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ermendalenda 10-11-2024 21:43:27

VERI*FACTU - Ejemplo de declaración responsable
 
Hola, no sé si alguien tiene experiencia en los temas legales del tema de las versiones.
Estoy pensando que me voy a juntar con cientos de declaraciones responsables como haya que hacer una por cada compilación que instale, supongo que no seré el único que tendrá mucha actividad en ese tema de cambios continuos, y más ahora.
Creéis que solo con las partes de la versión Major.Minor será suficiente o tendremos que ponerla completa?: Major.minor.revision y la fecha de compilación? A ver si al menos no va la fecha de compilación.
O estoy equivocado y la declaración responsable se puede automatizar para que esté solo en el software y no haya que enviarla a ningún sitio aparte de los registros

espinete 11-11-2024 14:52:50

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 559542)
Hola, no sé si alguien tiene experiencia en los temas legales del tema de las versiones.
Estoy pensando que me voy a juntar con cientos de declaraciones responsables como haya que hacer una por cada compilación que instale, supongo que no seré el único que tendrá mucha actividad en ese tema de cambios continuos, y más ahora.
Creéis que solo con las partes de la versión Major.Minor será suficiente o tendremos que ponerla completa?: Major.minor.revision y la fecha de compilación? A ver si al menos no va la fecha de compilación.
O estoy equivocado y la declaración responsable se puede automatizar para que esté solo en el software y no haya que enviarla a ningún sitio aparte de los registros

Entiendo que lo harán como con TicketBAI: solo se rellena una declaración responsable, en la que te comprometes a que tu software (cualquier versión actual y futura) cumpla con los requisitos y condiciones.

Vamos, dudo mucho que haya que hacer eso con cada actualización/compilación. Sería una locura.

novatico 11-11-2024 15:13:08

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 559571)
Entiendo que lo harán como con TicketBAI: solo se rellena una declaración responsable, en la que te comprometes a que tu software (cualquier versión actual y futura) cumpla con los requisitos y condiciones.

Vamos, dudo mucho que haya que hacer eso con cada actualización/compilación. Sería una locura.

Del documento de Preguntas Frecuentes:

¿Debe el productor del SIF certificar cada versión de producto que ponga a disposición de los usuarios?
Sí. Cada versión, por pequeña variación que introduzca, es un producto distinto de los anteriores, con un funcionamiento particular, por lo que es necesario que el productor de dicha versión del SIF certifique expresamente que dicha versión cumple con los requisitos exigidos, emitiendo e incorporando en el producto la correspondiente Declaración Responsable.
Normativa/Doctrina:
Artículo 13.2 del reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación ( RRSIF ), aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre.

Artículo 15.4 de la Orden Ministerial por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el real decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, y en el artículo 6.5 del reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el real decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.

Se puede descargar desde:
https://sede.agenciatributaria.gob.e...recuentes.html

espinete 11-11-2024 15:37:58

Entiendo que con "versión" deben referirse a otra cosa, porque eso, tal cual está ahí, es un disparate.

Empiezo a pensar que los que deciden las condiciones no han trabajado en su vida.

Imagínate que encuentras un bug en la aplicación y tienes que lanzar URGENTEMENTE una actualización... ¿Debes primero certificarla y esperar a que te respondan?

En fin, supongo que hasta no tener claro cómo será ese proceso de certificación, no saldremos de dudas.

novatico 11-11-2024 15:45:29

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 559577)
Entiendo que con "versión" deben referirse a otra cosa, porque eso, tal cual está ahí, es un disparate.

Empiezo a pensar que los que deciden las condiciones no han trabajado en su vida.

Imagínate que encuentras un bug en la aplicación y tienes que lanzar URGENTEMENTE una actualización... ¿Debes primero certificarla y esperar a que te respondan?

En fin, supongo que hasta no tener claro cómo será ese proceso de certificación, no saldremos de dudas.

Debes recordar que la certificación es sólo "una declaración responsable", por lo que no requiere autorización de nadie.

espinete 11-11-2024 15:54:02

Con TicketBAI había que rellenar Y ENVIAR esa declaración responsable. Yo lo que digo que es una locura es que haya que hacer (y enviarles) una para cada versión/actualización que se haga.

antoine0 11-11-2024 19:28:59

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 559581)
Con TicketBAI había que rellenar Y ENVIAR esa declaración responsable. Yo lo que digo que es una locura es que haya que hacer (y enviarles) una para cada versión/actualización que se haga.

¿Dónde lees que con este reglamento debe ser enviada?

Yo leo que debe ser escrita. La cual cosa me crea toda clase de preguntas en estos tiempos de digitalización.
Pero si es lo obvio, que debe constar en un documento (digital) de texto, con que aquel documento, por ejemplo un PDF/docx/odw firmado con nombre que incluye el número de versión, siga parte de lo que se distribuye y se instale en el ordenador del cliente, sin quitarse al cambiar de versión, me parece que cumple todos los requisitos. O ¿me he olvidado algo?

Cierto que pueden haber varias decenas de tales documentos en una instalación que funciona durante varios años.
Y puede ser también que varios centenares en los discos duros de respaldo de las empresas informáticas, o de las programas instalados en la nube modo SaaS.
Pero dudo que acaba siendo un problema, solo una molestia por cumplir al pie de la letra con el artículo 13.3.

bmfranky 11-11-2024 19:51:08

Cita:

Empezado por antoine0 (Mensaje 559600)
¿Dónde lees que con este reglamento debe ser enviada?

Yo leo que debe ser escrita. La cual cosa me crea toda clase de preguntas en estos tiempos de digitalización.
Pero si es lo obvio, que debe constar en un documento (digital) de texto, con que aquel documento, por ejemplo un PDF/docx/odw firmado con nombre que incluye el número de versión, siga parte de lo que se distribuye y se instale en el ordenador del cliente, sin quitarse al cambiar de versión, me parece que cumple todos los requisitos. O ¿me he olvidado algo?

Cierto que pueden haber varias decenas de tales documentos en una instalación que funciona durante varios años.
Y puede ser también que varios centenares en los discos duros de respaldo de las empresas informáticas, o de las programas instalados en la nube modo SaaS.
Pero dudo que acaba siendo un problema, solo una molestia por cumplir al pie de la letra con el artículo 13.3.

Hola, en la normativa dice que una copia impresa la tienes que dar y luego el programa la tiene que mostrar , a mi se me ocurre dar firmada una en la que ponga por ejemplo, version, 5.1.1.001 y sucesivas y en la que muestre el programa ya poner por ejemplo, 5.1.1.155, no creo que se metieran realmente en ello, es de locos.

espinete 11-11-2024 20:03:17

Cita:

Empezado por antoine0 (Mensaje 559600)
¿Dónde lees que con este reglamento debe ser enviada?

Yo leo que debe ser escrita. La cual cosa me crea toda clase de preguntas en estos tiempos de digitalización.
Pero si es lo obvio, que debe constar en un documento (digital) de texto, con que aquel documento, por ejemplo un PDF/docx/odw firmado con nombre que incluye el número de versión, siga parte de lo que se distribuye y se instale en el ordenador del cliente, sin quitarse al cambiar de versión, me parece que cumple todos los requisitos. O ¿me he olvidado algo?

Cierto que pueden haber varias decenas de tales documentos en una instalación que funciona durante varios años.
Y puede ser también que varios centenares en los discos duros de respaldo de las empresas informáticas, o de las programas instalados en la nube modo SaaS.
Pero dudo que acaba siendo un problema, solo una molestia por cumplir al pie de la letra con el artículo 13.3.

Sigo pensando que es una tontería que cualquiera pueda escribir esa declaración responsable, sin que nadie la "certifique" o "homologue", como sí hizo TicketBAI.

Y sigue siendo una tontería que tengas que hacerlo 10, 20 o 30 veces al año. A mi, hacer trabajo sin sentido, pues qué quieres que te diga... Como si tardo 2 segundos. No tiene ninguna lógica.

Sistel 12-11-2024 09:28:31

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 559601)
Hola, en la normativa dice que una copia impresa la tienes que dar y luego el programa la tiene que mostrar , a mi se me ocurre dar firmada una en la que ponga por ejemplo, version, 5.1.1.001 y sucesivas y en la que muestre el programa ya poner por ejemplo, 5.1.1.155, no creo que se metieran realmente en ello, es de locos.

Hola,

No sé si será posible, pero tal vez se podría numerar la versión (como algo estable) y los parches (o subversiones) como algo que se puede tocar todos los días para solucionar problemas menores.
Y me imagino que con la versión bastaría.

