Cita:
Empezado por gcqZW
Entiendo que estamos hablando del punto "F" del articulo 6:
Que de todas maneras, no dejamos cambiar las descripciones de los artículos de la factura ni prácticamente nada que no sea forma de pago, pero me resulta un tanto ambiguo. Y lo que no veo es que nodo del RF es el correspondiente, ya que el nodo <DescripcionOperacion> si no tengo entendido mal, se rellena con algo del palo: "Venta de productos lácteos y panadería". Que es el que me hace pensar que si queremos modificarlo de la factura tendríamos que subsanar y no rectificar.
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Si, la normativa tiene lagunas, py no, no hay nodos correspondientes para las descripciones, ya que los items de la factura no se envian a verifactu, pero ten en cuenta que hay muchos desarrolladorws que tienen también tiketbai y ahi si que hay que mandarla y subsanar(rectificar) si eso cambia. Como ya te he comentado es arriesgado no rectifica, ya que si por ejemplo cambian el reglamento técnico y agregan los items, puede que no te acuerdes que hay que tenerlo en cuenta y después tendrás otro problema, en Factura electrónica van los items y tendrás que mandarlas a la aeat, y si cambias algo de lo dicho, irremediablemente tendrás que subsanar(rectificar).
La subsanacion no es correcta, por que verifacgu te dice que si no afecta a nada del registro de factura (nodo de registro de facturacion) verifactu, NI a ningún campo impreso(o pdf o electronico) puedes subsanar, o sea, no puedes emitir subsanacion si el arreglo es de cualquier cosa de la factura emitida VISIBLE.