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Modificar / Anular Facturas Emitidas
En vista del RETRASO en la imlementación de Verifactu tengo un cliente que se queda como estaba, pero me pide que pueda modificar o anular facturas emitidas y poner otra en su lugar.
Se le hizo una aplicacion a medida hace muco tiempo y tiene la opción de poder modificar o anular una factura ya emitida SIEMPRE QUE SE REALICE EN EL MISMO DIA la aplicación lo permite, no asi en fechas distintas a la del día, o estaria infringiendo la ley facturas Esto podria seguir usandolo ??? Gracias |
La anulación de un registro de facturación sólo está prevista en el caso de la emisión de una factura que nunca debería haberse emitido: cliente incorrecto, factura duplicada por error, desestimiento por parte del cliente (el típico caso de que has emitido el ticket la factura y el cliente al final no puede pagar y se va sin la mercancía).
Dada la excepcionalidad de estos motivos, no se recomienda mucho la anulación, ya que igualmente la factura anulada quedará con su número inalterable y guardada en el sistema. Para lo demás puedes usar facturas rectificativas por importe o por sustitución (que es lo que comentas), pero nunca modificar una factura existente. |
Disculpa, eso lo tengo claro desde el momento que lanzaron VERIFACTU, pero yo lo que pregunto es antes de Verifactu pongamos por ejemplo hace 2 años
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Cita:
Es decir el SIF 'no adaptado' no está obligado a respetar la normativa pero el cliente si. Corríganme por favor. |
Efectivamente, la normativa de no poder manipular ni alterar las facturas para evitar que el software pueda permitir el "fraude", es anterior a Verifactu.
Verifactu lo único que ha añadido es el formato para enviar dichos registros en tiempo real a Hacienda o la necesidad de firmarlos y custodiarlos en caso del modo no Verifactu. Esto es lo que decía la ley de 2021: Por su parte, el artículo 201 bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria en la redacción dada por la citada Ley 11/2021, establece una infracción tributaria por fabricación, producción, comercialización y tenencia de sistemas informáticos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión por parte de las personas o entidades que desarrollen actividades económicas que no cumplan las especificaciones exigidas por la normativa aplicable. La infracción trata de evitar sistemas informáticos que permitan la falsificación de la realidad económica contable, de facturación y gestión o no garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, así como su accesibilidad y legibilidad por parte de los órganos competentes de la Administración tributaria. El objetivo último de esas dos modificaciones es impedir de forma extensiva y general la producción, comercialización, uso o simple tenencia de programas y sistemas informáticos que permitan la manipulación u ocultación de datos contables, de facturación y de gestión. |
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Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi