Cita:
Empezado por antoine0
Si no estoy equivocada (no conozco nada a las ITVs), estos "cobrado a nombre del cliente" son suplidos. Si es así, no entran en la base imponible de la factura (art. 78. Tres. 3º Ley 37/1992, y de aquí no soportan IVA), y no hay que reportarlos a Hacienda. Pero se supone que se debe entregar al cliente, junto con tu factura, el justificante del pago que has realizado en nombre de tu cliente.
Respecto de las facturas electrónicas, es una muy buena pregunta. Aprovecho que no es el foro adecuado para no contestar 
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Si, la copia que te da la itv del pago, va a nombre del cliente siempre, yo no lo incluiria en la factura, pero luego el pago si lo hacen con tarjeta o transferencia no cuadra, por eso lo apunto en la factura, de ahi preguntar como , puesto que como exento de IVA, no creo, o no se que clase de exencion apñlicar.