
¿Qué vais a hacer hasta el 31/12/25, vais a obligar sí o sí a la gente a enviar a VeriFactu desde que instalen hasta entonces? |
Despues del verano empezaremos a ir actualizando clientes y que empiecen a enviar a producción, así vamos poco a poco viendo problemas, si se deja todo para enero-2026 el caos puede ser terrible, jaja.
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Para los existentes, salvo algunas excepciones se lo hemos activado a todos a partir de una fecha con un aviso (a los que se han actualizado). A los que tienen versiones antiguas (no actualizadas) se les ha comunicado que deben actualizarse para cumplir normativa. |
En mi empresa sólo vamos a tener SIF en modo VeriFactu. Yo lo que estoy trabado es en qué pasaría si el día de mañana un cliente se pasa de VeriFactu a SII. Si no se pueden enviar las facturas por ambos sistemas, porque internamente a la AEAT le daría un problema de duplicidad (esto me lo contestaron así en su día), y si el SII lo llevan desde el programa de contabilidad (en lugar del de facturación), ¿cómo pueden seguir facturando por el SIF que sólo admite el modo VeriFactu? ¿tengo que desactivar la generación y envío de RF, así como la impresión del QR?
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Tendrías que desactivar en tu SIF la opción de verifactu, indicando que vas a pasar al SII. Eso si, la normativa dice que tienes que seguir enviando hasta final de año. Si lo desactivas el 15 se Septiembre estás obligado a enviar por el SIF hasta el 31/12/AÑO Y a partir de ese momento dejar de generar Registros, dejar de enviarlo, dejar de generar QR,... y activar el SII ese mismo día (inicio de año). Al menos eso es lo que hacemos nosotros. |
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Creo que este caso se puede dar, pero no estoy seguro al 100%. A ver si me entero y lo puedo confirmar! |
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Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi