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ermendalenda 01-11-2025 10:02:54

Hablemos del 1 de Enero de 2026
 
Hola, me ha surgido una duda, una tonteria que seguramente es lo que intuyo, pero me gusta saber vuestras opiniones.
Supongamos que un autónomo tiene un SIF, pero no está obligado a generar VeriFactu hasta mediados de año, pero puede ocurrir lo siguiente:

-El instalador la lia y lo pone en Verifactu
-Los que tengan "el botón", le dan y se arrepienten.

Ahora nos encontramos con algunas dudas:
1-Se anulan las facturas emitidas y dejar de usar el SIF?
2-Basta con no usar ese SIF y dejar esas facturas enviadas, como si fuera equivalente a un SIF que ha usado en producción temporalmente para ir probando, tal y como permiten en este año 2025, o no vale para 2026? Por que está claro que ese SIF ya no podemos volverlo atrás una vez empezado en Verifactu.
3-En el momento de empezar a enviar en 2026 ya tienes la obligación de hacerlo todo en VeriFactu?

Creo que solo la 2 es correcta, ya que la 1 si es una factura real no debe tener anulación, a no ser que la vuelvas a generar en otro SIF(pero lo veo muy peligroso), pero a ver que pensais.

Carlos 01-11-2025 16:44:42

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 569275)
Hola, me ha surgido una duda, una tonteria que seguramente es lo que intuyo, pero me gusta saber vuestras opiniones.
Supongamos que un autónomo tiene un SIF, pero no está obligado a generar VeriFactu hasta mediados de año, pero puede ocurrir lo siguiente:

-El instalador la lia y lo pone en Verifactu
-Los que tengan "el botón", le dan y se arrepienten.

Ahora nos encontramos con algunas dudas:
1-Se anulan las facturas emitidas y dejar de usar el SIF?
2-Basta con no usar ese SIF y dejar esas facturas enviadas, como si fuera equivalente a un SIF que ha usado en producción temporalmente para ir probando, tal y como permiten en este año 2025, o no vale para 2026? Por que está claro que ese SIF ya no podemos volverlo atrás una vez empezado en Verifactu.
3-En el momento de empezar a enviar en 2026 ya tienes la obligación de hacerlo todo en VeriFactu?

Creo que solo la 2 es correcta, ya que la 1 si es una factura real no debe tener anulación, a no ser que la vuelvas a generar en otro SIF(pero lo veo muy peligroso), pero a ver que pensais.

Yo creo que la correcta es la 3.
Si empiezas a declarar/enviar facturas a Veri*factu, hasta final de año debes seguir haciéndolo; es más si deseas abandonar Veri*factu para el 2027 deberás indicarlos en el XML (en el último enviado en 2026 seguro, no sé si en los anteriores también). No puedes abandonar Veri*factu en abril por que no estoy obligado y no me apetece, debes acabar el ejercicio fiscal usando Veri*factu (entiendo que acaba en 31/12/2026).
Y si cambiara a SII, no tengo ni idea, y demás casos raros (se me ha estropeado el SIF/ordenador y ahora lo hago a mano, ...) tampoco lo sé.

David Jiménez 02-11-2025 20:14:47

verdad de Perogrullo
 
Yo creo que se confunden términos
Las facturas, en las condiciones habituales, se generan cuando se produce el devengo, es decir, cuando se presta el servicio o se entrega el producto
Las últimas reformas, que para los autónomos son obligatorias a partir de julio del 26, obligan a incluir en la factura un QR con algunos de los datos incluidos en la factura, y un enlace hacia AEAT para poder verificar, o no, que esta factura ha sido registrada en AEAT.
Además de incluir este QR en la factura, hay que crear un XML con las condiciones que marca AEAT, y en la modalidad Verifactu, enviarlo a AEAT para su registro, y en la modalidad No Verifactu, guardarlo y firmarlo digitalmente, para cuando AEAT lo requiera.
Por tanto. la factura y el XML son dos cosas diferentes. Para los autónomos, todo esto es obligatorio a partir de julio de 2026, por tanto, antes no es obligatorio.
Y en el ejemplo que pones, la factura no se anula, y el envío del XML quedará almacenado en AEAT y es una información con la que contarán, pero nada más.
Si uno está obligado, está obligado y si no lo está, pues no lo está.

Neftali [Germán.Estévez] 03-11-2025 11:57:38

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 569275)
Creo que solo la 2 es correcta, ya que la 1 si es una factura real no debe tener anulación, a no ser que la vuelvas a generar en otro SIF(pero lo veo muy peligroso), pero a ver que pensais.

Cita:

Empezado por Carlos (Mensaje 569285)
Yo creo que la correcta es la 3.
Si empiezas a declarar/enviar facturas a Veri*factu, hasta final de año debes seguir haciéndolo; es más si deseas abandonar Veri*factu para el 2027 deberás indicarlos en el XML (en el último enviado en 2026 seguro, no sé si en los anteriores también). No puedes abandonar Veri*factu en abril por que no estoy obligado y no me apetece, debes acabar el ejercicio fiscal usando Veri*factu (entiendo que acaba en 31/12/2026).
Y si cambiara a SII, no tengo ni idea, y demás casos raros (se me ha estropeado el SIF/ordenador y ahora lo hago a mano, ...) tampoco lo sé.

Al igual que Carlos creo que la correcta es la 3.
No puedes "dejar" de usar veri*factu (si ya has enviado facturas) cuando quieras. DEBES completar el ejercicio como mínimo.
Que se haga ala idea de que voluntariamente ha empezado antes. Nada dice que haya que empezar obligatoriamente el 01 de Junio/Julio, puedes empezar antes si quieres. Al final empezar en Enero, Marzo o Julio tampoco creo que sea tan diferente. "El final del camino es inamovible" :D:D

Rja750 03-11-2025 19:23:58

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 569275)
Hola, me ha surgido una duda, una tonteria que seguramente es lo que intuyo, pero me gusta saber vuestras opiniones.
Supongamos que un autónomo tiene un SIF, pero no está obligado a generar VeriFactu hasta mediados de año, pero puede ocurrir lo siguiente:

-El instalador la lia y lo pone en Verifactu
-Los que tengan "el botón", le dan y se arrepienten.

Ahora nos encontramos con algunas dudas:
1-Se anulan las facturas emitidas y dejar de usar el SIF?
2-Basta con no usar ese SIF y dejar esas facturas enviadas, como si fuera equivalente a un SIF que ha usado en producción temporalmente para ir probando, tal y como permiten en este año 2025, o no vale para 2026? Por que está claro que ese SIF ya no podemos volverlo atrás una vez empezado en Verifactu.
3-En el momento de empezar a enviar en 2026 ya tienes la obligación de hacerlo todo en VeriFactu?

Creo que solo la 2 es correcta, ya que la 1 si es una factura real no debe tener anulación, a no ser que la vuelvas a generar en otro SIF(pero lo veo muy peligroso), pero a ver que pensais.

Hombre yo no tengo boton de ignicion pero si lo tuviera y le dan, entraría en un proceso de configuración que podría revertirse, si se da cuenta el usuario que esta configurando la firma digital (para preparar al SIF para enviar) que pueda cancelar y volver a su estado normal. Si sigue es para decirle al cliente "PO YA SIGUE". De todas formas si actualizas un SIF (Ahora tiene el boton de ignicion y antes no) de un cliente que no esta obligado a enviar hasta julio 26, a partir de la actualizacion, si tiene que enviar, pues no podemos tocar para mantener al cliente hasta julio.

ermendalenda 04-11-2025 08:35:29

Perdonad, que no he explicado bien el problema y no sé si en la respuesta habeis tenido en cuenta lo siguiente:
-Actualmente puedes tener, hasta el 1 de Enero (las sociedades), SIFs en modo Verifactu/NoVerifactu y/o Sifs con instalaciones antiguas(sin actualzar) y usar o no usar uno u otro, indistintamente, sin tener la obligación de si actualizas uno tener que actualizarlos todos.
Si aplicamos eso mismo a ls autonomos, con su fecha de obligacion, y suponiendo que tenga varios SIFs, no seria hasta esta misma aplicación hasta mediados de 2026?
Esa es mi duda, que si la aplicación de esto es diferente en fechas.

DarkDudae 08-11-2025 15:35:10

Yo tengo entendido que si un NIF emite una sola factura en Veri*Factu en entorno real, a partir de ese momento está obligado a emitirlas todas en VeriFactu aunque no haya llegado el día en el que la AEAT lo hace obligatorio para el mismo (enero para empresas y julio para autónomos)

Esto es un rollo, porque si tienes un cliente con varias tiendas y numerosos TPVs tienes que hacer el cambio en todos los terminales a la vez si no me equivoco, en vez de ir haciéndolo de forma paulatina para controlar posibles errores.