Saludos

bmfranky 12-11-2024 09:34:19

Cita:

Empezado por Sistel (Mensaje 559616)
Hola,

No sé si será posible, pero tal vez se podría numerar la versión (como algo estable) y los parches (o subversiones) como algo que se puede tocar todos los días para solucionar problemas menores.
Y me imagino que con la versión bastaría.

Saludos

Haber, por poder , podriamos no incluir la parte final, la de las compilaciones, solo cambiando en modificaciones mayores, cuando por ejemplo esta gente diga ahora los registros son asa y no asi.. osea mostrar en el caso citado antes, que el programa es el 5.1.1, sin citar el numero de coplilacion o deploy como es mi caso.

ermendalenda 12-11-2024 10:17:25

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 559618)
Haber, por poder , podriamos no incluir la parte final, la de las compilaciones, solo cambiando en modificaciones mayores, cuando por ejemplo esta gente diga ahora los registros son asa y no asi.. osea mostrar en el caso citado antes, que el programa es el 5.1.1, sin citar el numero de coplilacion o deploy como es mi caso.

Despues de loque habeis puesto de momento he llegado a una conclusión el problema es que han puesto "cualquier cambio que se produzca por muy pequeño que sea" así que si hay un cambio y no haces la declaración responsable estás infringiendo el reglamento, y eso llevaría implícito cambiar la versión. Otra cosw es que suavicen esto
Por otro lado no me queda muy claro si la declaración responsable hay que enviarla a algún sitio, por que si no es así se puede automatizar en el mismo soft2are y adiós problema.

novatico 12-11-2024 10:40:59

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 559624)
Despues de loque habeis puesto de momento he llegado a una conclusión el problema es que han puesto "cualquier cambio que se produzca por muy pequeño que sea" así que si hay un cambio y no haces la declaración responsable estás infringiendo el reglamento, y eso llevaría implícito cambiar la versión. Otra cosw es que suavicen esto
Por otro lado no me queda muy claro si la declaración responsable hay que enviarla a algún sitio, por que si no es así se puede automatizar en el mismo soft2are y adiós problema.

Yo es lo que estaba haciendo, pero me he encontrado esto en Preguntas Frecuentes:

¿Debe guardar el productor la certificación de todas las versiones de sus productos SIF que haya puesto a disposición de los usuarios a lo largo del tiempo? ¿Y el comercializador?

Sí, tanto fabricante como comercializador deben guardar esas certificaciones hechas mediante Declaración Responsable. El productor, para todas las versiones que haya producido y puesto a disposición de los usuarios desde el momento en el que así lo exija la normativa. El comercializador, para todas las que haya comercializado, es decir, para todas las que se hayan producido y puesto a disposición de los usuarios durante el tiempo en el que las ha comercializado, siempre a partir del momento en el que así lo exija la normativa. Tanto el cliente usuario como la Administración tributaria les podrán solicitar las mismas.
A este respecto se recomienda que, adicionalmente, todas las certificaciones sean accesibles públicamente y localizables fácilmente a través de Internet, aunque la versión del producto que certifiquen ya no esté disponible para su adquisición, descarga o uso (típicamente por obsolescencia, falta de soporte o similar). Esto, además de cumplir con los requisitos exigidos al respecto, facilitaría tanto su gestión por parte de los productores y comercializadores, como su consulta por parte de los usuarios y de la Administración tributaria, haciendo el proceso más sencillo, ágil y transparente para todos.


Y no se muy bien como entenderlo.

ermendalenda 12-11-2024 10:53:59

Habrá que esperar a que pongan ejemplos de la autocertificacion.
Yo no pienso poner en Internet la declaración responsable si no es obligatorio.
O sea que en el programa esté y que si las piden que le mandes todos los pdfs.
Así que automatizaré que en cada compilación cuando se abra el programa me cree)si no existe) un pdf con la autocertificacion, versión etc... y me lo mande a un lugr seguro.
Aunque, en mi caso , o veo una tremenda gilipollez, ya que la puedo generar en cualquier momebto

novatico 12-11-2024 11:17:14

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Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 559627)
Habrá que esperar a que pongan ejemplos de la autocertificacion.
Yo no pienso poner en Internet la declaración responsable si no es obligatorio.
O sea que en el programa esté y que si las piden que le mandes todos los pdfs.
Así que automatizaré que en cada compilación cuando se abra el programa me cree)si no existe) un pdf con la autocertificacion, versión etc... y me lo mande a un lugr seguro.
Aunque, en mi caso , o veo una tremenda gilipollez, ya que la puedo generar en cualquier momebto

