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Antiguo 08-11-2024
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bmfranky Va por buen camino
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Empezado por CarlosR Ver Mensaje
1º Ese tiempo (t) es el tiempo que debe esperar entre envíos.
2º Después de ese (t) que son 60 segundos actualmente o eso se espera, cuando junte 1000 registros ya puede enviarlos.

3º Si en un plazo de 2 horas -insisto- no ha juntado 1000 registros entonces ha de enviar lo que tenga. Este punto ya se ha discutido anteriormente y mientras no vea un documento oficial que lo desmienta me quedo con estos datos.
4º Si junta 1000 registros cada 60 segundos en una única instalación entonces es una gran empresa. Caso que hizo alusión a Mercadona, aunque este no sería un caso representativo porque cada instalación según yo recuerdo tiene los datos por separado y luego sube tablas todos los días hacia una base de datos general. Lo que indica que el verifactu tendrá que usarlo por instalación. 1000 registros cada 60 segundos sería algo así como 24000 registros por día. dudo que los tenga un Mercadona. Pero le pondré un caso que si los tiene, por ejemplo Telefónica que tiene la facturación centraalizada en un solo sitio.

5º De cualquier modo me da la impresión de que estas grandes empresas optarán por el NO veri*factu. Eso es una conclusión que saco yo, nada mas. Encima los responsables serán ellos mismos porque el fabricante o bien son ellos mismos o bien tendrán sendos contratos con alguna firma de renombre para delegar la responsabilidad desde el fabricante al cliente.
6º Los eventos (creo) hay que tenerlos disponibles en las dos modalidades tanto veri*factu como NO veri*factu, otra cuestión es que se suban a la AEAT. -Si estoy confundido que alguien me corrija por favor-
7º Caso de NO veri*factu: No se suben los registros uno a uno, solo se suben los registros que solicite por requerimiento la AEAT. También pueden exigir subir los registros de eventos.


No sé si alumbraré o crearé mas oscuridad con este post, espero que sea lo primero.


Saludos.
Hola, buenos dias, con todo el respeto, continua juntando churras, con merinas.
Continua insistiendo que ha de juntar 1000 registros para el envio, cuando lo que le indican que puede juntar un maximo de 1000, la obligatoriedad es de emitir , en los verifactu , en los siguientes 120segundos de la creacion del registro o si ha acumulado 1000.
Cita:
3. Esquema general de funcionamiento.
...
...

El número máximo de registros por envío es de 1.000.



2. Los sistemas informáticos «VERI*FACTU» deberán implementar un mecanismo de control de flujo basado en el tiempo de espera entre
envíos, el cual tomará inicialmente el valor de 60 segundos, y en el número máximo de registros admitidos en cada envío.
Los mensajes de respuesta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria informarán sobre el valor de este parámetro, el cual deberá ser
tenido en cuenta para el siguiente envío.
El número máximo de registros a remitir en cada envío queda determinado por el diseño de registro incluido en el apartado 2.2 del anexo.
El funcionamiento será el siguiente:
a) El sistema informático realiza el envío del primer conjunto de registros de facturación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
b) La Agencia Estatal de Administración Tributaria devuelve, entre otros datos, un valor actualizado del parámetro de tiempo de espera «t»
entre envíos.
c) Para poder realizar el siguiente envío, el sistema informático deberá esperar a que transcurran «t» segundos desde el anterior envío o
deberá esperar a tener acumulados un número de registros de facturación igual al límite establecido en el diseño de registro para cada envío,
la circunstancia que ocurra primero.
d) El sistema informático realiza un nuevo envío cumpliendo con lo establecido en la letra c). En la respuesta puede recibir una nueva
actualización del valor del parámetro «t».
Puede leerlo en la descripcion del servicio web https://www.agenciatributaria.es/sta...pcion_SWeb.pdf
Este es el documento oficial que rige los envios, cual es el otro que usted ha consultado?
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov)
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