Cita:
Empezado por unomasmas
Yo creo que se refiere a dar margen al usuario. Mientras no la haya imprimido es una factura que no existe. En su sistema puede hacer lo que quiera con ella; incluso borrarla (borrar el registro) porque técnicamente no se ha emitido ¿no? y, por tanto, no puede haber delito 
|
Hola unomasmas,
No estoy muy de acuerdo en que se pueda hacer lo que se quiera en su sistema.
Ahora ya no.
Mañana, 11 de octubre de 2021 entra en vigor la nueva Ley General Tributaria:
https://www.agenciatributaria.es/AEA...mentario.shtml
Ya no se pueden tener softwares con doble contabilidad o contabilidad "B".
Tampoco la alteración o borrado de registros de temas contables.
Y, por supuesto, para hacer cumplir la Ley, Hacienda necesitará ejecutar acciones ejemplarizantes contra alguna empresa o negocio (y sus informáticos responsables de dicho software).
Ya no se lleva lo de quemar en la plaza pública, pero seguro que habrá castigos ejemplares a los que se dará bombo y platillo en la prensa para sembrar el pánico de los posibles infractores.
Hay que estar preparado para ello.
Yo no me fió lo más mínimo de Hacienda, pero tampoco de los clientes "listillos" que siempre buscarán manipular el software o los registros de facturas a su favor.
Por eso mi servicio de TicketBAI es online y sin que los clientes puedan tocar nada del software ni alterar las facturas, porque están en un servidor mío al que no tienen acceso.
Toda medida de seguridad, en ese sentido, me parece poca.
Saludos