El único ejemplo que yo he visto, es ésta imagen, que adjunto, incluida en un pdf de una presentación de AEAT, creo que del 14-Feb-2024

antoine0 12-11-2024 20:18:13

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 559601)
Hola, en la normativa dice que una copia impresa la tienes que dar y luego el programa la tiene que mostrar

En el texto he leído «escrita», no he visto eso del «impresa». ¿Dónde está?
(Pensad a los SaaS en la nube.)

antoine0 12-11-2024 20:26:41

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 559625)
Y no se muy bien como entenderlo.

Creo que se entiende de la misma manera que para usar cualquier programa viniendo de EE.UU. hay que «leerse» (traducción libre de to scroll) y aceptar un «contrato legal de usuario final»... Vamos, que nadie lo entiende en absoluto; pero hay que hacerlo por qué lo dicen.
La cuestión es, ¿cómo perder el mínimo de tiempo con esto?

bmfranky 13-11-2024 20:18:17

Acotando.
 
Estoy revisando los facs y he encotrado esto que me parece de interes en cuanto a la declaracion responsable.

Por mi parte me esperare y asi relleno el que ellos decidan con sus puntos y comas...:D

Bien , por fin puedo estar tranquilo, puedo ponerme mi propio programa.

florenagm 14-11-2024 17:10:51

Homologación del software en Aeat
 
Hola buenas tardes, tengo dudas de como homologar nuestro software para cumplir la normativa Ley Crea y Crece, tenemos probrobado verifactu, y hace tiempo que mantenemos historico de documentos.
Agradeceria si pueden decirme pasos a seguir.
Muchas gracias

bmfranky 14-11-2024 17:15:19

Cita:

Empezado por florenagm (Mensaje 559757)
Hola buenas tardes, tengo dudas de como homologar nuestro software para cumplir la normativa Ley Crea y Crece, tenemos probrobado verifactu, y hace tiempo que mantenemos historico de documentos.
Agradeceria si pueden decirme pasos a seguir.
Muchas gracias

Hola, buenas tardes, les respondo lo que me han contestado en la aeat, al preguntar eso esta mañana.
Cita:

Buenos días:

Cada sistema en operación debe disponer de una Certificación emitida mediante declaración responsable de su productor (artículo 13.1 RRSIF ). Si el software hubiera sido desarrollado por la propia empresa o por usted, será esta o usted la que deba certificarlo, cumpliendo para ello lo que establece el mencionado artículo 13 y su normativa de desarrollo.

Le recomendamos la lectura de las FAQS sobre la declaración responsable:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes/certificacion-sistemas-informaticos-declaracion-responsable.html
Personalmente, esperare a que publiquen los ejemplos y el formato que dicen que pondra, aunque acepto sujerencias....^\||/

florenagm 15-11-2024 08:57:21

Muchas gracias

Neftali [Germán.Estévez] 15-11-2024 09:09:50

Uno este hilo, con este otro, que va sobre lo mismo (declaración responsable)

ermendalenda 15-11-2024 16:56:45

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 559758)
Hola, buenas tardes, les respondo lo que me han contestado en la aeat, al preguntar eso esta mañana.

Personalmente, esperare a que publiquen los ejemplos y el formato que dicen que pondra, aunque acepto sujerencias....^\||/


Gracias.
Sí más o menos nos responden a todos eso. Que lea las faqs el reglamento y que espere a los ejemplos.
De todas formas...cuidado con confundir crea y crece, eso será después con la Factura Electrónica y eso es otro cantar..
Verifactu no es factura electrónica

bmfranky 15-11-2024 18:49:39

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 559804)
Gracias.
Sí más o menos nos responden a todos eso. Que lea las faqs el reglamento y que espere a los ejemplos.
De todas formas...cuidado con confundir crea y crece, eso será después con la Factura Electrónica y eso es otro cantar..
Verifactu no es factura electrónica

Hola, lo se, estoy tambien intentando adaptarme a la factura electronica, cuando acabemos con esto, os acribillare a preguntas de como solucionar , entre otras cosas los decimales fantasma...

ermendalenda 17-11-2024 19:23:07

Acabo de leerme el artículo 15 de la OM y dejaos un par de días libres o más para hacer de la declaración responsable
Cita:

Explicación detallada de cómo cumple el sistema informático a que se refiere la declaración responsable las diferentes especificaciones técnicas y funcionales contenidas en esta orden.
Ésto, más o menos, viene a decir que hagas un copia y pega de la OM y vayas cambiando el texto con tus palabras .

ermendalenda 05-12-2024 15:29:29

Habéis visto si hay puesto los ejemplos de la DR?

