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FerSan 28-11-2024 13:34:53

Numeración de facturas rectificativas y anuladas
 
Hola, tengo una duda que a lo mejor ya está comentada en algún hilo, pero no lo he encontrado. Las facturas anuladas tienen que tener numeración distinta de las facturas "normales", la duda que tengo es si las las rectificativas también hay que numerarlas a parte y si es así, ¿irían dentro de la misma serie de numeración que las anuladas?

rci 28-11-2024 15:26:26

Cita:

Empezado por FerSan (Mensaje 560236)
Hola, tengo una duda que a lo mejor ya está comentada en algún hilo, pero no lo he encontrado. Las facturas anuladas tienen que tener numeración distinta de las facturas "normales", la duda que tengo es si las las rectificativas también hay que numerarlas a parte y si es así, ¿irían dentro de la misma serie de numeración que las anuladas?

Ahora mismo en nuestro programa no se contempla la opción de anular facturas (de momento), pero desde mi humilde opinión, pienso que las facturas anuladas no tienen que tener una numeración distinta, porque cuando las creas con la numeración que les corresponde, no sabes que la vas a anular. Y yo creo que no puedes cambiarle el numero a una factura para anularla.

Sobre las rectificativas me suena que si que tienen que tener una serie distinta, excepto para simplificadas que no hace falta. Pero tampoco lo se seguro.

A ver si alguien puede confirmar o desmentir mis afirmaciones.

delphiGar 29-11-2024 08:45:59

Cita:

Empezado por FerSan (Mensaje 560236)
Hola, tengo una duda que a lo mejor ya está comentada en algún hilo, pero no lo he encontrado. Las facturas anuladas tienen que tener numeración distinta de las facturas "normales", la duda que tengo es si las las rectificativas también hay que numerarlas a parte y si es así, ¿irían dentro de la misma serie de numeración que las anuladas?

Las facturas anuladas sean del tipo que sean quedan anuladas e identificadas por su propio numero, este numero permanece en tu SIF indicando que esta anulada, es decir si tienes una factura con numero A-202401, el numero de la factura anulada seria A-202401, sea del tipo que sea.

Las rectificativas llevan una serie aparte y se aplica lo mismo, factura rectificativa R-202401, la anulada seria R-202401.

FerSan 29-11-2024 09:33:48

Cita:

Empezado por delphiGar (Mensaje 560268)
Las facturas anuladas sean del tipo que sean quedan anuladas e identificadas por su propio numero, este numero permanece en tu SIF indicando que esta anulada, es decir si tienes una factura con numero A-202401, el numero de la factura anulada seria A-202401, sea del tipo que sea.

Las rectificativas llevan una serie aparte y se aplica lo mismo, factura rectificativa R-202401, la anulada seria R-202401.

Muchas gracias ^\||/

FerSan 29-11-2024 09:35:51

Entonces al anular la factura solo hay que ponerle los importes a cero y marcarla como anulada, no?

ermendalenda 29-11-2024 10:38:11

Cita:

Empezado por FerSan (Mensaje 560236)
Hola, tengo una duda que a lo mejor ya está comentada en algún hilo, pero no lo he encontrado. Las facturas anuladas tienen que tener numeración distinta de las facturas "normales", la duda que tengo es si las las rectificativas también hay que numerarlas a parte y si es así, ¿irían dentro de la misma serie de numeración que las anuladas?

Yo internamente creo un documento interno con otra serie para tenerlo más ordenado, pero en el interior hago referencia a la factura anulada, cuando envías tienes que mandarla con el número de la anulada.
Las rectificativas en otra serie xon su contador aparte.
Series diferentes:
-factura simplificada
-factura sustitutiva de simplificada.
-factura ordinaria (identificando al cliente)
-factura rectifificativa(yo he hecho una serie para las rectificativas de las simplificadas y otra para el resto)
Las anulaciones cogen la serie y el número de la que anula, de cualquiera de las anteriores.

