Cita:
Empezado por rci
El usuario de nuestro SIF, OT de la empresa A, crea una factura de compra a su proveedor, empresa B y una vez guardada esa factura de compra, puede darle a un botón "autofactura" que lo que hace es solo imprimir (no registrar) un documento con esa factura de compra, para que la empresa B la cree como factura de venta en su SIF (si tiene).
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El SIF sólo afecta (por ahora) a facturas de compro, por lo tanto vuestro SIF (Empresa A) creo que no tiene que hacer nada.
La empresa B la tendrá que crear en su SIF como factura de venta y entrará en el circuito de la LeyAntifraude como el resto de facturas de venta.