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Antiguo 20-06-2024
CarlosR CarlosR is offline
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CarlosR Va por buen camino
Simplificada

Cita:
Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Buenas tardes, se me ha presentado un dilema, que creo que lo hago correctamente según la normativa hace unos días viene un cliente y hace una compra y se le emite la correspondiente factura simplificada.
Al siguiente día devuelve parte de la compra
Y al cabo de unos días viene con el primer tiquet para que le emita la sustitutiva. Cosa aue se hace.
Ya he metido una advertencia de que hay una rectificativa de la primera. Pero realmente el comercio ha hecho algo mal?

Si el cliente te trae el ticket en mano puede hacer una sustitutiva de la factura simplificada (ticket). Al menos hasta un período de 4 años atrás.
Si en el transcurso de ese tiempo ha habido devoluciones a usted no le aplica en nada, ya que se habrán registrado en su momento oportuno dichas devoluciones, La sustitutiva no implica mas venta, solo es un justificante que equivale a la simplificada original. Por tanto la rectificativa ha hecho su papel en su día.

Con la factura sustitutiva usted no está haciendo nada nuevo que no se haya hecho previamente, solo está creando un nuevo formato para que el cliente pueda declarar la factura, nada mas.

No se duplican ventas y la rectificativa habrá hecho el ajuste oportuno.


Saludos.