Jamalo105 12-12-2024 23:54:52

Certificacion del Software
 
Hola, alquien se ha certificado por una empresa externa?, es necesario o conveniente hacerlo?, cuanto dinero soplan?

Saludos

ermendalenda 13-12-2024 00:44:31

Cita:

Empezado por Jamalo105 (Mensaje 560716)
Hola, alquien se ha certificado por una empresa externa?, es necesario o conveniente hacerlo?, cuanto dinero soplan?

Saludos

La homologacion la tiene que hacer la empresa desarrolladora, una empresa externa puede aconsejar que cumplas ciertos requisitos y decirte cuales son los obligatorios y revisar los que no cumples, el diploma que me den no les compromete a nada, y ojo, si lo haces que sea congruente con lo que necesitas, si no no vas a terminar nunca y más pasta vas a gastar.
El precio lo valoras tú, yo al principio contacte con alguna y después encontré este foro, ya te digo que aquí está todo, pero supongo que es más cómodo que te revisen y te informen, despues, posiblemente te van a quere vender la api etc etc. Un no parar.
Mi consejo es que te informes, al menos medianamente, de lo que necesitas si vas a querer probar por ahí para que no te vendan una burra.
Baratos que yo sepa no son, pero también están invirtiendo en currárselo.

razorxxx 18-12-2024 12:23:33

No existe una homologación como tal, como desarrollador simplemente tendrás que indicar en alguna parte de tus programas que tu software cumple con la Ley XXX y el Reglamento YYY.

Acabarán poniendo un modelo de declaración responsable que podrá descargarse. Como al final, y en teoría, quieren que emitas una DR por cada versión del programa, al final acabaremos haciendo un copia-pega del anterior cambiando el número de versión y poco más.

También habrá que ver qué es para la AEAT un cambio de versión Cambios menores que no modifican la base de datos sino que corrigen alguna bobería, para mi eso no es un cambio de versión. Y la corrección de bugs está a la orden del día en nuestro gremio...

ermendalenda 19-12-2024 17:54:19

Otra duda, aunque supongo que la respuesta es evidente, tengo tpvs en los que pueden correr 1, 2 ó 3 ejecutables que generan facturas/tiquets, uno para la UI principal del tpv, otro para las pdas que se conectan por escritorio remoto y otro para las ventas desatendidas (de cajón automático , ventas desde mesa con una carta virtual y datafono tpvpc).
Todos usan la misma de serie de facturas y solo hay un encadenamiento.
Teniendo en cuenta la normativa, que cada terminal de ventas tenga un lugar para ver la declaración responsable, no veo lógico verlo en una pda de 6" y mucho menos en los terminales desatendidos , a los que es imposible tener acceso a ver una declaración responsable.
Mi idea era poner la declaración responsable en el principal y detallando las 3 versiones de compilación de cada utilidad.
Veis necesario ponerla en las pdas? Ponerla se puede poner pero no lo veo muy útil.

razorxxx 20-12-2024 09:45:22

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 560841)
Otra duda, aunque supongo que la respuesta es evidente, tengo tpvs en los que pueden correr 1, 2 ó 3 ejecutables que generan facturas/tiquets, uno para la UI principal del tpv, otro para las pdas que se conectan por escritorio remoto y otro para las ventas desatendidas (de cajón automático , ventas desde mesa con una carta virtual y datafono tpvpc).
Todos usan la misma de serie de facturas y solo hay un encadenamiento.
Teniendo en cuenta la normativa, que cada terminal de ventas tenga un lugar para ver la declaración responsable, no veo lógico verlo en una pda de 6" y mucho menos en los terminales desatendidos , a los que es imposible tener acceso a ver una declaración responsable.
Mi idea era poner la declaración responsable en el principal y detallando las 3 versiones de compilación de cada utilidad.
Veis necesario ponerla en las pdas? Ponerla se puede poner pero no lo veo muy útil.

