Ver Mensaje Individual
  #16  
Antiguo 27-09-2024
antoine0 antoine0 is offline
Miembro
 
Registrado: oct 2021
Posts: 260
Reputación: 5
antoine0 Va por buen camino
Cita:
Empezado por Salma Ver Mensaje
por que de no acogerse que responsabilidad tiene el desarrollador?
La ley 11/2021 añade «para luchar contra el fraude» un nuevo artículo 29.2 j) a la Ley general tributaria que insta a usar softwares que cumplen con este reglamento. Se aplica este nuevo artículo a los usuarios pero también a los productores de software. Dicho de otra forma, las empresas deben usar exclusivamente un software conforme, pero también los informáticos deben suministrar exclusivamente softwares conformes. El desarrollador tiene responsabilidades.

Concretamente, en modo web, parece difícil seguir ofreciendo una versión non conforme de tu programa para que los usuarios continúan facturando (después de la entrada en vigor) sin las medidas anti-fraude.
Pero claro, del otro lado estarán los antiguos clientes que quieren legítimamente leer sus antiguas facturas, cobrarlas etc. y no tienen que ser obligados a comprar la nueva versión si no la necesitan.
Tienes que encontrar un equilibrio.

Cita:
creeis que es necesario que un CISA certifique que el software es inalterable etc, o simplemente con una declaración responsable de que es trazable, inalterable, etc va a valer.
Solo se necesita declaración responsable.
Puedes leer las página 19-22 del proyecto de orden ministerial, que la detalla.

Cita:
En mi caso, es en al nube, el cliente no puede tocar nada de nada ni borrar nada.
Mmmm... no creo que será suficiente.