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Antiguo 22-07-2025
wilecoyote wilecoyote is offline
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wilecoyote Va por buen camino
Cita:
Empezado por Neftali [Germán.Estévez] Ver Mensaje
https://www.agenciatributaria.es/sta...rolladores.pdf
Página 19, punto 11 habla de "BORRADORES DE FACTURA, “PRE-FACTURAS”, FACTURAS PROFORMA,
ALBARANES, FACTURAS DE PRUEBA… "



Ya veo. Así que se refieren no a la orden ministerial que metí en el ChatGPT (y que es la que desarrolla lo de Verifactu), sino a la Ley General Tributaria de 2003. El problema que veo es que hacen una interpretación de ella según la cual la palabra "registros" se aplica a todo: borradores, albaranes, proformas...


Esa interpretación, me pregunto, ¿está respaldada por algún juez o por una sentencia? ¿O es solo cosa de la AEAT? Tampoco sería la primera vez que la AEAT hace una interpretación de algo que les tiran abajo en el juzgado...


Por otra parte, si lo único a lo que se agarran es a la Ley General Tributaria, y no hay ningún reglamento ni orden ministerial después que lo desarrolle, significa que tenemos la obligación de que las proformas o albaranes generados se conserven, pero no nos dicen cómo. Así que al menos en teoría, podemos implementar eso como queramos...
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