En las especificaciones que debe cumplir la DR, hay una que dice "Componentes hardware y software de que consta el SIF, acompañados de una breve descripción de lo que hace dicho SIF y de sus principales funcionalidades.". Interpreto que si tu programa se llama X, los subprogramas PDA y ventas desatendidas (que al final atacan a la misma base de datos) podrían ser componentes software asociados a tu SIF principal, que simplemente nombrarías en este apartado diciendo para qué sirven.

En mi empresa se da algún caso con algún programa, y seguramente lo haremos así. No obstante, mándales un mail a los de VeriFactu y a ver qué te dicen.

ermendalenda 20-12-2024 10:45:31

Cita:

Empezado por razorxxx (Mensaje 560870)
En las especificaciones que debe cumplir la DR, hay una que dice "Componentes hardware y software de que consta el SIF, acompañados de una breve descripción de lo que hace dicho SIF y de sus principales funcionalidades.". Interpreto que si tu programa se llama X, los subprogramas PDA y ventas desatendidas (que al final atacan a la misma base de datos) podrían ser componentes software asociados a tu SIF principal, que simplemente nombrarías en este apartado diciendo para qué sirven.

En mi empresa se da algún caso con algún programa, y seguramente lo haremos así. No obstante, mándales un mail a los de VeriFactu y a ver qué te dicen.

Buff, no quiero darles ideas en ese respecto. Lo voy a hacer igual que tú, era por saber que pensabais por si se me escapa algo

espinete 07-01-2025 13:28:34

Estoy harto de explicarles a los clientes que "no existe ningún tipo de homologación del software por parte de Hacienda". Y todo por culpa de sus asesores, que son los que le dicen al cliente que pregunte a su software "si está homolgado".

No sé quién se entera menos, si el asesor o el cliente, pero el cacao mental que tiene la gente estos días es preocupante.

El asesor les dice eso, y hala, tan contento. No especifica qué tipo de homologación, si es para VeriFactu, para la Ley Antifraude, etc.

Hasta donde yo sé, por lo que he leído en el foro, la única "homologación" (que no es tal) es la famosa "declaración responsable" que debemos elaborar nosotros los desarrolladores. Pero nadie la "homologa" ni la "certifica".

Y por supuesto no pienso pagar a una empresa externa de esas que homologan cualquier cosa inventada por ellos mismos si no es 100% obligatorio.

newtron 07-01-2025 16:42:02

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 561068)
Estoy harto de explicarles a los clientes que "no existe ningún tipo de homologación del software por parte de Hacienda". Y todo por culpa de sus asesores, que son los que le dicen al cliente que pregunte a su software "si está homolgado".

No sé quién se entera menos, si el asesor o el cliente, pero el cacao mental que tiene la gente estos días es preocupante.

El asesor les dice eso, y hala, tan contento. No especifica qué tipo de homologación, si es para VeriFactu, para la Ley Antifraude, etc.

Hasta donde yo sé, por lo que he leído en el foro, la única "homologación" (que no es tal) es la famosa "declaración responsable" que debemos elaborar nosotros los desarrolladores. Pero nadie la "homologa" ni la "certifica".

Y por supuesto no pienso pagar a una empresa externa de esas que homologan cualquier cosa inventada por ellos mismos si no es 100% obligatorio.


El tema es que como "argumento de venta" (y para que los clientes se medio enteren) las empresas de software dicen que están homologadas. Esto es más fácil que explicarle al cliente de turno la movida de la declaración responsable, etc. Yo no veo mal decir (aunque todavía no lo he hecho) que mi software está "homologado" para Verifactu. Otra cosa es que te pregunten ya por los detalles y tengas que explicar lo de la declaración responsable.


Saludos.

CarlosArjonomia 07-01-2025 17:32:50

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 561074)
El tema es que como "argumento de venta" (y para que los clientes se medio enteren) las empresas de software dicen que están homologadas. Esto es más fácil que explicarle al cliente de turno la movida de la declaración responsable, etc. Yo no veo mal decir (aunque todavía no lo he hecho) que mi software está "homologado" para Verifactu. Otra cosa es que te pregunten ya por los detalles y tengas que explicar lo de la declaración responsable.


Saludos.

El problema es cuando el cliente te pide A TI una certificación de que tu software está homologado.

newtron 07-01-2025 17:57:44

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 561075)
El problema es cuando el cliente te pide A TI una certificación de que tu software está homologado.


