Cita:
Empezado por ermendalenda
He podido mal interpretarlo o no, no explica muy bien si. Pueden estar en el mismo conjunto pero respetando la separación de obligados tributarios y respetando el artículo
Ya que habla de "respetar la gestión" mas bien puede que sea eso y que permita la misma bd.
8. Lo veis claro?
Artículo 2(a)
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Cito textualmente lo que me han respondido por mail los del Veri*Factu:
P:
Muchos de nuestros SIF multiempresa tienen una única base de datos para todos los obligados tributarios. ¿Obliga el reglamento a que los datos de cada obligado estén en bases de datos distintas?
R:
No hay inconvenientes o restricciones en el uso de las BBDD internas, por lo que pueden organizarlas de la forma que mejor convenga.