Cita:
Empezado por CarlosR
Si el cliente te trae el ticket en mano puede hacer una sustitutiva de la factura simplificada (ticket). Al menos hasta un período de 4 años atrás.
Si en el transcurso de ese tiempo ha habido devoluciones a usted no le aplica en nada, ya que se habrán registrado en su momento oportuno dichas devoluciones, La sustitutiva no implica mas venta, solo es un justificante que equivale a la simplificada original. Por tanto la rectificativa ha hecho su papel en su día.
Con la factura sustitutiva usted no está haciendo nada nuevo que no se haya hecho previamente, solo está creando un nuevo formato para que el cliente pueda declarar la factura, nada mas.
No se duplican ventas y la rectificativa habrá hecho el ajuste oportuno.
Saludos.
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Hola gracias por la respuesta.
Hasta ahora eso pensaba yo. Joder con las excepciones, como complican