|
ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas) vía AEDAF
Explican que aunque contablemente se podrían considerar dos opciones (subvención o gasto menor), el cálculo del IVA no debe modificarse por el descuento estatal, ya que el IVA se genera sobre el precio real del consumo, no sobre el reducido por la bonificación .
-Declaraciones de AEAT y estaciones de servicio
“será un descuento directo: […] reflejando el precio original sin bonificación y el precio con los descuentos aplicados. Posteriormente, las EESS podrán solicitar al Estado la devolución”
Esto implica que en la factura se debe mostrar el precio antes y después de aplicar el descuento, ajustando la base imponible del IVA en consecuencia.
|