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La conclusión a la que yo llego es que todo se rige por la normativa de facturación, cosa que no es nueva, y por tanto hay que comportarse en el caso de las rectificativas, anulación, etc. por esa normativa y que lo que se salga de ahí (p.e. huella errónea) se envía como subsanación. Dentro de esto no tengo muy claro todavía si, por ejemplo, un rechazo por nif incorrecto se pueda enviar como subsanación o no pero igual ya estamos rizando mucho el rizo.
Saludos.
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