Bueno pues ahí es cuando te toca enseñarle la declaración responsable y explicarle el tema más a fondo.

espinete 08-01-2025 10:26:06

Tenemos otros clientes que también han pedido la "homologación de hacienda" de que cumplimos con la Ley Antifraude.

Sé que este no es el hilo para hablar de esa Ley, pero... ¿alguien sabe si efectivamente hace falta homologar algo con respecto a la Ley Antifraude?

Que yo sepa esa Ley es de 2021 o 2022, aquella en la que el software debía de cumplir una serie de requisitos (trazabilidad, registro log, impedir borrar registros o modificar facturas, etc.) pero no recuerdo nada de una "homologación".

razorxxx 08-01-2025 10:35:42

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 561085)
Tenemos otros clientes que también han pedido la "homologación de hacienda" de que cumplimos con la Ley Antifraude.

Sé que este no es el hilo para hablar de esa Ley, pero... ¿alguien sabe si efectivamente hace falta homologar algo con respecto a la Ley Antifraude?

Que yo sepa esa Ley es de 2021 o 2022, aquella en la que el software debía de cumplir una serie de requisitos (trazabilidad, registro log, impedir borrar registros o modificar facturas, etc.) pero no recuerdo nada de una "homologación".

Tus clientes no pueden pedirte algo que no existe. A ver, ¿tan difícil es leer en el BOE que no están pidiendo ninguna homologación, que lo que piden es una declaración responsable del fabricante como que su software cumple con el reglamento?

De hecho, dijeron que pondrían un modelo de DR descargable desde la web. Por favor, dejen de escribir cosas que lleven a confusión.

razorxxx 08-01-2025 10:45:56

Cita:

Empezado por CarlosArjonomia (Mensaje 561075)
El problema es cuando el cliente te pide A TI una certificación de que tu software está homologado.

La situación yo la veo así. El desarrollador te entrega una DR. Si la aceptas, te quedas con una copia y empiezas a usar el software. Si el día de mañana la AEAT descubre algún punto que no cumple el reglamento, la multa es para el desarrollador y el usuario queda eximido.

Si por el contrario, a partir de la entrada en vigor de VeriFactu (29 de Julio de 2025) decides usar un software que no tiene DR, la multa es para el usuario. Si además, el software fue comercializado después de esa fecha, entonces también habrá multa para el desarrollador, pues su software debería tener asociada una DR.

Neftali [Germán.Estévez] 08-01-2025 11:24:27

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 561085)
Tenemos otros clientes que también han pedido la "homologación de hacienda" de que cumplimos con la Ley Antifraude.
Sé que este no es el hilo para hablar de esa Ley, pero... ¿alguien sabe si efectivamente hace falta homologar algo con respecto a la Ley Antifraude?


Con tu declaración responsable es como se realiza la certificación. Si algún cliente os pregunta le remitís a los textos de la AEAT.
Extraído de las preguntas/respuestas de la AEAT.

¿Cómo se certifica que un Sistema Informático de Facturación cumple con la normativa que regula estos sistemas?
... en el artículo 13.1 del Reglamento de Requisitos de Sistemas de Facturación ( RRSIF ), aprobado por R. D. 1007/2023, de 5 de diciembre, que integra la Sección 3ª denominada “Certificación de los sistemas informáticos”, se indica que corresponderá a la persona o entidad productora del sistema informático certificar, mediante una declaración responsable, que el sistema informático cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, General Tributaria, así como con lo dispuesto en el citado Reglamento ( RRSIF ) y en las especificaciones que, en su desarrollo, se aprueben mediante orden ministerial.

¿Debe un producto SIF obtener alguna certificación externa?
No. Para certificar un producto no se requiere de procesos de certificación realizados por otras personas, entidades u organismos independientes –y, por tanto, ajenos al productor– que se dediquen a este tipo de tareas, sino que se trata de una “auto-certificación” del propio productor del producto SIF realizada como Declaración Responsable e incorporada al producto.

¿Quién debe realizar la Certificación de un producto SIF , el productor o el comercializador del mismo?
La Certificación mediante Declaración Responsable le corresponde, según lo establecido en el RRSIF al productor (fabricante o desarrollador) de dicho SIF .


Yo creo que queda bastante claro.


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