
10-05-2025
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Registrado: mar 2017
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Cita:
Empezado por Sistel
Hola,
Mi opinión es que, si se opta por VERI*FACTU, deben enviarse los tickets (que en realidad ahora se llaman "facturas simplificadas") de forma inmediata en cuanto se van emitiendo.
Para VERI*FACTU no existe el concepto de "agrupación de tickets".
Saludos
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Para Verifactu no existe la opción de envío F4 como resumen de facturas, pero eso no significa que no te ampare el Reglamento de Facturación a la hora de crear tus asientos resumen
https://sede.agenciatributaria.gob.e...nido-lrfe.html
3. En el Libro registro de facturas expedidas se debe anotar, una por una, las facturas expedidas. No obstante, según establece el artículo 63.4 del RIVA, podrán:
Agruparse en asientos resúmenes las facturas expedidas en la misma fecha y numeradas correlativamente (recuérdese que, cuando se documenten las operaciones efectuadas en un mismo año mediante facturas ordinarias y simplificadas, será obligatoria la expedición mediante series separadas de unas y otras, en los términos establecidos en los artículos 6 y 7 del Reglamento de facturación), siempre que se cumplan simultáneamente los siguientes requisitos:
- Que en los documentos objeto del asiento resumen no sea preceptiva la identificación del destinatario, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de facturación.
-Que el devengo de las operaciones documentadas se haya producido dentro de un mismo mes natural.
-En los asientos resúmenes de las facturas se hará constar la fecha en que se hayan expedido, la base imponible global, el tipo impositivo, la cuota global y los números inicial y final de los documentos anotados, y si las operaciones se han efectuado conforme al régimen especial del criterio de caja (incluyéndose en este caso la mención).
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