CarlosArjonomia 08-11-2025 16:23:23

Cita:

Empezado por DarkDudae (Mensaje 569617)
Yo tengo entendido que si un NIF emite una sola factura en Veri*Factu en entorno real, a partir de ese momento está obligado a emitirlas todas en VeriFactu aunque no haya llegado el día en el que la AEAT lo hace obligatorio para el mismo (enero para empresas y julio para autónomos)

Esto es un rollo, porque si tienes un cliente con varias tiendas y numerosos TPVs tienes que hacer el cambio en todos los terminales a la vez si no me equivoco, en vez de ir haciéndolo de forma paulatina para controlar posibles errores.

Si, claro. La AEAT presupone que estamos en un mundo regido por la teoría de cuerdas lo que permite unificar a todos los TPV's del OT en un mismo universo regido por la gravedad de las sanciones.

josejava 09-11-2025 19:30:11

Cita:

Empezado por DarkDudae (Mensaje 569617)
Yo tengo entendido que si un NIF emite una sola factura en Veri*Factu en entorno real, a partir de ese momento está obligado a emitirlas todas en VeriFactu aunque no haya llegado el día en el que la AEAT lo hace obligatorio para el mismo (enero para empresas y julio para autónomos)

Esto es un rollo, porque si tienes un cliente con varias tiendas y numerosos TPVs tienes que hacer el cambio en todos los terminales a la vez si no me equivoco, en vez de ir haciéndolo de forma paulatina para controlar posibles errores.

Yo también he leido que te puedes cambiar a NoVerifactu cuando quieras, y ahí ya no tienes que enviar ninguna factura a Verifactu.

ermendalenda 09-11-2025 20:23:54

A ver, ambas cosas con matices:
1. Si comienzas un SIF en verifactu, ese SiF ya tiene que estar en verifactu, pudiendo cambiarlo a No verifactu al comienzo ddl nuevo ejercicii.
Si comienzas en No verifactu puedes cambiarlo a Verifactu en cualquier momento, pero noal contrario, que tendria que esperar hasta el siguiente ejercicio.
Si en este año 2025 quieres usar algun Sif en verifactu(o temporalmente) puedes tambien trabajar con un sif sin verifactu ni no verifactu, pero solo en 2025, en 2026 ya "todos" los sif estan obligado
Perdona el apunte, pero estas cosas ya deberian saberse a estas alturas, si eres desarrollador preoxupate por que me temo qur vas muy tarde

Carlos 09-11-2025 20:55:04

Cita:

Empezado por josejava (Mensaje 569638)
Yo también he leido que te puedes cambiar a NoVerifactu cuando quieras, y ahí ya no tienes que enviar ninguna factura a Verifactu.

Y lo de no enviar facturas, estoy casi seguro que antes del 20/04/2026 ya te las habran solicitado para que las envíes. Me equivocaré de fecha pero las enviaras seguro.

ermendalenda 09-11-2025 21:29:26

Cita:

Empezado por Carlos (Mensaje 569642)
Y lo de no enviar facturas, estoy casi seguro que antes del 20/04/2026 ya te las habran solicitado para que las envíes. Me equivocaré de fecha pero las enviaras seguro.

No lo dudes
https://www.autonomosyemprendedor.es...158046456.html
Y con los comentarios que hacen a los tecnicos de hacienda algunos, estoy seguro de que o No verifactu tiene los dias contados o inventaran un requerimiento con notificaciones en bucle para que envies todo aunque sea cada 3 meses, va a durar menos que el hielo en un vaso de rebujito en la feria de Agosto de Malaga

newtron 10-11-2025 09:37:14

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 569643)
No lo dudes
https://www.autonomosyemprendedor.es...158046456.html
Y con los comentarios que hacen a los tecnicos de hacienda algunos, estoy seguro de que o No verifactu tiene los dias contados o inventaran un requerimiento con notificaciones en bucle para que envies todo aunque sea cada 3 meses, va a durar menos que el hielo en un vaso de rebujito en la feria de Agosto de Malaga


Estoy de acuerdo.


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