Cita:
Empezado por mjruiz
No sé yo si se debería cobrar, si tu aplicación no está adaptada no se puede comercializar...
Si el día 1 de Enero la sigue usando tanto tú como el cliente quedan expuestos a una multa.
Al final es un cambio legal no opcional.
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no, no... mi aplicación está adaptada. Si el cliente decide no actualizar a la versión adaptada yo le corto el mantenimiento y puede seguir usándola bajo su responsabilidad. Pero el que tiene el problema es el cliente, no yo. Es él quien decide no tener un software que cumple con la ley
https://www.agenciatributaria.es/sta...rolladores.pdf, pregunta 14
Y en cuanto a cobrar... bueno, si yo tengo que adaptarle a una empresa 47 informes y me lleva 2 días de trabajo... ¿lo tengo que asumir yo? y eso multiplicado por X clientes... Yo no fui el que puso la ley, y si tengo que trabajar y dedicar horas para que el cliente cumpla con la ley, tendré que cobrárselas. O nosotros al menos lo vemos así