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Jesusggc 05-11-2024 18:52:42

Facturas con retención
 
Me gustaría saber como lo estáis haciendo vosotros

BaseImponibleOImporteNoSujeto Con o SIN retencion ?
CuotaRepercutida Sobre la Base Con o sin Retención ?

Yo entiendo que debería ser SIN mas que nada por que cuadre QR con Factura en papel.

Como lo estáis contemplando ?

bmfranky 05-11-2024 19:06:13

Importe Completo.
 
Cita:

Empezado por Jesusggc (Mensaje 559295)
Me gustaría saber como lo estáis haciendo vosotros

BaseImponibleOImporteNoSujeto Con o SIN retencion ?
CuotaRepercutida Sobre la Base Con o sin Retención ?

Yo entiendo que debería ser SIN mas que nada por que cuadre QR con Factura en papel.

Como lo estáis contemplando ?

Hola, de cara al verifactu , tienes que poner los totales sin descontar las posibles retenciones,al escanear el QR te lo indica, claramente.
Cita:

El importe mostrado de la factura incluye el total de la contraprestación por los bienes o servicios facturados más, en su caso,
el importe de los impuestos indirectos que la gravan, sin la consideración de otras cantidades, tales como gastos suplidos,
retenciones a cuenta, recargos financieros, etc. que se consignen en la factura.

Jesusggc 05-11-2024 19:09:54

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 559296)
Hola, de cara al verifactu , tienes que poner los totales sin descontar las posibles retenciones,al escanear el QR te lo indica, claramente.

Entiendo que en xml igual

Gracias

bmfranky 05-11-2024 19:49:29

Cita:

Empezado por Jesusggc (Mensaje 559297)
Entiendo que en xml igual

Gracias

Hasta donde entiendo si, en ningun sitio contemplan las retenciones a cuenta.
Cita:

15.7 CuotaRepercutida.
- Solo podrá ser distinta de cero (positivo o negativo) si CalificacionOperacion es “S1”.
- Si CalificacionOperacion es “S1” y BaseImponibleACoste no está cumplimentada, se
validará que:
 TipoImpositivo: campo obligatorio.
 CuotaRepercutida: campo obligatorio y deberá validarse (excepto si TipoRectificativa
= “I” o TipoFactura “R2”, “R3”) que:
▪ CuotaRepercutida y BaseImponibleOimporteNoSujeto deben tener el
mismo signo.
▪ Si [BaseImponibleOimporteNoSujeto] ≤
1.000,00:
[CuotaRepercutida]=([BaseImponibleOimporteN
oSujeto] * TipoImpositivo) +/- 1% de
[BaseImponibleOimporteNoSujeto] (y en todo
caso se admite una diferencia de +/- 10,00
euros).
▪ Si [BaseImponibleOimporteNoSujeto] ˃
1.000,00: [CuotaRepercutida] =
([BaseImponibleOimporteNoSujeto]*
TipoImpositivo) +/- 10,00 euros.
Departamento de Informática Tributaria
Subdirección General Aplicaciones
Sistemas Informáticos de Facturación y
Sistemas VERI*FACTU
Versión: 0.9.1
Sistemas Informáticos de Facturación y Sistemas VERI*FACTU Página 13
- Si CalificacionOperacion es “S1” y BaseImponibleACoste está cumplimentada, se
validará que:
 TipoImpositivo: campo obligatorio.
 CuotaRepercutida: campo obligatorio y deberá validarse (excepto si TipoRectificativa
= “I” o TipoFactura “R2”, “R3”) que:
▪ CuotaRepercutida y BaseImponibleACoste deben tener el mismo signo.
▪ Si [BaseImponibleACoste] ≤ 1.000,00: [CuotaRepercutida]=([
BaseImponibleACoste] * TipoImpositivo) +/- 1% de
[BaseImponibleACoste] (y en todo caso se admite una diferencia de +/-
10,00 euros).
▪ Si [BaseImponibleACoste] ˃ 1.000,00: [CuotaRepercutida]=
([BaseImponibleACoste]* TipoImpositivo) +/- 10,00 euros.
15.8 Validaciones adicionales en el caso de facturas simplificadas.
- Cuando TipoFactura sea “F2”, se validará que Ʃ (BaseImponibleOimporteNoSujeto +
CuotaRepercutida) de todas las líneas de detalle no sea superior a 3.000,00 euros. Se
admitirá un error de + 10,00 euros.
Esta validación no se aplicará cuando exista acuerdo de facturación, es decir, cuando el
campo NumRegistroAcuerdoFacturacion esté cumplimentado. Esta validación tampoco se
aplicará cuando el campo FacturaSinIdentifDestinatarioArticulo61d = “S”.
16. CuotaTotal
- Se validará que sea igual a Ʃ (CuotaRepercutida + CuotaRecargoEquivalencia) de todas las
líneas de detalle de desglose. En caso contrario se devolverá un aviso de error (no generará
rechazo), admitiéndose un margen de error de +/- 10,00 euros.
17. ImporteTotal
- Se validará que sea igual a Ʃ (BaseImponibleOimporteNoSujeto + CuotaRepercutida +
CuotaRecargoEquivalencia) de todas las líneas de detalle de desglose. En caso contrario se
devolverá un aviso de error (no generará rechazo), admitiéndose un margen de error de +/-
10,00 euros.
- Esta validación no se aplicará cuando ClaveRegimen sea “03”, “05”, “06” o “09”

Jesusggc 06-11-2024 10:36:45

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 559299)
Hasta donde entiendo si, en ningun sitio contemplan las retenciones a cuenta.

Gracias bmfranky

He encontrado esta información que lo aclara definitivamente:

¿Cómo se tratan los suplidos, el recargo financiero u otras cantidades en el esquema de la norma? ¿Cómo incluir las retenciones a cuenta de los impuestos directos practicadas en factura?

En las facturas existen menciones voluntarias perfectamente válidas, que derivan de prácticas mercantiles o incluso de otra naturaleza, y que, por una parte, no son menciones fiscales obligatorias del artículo 6.1 del Reglamento de Obligaciones de Facturación, aprobado por RD 1619/2012; y por otra, no han sido incluidas como menciones en el registro de facturación, que se regula en el artículo 10 del RRSIF, que aprueba el RD 1007/2023. Como es sabido, el mencionado registro es simplificado. Por lo tanto, los importes suplidos al igual que ocurre con el recargo financiero, no son importes "propios" del registro de facturación, y no tienen que incluirse entre las menciones del “registro de facturación de alta”. No obstante, en el caso de que se incluyeran como mayor importe en el concepto “Importe total factura” (lo cual, no es obligatorio), deberán consignarse como importe no sujeto al IVA o cantidades a tipo cero (0%).
Por lo que se refiere a las retenciones, estas no forman parte formalmente del registro de facturación (no es uno de los elementos constitutivos de la factura de acuerdo con la Directiva UE).
No obstante lo mencionado en los párrafos anteriores sobre los registros de facturación de alta, nada impide incluir esas u otras menciones en la factura efectivamente emitida e impresa (o remitida electrónicamente) al destinatario, que contendrá toda la información logística, financiera, etc. que sea precisa o conveniente. Pero el extracto de información obligatoria que integra el “registro de facturación de alta” (y que se detalla en el artículo 10 del RRSIF) no contemplará tales datos.

Lo he encontrado en FAQ de Verifactu : http://https://sede.agenciatributari...recuentes.html


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