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Abono de los de toda la vida
Como actuar ante un abono de los de toda la vida, bien por devolucion de TODA la mercancia y por cualquier otra causa.
Rectificativa por sustitucion u otro tipo. ??? No se emite ninguna nueva factura, solo se anula la original |
(by Copilot)
Sí, en la práctica un abono se emite como una factura rectificativa con importe negativo, porque legalmente debe cumplir los mismos requisitos que una factura (numeración, identificación del cliente, desglose de IVA, referencia a la factura original). Esto significa: Importe total: Si anulas toda la operación, el abono tendrá el mismo importe que la factura original, pero en negativo. Importe parcial: Si solo devuelves parte (por ejemplo, una línea o un descuento), el abono reflejará únicamente esa parte en negativo. En ambos casos, el documento se considera una factura rectificativa, aunque coloquialmente se llame “abono”. |
entonces el ABONO TOTAL seria una Rectificativa por Sustitución
Se emite la factura original en negativo con la serie de Factura Rectificativa y no se hace nada mas y el ABONO PARCIAL seria una Rectificativa por Diferencia Se emite Factura Rectificativa por Diferencias indicando la Base, Iva, y Total factura Ahora bien, según ChatGPT me dice esto : ┌─────────────────────────────────────┐ │ Tipo de rectificación │ ├───────────────────────────────────── │ ( ) Por diferencias (abono / ajuste) │ │ Se emitirá una única factura rectificativa. │ │ │ │ ( ) Por sustitución (anulación + nueva factura) │ │ Se anulará la factura original y deberá emitirse │ │ una nueva factura corregida. │ └─────────────────────────────────────┘ Yo entiendo que cuando es Rectificativa por Diferencias hay que emitir la factura son la serie rectificativas indicando importes positivo o negativos según lo que necesite Y en Rectificativas por Sustitucion, hay que emitir una factura serie rectificativa conla factura original identica y en negativo y a continuación (o al mismo tiempo) una factura con las serie normal tal como queremos que se quede. Estas dos operaciones van unifdas, NO PUEDE EXISTIR UNA SIN LA OTRA Es corecto ???? |
Si no me equivoco la factura por sustitución sustituye (como su nombre indica) a la factura original. Esto quiere decir que la factura original desaparece siendo reemplazada por la nueva. Lo normal es que esto se haga cuando hay una modificación de una factura y no se quiere hacer una rectificativa por la diferencia.
En el caso que planteas yo haría una factura rectificativa ya sea del total o de parte de la factura original. En este caso haz una factura exactamente igual pero con signo contrario y ya has acabado, teniendo en cuenta que al ser rectificativa debe de ir en otra serie e identificando la factura original. Saludos. |
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A ver si no me estoy enterando de la situación. Si vendes por importe de 100 y te lo devuelven haces una rectificativa por -100 y se acabó, ¿no? ¿Qué más facturas vas a hacer? |
nO TE DEVUELVEN,solo estaerronea una linea o varias lineas por cantidades o por precios, pero la venta sigue existiendo
Esta es la cuestion |
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Ok pues si no te devuelven el total, que solo es parte, haces una nueva factura en negativo con las lineas que te hayan devuelto ya sea en negativo por devolución o en negativo+positivo para corregir un precio. Si te devuelven el total haces un negativo por todas las lineas y si te devuelven parte haces una negativa por las lineas devueltas. |
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Por lo que comentas lo haces todo con un solo paso ????? |
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Es que precisamente la opción que te planteo es una factura rectificativa por diferencias y yo doy todas las posibilidades pero aconsejo una u otra dependiendo de la situación. Te explico las distintas opciones a mi forma de ver: - Si hay una factura de la que posteriormente hay una devolución del total o parte de la factura lo que procede es una factura rectificativa (que es lo que estamos tratando). Una nueva factura en la que se meten los artículos devueltos sean una parte o el total. De esta manera la factura se queda rectificada, las existencias vuelven a su sitio y el saldo del cliente se queda correcto. - Si se hace una factura que no se debería haber hecho, bien por cliente erróneo o por algún motivo que proceda lo suyo es anularla. - Si se hace una factura de la que luego surgen cambios y no se quiere llevar al cliente la factura original+factura rectificativa lo que procede es una factura sustitutiva (sustituye a la original que desaparece). - Si se hace una factura y días después se quiere rectificar o queremos rectificarla por cif erróneo u otro motivo lo suyo es hacer una rectificativa en dos pasos de manera que haremos una copia de la factura original en negativo que salda la original y otra nueva rectificativa con los artículos totales correctos. Si estoy confundido que alguien me corrija pero esta es la conclusión a la que he llegado después de bastantes hilos comentando el tema. |
