Cita:
Empezado por CarlosR
e) Cuando se expide una factura por error y no se ha cobrado, ésta se puede corregir enviando un registro de
anulación. O bien si es una factura de un trabajo que se pensaba hacer y no se termina de realizar.
No se trta de una rectificativa sino una factura que nunca debió existir. P.e. error al expedirla a un
cliente incorrecto. ¿ Cómo procesar ? Después de haberla declarado en el SIF se expedirá un
registro de factura anulada también en el SIF. Los dos se comunicarán a la AEAT.
Se creará otra factura con los mismos contenidos y cantidades negativas en una serie específica para
facturas anuladas. Las facturas de esta serie no se registran en el SIF. En cambio las dos se
llevarán al registro de iva contable con lo que no habrá descuadres ni en el modelo 300/330 ni en el 347
en cambio se verá en el registro de facturas emitidas y en los extractos del cliente. Tampoco habrá descuadres
de existencias en almacén.
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Hola, muchas gracias por el resumen detallado, la unica parte que me genera dudas es este punto, se puede realmente efectuar asi la correccion, esque revisando en los diferentes post en los que se mencionaba esta operativa, ha habido varias formas de proceder, por ejemplo genrar una rectficativa R4 al cliente incorrecto y luego una F1 al destinatario correcto.