MaeseKvothe 02-12-2024 12:12:52

Cita:

Empezado por FerSan (Mensaje 560273)
Entonces al anular la factura solo hay que ponerle los importes a cero y marcarla como anulada, no?

No. Creo que estás confundiendo procesos y conceptos.


La anulación de una factura sólo se puede hacer si te das cuenta de su error antes de entregarla/enviarla al cliente.

Si se da ese caso simplemente se puede dar la orden de marcarla como anulada. Eso no requiere emitir un nuevo documento con distintos números o importes. La factura se anula tal y como estaba y al emitir la siguiente debe ir con la siguiente numeración libre.


Por otro lado estaría el caso en el que el cliente tiene la factura y te indica que está mal y hay que corregirla, realiza una devolución parcial o completa, etc. En esos casos tienes que hacer una factura rectificativa, no una anulación. Y esas rectificativas por normativa tienen que tener una serie diferente a la de facturación.


Muchos software dan sólo esta última opción porque siempre se puede hacer (aunque no hayas entregado la factura al cliente) y la anulación solo en escenarios y periodos de tiempo muy concretos.

FerSan 02-12-2024 14:46:01

Cita:

Empezado por MaeseKvothe (Mensaje 560321)
No. Creo que estás confundiendo procesos y conceptos.


La anulación de una factura sólo se puede hacer si te das cuenta de su error antes de entregarla/enviarla al cliente.

Si se da ese caso simplemente se puede dar la orden de marcarla como anulada. Eso no requiere emitir un nuevo documento con distintos números o importes. La factura se anula tal y como estaba y al emitir la siguiente debe ir con la siguiente numeración libre.


Por otro lado estaría el caso en el que el cliente tiene la factura y te indica que está mal y hay que corregirla, realiza una devolución parcial o completa, etc. En esos casos tienes que hacer una factura rectificativa, no una anulación. Y esas rectificativas por normativa tienen que tener una serie diferente a la de facturación.


Muchos software dan sólo esta última opción porque siempre se puede hacer (aunque no hayas entregado la factura al cliente) y la anulación solo en escenarios y periodos de tiempo muy concretos.

Ok, creo que ya lo tengo claro, muchas gracias v:-)v

_Io 24-12-2024 12:51:00

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 560282)
Yo internamente creo un documento interno con otra serie para tenerlo más ordenado, pero en el interior hago referencia a la factura anulada, cuando envías tienes que mandarla con el número de la anulada.
Las rectificativas en otra serie xon su contador aparte.
Series diferentes:
-factura simplificada
-factura sustitutiva de simplificada.
-factura ordinaria (identificando al cliente)
-factura rectifificativa(yo he hecho una serie para las rectificativas de las simplificadas y otra para el resto)
Las anulaciones cogen la serie y el número de la que anula, de cualquiera de las anteriores.

Hola, Buenas tardes.
Estás series que pones, es por tu comodidad o es por ley?

Los diferentes tipos de facturación, no podrían llevar una única ordenación y sólo modificar la serie?

Muchas Gracias.

FELIZ NOCHE BUENA Y FELIZ NAVIDAD!!!

ermendalenda 24-12-2024 12:55:21

Cita:

Empezado por _Io (Mensaje 560931)
Hola, Buenas tardes.
Estás series que pones, es por tu comodidad o es por ley?

Los diferentes tipos de facturación, no podrían llevar una única ordenación y sólo modificar la serie?

Muchas Gracias.

FELIZ NOCHE BUENA Y FELIZ NAVIDAD!!!

Es por ley, tiene que estar en series separadas con su contador independiente y sin saltos. Puedes reiniciar los contadores al cambiar el año o puedes continuarlo, eso ya lo que prefieras.
Felices fiestas.

_Io 24-12-2024 13:07:30

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 560932)
Es por ley, tiene que estar en series separadas con su contador independiente y sin saltos. Puedes reiniciar los contadores al cambiar el año o puedes continuarlo, eso ya lo que prefieras.
Felices fiestas.


Muchas Gracias!!!!


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