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Antiguo 31-07-2025
emailesc emailesc is offline
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emailesc Va por buen camino
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Empezado por CarlosArjonomia Ver Mensaje
El problema lo tienes en que en tu programa hay una opción para activar verifactu.

Esa opción no debe existir según la normativa. Un programa que este adaptado para trabajar con verifactu debe hacerlo desde el primer segundo.

Esto significa que todos los programas que se vendan nuevos deben enviar si o si. Otra cosa son las actualizaciones que las puedes enmascarar de una u otra forma.

¿Esta cuestión no se le puede remitir a hacienda y que den una respuesta clara en algún apartado que podamos mostrar al usuario?
No pierdas el tiempo yo lo he hecho específicamente sobre que pongan la pregunta y respuesta de varios temas precisamente en preguntas y respuestas dadas a usuarios, que son más más restrictivas que las FAQs de Desarrolladores y ellos te redirigen a estas.
Esto primero es un ejemplo:
Cita:
2º: Producto adaptado a Verifactu pero sin activar. En el BOE lo que dice es que el producto, después del 29 de julio, "debe estar adaptado", "cumple por diseño" y "tiene la capacidad de" de todo ello yo puedo interpretar que mi software puede cumplir todo eso pero estar desactivado hasta que el cliente decida o llegue el 1 de enero (empresas):
Respuesta ofrecida a Usuario:
NO puede darse que un producto ya adaptado funcione transitoriamente en modo "no adaptado" hasta el 1 de enero de 2026, o el 1 de julio de 2026
Otra Respuesta:
A partir del 29/7/2025 (que es cuando los productores y comercializadores de sistemas informáticos de facturación (SIF) están obligados a proporcionar solo SIF adaptados) los nuevos clientes solo puede contratar un SIF adaptado (el fabricante está obligado a ofertar únicamente productos adaptados) y éste debe actuar y funcionar acorde al reglamento. Es decir, remitir con normalidad los registros generados a la AEAT ya desde el primer momento
Siguen más ejempllos y pregunta:
Cita:
¿Se podrían poner estas preguntas y respuestas de estos forma clara y actualizada si procede en el área de Preguntas y Respuestas para que dispongamos de información tangible y proveniente de Hacienda para facilitar a nuestros clientes y no crean que nos inventamos las cosas? ¿Lo harán?
Respuesta:
Cita:
Si bien es cierto que en el apartado "Preguntas frecuentes (FAQ)" publicado en la Sede de la AEAT no se entra en detalle en este tipo de cuestiones, a raíz de las cuestiones más planteadas a este buzón por parte de desarrolladores, se publicó en la web de desarrolladores un documento de FAQs para desarrolladores que recoge un listado de 29 preguntas y las respuestas ofrecidas desde este buzón para que puedan ser consultadas libremente desde la web. En este documento se tratan cuestiones como las que nos mencinaba relativas al periodo transitorio (preguntas 1 y 2) o las facturas de prueba (pregunta 10). No obstante, entendemos su preocupación y cualquier sugerencia al respecto es bienvenida.
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