
12-08-2024
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Registrado: ago 2021
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Cita:
Empezado por sglorka
Una consulta relacionada ya la hice en su momento a la Aeat y dejaron claro que, cada obligado tributario puede tener distintos SIFs donde cada uno lleva su propio encadenamiento, al final, ellos ven desde su lado la relación NifObligado-NúmSerieFactura-FechaExpedición como una clave única que se debe mantener independientemente de los SIFs que tenga el obligado. Por ello, se podría rectificar e incluso anular facturas desde un SIF distinto al que las creó.
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Gracias, lo aplicaré así
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