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NUEVO WEBINAR AEAT y CEGID
No estaría mal que os suscribieseis todos, yo ya lo he hecho, y tener preparadas todas las preguntas de dudas que tenemos, sobre todo las más discutidas aquí, y si permiten preguntar hacerlas todas.
https://www.cegid.com/ib/es/lp/sesio...ltima-llamada/ |
Subscrito, a ver que cuentan.
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Ya me había apuntado, no obstante estoy harto de hacer preguntas en los webinar organizados por empresas, aunque vaya el inspector, responden a lo que les conviene.
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Qué habéis puesto en "¿Eres cliente de alguna de nuestras soluciones?" :confused: ...
Pq nosotros a esta gente no la conocemos de nada :rolleyes: ... |
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Apuntado! :D Muchas gracias nois ... |
Bueno, pues ya termino. A ver si ponen enlace para volver a verlo porque me perdi algunos momentos.
Una cosa que se dijo que teniendo un SIF adaptado puedes tenerlo en modo Verifactu, No verifactu y exención (aunque no sea verdad), para no tener que generar ni enviar nada. Lo que no pille es si eso se puede hacer una vez que ya estabas enviando, estuvieron llamandome al telefono y me perdi cosas :mad:, pero lo de ponerlo en modo exención lo dijeron varias veces. Así el programa adaptado puede estar en reposo (exención) y más adelante activarlo. A ver si alguien que lo viera sin interrrupciones lo puede corraborar bien. |
Bueno, resumiendo :
- Primero : bajada de pantalones, "perdón, me he equivocado y no se volverá a repetir" :eek: - Todo lo que se envíe en 2026 no tendrá trascendencia tributaria, ni podrán requerir esa información. "Modo pruebas" - Se pueden usar programas antiguos no adaptados ( aunque no se les debe incorporar mejoras ) - Aún no están pero se prevé "en breve" publicar normativas para que : - Se pueda activar/desactivar el envío "a placer y en diferido" - Relajar la normativa a los fabricantes de software hasta que entre en vigor en ¿2027? :D - De todos modos, hay que cumplir la normativa de facturación, nada de borrar o modificar facturas ¿Qué me dejo? |
Creo que solo que están redactando una norma para que los que se dieron de alta voluntaria en el SII para esquivar VERIFACTU tengan una ventana de oportunidad para darse de baja y no tener que estar enviando 2026
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A groso modo creo que perfecto el resumen. Y justo lo que dice StCebria que tambien lo sacaran.
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Habria que ver que caracter oficial tiene esto
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A ver si alguien pregunta al canal que signidifca exactamente desactivar en difrido, si posteriormente hay que enviar lo acumulado, si es pasar a NO-VERIFACTU.
En resumen, aunque se ha entendido empezar a enviar cuando se active de nuevo lo que se haga a partir de la activación, no me fio mucho |
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Por lo que dijo lo que se envie este año y el que viene no vale para nada. Solo se haran requerimientos a partir de lo generado en 2027, lo dijo bien clarito.
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También ha confirmado que, tanto a los que sigan enviando a VERIFACTU, como a los NO VERIFACTU, no tendrá transcendencia fiscal, ni se les hará ningún tipo de requerimiento, durante el año 2026.
Sólo se harán a partir de 2027, y de información a partir de 2027, nunca sobre la de 2026. Ha confirmado que el año 2026 es un "periodo de pruebas" en toda la extensión de su significado. |
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Buenos días :) ...
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No descarta que puedan sacar una nueva nota indicando cambios al respecto. Cita:
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Que por cierto, ha comentado lo de la nota aclaratoria que ya han emitido. ¿Me podéis indicar dónde encontrarla? A nosotros el webinar nos ha gustado mucho, nos ha aclarado unas cuantas cosas y nos ha confirmado otras ... Ahora a esperar si la AEAT saca esa otra nota de la que ha hablado el inspector de la AEAT ... Muchas gracias nois! :D |
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Total, sigue sin estar claro si un software adatptado puede desactivar envio y emision de QR o solo vale para usar un SIF antiguo.
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"si pero es que en otro sitio dicen..." o "si pero es que a los desarrolladores nos dijeron..." Me da igual. Esta nota es más reciente de lo que nos dijeron en Julio. Y si no, haber explicado las cosas MEJOR, que no costaba nada y ya han pasado varios días y seguimos sin saber nada más concreto. "Pero es que nosotros estamos obligados desde Julio..." Pues ya no, porque si en la nota dice que el OT no tiene que tener software adaptado hasta 2027, no puede ser que nosotros tengamos que tenerlo adaptado desde ya, porque queda año y medio de margen en un limbo de "obligado/no obligado" que nadie ha tenido los co_nes de explicarnos. |
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!!! Pa chulo, chulo, mi pirulo !!! :) |
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Esta frase "no puede ser que nosotros tengamos que tenerlo adaptado desde ya" no sirve de nada contra la ley, y más cuando el inspector de Hacienda ha dicho, literalmente, que el nuevo RDLey no afecta en nada a la obligatoriedad vigente de los productores de software :( por mucho que nos joda, a fecha de hoy es así ... Otra cosa es que saquen una nueva nota y lo flexibilicen :) ... |
Estoy seguro de que ningún juez, si llegara el caso, le daría la razón a Hacienda si tiene la misma información que tenemos nosotros.
