|
Creo que estas entrando en la parte más compleja, con menos información y la que hay, es confusa, el tema de las F3 se las trae
El rango facturas simplificadas tienen que ser del mismo periodo(mes/año), el importe de la suma de simplificadas a convertir en factura F3 una vez me dijeron que no puede pasar de 3000 euros, pero no creo que ni lo sepan los inspectores o prefieren pasar ee largo, por que no hay dios que lo haga bien. Muchas reglas las van poniendo fuera de reglamento de facturación y pueden que sean discutibles, pero a mi no me cuesta mucho limitarlo y así lo permita hecho, el que tenga muchas simplificadas se le hacen varias agrupaciones F3. Prefiero pecar de restrictivo.
Otra cosa es el límite segun la estructura del xsd, de facturas simplificadas que puedes incluir en el xml. Creo que eran 100.
En una F3 puedes incluir simplificadas normales y rectificativas de simplificadas.
Debes de tener en cuenta,al hacer una f3 de una simplificada, si esa simplificada tiene rectificativas, por que aunque no tengas que incluirla en la misma F3, creo que es lógico que entonces emitas también la F3 de esas rectificativas.
Más cosas, has pensado en cómo rectificar una F3 que te has equivocado de cliente. Pues eso es otro tema, jeje y has pensado que a lo mejor también puedes anular una F3(si aún no has entregado la misma, y una vez anulada vuelves a dejar las simplificadas liberadas para hacer de nuevo una F3..., o si una vez hechauna F3 de una simplificada puedes hacer rectificativss por diferencias¿de cual de la F2 o de la F3?, bufff son tantas cosas que no han definido. Por tanto solo se me ocurre usar la lógica sensata y respetando los parametros de l reglamento de facturacion)que cada uno proponga, solo así podrás salir del embrollo de las f2tof3. En la aeat solo te van a copiar y pegar cosas que no vienen al caso de la pregunta concreta y solo respuestas ambiguas.
Última edición por ermendalenda fecha: 13-06-2025 a las 16:48:42.
|