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Según la información que tengo: Criterio conforme a la Agencia Tributaria. 💸 Operación cancelada Rectificativa por diferencias Abono total Importes 100 % en negativo ❌ No hay nueva factura ✏️ Operación ajustada Rectificativa por diferencias Ajuste parcial (+ / −) Solo las líneas de diferencia ❌ No hay nueva factura 🔁 Cuándo NO vale esto ❌ Cuando la operación sí es correcta pero la factura está mal 👉 En ese caso NO es cancelación ni ajuste, es sustitución 👉 Y ahí sí es obligatoria: Rectificativa por sustitución (anulación) + nueva factura normal 🧠 Regla definitiva SI se cancela O se ajusta → Rectificativa por diferencias → 1 solo documento → FIN SI se corrige la factura → Rectificativa por sustitución → + nueva factura obligatoria Pido vuestra opinión para ber si de una vez lo veo claro y lo puedo terminar de ajustar en mi aplicación Gracias |
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Se debe EMITIR FACTURA rectificativa por diferencia, por el importe que te devuelven (ya sea el total o parcial). Más simple un botijo: RECTIFICATIVA POR DIFERENCIA, su total será en negativo (has dicho que es una devolución). Preguntabas SÓLO eso, verdad? |
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1 - Que hacemos con la vieja, que serie usar, que datos poner, negativos, etc 2 - Lo mismo con la nueva al corregir motivo de emision de la sustitutiva, serie a usar, datos, etc Gracias |
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En el caso de una factura rectificativa sustitutiva, si se hace en dos pasos, la factura en negativo que compensa ("anula") la incorrecta, tiene que ser en la serie de facturas normales y la nueva con los datos correctos es la que tiene que ser de la serie de rectificativas e indicar a que factura rectifica. Esto lo hacemos así según lo que se ha ido comentando en este foro y según una consulta vinculante de hacienda. https://petete.tributos.hacienda.gob...sulta=V0706-19 Saludos |
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Creo que es asi |
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Por otro lado, si haces eso, tienes que tener en cuenta que preparado el usuario/opcion especial por si te requieren solo ver los datos tributarios y no mostrar esas series especiales. |
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Estoy hablando del caso concreto de hacer factura rectificativa por sustitución en dos pasos (con dos facturas). Si no es correcto, por favor decirlo |
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�� Regla definitiva (art. 89.1 aplicada a series) La serie debe reflejar la naturaleza real del documento, no el signo del importe ni la comodidad del sistema. �� Tabla resumen final (la buena) Situación real Documento Serie correcta Operación cancelada Rectificativa por diferencias (abono total) SERIE: Rectificativas Operación ajustada Rectificativa por diferencias (parcial) SERIE: Rectificativas Factura errónea (sustitución) – anulación Rectificativa por sustitución SERIE: Rectificativas Factura correcta nueva Factura normal SERIE: Factura Normal �� Conclusión clara El art. 89.1 LGT: ❌ no permite usar la serie que “convenga” ✅ obliga a que la serie sea coherente con la realidad económica refuerza que: rectificaciones → serie rectificativas nuevas ventas → serie normal Hay una explicación mas amplia que evito ponerla aqui por no liar la madeja Gracias |
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Una factura rectificativa por substitución no anula una factura, la substituye. No es lo mismo y sobre todo en el contexto en el que estamos. Un "abono de toda la vida" no anula una factura, existirán las 2, la de la venta y la devolución, y hacienda lo contempla así. Un abono de toda la vida yo lo haré con una rectificativa por diferencia. |
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Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi