Cita:
Empezado por CarlosR
Creo que se ha confundido. Ya me extrañaba por los siguientes motivos :
1- Los requerimientos son telemáticos (o lo serán)
2- No se ha terminado de crear un formato definitivo. Por lo que no se puede pedir un csv sin formato oficial.
3- No se habla de que un requerimiento tenga que ser exportado en csv. Lo que si se habla en la Ley es de que se puedan exportar a ficheros LEGIBLES por la Aeat los siguientes datos (registro de eventos, altas y anulación de facturas ya enviados). Pero esto no es un requerimiento sino otra cosa. Imagino que ante un fraude se personarán en las instalaciones y querrán llevarse los registros. Ni siquiera tienen que estar los datos en la propia base de datos. Dicen que tienen que tenerlos a disposición de la Aeat, y custodiados durante el tiempo que la Ley lo requiera. Y me imagino que solo hace referencia a los NO verifactu. Ya se verá.
A lo que se está usted refiriendo es a una norma que hace ya tiempo que está en vigor mediante la cual se deberá exportar a csv el registro de iva repercutido y soportado. Esto generalmente se saca del programa de contabilidad financiera. En mi caso lo tengo por mes, trimestre y ejercicio. Pero ya no es nuevo.
Un saludo.
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Lo mismo sigo equivocado, pero si ésto (imagen adjunta) no es un requermiento, ya me diras.