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Antiguo 20-11-2024
razorxxx razorxxx is offline
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razorxxx Va por buen camino
Sí, acabo de recibir respuesta por mail desde [email protected] y me dicen que "los registros de eventos sólo deben aplicarse si el SIF funcionara en modo sin remisión inmediata de los registros (NO VERI*FACTU), si se remiten los registros de facturación inmediatamente en los términos indicados en la Orden, no deberán implementar el registro de eventos".

Aquí la clave está en la palabra "deben", así que yo creo que lo mejor debería ser que nosotros como desarrolladores implementemos el soporte al registro de eventos igualmente. Además, para un obligado tributario es voluntario acogerse a VERI*FACTU, es quien elige trabajar en modo VERI*FACTU o NO VERI*FACTU, por lo que creo que el SIF debería permitir usarse en ambos modos, y por tanto los desarrolladores debemos programar la compatibilidad para ambos, no sólo para VERI*FACTU.
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