Cita:
Empezado por rretamar
Ahí caemos en otro error: una licencia de software privativo NO es un bien adquirido
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Pero cuando yo dije
bien adquirido me refería
precisamente a la licencia y no al
software. Esto es, queda claro que uno no compra el
software, sólo lo alquilas, como dices. Pero esa licencia
es un bien adquirido, un bien que me permite usar el
software. Y, como todo bien, debería de poderse vender o traspasar.
Digamos, por ejemplo, la membresía a un club deportivo. Está claro que uno no compra el club sino sólamente el derecho de usar sus instalaciones. Sin embargo, se puede vender o transferir sin ningún problema a un tercero. Obviamente que al hacerlo uno renuncia a cualquier derecho. Lo mismo debería suceder con las licencias.
// Saludos