Cita:
Empezado por glopez
¿Qué ocurre con los clientes acogidos al SII?
¿Tendría que adaptar mi aplicación también al modo NO Verifactu?. Bueno no sé si me explicado bien.
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Hola, creo que en parte ya te lo han explicado.
El SIF (Ley antifraude) puede ser:
- Verifactu: Con envío de facturas a la AEAT digamos de forma inmediata.
- No-Verifactu: Con eventos y con envío de facturas sólo por requerimiento (cuando te lo pida la AEAT).
Si implementas el SIF tienes 2 opciones:
- Con verifactu y con no-Verifactu
- Sólo con verifactu
Si estás en el SII, no tienes que implementar SIF.