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Empezado por bmfranky
Hombre, pero no seas* brutote, la R5 solo vale para las F2,, el problema es que las F3 a efectos de hacienda no soportan el IVA, el IVA lo declaras con las F2 , la f3 es solo para ponerle nombre a las F2 agrupadas, no puedes anular el iva de esa forma
Es que hay que tener en cuenta que se queda una factura por ahí el cliente erróneo sin anular a su nombre
*Por favor no te lo tomes a mal que es de broma...
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No hombre no, no te preocupes.
Entonces para corregir la fa f3 lo mejor es hacer una f1 negativa y una positiva, me quito de líos.
Vaya tela jajajaj, ya me ya dado error el sector del disco duro donde cambio f1 por r5.
Es que si hago una f2 en negativa tendría que hacer la f3 de esa f2, y después la correcta, no lo veo de otra forma, o sea 3 registros. Si no se queda una f3 huérfana de padre y madre que puede caer en manos de la aeat, la van a adoptar y después el niño va a buscar a su padre.
O sea
F3 errónea a nombre de perito en calle los claveles
Emito f2 negativa, sin nombre
Emito otra, no sé que, si f1, f4 o f5, a nombre de perito calle rosas.
Pues ahora hacienda posiblemente los ivas los tenga bien para que pague el emisor, pero el receptor se desgraba 2 si le da la gana.