Cita:
Empezado por gcqZW
Puedes enviar pasados esos 240 segundos, pero tendrás que marcarlos como incidencia.
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Ahora son 240 segundos el límite, pero sólo según las contestaciones que están dado a consultas.
Ese tiempo límite no está ni en la Orden Ministerial ni en ningún documento publicado.
Así que lo cambiarán cuando les apetezca.