Esto es lo que pone...
"Lo anterior significa que cuando los albaranes, proformas, prefacturas o facturas sin validez fiscal se expidan, sus registros deberán conservarse de forma inalterable (salvo que la alteración se produzca por medio de un registro posterior, que también deberá quedar anotado en el sistema)."
A ver qué entiende cada uno

De verdad que parece que cuesta explicar las cosas claras o que no tienen ganas de hacerlo...