Cita:
Empezado por RanNav
Buenas tardes,
Sigo adaptando mi programa para cumplir con todas las especificaciones de VERI*FACTU y ahora me encuentro con un problema que no tenía contemplado antes.
A la hora de adaptar las facturas y facturas simplificadas impresas pensé en poner el QR de las facturas normales en la cabecera y en el caso de las simplificadas al final de esta, ya que se imprimen en formato de ticket y facilita la programación. Ahora, leyendo por curiosidad el documento de detalle de especificación técnica del código QR que por norma tienen que llevar dos textos, uno arriba que ponga "QR tributario:" y otro abajo que ponga “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT” o "VERI*FACTU" y que, además, SIEMPRE debe estar al principio de la factura... Cosa que en las especificaciones del BOE no aclaraban.
Ahora bien, tan malo será dejar el QR al final de la factura simplificada para no volver a cambiar todos los formatos y la automatización de inserción de QR's que ya tenía hecha? Puede tener algún tipo de sanción si se deja el QR al final de la factura simplificada?
Ya ni formatos propios que cumplen con todas las especificaciones dejan hacer, sino que a apechugar y a poner las cosas donde quieren... 
|
Hola, en la versión final, pone varios ejemplos, en algunos va al final, en el formato vertical, centrado al final de la misma. Versión 0.4.7, si no recuerdo mal.