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Correcciones
Acabo de tener una charla con un asesor fiscal y corrigo lo siguiente :
Tanto la factura anulada así como la factura complementaria a la anulada en una serie específica no se van a subir a los registros contables ni al registro de iva aunque en el registro de iva haya huecos.
Por las siguientes razones :
a- La AEAT ya es conocedora de la factura anulada y del número de factura con lo que los huecos del registro
son verificables.
b- La serie especial complementaria de las facturas anuladas se justifica con las propias facturas anuladas y no es necesario registrarla contablemente.
c- En los extractos contables no deben ver movimientos que nada tiene que ver con ellos.
Un saludo.
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