Si hay normativas que se contradicen, cual prevalece? La que les da la gana a ellos? Pues no. No podemos ser marionetas y estar todas las semanas pensando una cosa y luego otra, ciñéndonos a interpretaciones diferentes. El limbo lo crearon ellos, no nosotros. |
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Pero un juez le va a dar la razón a la ley y, actualmente, la ley dice que no, que no podemos comercializar SW no adaptado desde el 29 de julio de 2025 :( ... |
La ley dice varias cosas que se contradicen y no tienen sentido en la vida real. A eso me refiero.
Está claro que un juez se ceñirá a la ley, pero si la ley dice A y después dice B, y entre A y B hay cosas que NO se pueden hacer (volver a una versión anterior del software, etc.), qué sentido tiene? Pero bueno, teniendo en cuenta que vivimos en un país de pandereta, todo es posible |
Espinete, le puedes dar las vueltas que quieras, y ojo que creo que todos estamos tan cabreados/confundidos/estupefactos como tu, pero mientras no salga una ley, norma, cuestión vinculante, o algo que ponga negro sobre blanco que podemos vender/actualizar software NO adaptado, pues no podemos desde julio. Es triste, es una putada porqué los clientes no lo entienden (ni nosotros), pero es así.
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Yo solo digo que la opción de ponerle al cliente una versión antigua NO se puede hacer porque:
- el software "en la nube" no entiende de versiones - no le puedes poner una versión antigua o distinta a unos clientes y otra a otros - el software de escritorio se actualiza por muchos motivos (compatibilidad con librerías ssl, tls obsoletas, bugs, etc.) Así que no puedes obligar a un cliente a tener una versión con bugs u obsoleta y tampoco puedes obligarle a enviar a verifactu solo por haber comprado el programa ANTES de la fecha obligatoria. Y si, yo entiendo que hasta que no lo diga la ley tenemos las de perder, pero dudo mucho que nos multen/denuncien con las cosas como están y por cómo ha ocurrido todo. Nosotros los desarrolladores no tenemos culpa de nada y no pueden ir contra nosotros. Somos los últimos culpables del proceso. ¿Alguien nos va a pagar a nosotros la inversión que hemos hecho hasta ahora para después terminar cancelando? Ellos sí pueden hacer lo que les dé la gana sin consecuencias, pero claro, nosotros no. |
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Otro tema es activar o no los envíos, desactivar a los que ya están enviando, o el tema de actualizar a clientes con mantenimientos firmados ante de julio. Yo esto lo hago según me indique el cliente. |
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QR y Envios en todo caso
La verdad no ceeo que pase naaaa |
El en webinar de esta mañana, nuestro ya "familiar" Javier Hurtado ha dicho que un SIF ADAPTADO es aquel que, cumpliendo la Ley Antifraude (sí, aquella que entro plenamente en vigor el 11 de Octubre de 2021), puede funcionar de una de estas 3 formas:
- Cumpliendo VERIFACTU - Cumpliendo NO VERIFACTU - Exento del RRSIF |
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La responsabilidad de declarar correctamente es del Obligado Tributario La nuestra es que el SIF instalado cumpla lo que dice. |
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Eso sí, durante el periodo de prueba ... Es decir, a partir del 01/01/2027 ya no sirve y deberá ser el usuario el que "se acuerde" de activar Veri*factu en su SIF adaptado ... |
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Una cosa es que no tenga trascendencia, pero otra muy distinta es que si detectan algo que no les cuadre te mandan uns de consumo y de ahí .... Al desarrollo probablemente no les toque, pero los que esten mandabdo, que seran poco, les sirve para ojear. Espero unos dias y segun como vaya, ya pregunto a los OT que quieren hacer. Con los pocos que se quedaran enviado va a tocar a 5 ojeadores por empresa, aunque ya con lo que le hemos mandado tienen para divertirse Haveis oido que han creado un grupo de actuacion rapida?...pues eso, no van a estar parados. Vamos que por mi encantado que lkmpien el fraude, pero que no mareen a los cumplidores. |
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Aparte del mogollón de faltas sin tildar |
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Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi