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ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
Buff lo leí mal
Sigue igual, sí.
Por cierto no es 29 de julio es el 30 de junio. Que yo sepa
Confundí una frase
Cita:
En este sentido, se amplía hasta el 1 de enero de 2026, respecto de la fecha inicialmente prevista de 1 julio de 2025, el plazo para cumplir con las obligaciones previstas en el reglamento y en su normativa de desarrollo, para los obligados tributarios a que se refiere el artículo 3.1.a) del mismo (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades). Por su parte, cuando se trate del resto de los obligados tributarios el plazo límite para su aplicación se establece en el 1 de julio de 2026 para facilitar su adaptación en la medida que no están sometidos a las mismas obligaciones que los anteriores que pudieran determinan la no utilización habitual de sistemas informáticos

Última edición por ermendalenda fecha: 02-04-2025 a las 14:41:45.
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